Decreto 33-1984
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 33-1984
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 1984
Diario de Centro America
ANTES EL GUATEMALTECO
ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
Director Capitán de Navío DEM. y Licenciado Decano de la Prensa Centroamericana Juan Fernando Cifuentes Herrera Fundado el 2 de Agosto de 1880
Teléfono de Redacción: 24-4-17 TIPOGRAFIA NACIONAL, 18 Calle 6-72, zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18
TOMO CCXXIII GUATEMALA, MARTES 17 DE ABRIL DE 1984 NUMERO 59
SUMARIO Ampliase en el sentido que se expresa, el artículo de multas cuando lo estime conveniente a los in4o. del Acuerdo Ministerial número 229-83 y 10. tereses del Estado O a los de los habitantes del del Acuerdo número 230-83, ambos del 26 de país; ORGANISMO EJECUTIVO mayo de 1983, solicitado por la empresa "Industrias Gariba, Sociedad Anónima", propietaria de CONSIDERANDO: la empresa "Laboratorios Farmacéuticos TechJEFATURA DE ESTADO nomed". Que se han producido múltiples inconvenientes en relación con el cobro de multas por infraccio-DECRETO-LEY No. 33-84 Otórgase a la empresa "Fábrica de Artículos de nes al Reglamento para el Control de Pesos y DiDECRETO LEY NUMERO 34-84 Madera y Plástico, Sociedad Anónima", que semensiones de Vehículos Automotores y sus Com-abrevia "Famaplast, S. A.", de nombre comerbinaciones, contenido en Acuerdo Gubernativo de
cial FAMAPLAST, extensión de beneficios MINISTERIO DE RELACIONES M.C. y F.P. No. 2-78 del 13 de enero de 1978,en un 100% sobre la importación de materazón por la que, con el propósito de brindar a rias primas que utilice en su proceso produclos señores transportistas facilidades en sus opera-EXTERIORES tivo, hasta el 31 de diciembre de 1984. ciones, se estima conveniente exonerar el pago de dichas multas, para lo cual se hace necesario emitir Nómbrase Consul de Guatemala en Tapachula, Otórgase a la empresa "Compañia Industrial Texla disposición legal correspondiente,Chiapas, México, al Teniente Coronel de Infantiles Nortropic, Sociedad Anónima", extensión tería César Arnoldo Barahona Soria. de beneficios en un 100% sobre la importación POR TANTO, de materias primas, maquinaria y equipo que MINISTERIO DE COMUNICACIONES, utilice en su proceso productivo, hasta el 31 de En el ejercicio de las facultades que le confierendiciembre de 1984. los artíoulos 4o. y 26, incisos 6) y 14) del Estatuto TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS Fundamental de Gobierno, modificado por los De-Otórgase a la razón social "Industria Gariba, Socretos-Leyes números 36-82 y 87-83,Hácense para el Consejo Directivo del Instituto ciedad Anónima", propiedad de la empresa "LaNacional de Electrificación (INDE), los nombraboratorios Farmacéuticos Technomed", extensión DECRETA:
mientos que se indican. de beneficios en un 100% sobre la importación de materias primas que utilice en su proceso Artículo 10. Se concede exoneración total de MINISTERIO DE GOBERNACION productivo, hasta el 31 de diciembre de 1984. multas impuestas por los Tribunales, debidas a infracciones al Reglamento para el Control de Pesos Apruébanse las operaciones de mensura practicaANUNCIOS VARIOS y Dimensiones de Vehículos Automotores y susdas por el ingeniero Arnulfo García Valle, sobre Combinaciones. contenido en Acuerdo Gubernala finca rústica que se menciona, propiedad del señor Antonio Torres Milian. Autorizaciones Farmacéuticas.-Línea de Transpor-tivo M.C. y F.P. No. 2-78 del 13 de enero de te.-Constituciones de Sociedad.-Modificaciones 1978. La exoneración anterior únicamente es aplide Sociedad.-Disoluciones de Sociedad.-Patencable a las multas impuestas a los infractores MINISTERIO DE FINANZAS tes de Invención.-Registro de Marcas.-Títulos durante el período comprendido del 1o. de abril Supletorios-Edictos-Remates de 1981 a la fecha en que entre en vigor el prePUBLICAS sente Decreto. Vehículos Automotores de Guatemala, S. A.-BaReglamento de Gastos de Viático del Instituto lance General al 31 de diciembre de 1981. Artículo 2o. Quienes ya hubiesen pagado las Técnico de Capacitación y Productividad (INmultas a que se refiere el artículo anterior, no se
TECAP). Distribuidora Santa Lucía, S. A.-Balance Genebeneficiarán con la exoneración, ni tendrán dereral al 31 de diciembre de 1981. cho a reclamar devolución o compensación deModificaciones y Adic ones al Acuerdo GubernaInversiones Alma, S. A.-Balance General al 31 ninguna especie.tivo número 570-83 'Reglamento de las Modificaciones a la Ley del Impuesto sobre la Renta,de diciembre de 1981. Artículo 3o. La exoneracion a que se contraecontenidas en el Decreto-Ley número 73-83". Dibema, Sociedad Anónima-Balance General al este Decreto, libera a los infractores únicamente 31 de diciembre de 1981. de la multa, subsistiendo cualquier otra responMINISTERIO DE TRABAJO Y sabilidad civil O penal, derivada 0 relacionada con Agropecuarios Industriales San Ignacio, S. A. la comisión de faltas O de hechos tipificados como PREVISION SOCIAL Balance General al 30 de septiembre de 1978. delitos. Apruébase el Contrato número 5 del 5 de marzoServicios Mercantiles, S. A. (SEMERSA).-BalanArtículo 4o. Quedan sin efecto las órdenes de de 1984, celebrado entre el Viceministro de Tra-ce General al 31 de diciembre de 1981. captura de vehículos que se hubieren emitido por bajo y Previsión Social y el representante de la
Asociación de Educación y Cultura, AlejandroMani de Centroamérica, S. A. Balance General falta de pago de los multas exoneradas conforme Von Humboldt, para capacitar personal guate-al 30 de junio de 1980. el artículo 1o. del presente Decreto. En ese senmalteco mediante becas de estudio en el Cole-Mani de Centroamérica, S. A. Balance General tido, las autoridades de policía se abstendrán de gio Alemán. al 30 de junio de 1981. efectuar capturas en base a las órdenes que se Apruébase en la cantidad que se indica, el Presudejan sin efecto.Servicios Inmobiliarios y Alquileres, S. A.-Balan-puesto de Ingresos y Egresos del Instituto Técnico de Capacitación y Productividad (INTE-ce General correspondiente al período del 10. de Artículo 50.-El presente decreto entra en vigorenero al 31 de diciembre de 1981. CAP), para el período comprendido del 1o. de el dia siguiente de su publicación en el Diario enero al 31 de diciembre de 1984. Multi-Inversiones, S. A.-Balance General al 30 de Oficial. junio de 1981. MINISTERIO DE ECONOMIA Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de Guatemala, a los dieciséis días del mes de abril Ampliase en la forma que se detalla, el artículo 3o. del Acuerdo Ministerial número 290-78 del ORGANISMO EJECUTIVO de mil novecientos ochenta y cuatro. 12 de junio de 1978, solicitado por la empresa
"Fábrica de Resortes para Muebles (JAST)". Publíquese y cúmplase. Acuérdase reformar el Acuerdo Ministerial nú-JEFATURA DE ESTADO General de División mero 72-70 del 9 de noviembre de 1979, solicitado por la empresa "Sort, Sociedad Anonima" OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, Modificase en el sentido que se indica, el artículoDECRETO-LEY NUMERO 33-84 Jefe de Estado. 40. del Acuerdo Ministerial número 355-83 y lo. del Acuerdo número 356-83, ambos del 6 de sep-EL JEFE DE ESTADO, El Ministro de Finanzas, tiembre de 1983, solicitado por la empresa "SuLEONARDO FIGUEROA VILLATE CONSIDERANDO: laplast de Guatemala, Sociedad Anonima", quepuede abreviarse "Sulaplast, S. A.", de nombre comercial "Sulaplast de Guatemala" 0 simple-Que el Organismo Ejecutivo con base en lo preEl Ministro de Comunicaciones, mente SULAPLAST ceptuado por el Estatuto Fundamental de GoTransporte y Obras Públicas, bierno, está facultado para conceder exoneración LUIS HUGO SOLARES AGUILAR