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Decreto 29-2007

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 29-2007
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Penal_Militar
Año
2007

Diario de CentroAmérica

GENTEDOMERINO

MARCHAEN

www.dca.gob.gt Director: Luis Eduardo Marroquin Godoy Decano de la Prensa Centroamericana Organo Oficial de la República de Guatemala TOMO CCLXXXI Guatemala, VIERNES 8 de junio de 2007 NÚMERO 98

SUMARIO

ORGANISMO LEGISLATIVO

ORGANISMO LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE

GUATEMALA

DECRETO NÚMERO 29-2007

CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALAORGANISMO EJECUTIVO

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL DECRETO NÚMERO 29-2007

Acuérdase conferir con fecha 01 de enero del año 2007, el ascenso al grado inmediato superior en su respectiva Arma EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA 0 Servicio, a los Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos.

CONSIDERANDO: MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Acuérdase reconocer la personalidad jurídica y aprobar lasQue las derogatorias aplicables a los preceptos normativos contenidos en el Decreto Ley 106,bases constitutivas de la "IGLESIA DE DIOS JERUSALEN". Código Civil, contenidas en las normas del Decreto Número 90-2005, Ley del Registro Nacional de las Personas, de implementarse tal y como está regulado, habrán de provocar problemas de Acuérdase reconocer la personalidad jurídica y aprobar lasdiversa indole a los habitantes del país, por lo que es dable buscar y encontrar los mecanismosbases constitutivas de la IGLESIA CRISTIANA

EVANGELICA "MINISTERIOS ADONAI". que impidan que tales problemáticas se manifiesten.

CONSIDERANDO: PUBLICACIONES VARIAS Que no obstante el imperativo de implementar el desarrollo y consolidación institucional del CORTE SUPREMA DE JUSTICIA ente, respondiendo a la normativa que regula la documentación personal adaptada a los avances tecnológicos de la ciencia y a la natural evolución de las costumbres, tal proceso no seACUERDO No. 21-2007 ha podido desenvolver en los lapsos previstos y con la celeridad imperiosa manifestada en la

CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD Ley del Registro Nacional de las Personas. EXPEDIENTE 958-2006 CONSIDERANDO: JUNTA MONETARIA Que es una atribución fundamental del Congreso de la República tender a la adecuadaRESOLUCIÓN JM-107-2007 consolidación del régimen de legalidad, así como propiciar por todos los medios a su alcance la MUNICIPALIDAD DE RETALHULEU garantía y la certeza jurídica de los actos y de las situaciones de los guatemaltecos.LEY TEMPORAL Y ESPECIAL DE REPOSICIÓN DE CÉDULAS DE VECINDAD DEL MUNICIPIO DE POR TANTO:RETALHULEU, DEPARTAMENTO DE RETALHULEU, SEGÚN EL DECRETO 30-2006 DE FECHA 21 DE SEPTIEMBRE DE 2006. En uso de las facultades que le confieren los artículos 171 literal a), 175, 176, 177 y 180 de la Constitución Política de la República de Guatemala,

ANUNCIOS VARIOS DECRETA:

Matrimonios Constituciones de sociedad Las siguientes: Modificaciones de sociedad Patentes de invención Registro de marcas Títulos supletorios REFORMAS AL DECRETO NÚMERO 90-2005 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA,Edictos Remates. LEY DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS ATENCIÓN ANUNCIANTES: Artículo 1. Se reforma el artículo 92, el cual queda así: IMPRESIÓN SE HACE "Artículo 92. Cuarto Transitorio. Sustitución de la Cédula de Vecindad. La CONFORME ORIGINAL sustitución de la Cédula de Vecindad deberá efectuarse en un plazo no mayor de dos (2) años, contados a partir de que se entregue el primer Documento PersonalToda impresión en la parte legal del Diario de Identificación por el Registro Nacional de las Personas -RENAP-, emisión quede Centro América, se hace respetando el iniciará el uno de abril de 2008. Transcurrido dicho plazo sin que se hayaoriginal. Por lo anterior, esta Administración sustituido la Cédula de Vecindad por el Documento Personal de Identificaciónruega al público tomar nota. -DPI-, aquella perderá su vigencia y validez y toda autoridad pública O privada deberá exigir la presentación del Documento Personal de Identificación.2 Guatemala, VIERNES 8 de junio de 2007 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMERO 98 Durante el plazo mencionado de dos (2) años para la sustitución de la Cédula de Vecindad y para la obtención de su primer Documento Personal de Identificación ORGANISMO EJECUTIVO -DPI-, las personas naturales deberán acudir al Registro Civil donde aparezca

asentado su nacimiento. Una vez que los datos y la información de las personas naturales asentados en los distintos Registros Civiles actualmente adseritos a las municipalidades hayan sido incorporados a la Base Central de Datos del RENAP, esta disposición dejará de tener validez." Artículo 2. Se reforma el artículo 103 Décimo Quinto Transitorio. De las Derogatorias; el cual queda así: MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL "Articulo 103. Décimo Quinto Transitorio. De las derogatorias. Quedan Acuérdase conferir con fecha 01 de enero del año 2007, el ascenso al grado inmediato derogadas todas las disposiciones legales y reglamentarias que en la legislación superior en su respectiva Arma 0 Servicio, a los Oficiales Superiores y Oficialesespecífica se refieran a las materias que se norman en esta ley; asimismo, las Subalternos. contenidas en otros cuerpos normativos que le atribuyan funciones o deberes a los Registros Civiles, las cuales pasan a ser cumplidas por el Registro Civil de las ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 164-2007Personas del RENAP. Específicamente se derogan las siguientes disposiciones: artículos 369, 370, 371, 372, 373, 374, 375, 376, al 437 y 441 del Decreto Ley 106 Guatemala, 25 de MAYO de 2007 del Jefe de Gobierno, Código Civil; los artículos 14, 16 y 89 del Decreto Número 12-2002 del Congreso de la República, Código Municipal; y, el Decreto 1735 Ley

de Cédulas de Vecindad, quedarán derogados el uno de julio de dos mil ocho; así como todas aquellas disposiciones legales que se opongan a la presente ley. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Artículo 3. Vigencia. El presente Decreto fue declarado de urgencia nacional con el voto CONSIDERANDO: favorable de más de las dos terceras partes del número total de diputados que integran el Congreso de la República, aprobado en un solo debate y entrará en vigencia el día siguiente deQue es necesario llenar las vacantes de los distintos grados en la escala jerárquica militar, su publicación en el Diario Oficial. ocurridas en los cuadros orgánicos de Ejército de Guatemala con los Oficiales de las Armas y de los Servicios que reúnen los requisitos que establecen la ley y el reglamento militar respectivo. REMITASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN. CONSIDERANDO: Que el Ministerio de la Defensa Nacional, ha sido informado por el Estado Mayor de la Defensa EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE Nacional, que los Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos que se mencionan en la parte GUATEMALA, EL QUINCE DE MAYO DE DOS MIL SIETE. dispositiva de este acuerdo, por su profesionalismo y ejecutorias en el cumplimiento de sus obligaciones, tiempo de servicio, buena conducta y demás requisitos que establecen las leyes y reglamentos militares, se han hecho acreedores del ascenso al grado inmediato superior; por tal

razón, es procedente conferirles el mismo mediante la presente disposición legal. DE LA

RUBÉN DARÍO MORALES VÉLIZ

CONGRESOREPUBLICA POR TANTO: PRESIDENTE GUATEMALA.C.S. En el ejercicio de las funciones que le confieren los artículos 183 literales c) y e), 246 literal b) y 250 de la Constitución Politica de la República de Guatemala y; 14 párrafo tercero, numeral 2) y 106 del Decreto número 72-90 Ley Constitutiva del Ejército de Guatemala; 3 literal a), 5, 7, 8, 9 y 19 del Acuerdo Gubernativo No. 210-2005 del Reglamento de Ascensos en el Ejército de JORGE MARIO VÁSQUEZ VELÁSQUEZ JOB RAMIRO GARCÍA Y GARCÍA Guatemala, y 1 del Acuerdo Gubernativo No. 622-2005 que contiene las reformas al citado

SECRETARIO SECRETARIO Reglamento de Ascensos.

ACUERDA: 'PALACIO NACIONAL: Guatemala, veinticinco de mayo del año dos mil siete. Artículo 1. Conferir con fecha 01 de enero del año 2007, el ascenso al grado inmediato superior en su respectiva Arma O Servicio, a los Oficiales Superiores y Oficiales Subalternos siguientes:

FUERZAS DE TIERRA:PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

DE LA I. A CORONELES, LOS TENIENTES CORONELES:

1. Teniente Coronel de Infantería DEM Erick Estuardo Escobedo Ayala2. Teniente Coronel de Infantería DEM Samuel Portillo Portillo

3. Teniente Coronel de Infanteria DEM Herbert Alexander López Rodriguez

4. Teniente Coronel de Infantería DEM Erick Rolando Montiel Aldana

GUATEMALA

5. Teniente Coronel de Infantería DEM Julio Alberto Sosa Lainfiesta BERGER PERDOMO 6. Teniente Coronel de Infanteria DEM Julio César Estrada Valenzuela

7. Teniente Coronel de Infantería DEM Williams Agberto Mansilla Fernández

8. Teniente Coronel de Aviación, P.A. DEMA Byron Francisco Linares Robles

9. Teniente Coronel de Infanteria DEM Juan Francisco Godinez Cuevas

10. Teniente Coronel de Infantería DEM Jorge Arturo Vega Chávez

11. Teniente Coronel de Infanteria DEM Oscar Guillermo Chavarria Paz

12. Teniente Coronel de Infantería DEM Luis Estuardo Ponce Laylle

13. Teniente Coronel de Infantería DEM Mario Ramón España González

14. Teniente Coronel de Aviación DEM Salvador Rafael Baldizón Penados

15. Teniente Coronel de Infantería DEM Oswaldo Ottoniel Hernández Garcia

16. Teniente Coronel de Sanidad Militar DEM Leyda Alicia Rodriguez Mayén de

DE Villagrán

17. Teniente Coronel de Infanteria DEM Luis Fernando Román de León

II. A TENIENTES CORONELES Y CAPITANES DE FRAGATA, LOS MAYORES Y CAPITANESDE CORBETA:

Addia Camachs de Terrebiarte Lic. Arroyave Reyes Ministra de Gobernación SECRETARIO GENERAL 1. DE PRESIDENCIA DE LAREPUBLICA Mayor de Infantería DEM Roderico Anibal Diaz Argueta2. Mayor de Caballería DEM Antonio Adolfo Barrientos Girón

3. Mayor de Caballería DEM Rafael Mauricio Nochez Burgos4. Mayor de Caballería Jerson Jovany Telón Ramos

5. Mayor de Aviación P.A. DEM Sergio Mauricio Catalán Rizo

6. Mayor de Ingenieros DEM Ariel Fermin Mazariegos Barrios

7. Mayor de Infantería DEM Luis Fortunato Ochoa Escobar

8. Mayor de Infantería DEM Luis Roberto Rodas Ruiz

9. Mayor de Infantería DEM Enrique Alejandro López Rivas

10. Mayor de Infantería DEM Henry Bernardo Matus Flores

11. Mayor de Ingenieros DEM Luis Alfredo Zelayandia Carranza

EXTERIORES

12. Mayor de Caballería DEM Mynor Eduardo Pazos Dubón

13. Mayor de Infanteria DEM José Manuel Ramirez Arreaga14. Mayor de Ingenieros DEM Julio Adolfo Fernández Torres

REP 15. Gert Rosenthal KeenigsbergerGUATEMALA Mayor de Infantería DEM Alvaro Vinicio Pérez Palencia OF 16. Mayor de Artillería DEMMINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Manuel Ermógenes Nerio Osorio

17. Mayor de Infanteria DEM Victor Manuel Cano Mazariegos

(E-472-2007)-08-junio 18. Capitán de Corbeta DEM Erick Alejandro Sánchez Muñiz

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