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Decreto 30-1969

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 30-1969
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Comercial
Año
1969

Guatemaltero DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 1a. DE ENERO DE 1834 SEGUNDA EPOCAAgencia: Teléfono 28027 Impreso en Diarlo de Centro Registrade como correspondencia de segunda class en la AdministraciónAdministración: Teléfono 24418 Central de Correos de Gustemala, el $ de marso de 1960, bajo of No. 749.América: 9a. Av. 11-34, Zomä 1

DIRECTOR: LEOPOLDO CASTILLO SAENZ TOMO CLXXXV GUATEMALA, JUEVES 10 DE JULIO DE 1969 NUMERO 99

SUMARIO Pase al Organismo Ejecutivo para SM publicacióny cumplimiento. Fausto Arturo Cebeira Samavoa. en concepto de propietario individual de la empresa Quimica InDado en el Palacio del Organismo Legislativo,dustrial de Centroamérica, solicitó de este MinisORGANISMO LEGISLATIVO en la ciudad de Guatemals, a los veritisés dias del terio, clasificación de industria nueva de conformes de junio de mil porecientos assenta y sueve.midad COD las disposiciones del Decreto 1317 del Congreso de la República. para que dicha empre-Decreto Número 30-69 ENRIQUE A. CLAVERIE DELGADO, sa pueda dedicarse a la fabricación de preservati-Presidente,

ORGANISMO EJECUTIVO vos. hidrorrepelentes, adhesives y acabados de diferente tipo para madera; AUGUSTO R. ROSALES ARRIOLA MINISTERIO DE ECONOMIA Primer Secretario. CONSIDERANDO: Concedese a Colgate Palmolive Company, la paHUGO RAFAEL CARIAS RECINOS, Que el Decreto 1317 del Congreso de la Repú-Segundo Secretario,.tente de invención que se menciona. blica, Lev de Fomento Industrial. ha sido deroga-do y sustituido por el convenio Centroamericano Otórgase al señor Fausto Arturo Cebeira Samayoa,Palacio Nacional: Guatemala, trea de julio de para la Empresa de su propiedad denominadamil novecientos sesenta y nueve, de Incentivos fiscales al desarrollo industrial y que de conformidad con la resolución 57 (CEC) del QUIMICA INDUSTRIAL CENTROAMERICANA Publiquese. consejo económico centroamericano, de fecha 15 clasificación de Industria existente del grupo «B. del año en curso. los tramites de las solicitudes de JULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO. clasificación ya admitidas por las autoridades adMINISTERIO DE GOBERNACION ministrativas. que se hubieren realizado al tiempo El Ministro de Gobernación, de entrar en vigencia el citado convenio, serán Trasládase la Sección de Investigaciones de MiMANUEL FRANCISCO SOSA AVILA. válidos e inimpugnables si se efectuaron de acuergración del Departamento Judicial de la Dido credit la correspondiente ley nacional, y que la

rección General de la Policia Nacional, a la clasificación 0 reclasificación deberá hacerse de Dirección General de Migración. de la que scuerdo con lo que estipule el instrumento antes dependerá única y exclusivamente en 10 mdicado. supuestos que se dan en el presente casucestva. ORGANISMO EJECUTIVO so, por lo que debe resolverse conforme dicha eatipulación: MINISTERIO DE HACIENDA CONSIDERANDO: Y CREDITO PUBLICO MINISTERIO DE ECONOMIA Que en la mencionada industria su propietario Concédese is Coigate Palmetive Company, la pã-invertirá la cantidad no menor de sesenta mil quet-Autorizase al señor CESAR LIMA SANTIAGO, para que pueda dedicarse a las actividades de tents de invención que se meacleas. zales (060.000 00). representa una linea de producción conveniente porque sustituirá Importacio-de Agente Aduanero. Palacio Nacional: Guatemala, 16 de junio de 1969.nes, y además proporcionará ocupación a un nú- MINISTERIO DE TRABAJO mero de diez (10) personas, entre empleados ad-El Presidente Constitucional de la República, ministrativos y laborantes; Y PREVISION SOCIAL CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Reglamento de organización y funcionamiento in-Vista las diligencias seguidas por el licenciado terno de la junta nacional de servicio civil.Jorge Francisco Sanchez Fernandez como apodeQue en la tramitación respectiva se han llenarado legal de Coigate Palmolive Company. dodo todos los requisitos legales y que la Dirección

miciliada en 300 avenida Park New York. Estados de Política industrial de este Ministerio en dictaANUNCIOS VARIOS Unidos de America, para que a favor de su poder-men número 86-(186) del 21 de Junio de 1968, dante se conceda patente del invento denominado emitió opinion y recomendó que a la empresa soMatrimonio Lineas de transporte. Modifica- «Composiciones detergentes reforzadas>; licitante se le concediera la clasificación solicitación de sociedades. Disolucion de sociedad. da. la cual debe otorgarse de acuerdo con el conRegistro de marcas. Patentes de invención. CONSIDERANDO: venio mencionado. por lo que del estudio del exTitulo supletorio Autorización farmacéutica. pediente se desprende que le corresponde la clasiEdictos. Licitaciones. Remates. Que en la tramitación correspondiente se liena-ficación dentro del grupo "B, existente. equiparan100 todos los requisitos que establece la ley. sindo asimismo sus beneficios con industria guateque se presentara oposición alguma como consemalteca de adhesivos V derivados (INDUCOL), cuencia de las publicacione respectives; que lesen virtud de la disposición contenity en el articuORGANISMO LEGISLATIVO expertos nombrados para el efecto. as como la lo transitorio cuarto de dicho instrumento: Oficina de Marcas y Patentes de Invinción Ministerio Público, emitieron dictamen favorable CONSIDERANDO:d la solicitud,

POR TANTO.

DECRETO No. 30-69 Que es necesario precisar las condiciones bajo Con fundamento en las disposiciones contenidaslas cuales el Estado otorga los beneficios a las inon el Decreto Gubernative número 2011, Ley de Pa-dustrias, para garantizar los objetivos de la pollCongreso de la República de Guatemala,tentes de Invención, tica de fomento industrial,

ACUERDA: POR TANTO, CONSIDERANDO: Conceder a Colgate Palmolive Company. is paCon fundamento en los articulos 2 4. 5. 7 últiQue es atribución del Congreso de la Repúblicatente de invención de merito por el plazo de quincemo parrafo, 8. 18, 19. 22. 33. 34, 35. 37, 38. 39, elegir a los magistrados de la Corte de Apelaciones,(15) años, limitándola a SUS reivindicaciones y de-40, 46 y transitorio cuarto del convenio Centropropietarios y suplentes, y a la Corte Suprems dejando a salvo el mejor derecho de terceros. Se otheramericano de incentives fiscales al desarrollo inJusticia. distribuir Los cargos en la forma masga la prioridad solicitada de esta patente a partirdustrial. conveniente para la administración de justicia; del veinte (20) de julio de 1966 de conformidad con 10 que determina el artículo 30. de la Convencion ACUERDA: CONSIDERANDO: celebrada en Buenos Aires el veinte (20) de agostsde 1910. Artículo 10.-Otorgar al señor Fausto Arturo Que por motivo de haberse producido dos cargos Cebeira Samayoa para la empresa de su propie-vacantes de magistrados suplentes de la Corte de Comuniquese, dad demonidada -Quirnica Industrial Centroameri-Apelaciones al haber fallecido los abogados Carlos MENDEZ MONTENEGRO.

Fidel Ortz y Manuel Menendez Ríos, el Congreso cana> clasificación de industria existente del grude la República, eligió a los profesionales que deben El Ministro de Economia, po eB. de conformidad con los artículos 5 y 7 del llenar las vacantes ocurridas para completar el JOSE LUIS BOUSCAYROL SARTL convenio Centroamericano para que pueda dediperíodo respectivo, 229417-10-J1 carse a la fabricación de preservativos, hidrorrepelentes. adhesivos y acabados de diferente tipo POR TANTO, para madera. asimismo, en virtud de lo dispuesto Otórgase al señor Fauste Arture Cebeira Samaen el articulo transitorio cuarto. se le equipara con Con fundamento en los artículos 241, 242, 251 y yea, para la Empresa de SM propledad denomiindustria guatemaltees de adhesivos y derivados 253 de la Constitución de la República, nada QUIMICA INDUSTRIAL CENTROAMERI- (INDUCOL). la cual fue clasifeada como industria CANA clasificación de Industria existente del nueva por Acuerdo ministerial No. 27 del 8 de DECRETA: grupo <B>. abril de 1968, y traspasados sus beneficios a la empresa Pinturas n oamericanas, S. A., en Artículo 10.-Se declara electos magistrados suACUERDO No. 53 scuerdo No. 79 de fecha 5 de septiembre del misplentes de la Corte de Apelaciones a los abogados, mo año.

Honan Roca y Luis Felipe Valenzuela. quenes comPalacio Nacional: Guatemaia. 4 de julio de pletarán el período que vencerá el dia 31 de julio1969. Artículo 20-E] sefior Fausto Arture Cebeira de 1970. Ministro de Economia, Samayoa, propietario individual de la empresa Quimica Industrial de Centroamérica>, gozará porArtículo 20.-EI presente Decreto entrará en vigor CONSIDERANDO: equiparación de conformidad con el artículo tran- ·1 día siguiente de su publicación en el Diario Offsitorio cuarto, de los beneficias concedidos a laclal. Que con fecha 3 de marzo de 1957, el seóorempresa industria guatemalteca de adhesivos y de-

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