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Decreto 3-1975

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 3-1975
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Tributario
Año
1975

Diario de Centro America

ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, C.A.

ANTES EL GUATEMALTECO Director Interino Periodista Decano de la Prensa Centroamericana Federico Zelaya Bockler Fundado el 2 de Agosto de 1880

Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 calle 6-72, zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18

TOMO CC GUATEMALA, LUNES 24 DE FEBRERO DE 1975 NUMERO 75

SUMARIO CONSIDERANDO: debe concederse únicamente para el primer semestre del año próximo entrante,Que en el mencionado Acuerdo quedin establec:- dos los beneficios que para Guatemala se obtienen ORGANISMO LEGISLATIVO "POR TANTO.a través de h asistencia técnica de los programas a que se refiere el Acuerdo con el "PNUD", en En ejercicio de las facultades que le confiere lacada uno de los sectores de la vida activa, espeDECRETO NUMERO 3-75 Constitución de la República en su artículo 189,cialmente en la educación, la agricultura, las obras inciso 40., y con base en lo que dispone el artículopúblicas y la industria, 30. del Decreto 96-73 del Congreso de la República, ORGANISMO EJECUTIVO POR TANTO. ACUERDA: MINISTERIO DE FINANZAS En uso de las facultades que le confiere el inciso 10. y subinciso b) e iniciso 14 del artículo 140 de la Artículo 10.-Se concede a favor de la Empresa

PUBLICAS Constitución, de Productos Lácteos de Asunción Mita, "PROLAC". exoneración del impuesto de consumo estaDECRETA: blecido por Decreto Ley 58, sobre diez y ocho mil (18,000) galones de gasolina regular y doce mil Concédese a favor de la empresa Productos LactersArtículo 10.-Aprobar el Acuerdo de fecha 15 y (12,000) galones de aceite diésel, que le serán prode Asunción Mita, la exoneración que SC men25 de febrero de 1974, suscrito entre el Gobier:- de porcionados por la compañia distribuidora Esso ciona. Guatemala y el Programa de las Naciones Unidas Central América, S. A., durante el período compara el Desarrollo "PNUD", para el establecimienprendido del primero de enero al treinta de junio to de una Oficina Regional de dicho Programa en de mil novecientos setenta y cinco.

MINISTERIO DE RELACIONES Guatemala.

Artículo 20.-A los funcionarios ex'ranjeros del Articulo 20.-La Empresa de Productos Lácteos EXTERIORES Programa, SC les aplicarán las disposiciones vigende Asunción Mita, "PROLAC", deberá llevar cuentes respecto a organizaciones y organismos interto corriente al detalle de esta franquicia, para losnacionales en cuanto a prerrogativas e inmunidaefectos del control posterior correspondiente. Nómbrase conductor de vehiculos del Consuladodes. General de Primera de Guatemala (11 Belice, alArtículo 30.-El presente Decreto entrará en viArtículo 30.-El presente Acuerdo entrará en viseñor Mario Martinez Ordóñez. For el dia de su publicación en el Diario Oficial. gor el día siguiente de su publicación en el DiarioOficial. Nómbrase Segundo Secretario Encargado de Asun-Pase al Organismo Ejecutivo, para su publicación tos Consulares de la Embajada de Guatemala en y cumplimiento. Comuniquese: la República Oriental del Uruguay, al periodistaDado en el Palacio del Organismo Legislativo,Rubén Adolfo Pinto Villeda. LAUGERUD G. en la ciudad de Guatemala, a los veintiocho dias del mes de enero de mil novecientos setenta y El Ministro de Finanzas,Nómbrase Embajador Extraordinario y Plenipoten-cinco. ciario de Guatemala ante el Gobierno de la ReJORGE LAMPORT RODIL. pública de Argentina al coronel José Arturo PonLUIS ALFONSO LOPEZ, 157163-24-F. ciano Samayoa. Presidente. MINISTERIO DE TRABAJO Secretario,

JORGE CARDONA SERRANO. MINISTERIO DE RELACIONES

Y PREVISION SOCIAL Secratario. EXTERIORES

OTTO RENE FERNANDEZ.

Nómbrase a las personas que se mencionan. Miembros titulares de la Junta Nacional de Servicio Palacio Nacional: Guatemala, doce de febrero do Civil. mil novecientos setenta y cinco. Nómbrase Conductor de Vehículos del Consulado General de Primera de Guatemala en Belice alRatifiquese, publiquese y cúmplase. señor Mario Martinez Ordónez.

MINISTERIO DE ECONOMIA KJELL EUGENIO LAUGERUD GARCIA. ACUERDO GUBERNATIVO DE

NOMBRAMIENTO No. 29

Modificase en el sentido que se menciona, el artícuEl Ministro de Relaciones Exteriores, lo 10. del Acuerdo Ministerial número 99-72. soliADOLFO MOLINA ORANTES. citado por la empresa "Productos Electrónicos Palacio Nacional: Guatemala, 17 de febrero de1975. Centroamericanes Limitada". El Presidente de la República, PUBLICACIONES VARIAS ORGANISMO EJECUTIVO ACUERDA: MINISTERIO DE EDUCACION Nombrar al señor Mario Martinez Ordóñez, Conductor de Vehiculos del Consulado General de PriJUNTA CALIFICADORA DE PERSONAL MINISTERIO DE FINANZAS mera de Guatemala en Belice. Partida No. 75-0401NOMINA No. 177 1.133-07-41. PUBLICAS El presente Acuerdo surtirá efectos a partir de ANUNCIOS VARIOS la fecha en que la persona nombrada tome posesión Concédese a favor de la empresa Productos Lácteos de su cargo. de Asunción Mita, la exoneración que se menMatrimonios. Solicitudes de nacionalidad Liciona. Comuniquese. nea de transporte. Constitución de seciedades. Palacio Nacional: Guatemala, 10 de febrero de LAUGERUD G. Modificación de sociedades. Prórroga de SOciedad. Disolución de sociedad. Registro de 1975.

El Ministro de Relaciones Exteriores, marcas. Titules supletorios. Autorizaciones ADOLFO MOLINA ORANTES. farmacéuticas. Edictos. Licitaclones. - Re El Presidente de la Republica, mates. CONSIDERANDO: 0000000 Que no obstante la supresión de todas las exoNémbrase Segundo Sccretario Encargado de Asun neraciones vigentes del impuesto que grava el contos Consulares de la Embajada de Guatemala sumo de los productos derivados del petróleo, de-en la República Oriental del Uruguay, al peORGANISMO LEGISLATIVO riodista Ruben Adolfo Pinto Villeda. terminada por Decreto 96-73 del Congreso de la Re- -pública, esa misma ley faculta al Organismo EjeACUNRDO CUBERNATIVO DEcutivo para que, atendiendo a las condiciones del NOMBRAMIENTO No. 28 mercado, pueda otorgar exención del mencionado impuesto cuando concurran razones de imperativo DECRETO NUMERO 3-75 Palacio Nacional: Guatemala, 17 de febrero desocial 0 de interes económico colectivo p'enamente 1975. justificados; EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, El Presidente de la República,CONSIDERANDO: ACUERDA: CONSIDERANDO: Que la Empresa de Productos Lácters de Asunción Mita, "PROLAC", realiza una función soc'al Nombrar al Periodista Rubén Adolfo Pinto ViQue el 15 y el 25 de febrero de 1974, di Cobierroal proporcionar al consumidor sus productos a bajolleda, Segundo Secretário Encargado de Asuntos

de Guatemala. celebró con la Organización de Jas precio, ayudando al desarrollo económico del pais, Consulares de la Embajada de Guatemala en la Naciones Unid's, Programa de las Naciones Unipor lo que se justifien la exoneración del impuesto República Oriental del Uruguay. Partida No. 75las para el Desarrol'o "PNUD". para al estableal C nsumo que ha solicitado al Ministerio de Finan0401-1.133 05-83. cimiento de una oficina regional de dicha Inititu-zas Públicas, pero tomando en cuenta las condicioEl presente Acuerdo se emite de conformidad ción en esta República; nes imperantes on el mercado, dicha exoneración con los artículos 26 y 96 del Decreto Ley Número

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