Decreto 29-1990
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 29-1990
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 1990
Diario de Centro AméricaUrgano oficial de la República de Guatemala TOMO CCXXXVIII o DECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA GUATEMALA, LUNES 28 DE MAYO DE 1990 NUMERO 87 Director Julio Santos Administradora Alma Liliasa Garcia SUMARIO Asesora Tecnica, Sociedad Anonima (ASETECSA),- Balance General al 31 de marzo de 1984. DECRETO NUMERO 31-90 ORGANISMO LEGISLATIVO Empresa Quimica Distribuidora Agro Industrial, SocieEl Congreso de la Republica de Guatemala, dad Anonima General al 31 de marzo de 1984. CONSIDERANDO: CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Exchie, S. A-Balance General al 30 de noviembre de Que el desbordamiento del Rio Samala, ha causado 1984 innumerables perdidas a la economia nacional, princiDECRETO NUMERO 29-90 palmente afectando a campesinos de las areas por las Laboratorios Laprofa, S. A.-Balance General al 30 deque atraviesa;DECRETO NUMERO 31-90 noviembre de 1984. CONSIDERANDO Que no obstante los esfuerzos que han hecho las autoORGANISMO EJECUTIVO ridades locales, conjuntamente con el aporte del sector privado del area, persiste el peligro del desbordamientoORGANISMO LEGISLATIVO del Rio Samala, que afectaria, como se menciono, laPRESIDENCIA DE LA REPUBLICA economia nacional y ademas importantes tramos carreteros y varios asentamientos humanos; Nombrase al General de Brigada Juan Leonel Bolanos
Chavez, para el cargo de Ministro de la Defensa NaCONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALAcional. CONSIDERANDO: DECRETO NUMERO 29-90 Que es obligacion del Estado velar por el mantenimiento de las condiciones de vida de los guatemaltecos MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS y procurar su mejoria tomando para ello las medidasEl Congreso de la Republica de Guatemala, urgentes que se hagan necesarias, Facultase al Ministro de Finanzas Públicas para que CONSIDERANDO: ante el Escribano de Gobierno. suscribe con el Banco POR TANTO. de Guatemala, la correspondiente Escritura PúblicaQue - necesario posponer nuevamente la vigencia delde Fideicomiso, por al monto que se indica. Decreto 2-89 del Congreso de la Republica de Guatema-En ejercicio de las atribuciones que le confiere el Arla, Ley del Organismo Judicial, para que se haga elticulo 171, literal a) de la Constitution Politica de la tiempo necesario a efecto de poder profundizar en lasRepublica de Guatemala, reformas convenientes a dicha ley sugeridas por el HonoMINISTERIO DE COMUNICACIONES, TRANSPORTE rable Colegio de Abogados de Guatemala y el Ministerio de la Defensa, dada la importancia y trascendencia DECRETA: Y OBRAS PUBLICAS que tiene para la Nacion dicha ley, ARTICULO 1-Declarar de emergencia el dragado, POR TANTO, encauzamiento y demas obras que tiendan a evitar el
Valorizase y ponese en circulacion la cantidad de estamdesbordamiento del Rio Samala, dentro del area compillas postales que se mencionan, que reproduciránEn ejercicio de las atribuciones que le confiere elprendide de los municipios de Santa Cruz Mulua hasta como motivo central: Logotipo de la Cruz Roja In-Artículo 171. inciso a) de la Constitucion Politica de lasu desembocadura en la Barra de San Luis 0 La Verde. ternacional. de la Media Luna Roja y Palacio Nacional.República de Guatemala, ARTICULO 2-E1 Organismo Ejecutivo por conducto del Ministerio de Comunicaciones Transporte y Obras DECRETA: Públicas, deberá integrar una Comision Especifica con MINISTERIO DE GOBERNACION las entidades y. dependencias publicas necesarias, para ARTICULO 1.-Se reforma el artículo 209 del Decre-realizar en forma inmediata los trabajos a que se refiere to 2-80 del Congreso de la República de Guatemala, re-el articulo 1. de este Decreto. Apruebanse los Estatutes de la Asociacion Comunidadformado por el Artículo 1., del Decreto número 27-89Indigena de Patzicia "Tecun Uman"; y reconocese sude este mismo Organismo, el cual queda asis ARTICULO 3.-E1 Ministerio de Comunicaciones, personalidad juridica. Transportes y Obras Públicas deberá solicitar al Minis- "ARTICULO 209-La presente ley entrara en vigenciaterio de Finanzas Publicas, quien esta obligado a proel dia 31 de diciembre de 1990." porcionar los aportes financieros necesarios, para que los
trabajos de encauzamiento, dragado y demas obras urMINISTERIO DE ECONOMIA ARTICULO 2-E1 presente Decreto entrara en vigen-gentes, se principlen a realizar a mas tardar quince dias cia el dia de su publicacion en el Diario Oficial.despues de la fecha de vigencia de la presente ley. Apruebase el Reglamento de Relaciones Laborales delPase al Organismo Ejecutive para su publicacion yARTICULO 4.-E1 presente Decreto entrará en vigencia Instituto Guatemalteco de Turismo. cumplimiento. elmismo dia de su publicacion en el Diario Oficial Clasificase a la Empresa "Televisiete, Sociedad Anoni-Dado en el Palacio del Organismo Legislativo en laPase al Organismo Ejecutive para su publicacion y ma", como medio de Comunicacion Social cludad de Guatemala, a los quince dias de) mes de mayocumplimiento. - de mil novecientos noventa. Dado en el Palacio del Organismo Legislative, en la ciudad de Guatemala, a los quince dias del mes de mayoANUNCIOS VARIOS MARCO ANTONIO DARDON CASTILLO, de mil novecientos novents. Presidente, Matrimonios Liness de Transporte Constituciones MARCO ANTONIO DARDON CASTILLO, de sociedad Modificaciones de sociedad Regis-MIGUEL ANGEL PONCIANO CASTILLO, Presidente. tro de marcas. Titulos supletories Edictos Secretario.
Remates MIGUEL ANGEL PONCIANO CASTILLO,
SARA MARINA GRAMAJO SOTO, Secretario.
Secretario.De Sola, S. A. Guatemala, C. A-Balance General al 31 SARA MARINA GRAMAJO SOTO,
de octubre de 1963. Secretario.Palacio Nacional: Guatemala, veintiuno de mayo de Distribuidora Santa Lucia. S. A-Balance General al 31mil novecientos noventa Palacio Nacional: Guatemala, veintiuno de mayo de de diciembre de 1963. mil novecientos noventa. Publiquese y cumplase. Powerquim, 6. A.-Balance General al 31 de marzo de Publiquese y cumplase. 1984, CEREZO AREVALO CEREZO AREVALO Productos Riko, B. A.-Belance General al 31 de di-X Secretario General de la El Secretario General de la siembre de 1983. Presidencia de la República, Presidencia de la Republica,CARLOS DIAZ DURAN OLIVERO. CARLOS DIAZ DURAN OLIVERO.