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Decreto 31-2005

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 31-2005
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Fiscal
Año
2005

BIBLIOTECA DEL CONGRESO

REPÚBLICA DE GUATEMALA DECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA iario de Centro América CONSTRUYENDO www.diariodecentroamerica.gob.gt Órgano Oficial de la República de Guatemala UNIDUN MEJOR PAÍS Director: Luis Eduardo Marroquin GodoyNuevo Gobierno de Guotemaia TOMO CCLXXVI Guatemala, miércoles 16 de marzo de 2005 NÚMERO 35

SUMARIO

ORGANISMO LEGISLATIVO

ORGANISMO LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NÚMERO 31-2005

CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

ORGANISMO EJECUTIVO DECRETO NÚMERO 31-2005

MINISTERIO DE GOBERNACIÓN EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALAAcuérdase reconocer la personalidad jurídica y aprobar las bases constitutivas de la IGLESIA DE DIOS CONSIDERANDO:

NEOPENTECOSTES EN GUATEMALA.

MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS Que el cinco de agosto de dos mil cuatro, en la ciudad de Washington, D.C., Estados Unidos Acuérdase aprobar el Presupuesto de Ingresos del Insti-de América, los Excelentísimos Señores Ministros de Economía y Comercio Exterior de lastuto Nacional de Administración Pública -INAP-, para el período comprendido del uno de enero al trein-Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, República ta y uno de diciembre del año dos mil cinco. Dominicana y los Estados Unidos de América, suscribieron el Tratado de Libre Comercio,

Acuérdase facultar al Ministerio de Finanzas Públi-República Dominicana, Centroamérica, Estados Unidos de América.cas, para que en calidad de anticipo, otorgue un aporte económico temporal de diez millones de quetCONSIDERANDO: zales exactos (Q.10.000,000.00) mensuales a favor de la Asociación de Empresas de Autobuses Urba-Que con la firma del Tratado de mérito, el objeto fundamental del mismo es establecer unanos de la ciudad de Guatemala, durante los meses de enero, febrero y marzo de 2005. zona de libre comercio de conformidad con lo dispuesto en el Artículo XXIV del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 y el Artículo V del Acuerdo GeneralMINISTERIO DE EDUCACIÓN Acuérdase crear el Programa de Becas de Excelencia ensobre el Comercio de Servicios, que estimulará la expansión y diversificación del comercio el Ministerio de Educación, Programa que depende yde bienes y servicios entre las Partes.es conducido por el Viceministerio Técnico.

CONSIDERANDO: Que los objetivos generales del Tratado son impulsar el desarrollo económico y social de la PUBLICACIONES VARIAS región a través de la consolidación de la liberalización económica alcanzada hasta el momento, y promover la continuación de dicho proceso tendente al crecimiento económico;INSTITUTO NACIONAL DE ELECTRIFICACIÓN -INDEavanzar en la construcción de una economía abierta, eliminando cualquier tipo de Acuérdase modificar e incorporar los artículos que se proteccionismo existente; alcanzar una zona de libre comercio entre las Partes, brindando

indican del Reglamento de Compras, Contratacionesnuevas y mayores oportunidades de comercio para la oferta exportable actual y potencial;y Enajenaciones del INDE. promover condiciones de competencia leal en la zona de libre comercio; crear un marco MUNICIPALIDAD DE SIQUINALÁ, jurídico estable para promover y desarrollar las inversiones; mejorar, ampliar y profundizarDEL DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA ACTA NÚMERO 72-2004 PUNTO QUINTO las condiciones de acceso al mercado estadounidense derivadas de las preferencias comerciales vigentes,

MUNICIPALIDAD DE MASAGUA,

DEPARTAMENTO DE ESCUINTLA CONSIDERANDO: ACTA NÚMERO 091-2004 PUNTO CUARTO Que el Tratado también tiende a normar el comercio de bienes y servicios a través de reglas MUNICIPALIDAD DE VILLA NUEVA, claras, transparentes y estables; proteger en forma adecuada y eficaz y hacer valer losMUNICIPIO DEL DEPARTAMENTO DE GUATEMALA derechos de propiedad intelectual en el territorio de cada Parte; establecer mecanismos que Modificar el Reglamento de Autorización Municipal eviten la aplicación de medidas unilaterales y discrecionales que afecten los flujos para Vehículos Recolectores de Basura. comerciales; crear procedimientos eficaces para la aplicación y el cumplimiento de este Tratado, para su administración conjunta,,) para la solución de controversias; y, promover la cooperación entre las Partes, mediante la implementación de proyectos específicos en ANUNCIOS VARIOS temas prioritarios para el desarrollo.

CONSIDERANDO: Matrimonios Constituciones de sociedad

Modificaciones de sociedad Patentes de invención Registro de marcas Títulos Que conforme lo establece la Constitución Política de la República de Guatemala en los supletorios Edictos Remates. artículos 149, 150 y 151, Guatemala normará sus relaciones con otros Estados de conformidad con los principios, reglas y prácticas internacionales con el propósito deBIBLIOTECA DEL CONGRESO REPÚBLICA DE GUATEMALA2 DIARIO DE CENTRO AMÉRICA-16 de marzo de 2005 NÚMERO 35 contribuir al mantenimiento de la paz y la libertad, al respeto y defensa de los derechos ORGANISMO EJECUTIVO humanos, al fortalecimiento de los procesos democráticos e instituciones internacionales que, garanticen el beneficio mutuo y equitativo entre los Estados; como parte de la comunidad centroamericana, mantendrá y cultivará relaciones de cooperación y solidaridad con los demás Estados que formaron la Federación de Centroamérica y deberá adoptar las medidas adecuadas para llevar a la práctica, en forma total o parcial, la unión política 0 económica de Centroamérica; de la misma manera mantendrá relaciones de amistad; solidaridad y cooperación con aquellos Estados cuyo desarrollo económico, social y cultural, sea análogo al de Guatemala, con el propósito de encontrar soluciones apropiadas a sus problemas MINISTERIO DE GOBERNACIÓN comunes y de formular conjuntamente políticas tendientes al progreso de las naciones Acuérdase reconocer la personalidad jurídica y aprobar las bases

respectivas. constitutivas de la IGLESIA DE DIOS NEOPENTECOSTES EN

CONSIDERANDO: GUATEMALA.

Que el artículo 183 de la Constitución Política de la República de Guatemala otorga al Presidente de la República la facultad de dirigir la política exterior y las relaciones internacionales, celebrar, ratificar y denunciar Tratados de conformidad con la Constitución. ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 0238-2005El Tratado de Libre Comercio fue negociado conforme dicha facultad y sometido al Congreso de la República de conformidad con el artículo 171 de la Constitución Guatemala, 24 de febrero del 2005 EL MINISTRO DE GOBERNACION POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) y I) de la CONSIDERANDO: Constitución Política de la República de Guatemala. Que el Representante Legal de la IGLESIA DE DIOS NEOPENTECOSTES EN GUATEMALA, se presentó a este Ministerio solicitando el reconocimiento de la personalidad jurídica y aprobación de bases constitutivas.

DECRETA: CONSIDERANDO: Artículo 1. Aprobar el Tratado de Libre Comercio, República Dominicana, Centroamérica,

Estados Unidos de América, suscrito en la ciudad de Washington, D.C., el cinco de agosto Que el ejercicio de todas las religiones en el país es libre, sin más límites que el ordendel año dos mil cuatro. público y el respeto debido a la dignidad de la jerarquía y a los fieles de otros credos como

Articulo 2. El presente Decreto fue declarado de urgencia nacional con el voto favorable de lo establece la Constitución Política de la República de Guatemala; y, siendo que, el interesado cumplió con los requisitos que la ley exige para el reconocimiento respectivo,más de las dos terceras partes del número total de diputados que integran el Congreso de la es procedente dictar el Acuerdo Ministerial correspondiente. República, aprobado en un debate final, conforme al artículo 176 de la Constitución Política de la República, y entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario POR TANTO: Oficial. En ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 194 incisos a) y f) de la Constitución Política de la República de Guatemala; 27 literal m), de la Ley del Organismo Ejecutivo, Decreto número 114-97 del Congreso de la República y con fundamento en el REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN artículo 15 numeral 1. Decreto Ley número 106 del Código Civil.

Y PUBLICACIÓN.

ACUERDA: Artículo 1. Reconocer la personalidad jurídica y aprobar las bases constitutivas deEMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE la IGLESIA DE DIOS NEOPENTECOSTES EN GUATEMALA, contenida en los GUATEMALA, EL DIEZ DE MARZO DE DOS MIL CINCO. Instrumentos Públicos números sesenta y uno (61) y setenta y cuatro (74) de fechas veintisiete de junio y treinta de octubre del año dos mil cuatro, autorizadas por los

Notarios Pablo César Villeda Ortiz y Juan Pablo Villeda Diaz, respectivamente, en esta Ciudad. LA Artículo 2. El presente Acuerdo empezará a regir a partir del día siguiente de su CONGE publicación en el Diario de Centro América.

JORGE COMUNIQUESE,

PRESIDENTE

DE GORD

LUIS FERNANDO PEREZ MARTINEZ NOWMAURICIO NOHELEON CORADO Carlos Meman Months

SECRETARIO MINISTRO

SECRETARIO

GUATEMALEDE

Licenciado Guillermo Gramajo Viceministre de Gobernación (55074-2)-16-marzo PALACIO NACIONAL: Guatemala, quince de marzo del año dos mil cinco.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

DE LA PRESIDENCIAREPUBLICANT MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS GUITEMALK. BERGER PERDOMO Acuérdase aprobar el Presupuesto de Ingresos del Instituto Nacional de Administración Pública -INAP-, para el período comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre del año dos mil cinco.

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 381-2004

SECRETARIO GENERAL DEL PRESIDENCIA DE AREPUBLICA Guatemala, 15 de diciembre de 2004.

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

Marcio Cuevas Quezada Jorge Briz Abularach Ministro de Economía Ministro de Relaciones Exteriores CONSIDERANDO: Que la Junta Directiva del Instituto Nacional de Administración Pública-INAP-, con base en lo que (E-185-2005) 16 establece el Decreto número 25-80 del Congreso de la República de Guatemala, Ley Orgánica del Instituto Nacional de Administración Pública, artículo 8., numeral 3, literal e), emitió el Acta No.

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