Decreto 329-1965
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 329-1965
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 1965
Guatemalteco DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Impreso en Diario de Centro Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749 América, 9a. Av. 11-34, Zona 1
DIRECTOR: BENJAMIN PANIAGUA SANTIZO TOMO CLXXII GUATEMALA. MARTES 16 DE FEBRERO DE 1965 NUMERO 91
SUMARIO dichos artículos mejorar el desarrollo económi Articulo 11.-Este Decreto deroga el AcuerdoCO de la Nación: Gubernativo del 5 de julio de 1962 por el cual CONSIDERANDO: fue creada la Comisión Nacional de Cereales, y demás disposiciones que se opongan a esta Ley. ORGANISMO EJECUTIVO Que con la creación del Mercado Común Cen Articulo 12-EI presente Decreto entrará entroamericano, la comereialización de los indica vigor el dia siguiente de su publicación en eldos granos implica un movimiento regional e Diario Oficial. internacional que hace necesario el estableciDecreto-Ley Número 329. miento de un órgano integrado por los funcioDado en el Palacio Nacional: en la ciudad de narios que tienem a su cargo el desarrollo de la Guatemala. a los nueve dias del mes de febrero economia nacional, relacionados con la producde mil novecientos sesents y cinco.Decreto_Ley Número 330 ción. el mercadeo y la industria. y que por lo
mismo están en condiciones de resolver los ciPubliquese y cumplase.tados problemas,
ENRIQUE PERALTA AZURDIA.
FE DE ERRATAS POR TANTO, Jefe del Gobierno de la República, Ministro de la Defensa Nacional Con base en el articulo 30. de la Carta Fun. En el sumario del Diario «EL GUATEMAL damental de Gobierno, El Ministro de Gobernación, TECO» número 89, correspondiente al sábado 13 en Consejo de Ministros. LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA. del mes de febrero en curso, dice: El Ministro de Relaciones Exteriores,DECRETA: ALBERTO HERRARTE GONZALEZ ORGANISMO EJECUTIVO Articulo 10.-Se crea la COMISION NACIO El Ministro de Agricultura.NAL DE GRANOS que estará integrada por los CARLOS HUMBERTO DE LEON. Decreto-Ley número 329. (correcto) Ministros de Agricultura, de Economia y de Hacienda y Crédito Público. quienes desempeEl Ministro de Comunicaciones Decreto-Ley número 330 (correcto) narán ad honorem las funciones correspondieny Obras Públicas,tes. JOAQUIN OLIVARES M.En ia publicación del texto de dichos DECRETOS LEY por error se encabezaron con los Dicha Comisión será asesorada por el Banco El Ministro de Economia. numeros 229 y 230, por lo cual se REPITEN de Guatemala y por entidad ejecutora de los CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZINTEGROS. programas. El Ministro de Educación Pública,LA ADMINISTRACION. Artículo 20.-Los objetivos fundamentales de ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR
la Comisión consisten en estructurar y coordinar la politica de producción. mercadeo e industria El Ministro de Hacienda y Crédito Público, MINISTERIO DE ECONOMIA lizacion de granos. que favorezcan el desarrollo JORGE LUCAS CABALLEROS M. económico y social del pais. El Ministro de Salud Pública Hacese in exoneración que se indica, a favor de la empre Artículo 30.-Son atribuciones de la Comisión y Asistencia Social. sa "Productos Duralita. S. A." Nacional de Granos: ALFONSO PONCE ARCHILA a) Preparar y proponer la legislación y regia El Ministro de Trabajo V Previsión Social, Hacese la exoneración que se menciona, favor de la Fa mentación adecuadas sobre granos: JORGE JOSE SALAZAR VALDES brica do Tejidos de Punto EI Zeppelin. b) Propiciar la creación de los organos adecua dos para ejecutar. bajo su supervisión, los programas formulados: Declarase sin lugar la oposición interpuesta por la emprec) Coordinar los servicios y las facilidades refe sa."Isoplast", al otorgamiento de clasificación de indusrentes al mercadeo de granos y supervisar DECRETO-LEY NUMERO 330la ejecución de sus actividades:tria existente a la, firma Halfon, Moussa, Aoun & Comd) Determinar las normas de almacenamiento.pafifa Limitada, cayo nombre comercial es "Plástica de manejo, industrialización y transporte de graCentroamérica". ENRIQUE PERALTA AZURDIA,nos y velar por su ejecución;
e) Establecer un regimen de precios de los di ferentes productos, adecuados a las necesida Jefe del Gobierno de la RepúblicaCrease la Dirección General de Transportes. como dependes de la economia nacional. especialmentedencia del Ministerio de Economia. los que sean necesarios para la alimentación CONSIDERANDO.humana y animal. a juicio de la Comisión. MINISTERIO DE HACIENDA Y Que el impuesto establecido por el DecretoLas resoluciones de la Comisión se despacha ran a través del Ministerio que corresponda, se Legislativo 1833. modificado por el Decreto Ley numero 207. no obstante estar destinado al SOS CREDITO PUBLICO gun su naturaleza, tenimiento de la Oficina de Turismo, no quedo Artículo 40.-La Comisión será consultada claramente comprendido dentro del patrimonio previamente a la celebración de convenios fito del Centro Guatemalteco de Turismo, creado por Concédese a favor de la Alcaldia Municipal de Livingston, sanitarios y al establecimiento de tarifas aran el Decreto 1497 del Congreso de la Republica, la exoneración que se menciona. celarias y de transporte que tengan relación conel cual es necesario fortalecer para el mejor los granos. cumplimiento de los fines de la mencionada institución. ANUNCIOS VARIOS Articulo 50.-La Comisión tratará de que se POR TANTO. estimule con asistencia financiera y técnica, asi como con una legislación conveniente, la mas En uso de las facultades que le confiere elSolicitud de nacionalidad.-Matrimonios.--Constitución de amplia participación del sector privado en el al artículo 30. de la Carta Fundamental de Go
sociedades.-Modificacion de sociedades.-Patentes de inmacenamiento, manejo e industrialización de bierno. vención.-Autorización farmacéutica.-Registro de margranos. en Consejo de Ministros. supletorios.-Edictus.-Remates Articulo 60.-Para los propósitos del artículo 50. la Comisión impulsará el establecimiento DECRETA por parte del sector privado, de un sistema de ORGANISMO EJECUTIVO almacenes registrados, sujetos a una adecuada Articulo 10-Se modifica el articulo 15 del supervisión e inspección y autorizados para emiDecreto 1497 del Congreso de la Republica, el tir Certificados de Depósito negociables. cual queda asi: DECRETO-LEY NUMERO 329 Artículo 70.-Los almacenes de propiedad dei Articulo 15-Los impuestos a que se refiere Estado no podrán manejar granos del sector el articulo anterior y el creado por el Decreto privado, ya que su objeto primordial es manteLegislativo 1833 modificado por el Decreto Leyner las reservas mínimas para fines de estabinumero 207. son de carácter especifico a favor ENRIQUE PERALTA AZURDIA, lización, salvo las autorizaciones específicas quedel Centro Guatemalteco de Turismo y se inte otorgue la Comisión. grarán a sus fondos privativos Para este efecto, Jefe del Gobierno de la República todos los pagos por concepto de estos impues Artículo 80.-Para evitar las pérdidas de gratos, que se hagan en el pais, deberán efectuarse nos en las áreas rurales, la Comisión propiciaráen el Banco de Guatemala y a la misma instiel mejoramiento de los sistemas de conservación. tución se remitirán las sumas que se cobren enCONSIDERANDO: el extranjero por esos impuestos. El Banco de Artículo 90.-La Comisión podrá actuar por Guatemala, como agente financiero del Estado, Que algunos granos alimenticios básicos son medio de delegados, cuando convenga para el efectuará mensualmente las transferencias al de fundamental importancia para el bienestar ágil desarrollo de los programas y proyectos. <Centro Guatemalteco de Turismo>. de la población, y por lo tanto su producción, mercadeo e industrialización eficientes y adeArtículo 10.-Cuando así lo requiera el buen Artículo 20.-Los fondos que se hubieren recuados, así como la regulación equitativa de sus desarrollo de los programas, is Comisión podrá caudado por concepto del impuesto establecido precios, son esenciales para mejorar el nivel de solicitar la colaboración de los sectores 0 entipor el Decreto Legislativo 1833 con anteriorivida del país, incrementar la producción de dades que considere necesario. dad a la fecha AS que entre en vigor el presente