Decreto 33-2004
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 33-2004
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 2004
DECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA iario de Centro América
CONSTRUYENDO
UNID www.diariodecentroamerica.gob.gt Órgano Oficial de la República de Guatemala UN MEJOR PAÍS EI Nuevo Gobierno de Guatemala Director: Luis Eduardo Marroquín Godoy TOMO CCLXXV Guatemala, martes 7 de diciembre de 2004 NÚMERO 64
SUMARIO
ORGANISMO LEGISLATIVO
ORGANISMO LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NÚMERO 33-2004
ORGANISMO EJECUTIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN DECRETO NÚMERO 33-04
Acuérdase crear a cargo del Ministerio de Educación, el proyecto de Rescate de las Escuelas Tipo Federación. EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS Acuérdase trasladar a la Municipalidad del Municipio de CONSIDERANDO: Zunilito, del Departamento de Suchitepéquez, la Recaudación y Administración del Impuesto Único Sobre Inmuebles de su jurisdicción. Que los funcionarios y agentes diplomáticos y consulares en el exterior no cuentan Acuérdase trasladar a la Municipalidad del Municipio de San con ingresos suficientes para una representación adecuada, dado que sus salarios yJosé Chacayá, del Departamento de Sololá, la Recaudación
y Administración del Impuesto Único Sobre Inmuebles deotras remuneraciones se establecieron tomando en consideración que no estaban su jurisdicción. afectos al Impuesto Sobre la Renta y sin que hayan sido ajustados desde haceAcuérdase trasladar a la Municipalidad del Municipio de muchos años conforme indices de costo de vida en lòs diversos países, inflación yChahal, del Departamento de Alta Verapaz, la Recaudación y Administración del Impuesto Único Sobre Inmuebles dedevaluación de la moneda en que se efectúan los pagos. su jurisdicción Acuérdase trasladar a la Municipalidad del Municipio de CONSIDERANDO:Chinique, del Departamento de Quiché, la Recaudación y Administración del Impuesto Único Sobre Inmuebles de su jurisdicción. Que los funcionarios y agentes diplomáticos y consulares en el exterior no cuentan con ingresos suficientes para una representación adecuada, dado que sus salarios y PUBLICACIONES VARIAS otras remuneraciones se establecieron tomando en consideración que no estaban afectos al Impuesto Sobre la Renta y sin que hayan sido ajustados desde años atrás CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD conforme al costo de vida, inflación y devaluación de la moneda en que se efectúan los pagos.EXPEDIENTE 1882-2003
MINISTERIO DE TRABAJO POR TANTO: Y PREVISIÓN SOCIAL Acuérdase aprobar la Reforma Parcial de los Artículos 23 y 41 En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 inciso a) de lade los Estatutos del Sindicato de Trabajadores de Constitución Política de la República de Guatemala.Tabacalera Centroamericana, S.A.
- Acuérdase ordenar la inscripción del SINDICATO DECRETA:INDEPENDIENTE DE TRABAJADORES CAMPESINOS
AMBIENTALISTAS DEL CASERÍO EL CAMPO,
MUNICIPIO DE SAN PABLO, DEPARTAMENTO DE La siguiente:
SAN MARCOS.
MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE "REFORMA A LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, DECRETO NÚMERO CHICACAO, DEPARTAMENTO DE 26-92 DEL CONGRESO DE LÁ REPÚBLICA Y SUS REFORMAS" SUCHITEPÉQUEZ LEY TEMPORAL Y ESPECIAL DE REPOSICIÓN DE Artículo 1. Se reforma el inciso p) del artículo 6, el cual queda de la siguiente forma:INSCRIPCIONES DE PARTIDAS DE NACIMIENTO LREGISTRO CIVIL Y CÉDULAS DE VECINDAD DEL MUNICIPIO DE CHICACAO, DEL "Artículo 6. Rentas Exentas. Están exentas del impuesto: DEPARTAMENTO DE SUCHITEPÉQUEZ, SEGÚN EL DECRETO 29-2003, DE FECHA 18 DE JUNIO p) Los sueldos y salarios, viáticos, gastos de representación, DE 2003. compensación por costo de vida y cualquier otra remuneración de los funcionarios y agentes diplomáticos y ANUNCIOS VARIOS consulares acreditadas por el Gobierno de Guatemala ante gobiernos extranjeros y organismos internacionales, que
Matrimonios Constituciones de sociedad residan en el exterior; y los gastos de representación y Modificaciones de sociedad Patentes de viáticos de los funcionarios, dignatarios y empleados delinvención Registro de marcas Títulos supletorios Edictos Gobierno que asistan oficialmente al exterior."Remates. ASEGURADORA DE LA NACIÓN, S.A.-Balance Artículo 2. Vigencia. El presente decreto fue declarado de urgencia nacional con elGeneral Condensado al 31 de Diciembre 2003. AFIANZADORA DE LA NACIÓN, S.A.-Balance voto favorable de más de las dos terceras partes del número total de diputados que General Condensado al 31 de Diciembre 2003. integran el Congreso de la República, aprobado en un solo debate y entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el diario oficial.2 DIARIO DE CENTRO AMÉRICA-7 de diciembre de 2004 NÚMI
PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, POR TANTO:
PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
En ejercicio de la función que le confiere el articulo 194 literales DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD Constitución Política de la República, 27 literal m) de la Ley del Organismo
DE GUATEMALA, EL DIECIOCHO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL CUATRO.
ACUERDA:
LA COMPLETED DE ARTÍCULO 1. Se crea, a cargo del Ministerio de Educación, el Rescate de las Escuelas Tipo Federación, el cual tendrá los siguientes objetiv
FRANCISCO ROLANDA MORALES CHÁVEZ
PRESIDENTE I. Rescatar el patrimonio arquitectónico y artístico de las E Federación en todo el país, restaurando sus instalaciones y GUATEMALA, las normas que prevengan su futuro deterioro;
II. Revisar y actualizar el modelo pedagógico original de las E Federación, promoviendo la adopción de estrategias eCARLOS WALDEMAR BARILLAS HERRERA JOSE CONRADO GARCÍA HIDALGO excelencia, que las convierta en centros de innovaciónSECRETARIO SECRETARIO docente y la implementación de un nuevo modelo peda proporcione una formación integral, al alcance de la poblaci toda la República, abarcando las modalidades aplicables de incluyendo la educación estética y la educación fisica; PALACIO NACIONAL: Guatemala, seis de diciembre del año dos mil cuatro. III. Desarrollar una estrategia de extensión educativa que pern efectivamente a las Escuelas Tipo Federación con el entorno al que sirven.PUBLÍQUESE Y CUMPLASE ARTÍCULO 2. Para contribuir con el Ministerio de Educación a alcanzar 1 señalados en el artículo anterior, se forma una Comisión integrada por la Educación, quien la preside y por los ciudadanos Cesar Bernardo Aréval
Gerardo René Aguirre Oestmann, Cristian Miguel Rodriguez Minondo, Cat GUATEMALA.C. Lenowens Ettersen de Rodríguez, Bienvenido Argueta Hernández, Di EDUARDO STEIN BARILLAS Salguero López de Morales, María Herminia Reyes Aguilar de Muralles, VICEPRESIDENTE DE LA REPUBLICA EN FUNCIONES DE LA PRESIDENCIA Carrera Cofiño de Ascoli y Claudia Susana López González
ARTÍCULO 3. El Ministerio de Educación divulgará constantemente, esped interior de la comunidad educativa, la importancia de la vasta obra que el I José Arévalo Bermejo, Expresidente de la República. desarrolló en materia cultural, de la cual las Escuelas Tipo Federación son un elemento fundamental ARTÍCULO 4. El presente Acuerdo Ministerial empieza a regir al día sigu Lic.Corge Raus Reves publicación en el Diario de Centro América, órgano oficial del Estado.Edwir Verbena SECRETARIO GENERALCHANDAS PUBLICAS DE PRESIDENCIA DE LAREPUBLICADesparation
(E 785 2004) 07 DICIEMBRE COMUNÍQUESE DE
EDUC ORGANISMO EJECUTIVO Ing Maria del Carmen Aceña Villacorta de Fuentes DE Licda. Miriam Irene Castañeda Arana FOUCACIONViceministra de Educación GUATE
MINISTERIO DE EDUCACIÓN (E-777-2004
Acuérdase crear a cargo del Ministerio de Educación, el proyecto de Rescate de las Escuelas Tipo Federación.
ACUERDO MINISTERIAL NÚMERO 1447
Guatemala, 30 de noviembre de 2004 MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICLA MINISTRA DE EDUCACIÓN Acuérdase trasladar a la Municipalidad del Municipio de ZuniliCONSIDERANDO: Departamento de Suchitepéquez, la Recaudación y Administraci Impuesto Único Sobre Inmuebles de su jurisdicción.Que el año dos mil cuatro es el año centenario del natalicio del doctor Juan José Arévalo Bermejo, ilustre estadista y pedagogo, Expresidente de la República, cuya obra de
Gobierno ha marcado un hito en la historia de nuestro país, al sentar las bases filosóficas e institucionales para el desarrollo de una sociedad democrática, justa y libre.ACUERDO MINISTERIAL No. 74-2004 Guatemala, 26 de noviembre de 2004
CONSIDERANDO: LA MINISTRA DE FINANZAS PUBLICAS Que las Escuelas Tipo Federación constituyeron uno de los legados de la obra educativa y cultural de su Gobierno, en forma de centros de educación primaria que integran un CONSIDERANDO: modelo pedagógico nacional orientado a la formación integral de los alumnos y a la proyección de la actividad educativa al conjunto de la comunidad, cuya arquitectura responde a un diseño propio, de alta calidad, que integró obras de arte, al punto que losQue el Decreto número 15-98 del Congreso de la República, Ley del Impuesto Un Inmuebles, en sus Artículos 2 inciso d) y 14, faculta al Ministerio de Finanzas Púbedificios de dichas escuelas constituyen parte del patrimonio arquitectónico de laNación. delegar las funciones de Recaugación y Administración del relacionado Impuemunicipalidades del país.
CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que la Municipalidad del Municipio de Zunilito, del Departamento de Suchitepéquez,Que el rescate de la educación nacional y el desarrollo de modelos educativos de calidadoficio sin número de fecha 25 de mayo de 2004, ha indicado poseer la capacidady proyección social son un objetivo prioritario del Gobierno de la República.administrativa para recaudar y administrar el impuesto en referencia.