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Decreto 3239 de 2006

Presidente de la República

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Detalles

Título
Decreto 3239 de 2006
Autor
Presidente de la República
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Civil
Año
2006

DECRETO 3239 DE 2006

DIARIO OFICIAL. AÑO CXLII. N. 46395. 18, SEPTIEMBRE, 2006. PÁG. 13.

DECRETO 3239 DE 2006

(septiembre 18) por el cual se prorroga la vigencia del Decreto 3639 del 12 de octubre de 2005, por la cual se crea la Comisión Intersectorial para la promoción de la oralidad en el Régimen de Familia, Civil y Agrario. E S T A D O D E V I G E N C I A : Vigente [Mostrar] Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la jurisprudencia pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y jurisprudencial no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.

Subtipo: DECRETO REGLAMENTARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 189 numeral 11 de la Constitución Política,

CONSIDERANDO:

Que la Comisión Intersectorial para la promoción de la Oralidad en el Régimen de Familia, Civil y Agrario, fue creada mediante Decreto número 3639 del 12 de octubre de 2005, con una duración hasta el 7 de agosto de 2006, con el fin de coordinar, orientar y recomendar las normas, medidas y herramientas necesarias para poner en práctica la oralidad en esta área de la jurisdicción ordinaria, en todo el territorio nacional;

Que la Comisión Intersectorial para la promoción de la oralidad en el Régimen de Familia, Civil

normas, medidas y herramientas necesarias para poner en práctica la oralidad en esta área de la jurisdicción ordinaria, en todo el territorio nacional;

Que la Comisión Intersectorial para la promoción de la oralidad en el Régimen de Familia, Civil y Agrario, durante su vigencia, formuló importantes recomendaciones tendientes a promover la oralidad en la jurisdicción ordinaria, regímenes de familia, civil y agrario;

Que dada la importancia de las recomendaciones formuladas por la Comisión lntersectorial para la promoción de la oralidad en el Régimen de Familia, Civil y Agrario, es necesario prorrogar la vigencia de la misma, teniendo en cuenta que debe hacerse seguimiento al cumplimiento e implementación de los planteamientos propuestos por los expertos que integraron la Comisión,

DECRETA:

Artículo 1º. Prorróguese el término de duración de la Comisión Intersectorial para la promoción de la oralidad en el Régimen de Familia, Civil y Agrario, creada mediante Decreto 3639 de 2005, hasta el día 7 de agosto de 2007.

Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.DECRETO 3239 DE 2006 Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 18 de septiembre de 2006.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

El Ministro del Interior y de Justicia,

Carlos Holguín Sardi.

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