Decreto 3-1972
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 3-1972
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1972
Guat maltero de
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENT RO AMERICA CA
FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. - SEGUNDA EPOCA CONTI Administración: Teléfono 24-4-13 Registrado como correspondencia de segunda clase en la AdministraciónImpreso en Diario do Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749. Y Agencia: Teléfono 28-0-27 América, 9a. Av. 11-34.
DIRECTOR: ALBERTO ARRIOLA LIGORRIA VIST, de G TOMO ···· GUATEMALA, VIERNES 18 DE FEBRERO DE 1972 NUMERO 16
SUMARIO Palacio Nacional: Guatemala. dieciséis de febrero Artículo 60.-El Ministro de Finanzas, el Preside mil novecientos setenta y dos. dente de la Junta Monetaria y del Banco de Guatemala. y los representantes de las demás institu Publiquese. ciones 0 dependencias gubernamentales que inteORGANISMO LEGISLATIVO CARLOS ARANA OSORIO. graren el Sector Público Financiero, se reunirán bajo la dirección del Ministro, cuantas veces sea
El Ministro de Gobernacion. necesario, para hacer operante la coordinación deDECRETO No. 3-72. JORGE ARENALES CATALAN. las actividades financieras del Estado. Artículo 70.<Los cuerpos directivos superiores ORGANISMO EJECUTIVO de las instituciones gubernamentales que forman el Sector Público Financiero, se integran con el
MINISTERIO DE FINANZAS ORGANISMO EJECUTIVO Ministro de Finanzas como miembro exoficio, y con los demás miembros que determinen las leyes PUBLICAS que establecen dichos cuerpos directivos. Artículo 80.-Las instituciones a que se refieren MINISTERIO DE FINANZAS los numerales 2). 3) y 4) del Artículo 50. desarro- "REGLAMENTO DE LA LEY DEL MINISTERIO llarán sus funciones y atribuciones conforme a SUSDE FINANZAS PUBLICAS> PUBLICAS respectivas leyes orgánicas, pero manteniendo la debida coordinación con el Ministerio de Finanzas
MINISTERIO DE TRABAJO "REGLAMENTO DE LA LEY DEL MINISTERIO Públicas.
DE FINANZAS PUBLICAS" Y PREVISION SOCIAL TITULO · Palacio Nacional: Guatemala. 16 de febrero de
Aprucbanse los «ESTATUTOS DEL SINDICATO MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS1972.
DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA TE NFRIA SIDEC <STITS>: V reconócese su persoACUERDO GUBERNATIVO No. M. de F. P. 5-72 CAPITULO I nalidad jurídica. El Presidente de la República, Funciones y Atribuciones ANUNCIOS VARIOS CONSIDERANDO: Articulo 90.-Compete al Ministerio de Finanzas Públicas la realización de las funciones y atribuMatrimonios. Linea de transporte. Constitución de sociedad. Modificación de sociedades.Que mediante el Decreto número 106-71 del Con-ciones siguientes: and
Prórroga de sociedad. Autorizaciones farmacéugreso de la República, se creó el Sector Público Fitiens. Registro de marcas. Patente de in-nanciero para integrar y coordinar la planificación1) Programar, ejecutar y evaluar el desarrollo vención. Títulos supletorios. Edictos. Li-ejecución de los Programas oue constituyen la poli-de las actividades que competen al Ministica fiscal. monetaria, cambiaria, crediticia y. en terio, en concordancia con los planes gene-citaciones.. Remates. general, de cualquiera otra función relacionada rales de desarrollo; Compania Industrial Carmel. S. A., Guatemala,con el desarrollo ordenado de las finanzas públi2) Cobrar, recaudar, controlar, fiscalizar y ad.
C. A., Balance general al 30 de junio de 1971.cas. ministrar los impuestos y, en general, todas las demás rentas, tributos e ingresos que CONSIDERANDO: deba percibir el Gobierno de la República, Vehicules Centro Americanos, S. A.. Guatemala. de conformidad con la ley;
C. A., Balance general al 30 de junio de 1971.Que de conformidad con el artículo 80. del citado3) Formular y preparar, anualmente, en co. ordinación con la Secretaría General del Decreto, el Reglamento de dicha ley debe establecer la organización del Ministerio de Finanzas Pú-Consejo Nacional de Planificación Económiblicas y fijar las funciones y atribuciones de cadaca, el proyecto de presupuesto de ingresos
ORGANISMO LEGISLATIVO y egresos del Estado de acuerdo con losuna de sus unidades administrativas, planes y programas de desarrollo aprobaPOR TANTO. dos por el Gobierno de la República; 4) Administrar, ejecutar, evaluar y liquidar el DECRETO No. 3-72 En uso de las facultades que le confiere el inPresupuesto anual de ingresos y egresos del ciso 40. del artículo 189 de la Constitucion; y con Estado: ElCongreso de In República de Gualemala,base en lo dispuesto en el artículo 80. del Decreto5) Inventariar y registrar el patrimonio del Es106 71 del Congreso de la República, tado. incluyendo el de sus entidades descentralizadas, autónomas y semiautónomas; CONSIDERANDO: ACUERDA: 6) Llevar la contabilidad del Estado, la que debe incluir sus variaciones y las operacioQue +1 15 de febrero de 1972 se vence la prórroga legal del periodo ordinario de sesiones del CongresoEl siguiente nes administrativas y financieras del Esta do previstas en el Presupuesto de Ingresos de la República y que de conformidad con lo esta-"REGLAMENTO DE LA LEY DEL MINISTERIO y Egresos del mismo, y las no previstas en blecido en el artículo 158 de la Constitución de la dicho Presupuesto pero que afecten a su paRepublica. dichas sesiones podrán prorrogarse por DE FINANZAS PUBLICAS". trimonio 0 a las finanzas públicas; el tiemps que sea necesario, por lo que encontrán7) Administrar el sistema aduanero de la P.edose vortos asuntos pendientes de discusión y apropública, de conformidad con la ley y conbación el pleno del Congreso. asi como existen TITULO I venios internacionales; en peración muchos proyectos de leyes impor8) Dictar las medidas pertinentes para atentant que serán presentados próximamente a la SECTOR PUBLICO FINANCIERO der oportunamente los gastos y demás obliSecretaria para su trámite reglamentario, es necegaciones a cargo del Gobierno de la Repú- sario prorrogar las sesiones ordinarias de este OrArticulo El Gobierno de la República apliblica; ganerna, ca la politica financiera del pais, por medio del9) Contratar. en coordinación con la Secretaria Sector Público Financiero. General del Consejo Nacional de Planifica-POR TANTO, Artículo 20.-Corresponde al Ministro de Financión Económica y el Banco de Guatemala, zas, la coordinación de las actividades que están la deuda pública interna y externa, some Er uso de las facultades que le confiere el articuloa cargo del Sector Público Financiero. tiendo tal contratación a la aprobación del 158 de la Constitución de la República, Artículo 30.-Se entiende por Sector Público FiCongreso de la República: y establecer y nanciero, el complejo orgánico de todas las depenmantener los registros y controles correspon-DECRETA: dencias y entidades gubernamentales que tienen dientes; Actionts 10.-Se prorroga hasta el 15 de junio decompetencia para actuar en áreas generales 0 es
pecificas de las finanzas públicas. 10) Aprobar 0 improbar. en coordinación con la 1973 el actual período de sesiones ordinarias delArtículo 40.-Corresponde al Sector Público FiSecretaría General del Consejo Nacional de Commission de la República. nanciero el estudio. programación. dirección y adPlanificación Económica, previamente a su Artículo 20. -El presente Decreto entrará en vigorministración superiores de la actividad fiscal, mopresentación a la entidad financiera respecnetaria. cambiaria. crediticia y. en general, cualtiva. toda solicitud de las entidades desceninmediatamente y será publicado en el Diario Ofi-quiera otra función relacionada con el desarrollo tralizadas. autónomas y semiautónomas, pacial. ordenado de las finanzas públicas. ra contratar préstamos internos y externos, Articulo 50.-Forman parte del Sector Público de cualquiera otra naturaleza que constitu-Page al Organismo Ejecutivo para su publicación.Financiero: yan deuda pública. Se exceptuan de esta Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, en disposición las instituciones bancarias del la cludad de Guatemala, a los ocho dias del mes de D El Ministerio de Finanzas Públicas; Estado y las municipalidades, las cuales se deben regir para tal efecto por las leyes ES-febraro de mil novecientos setenta y dos. 2) La Junta Monetaria; pecificas aplicables. Asimismo, se excepMARIO SANDOVAL ALARCON. tua a la Universidad de San Carlos de GuaPresidente. 3) El Banco de Guatemala: y temala, cuando se trate de préstamos internos, pero deberá informar del monto, plazo
J. RAMIRO QUIJADA FERNANDEZ. 4) Cualquiera otra institución 0 dependencia gu. y demás condiciones de los mismos al Mibernamental que se cree en el futuro con nisterio de Finanzas Públicas, con el únicoPrimer Secretario. responsabilidad para actuar en áreas geneobjeto del registro de la deuda pública; OLIVERIO CASTANEDA PAIZ, rales 0 específicas con las fi11) Tramitar y resolver en forma exclusiva las Segundo Secretario. nanzas públicas.
OBLIOTECA solicitudes de exoneración de impuestos, taCONTROLCONGR