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Decreto 33-2002-2

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 33-2002-2
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
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Año
2002

8 DIARIO DE CENTRO AMERICA-10 de junio de 2002 NUMERO 32

SANCION AL DECRETO DEL CONGRESO NUMERO 32-2002 ARTICULO 3. EI presente Decreto entrará en vigencia el día de su publicacion en cl diario oficial.

PALACIO NACIONAL: Guatemala, tres de junio del año dos mil dos.PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION,

PROMULGACION Y PUBLICACION.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE DADO EN EC PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE MAYO DEL

AÑO DOS MIL DOS.

DE LA

APRESIDENCIAREPUBLICAPORTILLO CABRERA JOSE EFRAIN RIOS MONTT

CUTTEMELS. PRESIDENTE

AddressRUDIO LECSAN MERIDA HERRERA MARVIN HAROLDO GARCIA BUENAFE

SECRETARIO SECRETARIO

Dr LA

REPUBLICA

GENERAL DE VILVISION

EDUARDO AREVALO LACS

MINISTRO DE GOBERNACION America

SANCION AL DECRETO DEL CONGRESO NUMERO 33-2002

PALACIO NACIONAL: Guatemala, tres de junio del año dos mil dos

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

Lic Luis Mijangos C. DESECRETARIO La

PRESIDENCE DE A RERUBLICA

CONGRESO LA REPUBLICA DE GUATEMALA

PRESIDENCIAREPUBLICAPORTILLO CABRERA

GUATEMALE

DECRETO NUMERO 33-2002

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

CONSIDERANDO:

Que la Constitución Política de la República establece que Guatemala normará sus Managos C. relaciones con otros Estados, de conformidao con los principios, reglas y prácticas GENERAL Dix DIVISION SECRETARI GENERAL EDUARDO ARBYALO LACS PRESSENCIADI AREPUBLICA internacionales, con el propósito de contribuir al mantenimiento de la paz y la libertad, a! respeto y defensa de los derechos humanos, al fortalecimiento de los MINISTRO DE GOBERNACION procesos democráticos e instituciones internacionales que garanticen el beneficio mutuo y equitativo entre los Estados.

CONSIDERANDO: Que Guatemala es parte de la Convención sobre Privilegios e Inmunidades de los Organismos Especializados de las Naciones Unidas, no as del anexo XIII, instrumento jurídico internacional que persigue otorgar la calidad de Mision

Internacional con Sede en Guatemala a la Corporación Financiera Internacional (CFI), miembro del Grupo Banco Mundial. DECRETO NUMERO 34-2002

CONSIDERANDO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Que el objetivo de la Corporación Financiera Internacional es la promoción del desarrollo económico mediante el estimulo de empresas privadas productivas en CONSIDERANDO: los paises miembros, particularmente en las áreas menos desarrolladas, de tal manera que se complementen las actividades del Banco Internacional de Que la Constitución Política de la República como ley suprema es vinculante para gobernantes y gobernados, de donde deviene que nuestro ordenamiento jurídicoReconstrucción y Fomento. descansa en ella como principio fundamental del comportamiento social, y para la

CONSIDERANDO: consolidación del estado de derecho.

CONSIDERANDO: Que es deber del Estado impulsar programas de desarrollo rural que tiendan a incrementar y diversificar la producción nacional con base en el principio de la propiedad privada, creando las condiciones adecuadas para promover la inversion Que de conformidad con la Constitución Política de la República la Corte de Constitucionalidad es un tribunal permanente de jurisdicción privativa, cuya función es la de capitales nacionales y extranjeros. defensa del orden constitucional, y que la Corte de Constitucionalidad en resolución de fecha veintinueve de octubre del año dos mil uno, calificó la nulidad jurídica Ipsc jure y POR TANTO: resolvió la inconstitucionalidad del articulo 19 del Decreto Número 42-2000 del Congreso de la República, que suprimio el numeral 11, del artículo 17, del Decreto Número 37-92

En ejercicio de las atribuciones que ie confiere el artículo 171 literales a) y I) de la del Congreso de la Republica, Ley de Timbres Fiscales Y Papel Sellado Especial para Constitución Política de la República de Guatemala. Protocolos.

CONSIDERANDO: DECRETA: Que los preceptos jurídicos normativos que crean impuestos, deben fundamentarse en la ARTICULO 1. Se aprueba al Anexo Número XIII de la Convención soore los equidad y justicia tributarias, Y al declararse Ja Inconstitucionalidad de mérito, se hace Privilegios e Inmunidades de los Organismos Especializados de las Naciones necesario dictar las normas para restablecer la certeza en la vigencia de la norma

Unidas, referente a los Privilegios e Inmunidades de la Corporación Financiera afectada.

Internacional. POR TANTO: ARTICULO 2. Se deroga el Decreto Número 46-2001 del Congreso de la En ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 171 literales a) y c) y 239

República. literal b) de la Constitucion Politica de la República de Guatemala.

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