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Decreto 33-1975-2

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 33-1975-2
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Tributario
Año
1975

Diario de Centro América

ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, C.A.

ANTES EL GUATEMALTECO Director Interino Periodista Decano de la Prensa Centroamericana Federico Zelaya Bockler Fundado el 2 de Agosto de 1880

Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 calle 6-72, zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18

TOMO CCI GUATEMALA, MIERCOLES 23 DE JULIO DE 1975 NUMERO 78

SUMARIO CONSIDERANDO: POR TANTO, Que CS justa la exoneración del impuesto de conCon base en lo considerado y lo que disponent sumo solicitada al Ministerio de Finanzas Públicas ORGANISMO EJECUTIVO los artículos 85, 90, 176 e inciso 79 del 189, de por la Cooperativa Americana de Remesas al Exla Constitueión de la República, terior (CARE). en vista de la labor que dicha institución desarrolla proporcionando alimentos para MINISTERIO DE FINANZAS En Consejo de Ministros, la población escolar y pre-escolar y colaborando en la construcción de escuelas. distribución de pupiACUERDA: PUBLICAS tres y construcción de sistemas de agua potable, pero que tal exoneración debe concederse únicamenArtículo 19-Vetar el Decreto número 33-75 te para el segundo semestre del año en curso,Corcédese a favor de la "Cooperativa Americana del Congreso de la República, emitido por dicho Alto Organismo el 13 de mayo del presente año.de Remesas al Exterio:" (CARE). la exoneración POR TANTO. Artículo 29-Con las observaciones contenidas

que se expresa. en los considerandos del presente acuerdo, devolEn ejercicio de las facultades que le confiere !aver el citado proyecto de ley al Honorable ConMINISTERIO DE GOBERNACION Constitucion de la Republica en su Articulo 189 incisogreso de la República. to y con base en lo que dispone el artículo 30. del Vetase el Decreto número 33.75 del Congreso de Decreto 96-73 del Congreso de la Republica, Comuniquese. la Republica, emitid) por dicho Alto Organismo ACUERDA: LAUGERUD G.of 13 de mayo del presente año (relativo a la paración 0 divorcio). Art'culo 10.-Se concede a favor de la "CooperaEl Ministro de Gobernación, tiva Americana de Remesas al Exterior" (CARE). LEONEL VASSAUX MARTINEZ. Vetase el Decreto número 30 75 del Congres) de la exoncración total del impuesto de consumo estableRepública emitido el 30 de abril del año en cido por Decreto Ley 58, sobre cinco mil ochocientos El Ministro de Agricultura, curso: relativo a la Ley de Servicio Civil y Pre- (5.800) galones de gasolina que le proporcionará la ROBERTO ZACHRISSON ASTURIAS. vision Social del Registro de la Propiedad. Compañia Texaco Guatemala Inc., durante el periodo comprendido de julio a dicismbre de 1975. El Ministro de Comunicaciones y Apruebanse los Estatutos de "El Hogar de los NiArticulo 20.- La Institución beneficiada por este Obras Públicas,

LOS de Dios": y reconócese su personalidad ju Acuerdo deberá llevar cuenta corriente al detaile de RICARDO ARGUEDAS MATINEZ. radica. esta franquicia. para los efectos del control posterior correspondiente. El Ministro de la Defensa Nacional. Artículo presente Acuerdo entrará en vigor FAUSTO DAVID RUBIO CORONADO, MINISTERIO DE ECONOMIA d dia siguiente de S1 publicacion en el Diario Ofi-cial. El Ministro de Educación. Modificase en el sentido que se menciona el arGUILLERMO PUTZEYS ALVAREZ. ticulo 40. del Acuerdo Ministerial número 3474 Comuniquese, del de marzo de 1974. elicitado por la empresa El Ministro de Economía. "Camas y Musbles Siesta. Sociedad Anonima" LAUGERUD G. EDUARDO PALOMO ESCOBAR. (CAMSA). El Ministro de Finanzas. El Ministro de Finanzas, Modificase en el sentido que se indica el Acuerdo JORGE LAMPORT RODIL. JORGE LAMPORT RODIL. número 106 del 12 de abril de 1972. solicitado 452880-23-Julio por la empresa "Calzado Universal, S. A.". El Ministro de Relaciones Exteriores,

ADOLFO MOLINA ORANTES.

Obligase a la empresa "Gelatinas y Coloidales. Sociedad Anónima" exoneración del 80% del ImEl Ministro de Salud Pública y MINISTERIO DE GOBERNACION Asistencia Social,puesto de Estabilización Económica, scbre los JULIO R. CASTILLLO SINIBALDI.

rubros que 10 expresan. El Viceministro de Trabajo y Previsión MINISTERIO DE TRABAJO Social, Encargado del Despacho, Vétase d Décreto número 83-75 del Congreso de MANUEL ANTONIO GAROZ CABRERA. Y PREVISION SOCIAL la República, onitide por dicho Alto Organismo " 13 de mayo del presente año (relativo " la separación 0 dicorcio). Vétase el Decreto número 30-75 del Congreso de la Aprucbanse las reformas al Regiamento del Plah República emitido el 30 de abril del año en de Prestaciones del Empleado Municipal. Palacio Nacional: Guatemala, 26 de junio de curso; relativo a la Ley del Servicio Civil y Pre-1975. visión Sccial del Registro de la Propledad.Presidente de la República, ANUNCIOS VARIOS Palacio Nacional: Guatemala, 24 de jun'o de 1975.CONSIDERANDO: Constitución de sceiedades. - Modificación de SOEl Presidente de la República, ciedades. Disolución de sociedad. Lineas de Que es deber del Estado. proteger la Institución Social del Matrimonio. garantizando unatransporte. Matrimonios. Patentes de inCONSIDERANDO: legislación adecuada que permite mantener alvencion. Registro de marcas. Titulos suplemaximo, a vinculo matrimonial. on virtud detorios. -- Edictos. Licitaciones. - Remates. Que el Decreto Número 30-75 "Ley de Servicioser base fundamental de la familia y de la SOciedad; Civil y Previsión Social del Registro de la PropieAgricola "La Montañesa". S. A. Balance General dad", elevado al Organismo Ejecutivo para su sonal 30 de abril de 1974. CONSIDERANDO: ción y promulgación contiene disposiciones que afectan los intereses del Estado, y es incompat ble Que el Divorcio como forma de disolución del con leyes tributarias, ORGANISMO EJECUTIVO Matrimonic, es permitido por nuestra legislación, POR TANTO. pero sujeto a términos, formalidades y condiciones, tanto de caracter sustantivo como procesal, que evitan precipitaciones inconvenientes para Con base on lo cue disponen los artículos 176 y dicha disolucion, beneficiando en tal forma al 189 inciso 70. de la Constitucion de la República, matrimonio, a la familia y a la misma sociedad; En Consejo de Ministros, MINISTERIO DE FINANZAS CONSIDERANDO: ACUERDA: PUBLICAS Que para evitar disoluciones precipitadas del vinculo matrimonial y mantener la protección yArtículo 10.-Vet r el Decreto número 30-75 del Concédese a favor de la "Cooperativa Americana de carantia del Estado, a era Institución, debe evi-Congreso de la. Republica emitico por dicho alto tarse en las normas procesales, que sean aplica-Organismo el 30 de abril del año en curso. Remesas al Exterior" (CARE), la exoneracion que se expresa. bles al proceso de Separación 0 Divorcio, lo pre-Articu'o 20.-Con las observaciones contenidas en ceptuado por el artículo 115 del Código Procesalel considerando del presente Acuerdo, devolver el

Palacio Nacional: Guatemala, H de julio de 1975. Civil y Mercantil; citado proyecto de Ley al Hentrable Congreso de la Republica.

El Presidente de la República CONSIDERANDO: Comuniquese.

CONSIDERANDO: Que si bien es cierto, el Decreto número 33-75, LAUGERUD G. del Honorable Congreso de la República, contieneQue no obstante la supresión de todas las exonemodificaciones al Código Procesal Civil y MerEl Ministro de Gobernation. racions vigentes del impuesto que grava el consu cantil, que amplían las posibilidades de defensa LEONEL VASSAUX MARTINEZ. mo de los productos derivados del petróleo, conteen los precesos seguidos on los Tribunales de nida on Decreto No. 9673 del Congreso de la ReJusticia de la República, lo cual se considera conEl Ministro de Agricultura, pública, csa misma ley faculta al Organismo Eja. veniente, también contiene una modificación que ROBERTO ZACHRISSON ASTURIAS. cutivo para que pueda otorger exención del menafecta a los procesos de Separación y Divorcio, cionado impuesto por razones de imperativo social produciéndose efectos similares a los contenidos El Min'stro de Comunicaciones yde interés colectivo plenamente justificados y aten-on d Decreto número 5.75 dd mismo Organismo, Obras Públicas, diendo a las condiciones del mercado; el cual fue vetado, RICARDO ARGUEDAS MARTINEZ

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