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Decreto 32-1986

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 32-1986
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Fiscal
Año
1986

Diario de Centro América

ANTES EL GUATEMALTECO

ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

BECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA DIRECTOR

TELEFONO DE DIRECCION 24-4-17 LUIS MENDIZABAL R. FUNDADO EL 2 DE AGOSTO DE 1660

TELEFONO DE REDACCION 20-4-12 TIPOGRAFIA NACIONAL, 18 CALLE 6-72, ZONA 1 TELEFONO DE ADMINISTRACION: 24-4-18

TOMO CCXXVIII GUATEMALA, MARTES 4 DE MARZO DE 1986 NUMERO 27

SUMARIO CONSIDERANDO: Ministro de Trabajo y Previsión Social CARLOS PADILLA NATARENO Que la entidad a que se refiere el considerando ORGANISMO EJECUTIVO anterior es una organización internacional privada, Ministro de Energía y Minas no lucrativa, cuyo objetivo es el ayudar a los paí- ALEJANDRO CONTRERAS BONILLA ses en desarrollo a acelerar su progreso y que JEFATURA DE ESTADO dicha entidad se compromete a prestar sus servicios de asesoría técnica al sector público y al DECRETO-LEY NUMERO 32-86 sector privado, por medio de expertos calificados, sin que esto implique erogación para el Estado: CONVENIO DE ASISTENCIA TECNICA ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPUBLICA DE GUAMINISTERIO DE COMUNICACIONES. CONSIDERANDO: TEMALA Y EL "INTERNATIONAL EXECUTIVE SERVICE CORPS." o "CUERPO INTERNACIOTRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS Que los servicios que ofrece "International ExeNAL DE SERVICIOS EJECUTIVOScutive Service Corps" o "Cuerpo Internacional de

Autorizase a la señora Blanca Alicia Liu Tánchez Servicios Ejecutivos" son de positiva utilidad para Gobierno de la República de Guatemala, de de Yon, el cambio de concesionario de la radioel país, por lo que es conveniente aprobar y radifusora de tipo cultural-comercial denominada tificar el referido Convenio. aquí en adelante el Gobierno, representado por su Ministro de Relaciones Exteriores licenciado FerStereo Mar, a favor de Stereo Mar, Compañía nando Andrade Diaz-Durán, y el "International Limitada. POR TANTO: Executive Service Corps." o "Cuerpo Internacional de Servicios Ejecutivos" de aquí en adelante IESC, En el ejercicio de las facultades que le confieren representado por su Director de Operaciones don MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS los artículos 40 y 26 inciso 89 del Estatuto FunLuis Moreno, debidamente autorizado. damental de Goblerno, modificado por los DecretosLeyes números 36-82 y 87-83, CONSIDERANDO: Concédese la exoneración que Se menciona a la Asociación "Obras Sociales de las Dominicas de Que por Acuerdo Gubernativo de fecha 20 dela Anunciata". En Consejo de Ministros julio de 1967, publicado en el Diario Oficial "ET Guatemalteco", del día 26 de mismo mes y año, DECRETA: el Presidente de la República acordó aprobar el MINISTERIO DE ECONOMIA Convenio celebrado el 8 de noviembre de 1966, Artículo 19-Se aprueba y ratifica el Convenio entre el "International Executive Service Corps." Reglamento de la Legislación Centroamericana de Asistencia Técnica entre el Gobierno de la Reo "Cuerpo Internacional de Servicios Ejecutivos"

sobre el Valor Aduane de las Mercancias a pública de Guatemala y el "International Execuy el Centro de Desarrollo y Productividad Indusque se refiere el Decreto-Ley número 147-85, tive Service Corps" o "Cuerpo Internacional de trial, fecha desde la cual el IESC ha estado funemitido por el Consejo Arancelario y Aduanero Servicios Ejecutivos", suscrito en esta ciudad con cionando y desarrollando sus operaciones en el Centroamericano el 5 de diciembre de 1985, Refecha 10 de enero de 1986. país.

CONSIDERANDO: solución No 5 (Consejo 11-85). Artículo 29-E1 Ministerio de Relaciones Exteriores queda encargado de notificar lo anteriorModificase en la forma que se menciona el Artículo Que tanto el IESC como el propie Gobierno dedicha entidad 29 del Acuerdo Ministerial 73-85 de fecha 21 de la República tienen interés de ampliar sus actimarzo de 1985, solicitado por la empresa "ComArtículo 3'-El presente Decreto-Ley entrará en vidades en el país, a efecto de incrementar la pañia Koreano Guatemalteco, Sociedad Anónivigor el día siguiente de su publicación en el actividad y mejorar la productividad de las emma", de nombre comercial "Korgua". presas y organizaciones del sector productivo yDiario Oficial. de las instituciones públicas que integran el GoDado en el Palacio Nacional: En la ciudad de bierno, procurando la mayor eficiencia en la utiGuatemala, a los trece días del mes de enero de lización de los recursos humanos y el máximo renANUNCIOS VARIOS mil novecientos ochenta y seis. dimiento de los recursos materiales que reflejen un aumento de la producción a menores costos, y Matrimonios. Lineas de transporte. - ConstituPubliquese y cúmplase. que existiendo proyectos destinados a robustecer ciones de sociedad. Modificaciones de socieal IESC, es necesario dotar al citado organismo del dad. Disoluciones de sociedad. Registro de status legal correspondiente, a efecto de que puedaGeneral de División desarrollar en mejor forma sus actividades en el marcas. Titulos supletorios. Edictos. LiOSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES Jefe de Estado y Ministro de la país. citación. Remates. CONSIDERANDO:Defensa Nacional Secretario General de la Que el Gobierno está realizando esfuerzos para Banco del Café, S. A. (Entidad Privada de DeJefatura de Estado lograr la reactivación de todo el sector productivo pósito y Crédito). - Balance General CondenMANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ nacional y fomentar las exportaciones; y que uno sado al 31 de diciembre de 1985. de los mayores obstáculos con que tropiezan tanto El Ministro de Relaciones Exteriores las empresas del sector productivo del país, como Banco del Café, S. A. (Entidad Privada de DeFERNANDO ANDRADE DIAZ-DURAN las instituciones del sector público es la poca dispósito y Crédito). Estado Condensado Consoliponibilidad de personal administrativo y técnicodebidamente capacitado y con experiencia en cam-dado de Ganancias y Pérdidas del 1° de enero E1 Ministro de Gobernación

al 31 de diciembre de 1985. CARLOS GUZMAN ESTRADA pos de avanzada tecnologia, lo que constituye una limitante a la productividad y eficiencia. Ministro de Finanzas ARIEL RIVERA IRIAS CONSIDERANDO: ORGANISMO EJECUTIVO Ministro de Comunicaciones, Transporte Que el IESC es una institución privada, sin fly Obras Públicas nes de lucro, organizada bajo las leyes de los EsLUIS HUGO SOLARES AGUILAR tados Unidos de América y cuyo objetivo es el de proporcionar asistencia técnica y asesoría general JEFATURA DE ESTADO La Ministro de Educación a organizaciones gubernamentales y empresas inARACELY JUDITH SAMAYOA GODOY DE dustriales, comerciales, agrícolas, financieras y de PINEDA servicios, de cualquier dimension o tipo, en pro delDECRETO-LEY NUMERO 32-86 mejoramiento técnico y administrativo de la proMinistro de Agricultura, Ganadería ducción y eficiencia de las mismas. EL JEFE DE ESTADO, y Alimentación

JUAN HUMBERTO MANCUR DONIS

CONSIDERANDO: POR TANTO CONVIENEN EN LO SIGUIENTE: El Ministro de Economia Que con fecha 10 de enero de 1986, fue suscrito REINALDO DANIEL ARRIOLA GALINDO PRIMERA: El IESC en su calidad de organizaen esta ciudad el Convenio de Asistencia Técnica ción privada de asistencia técnica internacional,

entre el Gobierno de la República de Guatemala El Ministro de Salud Pública y no lucrativa, establecida con el propósito de presel "International Executive Service Corps" 0 Asistencia Social tar asistencia técnica a las empresas privadas y "Cuerpo Internacional de Servicios Ejecutivos": JOSE RAMIRO RIVERA ALVAREZ entidades públicas de los países en desarrollo queH DIARIO DE CENTRO AMERICAMarzo 4 de 1986 NUMERO 27 0 soliciten, se compromete, sin que ello imdadas para cubrir los gastos a que se refierevelar porque se mantenga el respeto a los prine erogación alguna de fondos públicos, ni la cláusula segunda de este convenio, podrán cipios de la moral, a la dignidad humana y al ina otra obligación al Gobierno que no sean utilizar el procedimiento indicado en este vínculo familiar, conservar la propiedad del idioxpresamente consignadas en este instrumento, numeral. ma y exaltar los valores cívicos y espirituales de siguiente: A) Brindar asistencia técnica a las la nación, fomentar y divulgar los principios de esas privadas y entidades públicas y para eseQUINTA: El IESC se obliga a repatriar a su la democracia y unidad nacional. Asi como, transa traer al país personal con gran experienciapaís de origen a su personal, expertos, asesores ymitir preferentemente y sin costo alguno los boica en diferentes campos, para además casus familiares que hayan venido a Guatemala letines del Gobierno de la República, que se relaar a corto plazo, el personal de los sectores para los fines indicados en este convenio, cuando cionen con la seguridad O defensa del territorio do y público, dentro del marco de este confinalice la labor encomendada a dicho personal, 0 nacional y conservación del orden público y en- ; B) Garantizar que los expertos a que se cuando termine su vinculación con IESC. cadenar su emisora a la estación piloto que dee este Convenio no cobrarán salario ni honosigne la Dirección General de Radiodifusión y alguno; y C) Aceptar solicitudes para aseSEXTA: El plazo de este convenio es indefinido,Televisión Nacional, cuando Se transmita informade empresas privadas y entidades públicas pero ambas partes, tanto el Gobierno como el IESC,ción de trascendencia para la nación. deseen elevar su grado de pericia administra-podrán denunciarlo, notificando a la otra parte, con incrementar su producción, crear empleo o seis meses de anticipación. Artículo 3'-EI Presente Acuerdo entra en vigor rar su tecnologia básica.

SEPTIMA: El presente convenio entrará en vigor el dia de su publicación en el Diario Oficial.

GUNDA: El IESC en cumplimiento de sus al ser aprobado y ratificado por el Gobierno de ivos, proveerá a las empresas O entidades queconformidad con las normas legales vigentes de laComuniquese. liciten y contraten sus servicios por períodosRepública de Guatemala. orales, expertos y asesores ejecutivos capaGeneral de División

los, en: Administración general, producci En fe de lo anterior, se suscribe el presente ConOSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORESizas, mercadotecnia, y en general conocimien-venio, en idioma español, en dos copias de igual gerenciales y tecnológicos modernos. Las em-tenor, a los diez dias del mes de enero de mil noas O entidades interesadas contribuirán al vecientos ochenta y seis. Por el Gobierno de la El Ministro de Comunicaciones, Transporte por la asistencia técnica que reciban deRepública de Guatemala: FERNANDO ANDRADE Obras Públicas, rdo con un contrato específico, a ser suscrito DIAZ-DURAN, Ministro de Relaciones Exteriores. LUIS HUGO SOLARES AGUILAR. el IESC previamente en cada caso. Dichas Por "International Executive Service Corps." O ribuciones cubrirán los gastos de transporte, "Cuerpo Internacional de Servicios Ejecutivos": 511247-4-marzo ncia y seguros de sus expertos y asesores y deLUIS MORENO, Director de Operaciones en Guaconyuges en su caso, O sea que cubrirán, úni-temala. ente una parte del costo de cada proyecto. Por arse de ejecutivos voluntarios, fuera de los gasenunciados, éstos no percibirán remuneración MINISTERIO DE FINANZASonorario alguno. Las sumas que recibirán los rtos y asesores, para los efectos enunciados,MINISTERIO DE COMUNICACIONES, PUBLICASconstituyen en consecuencia honorario, sala0 ingreso para elios, por lo que dichas sumasTRANSPORTE Y OBRAS PUBLICASestarán sujetas al pago de ningún tipo de im- :to, tasa o arbitrio, ni a contribución 0 cuota Concédese la exoneración que se menciona a la na, tales como el IGSS, IRTRA e INTECAP. Asociación "Obras Sociales de las Dominicas de ERCERA: El IESC como organización no lucraAtorizase a la señora Blanca Alicia Liu Tánchez la Anunciata". no percibirá utilidad, honorario O remunerade Yon. el cambio de concesionario de la radioalguna por los servicios de asistencia técnicadifusora de tipo cultural-comercial denominada ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 15-85 por este instrumento se compromete a proStereo Mar, a favor de Stereo Mar, Compañia ionar, por lo que las contribuciones que reci aLimitada. Palacio Nacional: Guatemala, 11 de enero deel objeto de cumplir con los objetivos de este enio estarán, en consecuencia, exentas de todo 1985. de impuesto, tasa, arbitrio O contribución. Palacio Nacional: Guatemala, 11 de noviembre de

1985. EL JEFE DE ESTADO, UARTA: El Gobierno por su parte, tomando cuenta las condiciones en que IESC ha venido ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 1065.85 irrollando sus funciones de trabajo en GuaCONSIDERANDO: ala además del contenido de las cláusulas EL JEFE DE ESTADO, cedentes, se compromete a: Que la Asociación "Obras Sociales de las Dominicas de la Anunciata". es una entidad que trabaja Permitir la importación libre de derechos CONSIDERANDO: desinteresadamente en favor de la educación y arancelarios, tasas O arbitrios, para uso expreservación de la moral pública, la cual solicito clusivo de IESC en el desarrollo de sus funQue la señora Blanca Alicia Liu Tánchez de Yon,al Ministerio de Finanzas Públicas, exoneración ciones, de mobiliario, equipo de oficina y unconcesionaria de la radiod.fuso denominada del pago del Impuesto Territorial sobre el inmueble vehículo; y de los efectos personales y meSte 00 Mar, según Acuerdo Gubernativo N° 397-84 de su propiedad; y en vista de que las Direcciones naje de casa para el Director de Operacionesde fecha 25 de mayo de 1984. se presentó al Mide: Inspecciones Fiscales, Estudios Financieros y en Guatemala y para los expertos y asesores n sterio de Comunicaciones, Transporte y Obras Asuntos Jurídicos del Ministerio de Finanzas Puque vengan a cumplir los contratos de asistencia técnica que se celebren de acuerdo conPúblicas, sol'citando que la concesión sea otorga-blicas. así como el Ministerio Público y la Conda a nomb'e la la Entidad Stereo Mar, Compañia traloria de Cuentas. al emitir dictamen se prola cláusula segunda de este convenio, siemLimitada, según testimonio de escritura públicanunciaron en sentido favorable a dicha exoneración, pre y cuando los asesores y expertos vengan número ochenta y ocho (88) de fecha 31 de OCes procedente autorizarla para cuya finalidad sepor períodos no menores de un año. tub de 1984. autorizada por el abogado y notario hace necesario dictar la disposición legal,Los artículos que se importen de conformidad con esta disposicion quedan sujetos Pablo Porres Rodriguez; a las disposiciones legales que para los orPOR TANTO, ganismos internacionales están vigentes en la República de Guatemala y en cuanto al veCONSIDERANDO: hículo, éste podrá ser sustituido en las misEn el ejercicio de las facultades que le confiemas condiciones al cumplir cinco años de Que sobre la conveniencia de autorizar el cambiore el articulo 49 del Estatuto Fundamental de Goservicio en el territorio nacional, pudiendo de razón social y de la concesión indicada en el bierno, modificado por los Decretos Leyes números en este caso ser vendido o reexportado libre considerando anterior. se recabó la opinion de la36-82 y 87-83; y con fundamento en lo dispuesto de derechos el vehículo anterior. De ser facAsesoria Judica del Ministerio de Comunicacioen el Decreto 1095, reformado por el Decreto 1168, tible, se le proporcionarán al citado vehículones. Transporte y Obras Públicas. y en vista deambos del Congreso de la República, placas de Mision Internacional para que pue-que la mencionada dependencia emitió dictamen da circular en el país. en sentido favorable a la referida solicitud, es procedente acceder a la misma. para cuya finaliACUERDA:

9. Otorgar al Director de Operaciones y a los expertos y asesores que se contraten confor-dad se hace necesario dictar la respectiva disposime la cláusula segunda de este convenio, visa,ci'n legal. Articulo 1°-Se concede a la Asociación "Obras

Sociales de las Dominicas de la Anunciata", exopermisos para permanecer en el país para ellos, sus esposas e hijos menores. de manera POR TANTO, neración del pago del Impuesto Territorial por el término de tres años, por el inmueble de su pro-que puedan desempeñar sus funciones en elterritorio nacional y salir de él al concluir En el ejerc'cio de las facultades que le confierepiedad inscrito en el Registro General de la Prosus labores, determinando en cada caso, elel artículo 4º del Estatuto Fundamental de Go-piedad como finca urbana número 19609. folio 13, bieno, modificado por los Decretos Leyes nume-del libro 194 de Guatemala. con matricula fiscaltiempo durante el oual dichas visas, permiSOS o autorizaciones estarán vigentes. ros 36-82 y 87-83: y con base en To que para elnúmero 1845-O de Guatema'a. Esta exoneración efecto estab'ecen los artículos 49. 28, 31, 32 y 71tendrá vigencia a partir del cuarto trimestre de 39 Procurar, dentro del marco de la legislaciónde la Ley de Radiocomunicaciones, 1984. nacional, que el IESC, su Director de Operaciones, expertos y asesores extranjeros, por Articulo 2°-E1 presente Acuerdo en' ará en vi. recibir sus ingresos en dólares de los EsACUERDA: gor el dia siguiente de su publicación en el Dia-tados Unidos de América, provenientes esrio Oficial.

pecialmente de jubilaciones y pensiones, puedan reexportar en todo o en parte, los fondos Articulo 19-Autorizar a la señora Blanca Alicia que reciban en las condiciones indicadas, L'u Tánchez de Yon, el cambio de concesionario Comuniquese. siempre que se llenen los requisitos legalesde la radiodifusora de tipo cultural comercial decitados y los procedimientos que para el efec-nominada Stereo Mar. a favor de Stereo Mar, ComGeneral de Division to establezca el Banco de Guatemala. Cuando pañía Limitada, quedando en esta forma modifi-cado el artículo 1° del Acuerdo Gubernativo No OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORESexista un régimen de restricciones cambiarias, a los funcionarios extranjeros del IESC397-84 de fecha 25 de mayo de 1984. por medio del citados, se les dará el mismo tratamiento que cual Se otorgó la concesión correspondiente. El Ministro de Finanzas, se les otorga en esta materia a los funcionarios de instituciones internacionales acreditaArtic 28-La entidad propietaria de la estaLEONARDO FIGUEROA VILLATE. dos en el país. En ningún caso las contri-ción raciodifusera es responsable por el mal uso 511299-4buciones en moneda nacional que hayan sido que se haga de la frecuencia asignada, debiendo

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