Decreto 3-2019-2
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 3-2019-2
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2019
------------------l jfunllallo en 1880 - , . bt nea
ÓRGANO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, C. A.
EN ESTA EDICIÓN ENCONTRARÁ: •.. ()R~At-llSMOiEGISLATIVO•·•··· .. ~ONGRESO PE "[p. REP¿~ .. I~ DE GUATEMALA .
DECRETO NÚMERO 3-2019
Página 1
DECRETO NÚMERO 4-2019 .
Págino4 · ORGÁNISMó EJECUTIVO MINISTERIO DE EDUCACIÓN · Acuérdese reforrTIOr .el ·Ac~'e:rd.0 tv1in_1sferia1· hú_~~·rq 25-20~~ 2018 de fecha _3l_de agostci d~ 2018. PÓgiila6 ·
PUBLICACIONES VARIAS
MUNICIPALIDAD DE NUEVO SAN CARLOS, DEPA_RTAMENTO DE RETALHULEU •"· · Acuérdase a~rob;r el siguiente: R~GtAMENTO PARÁ LA ADMINISTRACIÓN Y PRESTACIÓN DEL. SERVICIO DE ~~E~~t!~~~Js~~~~~~T~~~~f ¿~r~E~~J~~E~E Página] . . .
MUNICIPALIDAD Í>E éu'foTENANGO, · · DEPARTAMENTO l)E SUCHITEPÉQUEZ
1.NFORME ANUAL2019 •..... MU~IÓl'Al.lDAD DE··SANGASPARIXCHIL¡ · DEPARTAMÉlllTo DE ~UEHUETENANGQ ..
· DEPARTAMENTO l)E SUCHITEPÉQUEZ
1.NFORME ANUAL2019 •..... MU~IÓl'Al.lDAD DE··SANGASPARIXCHIL¡ · DEPARTAMÉlllTo DE ~UEHUETENANGQ ..
Acuéídase a·piob·a;r.·:--10·--· rn~dificd-¿i~-~~- ·dél -J'l~n:~·-:d~.--t ~;~~; :·, _ Rentcís ·.:y'· Multas_=:del' rrlüñidp·i~- _-_de---sa·n_ -.G~sp:a'r'.· IXéhil/. ·' , departamentó de __ H~eh_Ueteri9ngo.· . · Página B ..
MUNICIPALIDAD DE ·
SANTA CATARINA IXTAHUACÁN, DEPARTAMENTO DE SOLOLÁ ·ACuérdase_ aprobar la .. sig_uient~ modificación :·d~l .. Pl.~n.:~e tasas, Rentos Y .. ·múl,tas. 'der··mUnicipiO. de ·santa Catadnci. lxtahuacón; departamento de Solol6: · · Página 9 ANUNCÍOS VARIOS - MO.trimonios_ - Nacfonalidades , . .:. líneas de Transporte' ·~Títulos Supletorios
- Edictos
-'Remates . . --Co'n~ocatoriOs ·• Página lO • Pági11a ·TO•· Página 10 PágirfoJ 3 · Págincí To Página 18Página.24 1 ;,: .,
. --Co'n~ocatoriOs ·• Página lO • Pági11a ·TO•· Página 10 PágirfoJ 3 · Págincí To Página 18Página.24 1 ;,: ., · Qirept9r, Gelleiaf Paveí l\ie!lan"c:i.O.ren~ilo · .····
ORGANISMO LEGISLATIVO
®
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NÚMERO 3-2019
!EL COl'lGR!::SO DIE LA RIEIPÚISUCA DE GUATfE~iALA CONSiDERANDO: Que conforme !o establecido en la Constitución Política de la República de Guatemala, es ' dei)er fundamental del Estado garantizar a los habitantes de la República de Guatemala, ·o! su desarrollo integral, entre otros, por medio .de la educación, la cual tiene como fin proporcionar una educación basada en principios humanos, científicos; técnicos y culturales que formen integralmente a! ser humano, principios que son congruentes con las atribuciones que la Constitución Política de la República de Guatemala, asigna a la · Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC), como entidad encargada del desarrollo de la educación superior de los habitantes de la República de Guatemala. ; COli'~SllOiERANDO: Que en el marco de lo establecido en el artículo 82 de la Constitución PÓlítica de la República de Guatemala, corresponde a !a Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC), organizar, dirigir y desarrollar !a educación superior estatal, la difusión de la cultura en todas sus manifestaciones, así mismo promover la investigación en los campos del saber humano ':! contribuir a la solución de los problemas nacionales; por lo que, para
(USAC), organizar, dirigir y desarrollar !a educación superior estatal, la difusión de la cultura en todas sus manifestaciones, así mismo promover la investigación en los campos del saber humano ':! contribuir a la solución de los problemas nacionales; por lo que, para su cumplimiento ha efectuado esfuerzos en la realización de infraestructur¡¡ en el campus centra! y centros universitarios, financiada con recursos propios, !a contratación de dos préstamos con el Banco Centroamericano de Integración Económica -BCIE-y en algunos · casos con el apoyo de los Consejos Departamentales de Desarrollo; por lo que para la continuidad dicha entidad, solicitó al Ministerio de Finanzas Públicas, gestionar ante el BC!E un financiamiento reembolsable, de un monto hasta por ciento veinte millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$.120,000,000.00), para la ejecución del Programa denominado "TERCERA ETAPA DEL. PROGRAMA DE INVERSIÓN EN
INFRAESTRUCTURA, MAQUINARIA Y EQUIPO PARA LA UNIVERSIDAD DE SAN
CARLOS DE GUATEMALA".
CONSIDERANDO: Que conforme lo indicado anteriormente, el Ministerio de Finanzas Públicas, a requerimiento de la Universidad de San·Carlos de Guatemala (USAC), gestionó ante el Banco Centroamericano de Integración Económica -BCIEun . financiamiento reembolsable, de un monto hasta por ciento veinte miliones de Dólares de los Estados Unidos de Amériea (US$.120,000,000.00), orientado a Ja ejecución del Programa
denominado "TERCERA ETAPA DEL PROGRAMA DE INVERSIÓN EN
INFRAESTRUCTURA, MAQUINARIA Y EQUIPO PARA LA UNIVERSIDAD DE SAN
Unidos de Amériea (US$.120,000,000.00), orientado a Ja ejecución del Programa denominado "TERCERA ETAPA DEL PROGRAMA DE INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA, MAQUINARIA Y EQUIPO PARA LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA"; por lo que habiéndose obtenido las opiniones favorables del Organismo Ejecutivo y de la Junta Monetaria, según lo establece el artículo 171 literal i) de la Constitución Política de la República de Guatemala, es procedente emitir la disposición· iegal que autorice la celebración del instrumento que permita acceder al financiamiento in.dicado. Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa2 Guatemala, MARTES 30 de abril 2019 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMERO? POR TANTO; , En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) e i) de la Constitución .Política de la República de Guatemala, DECRETA; Artículo i_. Aprobación. Se aprueban )as negociaciones del contrato de~ -préstamo identificado con el n_úmero dos mil ciento cincuenta y cinco (2155), a··ser Suscrito entre la RepúbliGa de Guatérna_la y el Banco Centróar11ericano:-de ln!egracióil Económica --BCIE-, · de un monto hasta por CIENTO VEINTE MILLONES DE DOLARES DE LOS ESTADOS UNl[_)OS DE AMÉRlqA (US$.120,000,000,00), orientado a· la ejecución del Progíama
denominado "TERCERA ETAPA DEL PROGRAMA DE INVERSIÓN EN
INFRAESTRUCTURA, MAQUINARIA Y EQUIPO PARA LA UNIVERSIDAD DE SAN
CARLOS DE GUATEMALA".
denominado "TERCERA ETAPA DEL PROGRAMA DE INVERSIÓN EN
INFRAESTRUCTURA, MAQUINARIA Y EQUIPO PARA LA UNIVERSIDAD DE SAN
CARLOS DE GUATEMALA".
ArticuDo 2. Autorización. Se autofiZa al Orgar'iismo Ejecutivo par.a -:qúe, por intermedio dE_'!I í\1ínis~erio de Finanzas Públicas, su.scciba el Contrato ii1dí6ado; principa.lmente bajo los términos y condiciones f¡nanciera"s que en este artículo se detalla .. La autorización a que se refiere ~l prasente artícuio es extensiva para suscribir los contratos modificatorios que correspondan. De conformidad con el Contrato de Préstamo núroero dos mil ciento cincuenta y. cinco (2155), las principales características serian las siguientes:
MONTO:
DESTINO:
ORGANISMO EJECUTOR:
PLAZO:
TASA DE INTERÉS:
AilliORTIZACfÓN:
COf<ilSIÓN DE SEGUIMIENTO Y
ADMiNISTF.ACIÓN:
COMISIONES ADICIONALES:
CARGOS POR llJIORA:
CARGOS POR PAGOS ANTICIPADOS:
Hasta por CIENTO VEINTE MILLONES DE
DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS
DE AMÉRICA (US$.120,000;000.00).
Financiamiento para el Programa denominado "TERCERA ETAPA DEL
PROGRAMA DE INVERSIÓN EN
INFRAESTRUCTURA, MAQUINARIA Y
EQUIPO PARA LA ·UNIVERSIDAD DE
SAN CARLOS DE GUATEMALA".
Universidad de San Carlos de Guatemala
-USAC-.
Hasta veinte (20) años, que incluye un
INFRAESTRUCTURA, MAQUINARIA Y
EQUIPO PARA LA ·UNIVERSIDAD DE
SAN CARLOS DE GUATEMALA".
Universidad de San Carlos de Guatemala
-USAC-.
Hasta veinte (20) años, que incluye un periodo de gtacia de hasta cuarenta y dos (42) meses, según lo establecido en el articulo 3, Seccíón 3.02 del Contrato-de Préstamo. De conformidad con lo establecido en el artículo 3,- sección 3.10 del Contrato de Préstamo. Cuotas semestrales, consecutivas, vencidas y en lo posible íguales de capital más intereses, hasta la total cancelación del préstamo, según lo establecido en el artfculó 3, Sección 3.08 del Contrato de Préstamo. El Prestatario pagará al BCIE una comisión de seguimiento y. administración de 1/4 del 1o/o anual_ flat sobre el monto del contrato de .préstamo, pagadera por el Prestatario de una sola vez a nlás tardar al momento del primer desembolso,. para lo cual el Prestatario faculta al BCIE para descontarla de los recursos del primer desembolso. Dicha comisíón será utilizada para cubrir o sufragar los gastos derivados de la contratación de Ja supervisión externa y/u otros serviciOs profesionales que determine el. Banco, para atender el seguitniento y gestión de la operación, los proyectos y el contrato de préstamo, la cual será contratada por el BCIE. El BCIE trasladará al Prestatario para su pago, todas las comisiones por seguro de e)(portación o riesgo pais y otras comisiones, cargos o penalidades que la
será contratada por el BCIE. El BCIE trasladará al Prestatario para su pago, todas las comisiones por seguro de e)(portación o riesgo pais y otras comisiones, cargos o penalidades que la fuente de recursos· le cobre; de conformidad con 10 establecido en. el artículo 3, Secci6n 3.12, literal b) del Contrato de Préstamo. A partir de la fecha en que entÍe en mora cualquier obligación. de · pago que· corresponda al Prestataño por concepto de capital, intereses, comisiones y Otros cargos, el BCIE aplicará un recargo por mora. consistente en incrementar el interés en tres (3) puntOs porcentuales sobre Ja porción de la obligación en -mora, hasta la fecha en que se efectúe el pago, según lo establece el artículo 3, Sección 3.11 del Contrato de Préstamo. El Prestatario pagará al BCIE un cargo no reembolsable por trámite _de cada pago anticipado, de quinientos Dólares de los Estados Unidos de América (US$.500,00) .. Dicho cargo será adicionado a la penalización por pago anticipado según corresponda, de conformidad con lo establecido en el articulo 3, Sección 3.14 del Contrato de Préstamo. ~rticulo 3. Cum.pHriliento de tas obUgaclol'"iÍas ftoancíeras derivadas del Contrato de PréStarno'-que se autoriza. Las amortizaciones del: capital. pago de intereses, y demás gastos y/Ó cómisioneS derivados del cumplim1ento _de las obligaciones financieras del
PréStarno'-que se autoriza. Las amortizaciones del: capital. pago de intereses, y demás gastos y/Ó cómisioneS derivados del cumplim1ento _de las obligaciones financieras del contrato de_ prést?mo que ~e- .autoriza en el art!culo anterior, estaré:n a ,cargo· del Organis1no · Ejecutivo, por conducto del Ministerio de Finanzas Públicas, para· lo cual deberá prever las asignaciones presupuestarias correspondientes en cada ejercicio fiscal, .. hasta la cancelación_ total de. la deuda. La contrapartída local del contrato de prést;amo, estará a cargo de la Universidad de ·San Carlos de Guatemala (USAC), para lo cual dicha entidad deberá prever dentro de su presupuesto, las asignaciones presupuestarias correspondientes. Artfcuio 4 •. Ad,quisiciár-1 dia;· bienes, obras y servicios. Las adquisiciones de bienes, y-la contratación de-obras y servicios, que se efectúen con los recursos del préstamo que por este ·oecre.to se autoriza, deberán realizarse con base en lo que para el efecto establezca el Contrato de Préstamo, la Política para la Obtención -d~ Bienes, Obras, Seivicios -y Consultorías con Recursos del BCIE y sus Norn1as de aplicación. Artáculo 5. Distribución de los rrecurrsos del PYograma. La ejecución de los fondos del préstamo aprobado en este Decreto, ·deberá cubrir las· principales nec'esidad,es de infraestructura, maquinaria y equipo de las áreas de docen_cia, investigación, extensión y administración, definidas como wUnidades Beneficiarias del Programan,. que conforman la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC), ~igúientes:
A. Centros Universitarios Departamentales .
administración, definidas como wUnidades Beneficiarias del Programan,. que conforman la Universidad de San Carlos de Guatemala (USAC), ~igúientes:
A. Centros Universitarios Departamentales . 1 Centro Un!versitario de Baja Verapaz -CUNB.AV2 Centro Universitario de Chimaltenango -CUNDECH3 Centro Universitario de El Progreso -CUNPR.04 Centro Universitario de Izaba! -CUNIZAB5 Centro Universitario de Jutiapa -JUSAC6 Centro Universitario de Nor Occidente -CUNOROC-, Hue"huetenanao 7 centro Universitario de Occidente -CUNOC-, Quetzaltenango 8 Centro Universi~ario de Oriente -CUNORI-, Chiquimula 9 Centro Universitario de Petén -CUDEP- "!O Centro Universitario de Quiché -CUSACQ-
' Centros Universitarios Departamentales . 11 Centro Universitario de San Marcos -CUSAM12 Centro Universitario de Santa Rosa -CUSARO13 ' Centro Universitarió de Sololá -CUNSOL14 Centro Universitario de Sacatepéquez -CUNSAC15 Centro Universitario de Retalhuleu -CUNREU16 Centro Universitario de Sur Occidente -CUNSUROC-, Suchiteoéauez . 17 Centro Universitario de Totonicapán -CUNTOTO18 Centro Universitario de Zacapa -CUNZAC19 Centro Universitario del Norte -CUNOR-, Alta Verapaz 20 Centro Universitario de Sur Oriente -CUNSURORI-, Jalaoa · 21 Centro Universitario del Sur -CUNSUR-, Escuintla B. 1 Escuelas No Facultativas 22 E~cuela de Ciencias de la Comunicaci_ón 23 Esquela de Ciencias Psicológicas
Jalaoa · 21 Centro Universitario del Sur -CUNSUR-, Escuintla B. 1 Escuelas No Facultativas 22 E~cuela de Ciencias de la Comunicaci_ón 23 Esquela de Ciencias Psicológicas 24 Escuela de Historia . 25 Escuela de Trabajo Social 26 Escuela de Ci~ncias Lingüísticas· 27 Escuela de Formación de Profesores de Enseñanza Media -EFPEM28 Escuela de Ciencia Polltica . 29 Escuela de Ciencias Flsicas y Matemáticas 30 Escuela Superior de Arte 31 Escuela de Ciencia y Tecnólogla de la Actividad Física 1 v el Deoorte -ECTAFIDE32 Centro de Estudios del Mar y Acuicultura -CEMAC. F.acultades 33 Facultad de Ciencias Médicas 34 ' Facultad de Ciencias Químicas y Farmacia 35 Facultad de Ciencias Jurldicas y Sociales 36 Facultad de Humanidades 37 Facultad de lngenierla ' 1 Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información LegislativaNÚMERO 7 DIARIO de CENTRO AMÉRICA Gwaiemala, t\.1ARTES 30 de abril 201 !l 3 38 F aclJltad de Medicina Veterinaria y Zootecnia 39 Facultad de Odontología 40 Facultad de Arquitectura .· 41 Fa:culta"d de CienciaS Econé_lmicas 42 .Facultad de Agronomía . D .. !n~titutos 43 Instituto T ecnOlógico Universitaria Guatemala Sur -ITUGSE. ! Adffiinistració~ Central . 44 Oir~cción General de E?<tensión Universitaria -DIGEU45. Direcció11 General de DoCei1cia -DIG~D-
-ITUGSE. ! Adffiinistració~ Central . 44 Oir~cción General de E?<tensión Universitaria -DIGEU45. Direcció11 General de DoCei1cia -DIG~D46. Dirección General de Investigación -DIGI-. 47 Dirección Genera:! de Administración· -DIGAEl-Plan de Distribución de los recursos del Préstamo asignado para las · Unidades BeneficiañaS deta!lacJ~s en eSte-.artfculo, será atendiendo !Os siguientes Criterios: cero por ciento {0%) para ·gastos administrativos;· noventa por ciento (90%) para infraestructura, maquinaria y/O equipo· -priorii3ndo . los centro~ univérsitarios departamentales, dependiendo sus neCesidades-; y,·ctiez por ciento (10%) para estudios de pre-factibilidad, factibl\idad, pre~inversión y/o planificación. LoS recursos del pré~tamo deberán priorizarse para inversiones en los· siguienta_s temas:. seguridad á!in1entaria, educaciOn a distancia, sostenibilidad ambiental, agroindustria y diversificación agrlcola; así coma·· para la creación de centros universitarios· q1,1e coadyUven ~ la. descentraiizaCión -de · Jds servicios educativos universitarios. · Se faculta al Organismo .Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Finanzas P.úblicas, para que realice los ajustes del Contrato y todos los documentos relacionados con el Préstamo Número dos .mil ciento Cincuenta· y cinco-(2155), deriominado "TERCERA ETAPA DEL PROGRAMA DE INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA, MAQUINARIA Y EQUIPO PARA LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA", a ser celebrado
ETAPA DEL PROGRAMA DE INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURA, MAQUINARIA Y EQUIPO PARA LA UNIVERSIDAD DE SAN CARLOS DE GUATEMALA", a ser celebrado entre la República de Guatemala y el Sane~ Centroamericano_ de Integración Económica -BCIE-. Los ajustes se circunscribirán a los términos y ·condiCiones aprobados en el presente·oecreto. Asimismo, él Ministerio de Finanzas Públicas_ informará a SEG~PLAN y a JUNTA °MONETARIA dé los ajustes realizados al Contrato y todos los documentos relaC:ionadps :a1 Préstamo. para su conocimiento '! eted:os qÜe Procedan. . Articulo 6. Anticipos· y des0mbotsos pa~a I~ ejecuc~ón~ Previo.á ~é~ll~ar des~mbotsÓs ·con cargo al préstamo aprobado en este Decreto, .la Universidad'-d0. San· Carlos de Guatemala · (USAC), deberá re8Íizar la ímplémentación'· del SiStema de ·contabilidad lnt8grada (SICOIN). de· con'formidad con el convenio. suscrito entre la USAC y el fllii1:iisteri0 da Fióanzas Públicas. De lo cual d¡¡:iberán informar de f6rma cuatrimestral de los avances de dich~ incorpora.ciÓn. a las _COmisiones ·de Transparencia y Probidad _y· de -Finanz.l'.1s -Públicas .y Mo~eáa del Congreso de la República. Articulo ·7. Transparenci.a.·La Universidad de San Carlos de Guat~mala (USAC) deberá cumplir con los principios y· Obligaciones contempladas en el Decreto Número 57:-2008 del
Articulo ·7. Transparenci.a.·La Universidad de San Carlos de Guat~mala (USAC) deberá cumplir con los principios y· Obligaciones contempladas en el Decreto Número 57:-2008 del Congreso de la República, Ley de ·Acceso a la Información Púb.lica, para .que s·e puedan 'reaiiz~r los anticipos y dese!"flbolsos.dur~nte el primer seryiestre del año 2020. Articulo .8. ~eforma Universitaria y fiscaliZaclón de la Contraloría General de Cuentas. La Universidad da .San Cárlos de Guaten;iala (USAC), en el ejercicio de su Autonomía. deberá iniciar el desarrollo e implernentación de la Refonna Universitaria y·de ser necesario, presentará al Congreso de la República, proY:ecto de .reforma al Decreto Nún1ero 325, Ley Orgári!ca de la Universi~ad ·d~ ·san_ Cailos ·d~ Guatemala., ·.La contraloria . General de Cuentás. nombrará a Un equipo" 'cie · auditoría especifico y pe1n1as1ante, para que de forma cuatrimestral, informé a la Comisi9n de FinanZas P(Jblicas y Moneda del Congreso de ¡a_ República, sobre Ja·evaluación d6 la gestión financiera y del uso de fondos del presente-PréS~amo. · Las acciones de fiscalización deest~ equipo de auditoría pueden ·extenderse p las unidades ejecutoras, entidade_s públicas o privadas ·que administren recursos de este Préstamo; ·asr como a funcionario$, en:ipleados de entidades públicas o Privada's, cu~ndo corresponda, siempre que se.deriven_de acciones relacionadas_ con el ~isino.
Préstamo; ·asr como a funcionario$, en:ipleados de entidades públicas o Privada's, cu~ndo corresponda, siempre que se.deriven_de acciones relacionadas_ con el ~isino. ArtícuiO 9. Informes. La Universidad de San éarl~s_ d~ GUatem-a1a (ÜSAC) deberá presentar informes de avances de ejecución y cuniPliroiento de obligaciones· del ·préstamo de forma .cuatrimestral a: Jas comisiones de Tra.nsparehcia_ y Probidad ·'l de Finanzas· Públicas Y Moneda del Congreso d~ la República. Dichas Comisiones, .conformarán Lina instancia de seguimiento y monitoreo del presente Pr:éstamo, en coordinación con :1as autoridades de la Universidad de San Cario$ de Guate_mala (USAC).- Articulo 10. Auditoría Externa. La Universidad de Sari Carlos de Guatemala: ·(USAC) , deberá ·contratar una auditoria externa, de forma anual, que deberá eyaluar la ejecución y cumplimiento del préstamo. De lo cual la UniVé_rsidad de San cailos,de Guatem.ala deberá informar·al Pleno· del Congreso de la República de los resultados de la mism'a. · Articulo 11 .. Estándar de Datos CoST para la lnfraestruCtura Pública. La Universidad de San Carlos de Guatemala (LISAC) en Jo relativo a los proyectos-de infraestructura, debe"rá adicional a lo establecido en otras leyes, cumplir con los' estándares de dato~ de la Iniciativa de Transparencia en el Sector de 13 Construcción -CoST~ (por sus-siglas en inglés) para la infraestructUr~ p~blica, los Cuales son: j Fase del Proyecto Indicador
Iniciativa de Transparencia en el Sector de 13 Construcción -CoST~ (por sus-siglas en inglés) para la infraestructUr~ p~blica, los Cuales son: j Fase del Proyecto Indicador ¡ 1d~ntificaci6n del ~royect~ Especit1caciones Propósito L ! Localización Beneficiarios EstudiO de Viabilidad 1 1 Fondos pa.-s el Proyecto Acuerdo de Financiamiento Presupuesto -- Costo_ Est~mado del Proyecto Proceso de Contratación del Diseño-del Proceso de ofertas de diseflo Proyecto Nor:nbre del consultor pñncipal del diseño . Proceso de Contratación de !'.'1 Supervisión Proceso de Ofertas de supervisión del Proyecto Nombre del consultqr principal de la . sunervisión Pi-ocaso de Contr'ªtación de las obras de Proceso de Ofertas construcción Lista de oferentes Informes de Evaluación de las ofertas Detalles del Contrato de Super".risión Precio del contrato de supervi_sión Trabajos Y. alcance de la supervisión · Programa de·trabajo ?probado al ejecutor Detalle del Contrato de las Obras Non1bre del contratista Precio del 9ontrato Trabajos y alcance de 1·a obra Programa de trabajo aprob_ado al ejecutor Ejecución del Contrato d_e Supervisión Cambios· significátivos al precio ?el contrato de supervisión, el programa, su alcance v su eiecuci6n Ejecución del Contrato de. 13s Obras Cambios individuales que afectan el precio v r:az6n de los cambios Cambios Individuales que afectan el orclarama v razón de los cambios .. ' Detalles de pagos adicionales al contratista
Ejecución del Contrato de. 13s Obras Cambios individuales que afectan el precio v r:az6n de los cambios Cambios Individuales que afectan el orclarama v razón de los cambios .. ' Detalles de pagos adicionales al contratista Post-Contrato de las Ot:;>ras . Precio actualizado del contrato . . Total de gastos realizados Alcance real de la obra Programa actuanza<;io Reportes de evaluaciones y auditorias realizadas al oro•""cto .Articulo. ·12. UtlliizaciÓn · de ·los re~ursos. Utilizar los recursos del préstamo exclusiva_n~eni:e para el desi:ino. contemplado en el presente Decreto. ArUCulo 13. Vigericia. El presente Decreto entrará en Vigencia el.d!a de su publicación en • el Diario Oficial. · ·
PARA su ~ANCIÓN,-REi'JIÍTASE AL ORGANISMO
PROMULGAclów v PLiBLiCACióN.
EJECUTIVO
EMITIDO EN EL PALAC'O ·DEL,. .ORGANiSMO LEGISLATIVO, EN LA·CIUDAD DE GUA.:tEfo.'lALA, EL VEiNY,SIETE DE MARZO DE DOS MIL·DIEClNUt:::=VE. . /"";: .. . .. /'.). /.\ ! . \ 1 l 1 . 1 - . \\ . ¡~\_/'~ . .
ALV AF«J ENRIQUE ARZ~'-·EJ.loBAR
PRESIDENTE .
PALACIO NACIONAL: . Guatemala, diecinueve. tidós de ab.rll del año dos mil
MORALE CABRERA
(E-37~·2019)-30.,.abril Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa