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Decreto 34-1987

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 34-1987
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Constitucional
Año
1987

Diario de Centro America Organo oficial de la República de Guatemala Tomo CCXXXI Decano de la Prensa CentroamericanaAntonio Ortiz A., Director InterinoGuatemala, viernes 5 de junio de 1987Número 37 SUMARIO de Ministros emitió el Decreto número 2-87 por medio del cual se prorroga la declaratoria de Calamidad Pú- ORGANISMO EJECUTIVO blica durante 30 días, en el área geográfica que comprende el municipio de El Palmar, departamento de ORGANISMO LEGISLATIVO Quetzaltenango; PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: DECRETO NUMERO 2-87CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Que es obligación fundamental del Estado procurar el mantenimiento y pleno goce de los derechos que la Presidente de la República,

DECRETO NUMERO 34-87

Constitución Política garantizan. debiendo restringirlos CONSIDERANDO: únicamente cuando se producen situaciones debidamente calificadas y cuando deba velar irrestrictamente por Que debido a la permanente erupción del volcán SanORGANISMO EJECUTIVO el cumplimiento de su deber fundamental de garantitiaguito y a otros fenómenos naturales que azotan la zar la vida y seguridad de los habitantes; región aledaña al mismo y con el fin de prevenir y evitar una catástrofe que afectaria seriamente a los PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA habitantes de la población de El Palmar, del municipioCONSIDERANDO: del mismo nombre, ubicado en el departamento de

DECRETO NUMERO 2-87 Quetzaltenango, se hizo necesario emitir el DecretoQue los fenómenos naturales. como lo son la erupción Gubernativo número 1-87, declarando el Estado de Ca-permanente del Volcán Santiaguito y las l'uvias que se producen en el área circundante del municipio lamidad Pública durante treinta días; el cual fue raMINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL de El Palmar, provoca el desbordamiento de ríos y el tificado en su totalidad por el Decreto número 25-87 material acumulado en el cono de dicho volcán, lo que del Congreso de la República; Apruébanse los contratos individuales de Trabajo nú- origina situaciones que ponen en peligro la vida y biemeros 3-87, 5-87 y 6-87, del 1 de abril de 1987, susnes de la población de dicho municipio, por lo cual es CONS:DERANDO: critos entre la Comandancia del Cuerpo de Ingenieros procedente ratificar el Decreto que establece la pró- rroga del Estado de Excepción emitido por el PresidenQue persisten las causas que dieron origen a adoptar del Ejército y las personas que se mencionan. te de la República en Consejo de Ministros, dictando los mecanismos de excepción regulados en las normas para tal efecto, la respectiva disposición legal, mencionadas en el considerando anterior y que la Constitución Política de la República de Guatemala y la

MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS Ley de Orden Público contemplan la posibilidad de POR TANTO. emitir nuevo decreto que los prorrogue, para los efectos Véndese a las personas que se indican. las fracciode resolver la situación de contingencia que se sigue nes de terreno que se desmembrarán de la finca En observancia al contenido del artículo 138 y en viviendo en la zona referida, estatal urbana que se expresa. ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 171. inciso a) y 176, ambos de la Constitución Política POR TANTO, Apruébanse las modificaciones que se indican al Reglade la República de Guatemala. En ejercicio de las funciones establecidas en los ar-glamento de la Ley de Compras y Contrataciones. tículos 138, 183, incisos e) y f) de la Constitución PoDECRETA: lítica de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 139 de la Constitución citada y 19. 29, MINISTERIO DE ECONOMIA Artículo 1.-Ratificar en su totalidad el contenido del 69, 14 y 15. incisos 1), 2), 3), 6), 8) y 34 de la Ley Decreto número 2-87, emitido por el Presidente de la de Orden Público, reformado por el Decreto número Calificase como Empresa Industrial de Exportación Total, República en Consejo de Ministros. por el cual se pro89-70 del Congreso de la República. a la entidad "Representaciones y Servicios Exclusivos, rroga el Estado de Calamidad Pública, durante 30 días,Sociedad Anónima", que podrá abreviarse "REPREX. en el área geográfica que comprende el municipio de En Consejo de Ministros,S. A.". El Palmar, departamento de Quetzaltenango, y se restringen durante dicho período y en ese territorio las DECRETA: garantías constitucionales contenidas en los artículosMINISTERIO DE GOBERNACION 5 y 26 de la Constitución Política de la República deArtículo 1°-Se prorroga por treinta días más la viGuatemala. La prórroga principiará a contarse a pargencia del Decreto número 1-87 emit'do por el PreApruébanse los Estatutos de la "Asociación Dos de Agostir del día siguiente que finalice el período inicial-sidente de la República. aprobado por Decreto número to de Mil Novecientos Cincuenticuatro"; y reconócese mente decretado. 25-87 del Congreso de la República. plazo que princisu personalidad jurídica. piará a contar a partir del día siguiente que finalice Artículo 2.-El presente Decreto fue declarado de el anterior. Urgencia Nacional, con el voto favorable de más de Artículo 29-Estando reunido el Congreso de la ReANUNCIOS VARIOS las dos terceras partes del número total de Diputados que integran el Congreso de la República, y entrarápública en sus sesiones ordinarias, dése cuenta a dicho en vigencia el día de su publicación en el Diario Organismo del presente Decreto para su conocimiento Matrimonios. Líneas de trasporte. Registro de deOficial. y efectos legales que corresponden. rechos de autor. Constituciones de sociedad. Artículo 39-El presente Decreto empezará a regirModificaciones de sociedad. Disolución de sociedad. Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación y el dia de su publicación en el Diario Oficial.- Registro de marcas. Títulos supletorios. Ediccumplimiento.

tos. Licitaciones. Remates. Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad do GuaDado en el Palacio del Organismo Legislativo: en latemala, a los dos dias del mes de junio de mil nociudad de Guatemala, a los cuatro días del mes de ju-vecientos ochenta y siete.Banco Metropolitano. S. A. - Balance General Condensado al 31 de enero de 1987. nio de mil novecientos ochenta y siete. Comuniquese. Financiera Guatemalteca, S. A. Balance General ConMARCO VINICIO CEREZO AREVALO. densado al 28 de febrero de 1987. JOSE RICARDO GOMEZ GALVEZ, Presidente. El Vicepresidente de la República,

ROBERTO VICENTE CARPIO NICOLLE.JOSE FRANCISCO LOPEZ VIDAURRE,

Secretario. Secretario General de la Presidencia

ORGANISMO LEGISLATIVO MIGUEL ANGEL PONCIANO CASTILLO. de la República,

Secretario. LUIS FELIPE POLO LEMUS. CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA El Ministro de Asuntos Específicos.

Palacio Nacional: Guatemala, cuatro de junio de milLUIS ALFONSO CABRERA HIDALGO.

DECRETO NUMERO 34-87 novecientos ochenta y siete. El Ministro de Energía y Minas,

ROLAND CASTILLO CONTOUX.

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA. Publíquese y cúmplase. El Ministro de Gobernación,

CONSIDERANDO: CEREZO AREVALO. JUAN JOSE RODIL PERALTA.

Que de conformidad con las atribuciones que le La Ministro de Cultura y Deportes,confiere el artículo 138, de la Constitución Política de El Ministro de Gobernación. ANAISABEL PRERA FLORESla República de Guatemala, el Presidente, en Consejo JUAN JOSE RODIL PERALTA.934 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Junio 5 de 1987 NUMERO 37 El Ministro de Economía, MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICASLIZARDO SOSA LOPEZ. Apruétanse las modificaciones que se ind'can al Regla-glamento de la Ley de Compras y Contrataciones, El Ministro de Salud Pública y Asistencia Social ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 362-87Véndese a las personas que so indican, las fraccio-CARLOS ARMANDO SOTO. nes de terren) que se desmembrazán de la likes La Ministro de Trabajo y estatal urbana que se expresa. Palacio Nacional: Guatemala, 27 de mayo de 1987. Previsión Social, ANA CATALINA SOBERANIS REYES. ACUERDO GUBERNATIVO No 225-87 Presidente de la República,

Palacio Nacional: Guatemala, 25 de marzo de 1987. CONSIDERANDO: El Ministro de Educación, EDUARDO MEYER MALDONADO. Presidente de la República, Que con el propósito de facilitar la interpretación que CONSIDERANDO: debe darse a la fórmula general para el reajuste de losEl Ministro de Relaciones Exteriores. precios de los diferentes elementos que integran losMARIO RAFAEL QUINONES AMEZQUTA. Que el Decreto 1096 del Congreso de la República,renglones de un contrato de obra. se hace necesario El Ministro de Desarrollo autoriza al Organismo Ejecutivo, para vender lotes intrroducirle modificaciones al Reglamento de la Ley Urbano y Rural de terreno de fincas del Estado a personas de escasosde Compras y Contrataciones, RENE DE LEON SCHLOTTER. recursos económicos, para la construcción de sus viviendas; POR TANTO, El Ministro de Finanzas Públicas. CONSIDERANDO: RODOLFO ERNESTO PAIZ ANDRADE. En el ejercicio de la función que le confiere la Cons-Que las personas que se mencionan en el artículo 19 del presente Acuerdo, han llenado los requisitos retitución Política de la República de Guatemala en el El Ministro de Comunicaciones, Transporte y Ohras Públicas. que idos por la Ley para la compra de lotes de teArtículo 183, inciso e), EDUARDO GOYZUETA WEISSBACH rreno de la finca estatal número 8795, fo to 171 del libro 150 de Guatemala, por lo que el Ministerio de En Consejo de Ministros.

121 Ministro de la Defensa Nacional, Finanzas Públicas. emitió las Resoluciones números 15074 del 15 de octubre de 1986. 15080 del 17 de ccACUERDA: HECTOR ALEJANDRO GRAMAJO MORALES. tubre de 1986, 15083 del 16 de octubre de 1986 15082 El Ministro de Agricultura, del 10 de octubre de 1986, 12957 del 12 de septicmbre Las siguientes modificaciones al Reglamento de la Ley Ganadería y Alimentación de 1986. 12935 "A" del 10 de septiembre de 1986, 12938 de Compras y Contrataciones. contenido en Acuerdo RODOLFO ESTRADA HURTARTE. el 12. de septiembre de 1985: a través de las cual Guberhativo del 9 de julio de 1980 reformado por declaró que ha lugar a la venta de los lotes de terreno Acuerdo Gubernativo número 1039-85 de fecha 30 de que se detailan en las respectivas solicitudes, octubre de 1985. POR TANTO, Artículo 1.-E1 Artículo 39, queda así: MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL En ejercicio de las funciones que le asigna la Cons- "Artículo 39-Concepto. Se entiende por "fluctuación titución Política de la República de Guatemala en de precios" el cambio en más (incremento) 0 en su artículo 183, inciso e) y de conformidad con lo menos (decremento) que sufran los costos de los

Apruébanse los contratos individuales de Trabajo nú- preceptuado por el Decreto 1096 del Congreso de la bienes. suministros y obras. sobre la base de los premeros 3-87, 5-87 y 6-87, del 1 de abril de 1987, suscriRepública, su Reglamento y Reformas. cios que figuren en la oferta del adjudicatario, tos entre la Comandancia del Cuerpo de Ingenieros del ACUERDA: siempre que esten incorporados en el contrato". Ejército y las personas que se mencionan. Artículo 19-Vender a los peticionarios que a conArtículo 2.-E1 numeral 3) del Artículo 69, queda así:Palacio Nacional: Guatemala, 27 de mayo de 1987. tinuación se expresan, fracciones de terreno a desMinistro de la Defensa Nacional, membrarse de la finca estatal urbana, inscrita en el "3) La fórmula general para el reajusts de los preRegistro General de la Propiedad de la Zona Central, cios de los diferentes elementos que Integran cada CONSIDERANDO: con número 8795, folio 171. libro 150 de Guatemala uno de los renglones de un contrato de obra, es que formarán nuevas fincas así: a) Juana Garcia la siguiente: Que habiéndose llenado los requisitos legales corres López de Iboy, el lote de terreno número 364. que mi- "pondientes en los contratos individuales de Trabajo, cede ciento cuarenta y cuatro punto ochenta y ocho R = (C 1) 0.85 donde lebrados entre la Comandancia del Cuerpo de Ingenieros metros cuadrados (144.88 Mts. 2); b) Bernardo Tahuite

del Ejercito y los señores Juan Carlos Alvarez Mancilla, Solis, el lote de terreno número 938, que mide ciento R = Valor del reajuste Oscar Alfredo Melgar Chávez y Elmer Arely Menéndez veintitrés punto cero cuatro metros cuadrados (123.01 Calderón, mediante los cuales los nombrados se comproMts. 2); c) Carlos Humberto Trigueros Contreras. el lote E = Estimación bruta mensual de cada meten a prestar los servicios en la Dependencia Militar de terreno número 860 que mide setenta punto cua:enta renglón en mención, es procedente aprobar los referidos cony dos metros cuadrados (70.42 Mts. 2); d) Héctor Moitratos, ses Rodas Marroquin. el lote de terreno número B-108, 0.85 Factor de costo de cada estimación POR TANTO, que mide ciento diecinueve punto ochenta y nueve metros cuadrados (119.89 Mts. 2); e) María En-iqueta CasC = Factor del reajuste de cada renglón que En el ejercicio de las funciones que le confieren lostellanos (único apellido), el lote de terreno número 193, se calculará de acuerdo a la siguiente articulos 17 numeral 13 de Ja Ley Constitutiva del Ejer-que mide ciento sesenta punto sesenta metros cuadrafórmula: cito de Guatemala, Decreto-Ley 26-86; 15 literal B), in-dos (160.60 Mts. f) Maria Magda'ena Samayoa ALciso 19, de la Ley de Compras y Contrataciones 46 devarez, el lote de terreno número 1348, que mide clento su Reglamento, cuarenta y cuatro punto cero cero metros cuadrados C = K + W K X le donde (144.00 Mts. 2); g) Graciela Bari'las Monterroso. el lote 0 e ACUERDA, de terreno número 962, que mide ciento cuarenta y tres I punto treinta y tres metros cuadrados (143.33 Mts. 2); de Artículo 19-Aprobar las diez (10) cláusulas de queconformidad con los p'anos individuales evantados por o constan los contratos individuales de Trabajo que seel Ingeniero Ahmid Eduardo Daccarett, Coleg'ado 1754; mencionan a continuación, de fecha 1 de abril de 1987:Ingeniero Alfredo E. Beber B., Colegiado 562; Ingen'eK Coeficiente de ponderación que rero Amando Ramirez SalazaColegiado 2252; Ingeniero 1.-Contrato Individual de Trabajo número 3-87, ceo presenta los gastos fijos del renglónAmando M. Ramirez S., Colegiado 2252; Ingeniero A. lebrado con el señor Juan Carlos Alvarez Mandel contrato Roberto Paz Graieda Colegiado 1721; Arquitecto Oscar cilla, quien se compromete a prestar sus serviciosH. Velásquez. Colegiado 234; Ingeniero Alfredo E. Becomo Supervisor de Obras del Cuerpo de IngeM Sumatoria

ber B., Colegiado 562. nieros del Ejército, con sueldo mensual de trescientos veinticinco quetzales exactos (0325 00), conArtículo 29--Los precios para la venta de estos lotes K Coeficiente de ponderación de cada de terreno fueron fijados a razón de dos quetzales elemento dentro del renglón del con-cargo a la partida número 87-0601-1.022-06-022-01 del Presupuesto General de Gastos de Funciona-(Q.2.00) por metro cuadrado, de conformidad con el trato miento vigente. Acuerdo Gubernativo número 1369-85 de fecha 30 de Ie = Indice de precios del elemento en eldiciembre de 1985, el valor total deberá ser cancelado 2.-Contrato Individual de Trabajo número 5-87, ce-por el respectivo interesado, en la Dirección General mes a que corresponde la estimación lebrado con el señor Oscar Alfredo Melgar Cha-de Rentas Internas, previo al otorgamiento de su esde trabajo vez, quien se compromete a prestar sus servicioscritura traslativa de dominio. como Técnico en Planificación del Cuerpo de In-, I = Indice de precios del elemento en el genieros del Ejército, con sueldo mensual de tres-Artículo 39-La venta queda sujeta a la condición e mes de apertura cientos veinticinco quetzales exactos (0325.00), conresolutoria consistente en que los compradores, no pode ofertas. A a

cargo a la partida número 87-0601-3.092-03-022drán vender sus lotes de terreno durante un término 06 del Presupuesto de Capital Inversión de diez años ni darlos en arrendamiento durante c'nco La suma de todos los coelicientes de ponderación debe 3.-Contrato Individual de Trabajo número 6-87, ce-años. y b podrán gravar únicamen'e para construcción dar como resultado la unidad, lebrado con el señor Elmer Arely Menéndez Cal-0 introducción de mejoras. Los términos anteriores serán contados a partir de la fecha de la publicación delLas unidades ejecutoras de obras por contrato deben derón, quien se compromete a prestar sus servicios como Ingeniero del Negociado Asesor de In-presente Acuerdo Gubernativo en el Diario Oficial. Enestablecer. de ser posible en las bases de licitación y geniería de la Sección de Operaciones de la Com-caso de incumplimeinto, lote de terreno volverá al obligatoriamente en contratos. las fórmulas partidominio del Estado sin necesidad de acción judicial. culares de reajuste de precios derivadas de la fórmula pañía de Ingenieros de Comando del Cuerpo de general, aplicables a cadalcaso según la naturaleza deIngenieros del Ejército, con sueldo mensual deArtículo 49-Se autoriza el Procurador General de la la obra de que se trate" trescientos veinticinco quetzales exactos (0325 00),Nación, para que ante los oficios del Escribano del Gocon cargo a la partida número 87-0601-1 022-06-bierno otorque las correspondientes escrituras trasla-Artículo presente Acuerdoempezará ta tregir

022-01 del Presupuesto General de Gastos de Fun-tivas de dominio a favor de cada uno de los interesados.el día sigu cionamiento vigente. de au ANABUTEDsu publicación en el Diario Oficial. Artículo 59-El presente Acuerdo empieza regir al Comuniquese Artículo 20.-EI presente acuerdo empieza a regir alsiguiente día de su publicación en el Diarlo Oficial. día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. MARCO VINICIO CEREZO AREVALO. Comuniquese. Comuniquese.

MARCO VINICIO CEREZO AREVALO. ROBERTO VICENTE CARPIO NICOLLE.

GRAMAJO MORALES Vicepresidente de República. El Ministro de Finanzas Públicas. El Viceministro de la Defensa Nacional, RODOLFO ERNESTO PAIZ ANDRADE JUAN FRANCISCO PINTO C., ARTURO GUILLERMO DE LA CRUZ GELPCKE 642878-5-Junio Viceministro de Finanzas Públicas,

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