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Decreto 3-2002

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 3-2002
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Desastres_Naturales
Año
2002

4 DIARIO DE CENTRO AMERICA-23 de octubre de 2002 NUMERO 28

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA DE TRABALIOAcuerdase prórrogar por treinta días más el Decreto Gubernativo número 1-2002, emitido por el Presidente de la República en Consejo de Ministros. UNIVERSITY DI DECRETO GUBERNATIVO NUMERO 3-2002 Victor Hugo Godoy M.GUATEMALICAEdmundo ManneMicroempres MINISTRO DE TRABAJO EmergiaPREVISION SOCIAL ENCANGADO DEL DESPACHC Guatemala, 14 de octubre de 2002 Vicepresidente de la República en Funciones de la Presidencia,

EDIN MARIO RENE BOLANOS DUARTE

CONSIDERANDO: Ministro de Agricultura Ministro de Salud Pública Ganadería y Alimentacion y Asistencia Social Que por Decreto Gubernativo número 1-2002, el Presidente de la República en Consejo de Ministros, declaro estado de Calamidad Pública durante 30 días en cl área geográfica que comprende el Lago de Izabal y el Rio Duice del Departamento de Izabal; cuya vigencia se prorrogó por el Decreto Gubernativo número 2-2002.

CONSIDERANDO: Que las causas que dieron origen a la declaratoria de prórroga a que se refiere considerando anterior MIGUEL ANGEL RACANCOU aún persisten; y, en virtud que la Constitucion Política de la República de Guatemala y la Ley deRAUL ARCHILA Viceministro de Cultura Y Deportes Orden Público, preven la posibilidad de emitir un Decreto Gubernativo de prórroga para afrontar laMinistry de Energia y Minas Encargado del Despacho

critica situacion que dio lugar a la declaratoria de Estado Calamidad Pública referida. DE PARIENTEPOR TANTO: En ejercicio de las funciones establecidas establecidas en los artículos 138, 183, literales e) y f) de laMINISTRATURALSConstitucion Política de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 139 de la sos Lic. CHIS Miiangos GENERAL C.Constitucion citada y 1°, 2°, 6°, 14 y 15 de la Ley de Orden Público.

LicCarlosCdcares PRESIDENCIA LA REPUBLICAMINISTRO

EN CONSEJO DE MINISTROS

(E-726)-23-octubreDECRETA: Artículo 1. Se prórroga por treinta días más el Decreto Gubernativo número 1-2002, emitido por el Presidente de la República en Consejo de Ministros. Artículo 2. Se convoca al Congreso de la República para que dentro del plazo de tres días conozca de esta disposicion y resuelva to que corresponda. Artículo 3. Este Decreto Gubernativo entra en vigencia inmediatamente y deberá ser publicado en el Diario de Centro America, órgano oficial del Estado.

COMUNIQUESE,

PUBLICACIONES

JUAN FRANCISCO REYES LOPEZ

DIARIO DE CENTRO AMERICA

DE LA

IGSSGUITEMELA.

INSTITUTO GUATEMALTECO DE

SEGURIDAD SOCIALJOSE ADOLFO REYES CALDERON EDUARDO WEYMANN

Ministro de Gobernacion Ministro de Finanzas Public ACUERDO NUMERO 1101

LA JUNTA DIRECTIVA DEL

INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIAL

MARIO ROLANDO TORRES MARROQUIN RAMIRO ORDONEZ CNAMA

Ministro de Educacion Micemistry 4. Belaciones Exteriores CONSIDERANDO: Encargado del Despacho Que el Tribunal de Arbitraje en Laudo Arbitral de fecha dieciocho de octubre del dos mil dos, dentro del Conflicto Colectivo de carácter Económico Social, No. 277-2001, Secretario y Notificador 4°; planteado por el Sindicato Médico del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social ante el Juzgado Tercero de Trabajo y PrevisionROBIN MORAN MUNOZ Ministro de la Defense Nacional FLORA ESCOBAR DE RAM35 Social de la Primera Zona Económica, resolvió: "...acceder a la pretensión de Ministra de Comunicaciones, incremento salarial planteada por el Sindicato Médico del Instituto Guatemalteco de Infraestructura y Vivienda Seguridad Social, mas no en el porcentaje del treinta por ciento sobre el salario base vigente a la fecha de iniciación del conflicto, sino en un diez por ciento sobre dicho salario, adicional al diez por ciento que los médicos de dicha Institución ya tienen

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