Decreto 302-1964
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 302-1964
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Tributario
- Año
- 1964
EL Guat
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA
FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA
Agencia: Telefono 20027
Registrado como correspondencia de segunda clase en la AdministraciónImpreso en Diario de Centro Administración: Teléforo 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950. bajo el No. 749America. Sa Av. 11-34. Zona DIRECTOR: BENJAMIN PANIAGUA SANTIZO TOMO CLXXI GUATEMALA, SABADO 5 DE DICIEMBRE DE 1964 NUMERO 33 SUMARIO ORGANISMO EJECUTIVO Fieltro Tardan propiedad del señor Manuel Ca-talá. fue clasificada como industria nueva, al tenor del decreto 1317 del Congreso de la República: DECRETO-LEY NUMERO 302 y que el Departamento Industrial de este MinisORGANISMO EJECUTIVO terio. en dictamen del 16 de noviembre de 1964,emitió opinión favorable a la solicitud de dicha ENRIQUE PERALTA AZURDIA,empresa, relativa a que se le otorguen los benefi-cios derivados de su clasificación,Les Numero 402 Jefe del Gobierno de la República, MINISTERIO DE ECONOMIA POR TANTO, CONSIDERANDO: Con base en el artículo 60. del decreto 1317 delune indica. favor de is Fabrica de Fieltro "Sardan", propiedad act Que el Decreto-Ley Número 234. para los efectosCongreso de la República,
Mandel .tala. de la exoneración respectiva, no contempló los fubricantes que utilizan las personas naturales 0 ACUERDA: juridicas que contraten con el Gobierno la construccion de carreteras u obras de interés nacional:Artículo 10.-Otorgar a la Fábrica de Sombrerosla empresa Galvanizadora Centroamericana GALCASA) la program gate mencion , que es conveniente incorporar'os a aquella dis-de Fieltro Tardan propiedad del señor Manuel posicion legal, para facilitar el financiamiento deCatala. exoneración del pago de derechos e im-tales shras, pu tos de importación, excepto las tasas y cargosen compensación de servicios prestados, sobre loLabrica de culos Plasticos "Guateplast" POR TANTO, siguiente: Materiales para uso industrial, con unde derechos aduanales peso de quinientos sesenta y nueve kilos y nove-En uso de las facultades que le confiere el ar-cientos gramos brutos (569.900); valor CIF de cuatieu 0 30 de :a Carta Fundamental de Gobierno.tro mil treinta y siete quetzales y setenta y cincoque " mencions. at favor de la F3. centavos (Q.4.037.75) e impuestos a exonerar dedade proprested del señor Jorge Sanchez en Consejo de Ministros, setecientos diez y siete quetzales y veintitrés centavos (Q.717.23), detaile en dictamen 1603-1092, delDECRETA: 16 de noviembre de 1964.
Seen Articulo In modifica el Inciso in del artículoArtículo 20.-Determinar que los materiales, obS14, at that gooda ast: tefn do la presente exoneración, solo podrán usarbe en los fines industria'es para que fue clasifica- -b) Los derechos de importación. cargos y re-da la empresa. la cual se obliga a formular unaFabrica de Fendos "Iris (Engelberg Hea. cargos sobre maquinaria, equipo, materiales, com-declaración ante este Ministerio. de acuerdo conconcractor de impuestos advances bustibles y ubricantes que importen para emplear-el contenido que amparan las respectivas pólizashs directa y exclusivamente en las obras a queaduanales, a fin de llevar el control necesario y refleran los contratos respectivos V en las can-establecer que son empleados para el uso que sela empresa "Gran Industria de Neumaticos Cen. tidades estrictamente necesarias para ese efecto.indica. Asimismo se obliga la empresa, a rendirA." (GINSA). exoneration de impuestos on informe mensual sobre el volumen de su pro-Se excluyen los vehiculos para servicio particu-ducción y precio de venta del artículo elaborado, lar de los empleados y funcionarios de las perso-número de trabajadores empleados y salarios pa-nas naturales 0 juridicas contratistasgados, tanto al propio Ministerio como a la Direcla empresa "Compania Apricola Industrial Gas ción General de Estadistica. exercracion de impuestos arancelaries Articulo 20.-EI presente Decreto entrará en vigor el dia de su publicación en el Diario Oficial.Artículo 30.-Responsabilizar a dicha empresa1.a empresa "Camas y Muebles, S. A." CAM. por el mal uso que hiciere de la exención que se1., exuneracion que se menciona Dado en el Pa'acio Nacional: en la ciudad dele otorga. y queda estrictamente sujeta a los alGuatemala, a tres de diciembre de mil novecientoscances del artículo 26 del decreto 1317 del Congreso 1. exoneracion que se expresa. at favor de la Fa sesenta y cuatro. de la República, sin perjuicio de las sanciones de Detergentes "Kong Hermanos" otro orden, contenidas en las leyes del ramo ha-Publiquese y cumplase. cendario; y en cumplimiento de lo dispuesto en el Ensambladora Electrónica Centroamericana, S articulo 33 del decreto ley número 63, del 8 de ju-SELEC), exoneración de derechos aduanales ENRIQUE PERALTA AZURDIA, lio de 1963, la empresa deberá dirigir sus embarJefe del Gobierno de la República.ques hacia el Puerto Matias de Gálvez, siempreMinistro de la Defensa Nacional.que éstos sean despachados por la ruta del Atlán-la exoneración que se expresa, a favor de la cm. Plastica de Centroamérica. tico, bajo el entendido de que si así no lo hiciere,El Ministro de Gobernación la exención que se le otorga no surtirá sus efec- . la empresa "Industria de Oleaginosas de Escuin LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA. tos, salvo que en este caso el Ministerio de Hacienda y Crédito Público haga la excepción a queA (IODESA). exoneración de impuestos adua. El Ministro de Relaciones Exteriores.dicha ley se refiere.nales ALBERTO HERRARTE GONZALEZ Articu'o 40.-Esta empresa tiene saldos pendien-El Ministro de Agricultura, tes de grupones de piel extra fina para casquillosMINISTERIO DE LA DEFENSA CARLOS HUMBERTO DE LEON. de sombreros. del acuerdo número 1160, del 25 de
sentiembre de 1962. por lo que se cancela dicho NACIONAL E1 Ministro de Comunicaciones saldo en razón de que tiene más de dos años sinObras Públicas. haber sido utilizado, JOAQUIN OLIVARES M Articulo 50 Que este acuerdo se transcribaMilitar Rutino sede en esta El CARLOS ENRIQUE PERALTA Economía. MENDEZde donde dentes. corresponde para los fines legales procea EI Ministro de Educación Pública,Comuniquese.
MINISTERIO DE COMUNICACIONES ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR. EDUARDO PALOMO ESCOBAR.Viceministro de Economia.
Y OBRAS PUBLICAS El Ministro de Hacienda y Crédito Público, encargado del despacho.JORGE LUCAS CABALLEROS M. RAFAEL TELLEZ GARCIA,ontrato número 37, celebrado entre el Gobierno de Gua. El Ministro de Salud Pública Oficial Mayor.femala el ingeniero Julio Antillon Guerrero, para la construe ión de cuatro centros le salud tipo "A" cn An. y Asistencia Social, 176879X5 1: Guatemaka, Chimatteryango, Totonicapan y San ALFONSO PONCE ARCHILA. Marcos, acherdo de aprobacion. El Ministro de Trabajo y Previsión Social.JORGE JOSE SALAZAR VALDES. Concédese a la empresa Galvanizadora Centro-americana, S. A. (GALCASA). la proiroga quese mencional
MINISTERIO DE GOBERNACION
unbanse for estatutos de la "Iglesia Evangelica Centro.MINISTERIO DE ECONOMIA ACUERDO No. 830 americana de San Pedrito": y reconócese su personalidadjurídica. de 1964.Palacio Nacional: Guatemala. 23 de noviembre pruchanse las modificaciones introducidas a los estatutosHacese la exameración que se Indica, a favor dela Fábrica de Sembreros de Fleitre Tardan,Examinada la solicitud de la empresa Galvani-to L, "Compañfa Agricola Industrial Guatemalteca, So. prepiedad del señor Manuel Catalá. zadora Centroamericana, S. A. (GALCASA) rela-ciedad Anónima". ACUERDO No. ato para iniciar su producción en escala industrial, año entiva a que se le conceda prórroga de un (1) virtud de que por circunstancias de fuerzaANUNCIOS VARIOS Palacio Nacional: Gustemala, 23 de noviembreno le ha sido posible hacerlo dentro del término mayorde 1964 que le señaló el acuerdo ministerial número ineas de Constitución de soole, El Ministro de Economia, industria nueva; yde fecha 14 de mayo de 1964, al clasificarla como 267, dades.-Modificación de de socieCONSIDERANDO:dad.-Patentes de Invención-Registro de marcas-Tita. CONSIDERANDO: los supletorios.-Edictos-Rematea Que por acuerdo ministerial número 182, del 4de marzo de 1000, la Fabrica de Combreros deQue son atendibles los motivos expuestos por laempresa peticionaria y que el Departamento In-