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Decreto 31-2009

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 31-2009
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Comercial
Año
2009

Fundado en 1880 Diario de Centro América

ÓRGANO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, C.A.

MARTES 13 de octubre de 2009 No. 91 Tomo CCLXXXVII Directora General: Ana Maria Rodas www.dca.gob.gt

Sumario ORGANISMO LEGISLATIVO

ORGANISMO LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA

REPÚBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NÚMERO 31-2009 CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NÚMERO 33-2009 DECRETO NÚMERO 31-2009

ACUERDO NÚMERO 23-2009 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA ACUERDO NÚMERO 24-2009 CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno de Belice, suscribieron con ORGANISMO EJECUTIVO fecha 26 de junio del 2006, un Acuerdo de Alcance Parcial, y que sobre el mismo hubo canje de notas de fechas 26 de junio del 2006 y 17 y 29 de noviembre de ese mismo año. MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES CONSIDERANDO: Acuérdase conceder la nacionalidad guatemalteca por Que el Acuerdo de Alcance Parcial, procura la facilitación, promoción, diversificación y naturalización a la señora LINA PATRICIA MEJIA MEJIA. expansión del comercio de mercancías originarias de las Partes, al otorgar márgenes

preferenciales en sus aranceles, eliminar las barreras no arancelarias al comercio y MINISTERIO DE GOBERNACIÓN establecer reglamentos claros sobre medidas técnicas sanitarias y fitosanitarias.

CONSIDERANDO: Acuérdase reconocer la personalidad jurídica y aprobar las bases constitutivas de la Iglesia Evangélica denominada Que es necesario el desarrollo de mecanismos para la promoción de la inversión y el IGLESIA CRISTIANA JESUCRISTO ES REY. establecimiento de un marco legal que le confiera certeza jurídica a las inversiones generadas entre las Partes, de conformidad con las disposiciones del propio Acuerdo y MINISTERIO DE EDUCACIÓN que éste no contiene normas que contravengan principios constitucionales, por to que es procedente su aprobación, emitiendo en tal sentido la respectiva disposición legal.

Acuérdase aceptar el traslado de propiedad de terreno a favor POR TANTO:del Estado de Guatemala y para ser adscrito al Ministerio de Educación a título gratuito, libre de gravámenes, anotacionesEn ejercicio de las atribuciones que le confieren las literales a) y 1) del artículo 171 de la y limitaciones que hace la entidad San Fernando, SociedadConstitución Política de la República,Anónima.

DECRETA: PUBLICACIONES VARIAS Articulo 1. Aprobar: a) El Acuerdo de Alcance Parcial entre el Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno de Belice, suscrito en la ciudad de Belice el 26 de junio del 2006; b) Canje de Notas celebrado con fecha 26 de junio del 2006, entre el Ministerio deMUNICIPALIDAD DE FRAIJANES,

DEPARTAMENTO DE GUATEMALA Relaciones Exteriores y Comercio Exterior de Belice y el Ministerio de Economía de la República de Guatemala; y, c) Acuerdo por Canje de Notas para corregir el Acuerdo de ACTA NÚMERO 84-2009 Alcance Parcial entre el Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno de Belice, celebrado con fechas 17 y 29 de noviembre del 2006. MUNICIPALIDAD DE COBÁN, Artículo 2. El presente Decreto entra en vigencia a los ocho dias de su publicación en el DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ diario oficial.

ACTA NÚMERO 077-2009 REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN,

PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.

ANUNCIOS VARIOS EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD

DE GUATEMALA, EL VEINTIDÓS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL NUEVE.

Matrimonios Líneas de Transporte Constituciones de Sociedad Modificaciones de Sociedad Disolución de Sociedad Patentes de Invención Registro de Marcas Titulos Supletorios Edictos Remates

JOSE ROBERTO ALEJOS CAMBARA

PRESIDENTE

ATENCIÓN ANUNCIANTES: IMPRESIÓN SE HACE CONFORME ORIGINAL Toda impresión en la parte legal del Diario de Centro América, se hace respetando el original. Por lo anterior, esta MAURA ESTRADA MANSILLA REYNABEL ESTRADA ROCA administración ruega al público tomar nota. SECRETARIA SECRETARIO2 Guatemala, MARTES 13 de octubre 2009 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMERO 91

PALACIO NACIONAL: Guatemala, siete de octubre del año dos mil nueve REMITASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN,

PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.

EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD PUBLIQUESE Y CUMPLASE DE GUATEMALA, EL VEINTITRÉS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL NUEVE.DE

GUATEMALA COLOM CABALLEROS

LA REPUBLICAJOSE ROBERTO ALEJOS SAMBARA

GUATEMALA.C.AGUA PRESIDENTE

Salazer General de 18 Republics Encargedo del pacho IllenlactsMAURA ESTRADA MANSILLA REYNABEL ESTRADA ROCA SECRETARIA SECRETARIO Miguel Angel Ibarra Gonzklez Ruban Estuardo Morales Monroy PALACIO NACIONAL: Guatemala, siete de octubre del año dos mil nueveViceministro de Relaciones Ministro de Economia Exteriores Encargado del Despacho

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

(E-696-2009)-13-octubre DE LA

PRPUBLICA

GUATEMALA COLOM CABALLEROS

CONGRESO DE LA

REPÚBLICA DE GUATEMALA $33 Encargado del Despacho Samayoa Salazar Subsecratario GeneralPresidencia de 18 Republica

DECRETO NÚMERO 33-2009

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO: Miguel Angel Ibarra Gonzalez Ruben Estuardo Morales Monroy

Viceministro de Relaciones Ministro de Economía Exteriores Que el objeto fundamental del Convenio de Rotterdam es promover la responsabilidadEncargado del Despacho

compartida y los esfuerzos conjuntos de los paises Parte del Convenio en la esfera del comercio internacional de ciertos productos quimicos peligrosos, a fin de proteger la salud humana y el medio ambiente frente a posibles daños, así como contribuir a su utilización (E-697-2009)-13-octubre ambientalmente racional, facilitando el intercambio de información acerca de sus características, estableciendo un proceso nacional de adopción de decisiones sobre su importación y exportación y difundiendo esas decisiones a las Partes.

CONSIDERANDO: Que conforme los artículos 149 y 151 de la Constitución Politica de la República de CONGRESO DE LA Guatemala, el Estado normará sus relaciones con otros Estados, de conformidad con los principios, reglas y prácticas internacionales, con el propósito de contribuir al REPÚBLICA DE GUATEMALA mantenimiento de la paz, el respeto y la defensa de los derechos humanos, al fortalecimiento de los procesos democráticos e instituciones internacionales que garanticen el beneficio mutuo y equitativo entre los Estados. Asimismo, el Estado ACUERDO NÚMERO 23-2009 mantendrá relaciones de amistad, solidaridad y cooperación con aquellos Estados cuyo EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALAdesarrollo económico, social y cultural sea análogo al de Guatemala, con el propósito de encontrar soluciones apropiadas a sus problemas comunes y de formular conjuntamente CONSIDERANDO: políticas tendientes al progreso de las naciones respectivas. Que de conformidad con los artículos 208, 217 y 218 de la Constitución Politica de la

República de Guatemala, los magistrados titulares de la Corte de Apelaciones y otrosCONSIDERANDO: Tribunales colegiados de igual categoria, serán electos por el Congreso de la República por un período de cinco años, ejerciendo la función jurisdiccional propia del OrganismoQue el artículo 96 de la Constitución Política de la República de Guatemala, el cual seJudicial. refiere al control de calidad de productos, especifica que el Estado controlará la calidad de los productos alimenticios, farmacéuticos, químicos y de todos aquellos que puedan CONSIDERANDO: afectar la salud y bienestar de los habitantes. Velará por el establecimiento yQue los magistrados de la Corte de Apelaciones y otros Tribunales colegiados de igual programación de la atención primaria de la salud, y por el mejoramiento de lascategoria, serán electos de la nómina de candidatos propuestos por la Comisión de condiciones de saneamiento ambiental básico de las comunidades menos protegidas.Postulación correspondiente, y será integrada como lo establece la Carta Magna; por lo que, habiéndose cumplido con el procedimiento constitucionalmente establecido, POR TANTO: corresponde emitir la respectiva disposición con el propósito de dar forma jurídica a la elección efectuada. En ejercicio de las atribuciones que le confiere elartículo 171 literales a) y I) de la CONSIDERANDO: Constitución Política de la República de Guatemala, Que las funciones y atribuciones de las magistraturas de la Corte de Apelaciones y otros DECRETA: Tribunales colegiados de igual categoría, constituyen puntos fundamentales en la

administración de justicia, siendo los encargados de conocer en grado las resoluciones de Artículo 1. Se aprueba el Convenio de Rotterdam para la Aplicación del Procedimiento delos juzgados de primera instancia, por lo que para ocupar dichas magistraturas debe Consentimiento Fundamentado Previo a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicoselegirse a los abogados que han demostrado, durante su trayectoria profesional, la Peligrosos Objeto de Comercio Internacional, adoptado por la Conferencia deexperiencia necesaria en pro de la administración de justicia en el país. Plenipotenciarios, celebrada en Rotterdam, Holanda, con fecha 10 de septiembre de POR TANTO: 1998. En ejercicio de las atribuciones que establecen los artículos 165 literal f), 217 y 222 de la Constitución Política de la República de Guatemala; 87 del Decreto Número 2-89, Ley del Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicaciónOrganismo Judicial; y 106 numeral 2) del Decreto Número 63-94, Ley Orgánica del en el Diario Oficial. Organismo Legislativo, ambos del Congreso de la República,

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