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Decreto 342-1965

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 342-1965
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Urbano
Año
1965

El Guatemalteco DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Registrado como eorrespondencia de segunda class en la Administración Impreso en Diarlo de Centro Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo + No. 740 América, 9a. Av. 11-34, Zona 1

DIRECTOR: BENJAMIN PANIAGUA SANTIZO TOMO CLXXIII GUATEMALA, MARTES 4 DE MAYO DE 1965 NUMERO 53

SUMARIO Articulo 30.-Los yacimientos naturales de Artículo 12-Sin perjuicio de lo que disponsustancias minerales se dividen en canteras can otras leyes, no podrán adquirir derechosy minas mineros por si 0 por medio de terceros perso nas' a) Les Estados o gobiernos extranjeros, ni ORGANISMO EJECUTIVO Son «canteras» los yacimientos de mármol y las empresas de Estados o gobiernos extranjede piedra que sirven para trabajos de artesania,ros: b) Los funcionarios y empleados públicos ornamentación 0 construcción asi como las puque directa o indirectamente y de conformidad 70lanas, arenas, arcillas, gravas, calizes, yesosDecreto Ley Número 342 (on este Código deban intervenir, resolver o y demás sustancias que se utilizan generalmendictaminar en asuntos mineros. Esta última pro-te para la construcción, excepto los de fosfahibición 98 extiende a los parientes dentro del

tos, nitratos, sales asociadas y los de cualquiergrado de ley, pero no comprende las concesiootro mineral del que se pueda extraer metales. nes mineras obtenidas en época anterior a la feANUNCIOS VARIOS cha de toma de posesión del cargo " del em-Son minas> los yacimientos de sustancias mipleo, ni las adquiridas por herencia.nerales diferentes de las contenidas en las canteras. Artículo 13 Estado podrá declarar cerradas temporalmente o definitivamente determi Cuando haya duda acerea de si una sustan-Constitución de sociedades Modificación de nadas áreas a la actividad minera. evando asi lo cia, es cantera o mina, la Dirección General de exija el interés público, cuando esten compren-Mineria e Hidrocarburos decidirá. didas en programas o proyectos de urbanismo 6 para proteger las riquezas forestales arqueo-Para los efectos de este Código se consideran logicas o roológicas. minas y canteras a todos los yacimientos, veneFE DE ERRATA ros y otros depósitos de sustancias minerales, Las concesiones mineras vigentes en exas áreas ya sea que se encuentren en forma de filones, al momento de la declaración. conservarán su veras, masa, formaciones lateríticas, capas, man-validez En el Tomo CLXXIII, número 37, de fecha tos, aluviones 0 placeres y cualquiera 0158 clase 10 de abril de 1965, de este Diario, salió publide formaciones subterráneas, superficiales ocado Acuerdo Ministerial que contiene las mixtas. CAPITULO III

nuevas tarifas que por servicios aplicará la Empresa Portuaria Nacional Matías de Galvez. Por Artículo 40.-El petróleo y sus derivados esDel reconocimiesto un error de copia, en la sección III. MUELLAtán sujetos a su ley específica. El ejecutivo JE POR EXPORTACION. aparece -Banano cuando 10 juzgue necesario, regulará temporal o Articulo 14-La licencia de reconocimiento 0.125Debiendo ser lo correcto: «Banano y definitivamente para su exploración, explotafaculta al titular, sin exclusividad, para efectuar plátano 0.125. ción, transporte, venta y exportación: a) El carlos estudios p exámenes necesarios con el objebon mineral, el grafito y el azufre; " El oro, to de localizar sustancias minerales, siempre el platino y las piedras preciosas; c) Las sustan-que no sea en terrenos comprendidos dentro de cias radioactivas y otras declaradas por, el Esuna concesion de explotación. ORGANISMO EJECUTIVO tado de interés estratégico temporal: y d) AqueHas sustancias en yacimientos de ubicación parFa terrenos comprendidos en una concesión ticular que sean declaradas de -libre aprovechavigente de exploración, podrá llevarke a cabo mientos. el reconocimiento para todos aquellos minera les no incluidos en dicha concesión. DECRETO-LEY NUMERO 342 Artículo 50.-Las minas forman un bien inmueble distinto del terreno superficial. aim cuanArtículo 15.-La Dirección General de Mine

do el propietario de éste, sea concesionario de ria e Hidrocarburos concederá la licencia de re ENRIQUE PERALTA AZURDIA, la explotación de la mina 0 minas que en el conocimiento hasta por el término de un año, mismo se encuentren. padiendo renovaria dos veces por el mismo ter mino. Jefe del Gobierno de la República, Artículo 60.-Son accesorios del yacimiento objeto de concesión minera de explotación. las El área comprendida en una licencia de re construcciones. instalaciones. máquinas, equipos.conocimiento será definida por un poligono en CONSIDERANDO: útiles y demás enseres destinados permanenteel cual por lo menos uno de sus vertices deberá mente a la búsqueda, arranque, extracción, conreferirse a un punto geográfico conocido y fá- Que es necesario contar con legislación que centración, beneficio, transformación, depósito cilmente localizable Puede igualmente definir impulse el aprovechamiento efectivo de los recursos naturales no renovables del pais, mediany transporte de minerales; así como todo aquese conforme la división político administrativa llo cuya separación pudiera afectar el fin eco del pais. te disposiciones que estimulen la inversión y nomico del bien principal o amenazar su se-coloquen al Estado en posición más acorde con guridad. Articulo 16-E] reconocimiento ED terrenos FUS necesidades y con la magnitud de la riquede propiedad particular. unicamente puede eje 20 minera nacional, CAPITULO II cularse con permiso escrito del propietario o del poseedor legitimo.

POR TANTO, De los dereches mineres Si no se obtuviere el permiso, el minero po En uso de las facultades que le confiere el Artículo 70.-En relación con las minas podrá acudir a la gobernación jurisdiccional, para artículo 30. de la Carta Fundamental de Gobierdrán otorgarse licencias de reconocimiento conque esta resuelva en definitiva, ortogando o de no. cesiones de exploración y concesiones de explo-negando el permiso. previa audiencia al propie En Consejo de Ministros, tación. tario o poseedor legitimo.

DECRETA: Artículo 80-EL RECONOCIMIENTO consisSólo el propietario podrá permitir se in te en el examen superficial del terreno, con el vestigue. catee o cabe en edificios O terrenos El siguiente: objeto de descubrir sustancias minerales, utili-cultivados. Ninguna autoridad podrá conceder zando métodos adecuados. permisos para estos trabajos.

CODIGO DE MINERIA LA EXPLORACION consiste en el conjunto Artículo 17-La Dirección General de Mine de trabajus tanto superficiales como profundos,ria e Hidrocarburos podrá cancelar la licencia que sea necesario realizar para la comprobade reconocimiento, si los trabajos -e transforCAPITULO I ción de los datos obtenidos durante el reconoman en exploración o explotación En este ca cimiento, en su caso; así como estudiar si el ya-so, el titular de la licencia de reconocimiento Del daminio y clasificación de cimiento es susceptible de explotación directano podrá obtener otra antes de un plato de treslos minerales y utilización industrial. años. La cancelación de la licencia de reeonocimiento no da lugar a indemnización. Artículo 10.-Son bienes de la nacion, para LA EXPLOTACION consiste en la extracción los efectos de este Código, los minerales que de sustancias minerales para disponer de ellas Artículo 18-La licencia de reconocimiento se encuentren dentro de los limites terrestres con fines industriales, comerciales 0 utilitarios.es personal e intransferible y una misma persoo marítimos del territorio nacional, ye sea sona no podrá obtener más de una a la vez. bre, en, o bajo la superficie de la tierra, rios, Artículo 90.-Para llevar a eabo operaciones lagos, mares y plataforma continental; con exde reconocimiento, exploración y explotación de Artículo 19-La licencia de reconocimiento cepción de las canteras, que se sujetarán a reminerales, es requisito Indispensable la previano implica derecho ni prioridad para la obtengulación especial. Su dominio sobre los mismos obtención de la licencia o derechos respectivos.ción de concesiones de exploración o de explo-tación. es inalienable e imprescriptible. Artículo 10-Toda persons capaz, individual DI titular de una licencia de reconocimiento F1 Estado puede otorgar a particulares, por 0 jurídica, nacional 0 extranjera, podrá adquia quien el ejecutivo negare la concesion de ex tiempo determinado, los derechos de reconocirir licencia de reconocimiento o concesión de ploración o de explotación, tendrá derecho amiento, de exploración y de explotación de miexploración, siempre que cumpla con las disporecibir el uno por clento de la utilidad neta

nerales; ejecutar esas operaciones por si mismo siciones que esta ley determina, salvo las excep-anual de explotación, si en la ubicación en queo asociarse para ello. ciones que la misma señala. hubiere descubierto indicios de sustancias mine rales, se otorgare ulteriormente una concesión Artículo 20.-Se declaran de utilidad y neceArtículo 11-Las concesiones de explotación de explotación a otra persona individual o ju-sided públicas la exploración y la explotaciónsolamente se podrán storgar a personas indiviridica. Tal derecho durará el tiempo de la ex-de Jas sustancias minerales, inclusive su concenduales guatemaltecas y a personas jurídicas plotación, pero en ningún caso excederá de vein-y transformación. to años a contar de la fecha en que ae-inicle la458 EL GUATEMALTECO.-DIARIO OFICIAL NUMERO 53 mismas 10/ pago del inporcentaje indicada corres,> Articulo concestonario der exploración económico de lostyacimientos y determinar los ponde al concesionario de lacexplotacion podrá ejecutart cualesquiera trabajos a operaprocedimentos para su beneficio, fijando ciones tendientes estableser la existencia cite el volumen tonelaje adecuado.Artículo 20. El titular detuna elicencia de explotabilidad de las sustapetas minerales obje reconocimiento puede renunciar a ella, anteria to concesion, inclusive los de agrinsensur Articulo 42-EX titular de una concesión de Dirección General de Minerfa e Hidrocarburos, ra, barrenamiento, excavaciones, perforación de exploracion puede renunciar a ella parcialmenmediante declaración legalizada. galerias Y otras operaciones subterráneas, su te o en su totalidad, mediante declaración autenperficiales aéréas, estudios topográficos, geoticada por notario, presentada ante la Dirección CAPITULO IV logicos, geoquímicos, geofisicos y otros estudios General de Minería e Hidrocarburos. y pruebers, pedrá construir retirer edificios, Delelibre aprovechamiento campamentos e instalaciones auxiliares, e insEn caso de renuncia parcial, será, necesaria talar emplear, dentro fuers de los limites una nueva definición de los limites, así como Articulo 21 -Loe minerales de aluvión en lade la concesion. cualesquiera medios de transuna nueva evaluación de la inversión micima vaderos placeres, metaliferos 0 de carácter porte y comunicación que sean convenientes. anual. no metalifero; son de libre aprovechamiento siempre que su explotación se haga por lavado a la Artículo 33 titular de una concesion de No seri válida la renuncia. en tanto el litubatea-u otros procedimientos manuales y que exploración tiene derecho: lar no haya cumplido con todas los obligaciose Lallen en eriales de cualquier dominio, 0 en nes contraidas como consecuencia de su concelos cauces de los rios del dominio público que10.-A la prorroga de su concesión, si prueba sign. 0 comprobado que las ha garantizado deno esten amparados por concesión minera vihaber cumplido con todas sus obligaciones bidamente.

gente. durante el periodo precedente de la con cesion; pero en todo caso, cada prórroga Artículo 43-El titular de una concesión de Cuando el aprovechamiento requiera el emsólo comprenderá la mitad de la superfiexploración podrá pedir, en cualquier momento, pieo de dragas 0 implementos mecanicos, 0 se cie subre la que la concesión estaviere vidurante el plazo original o prorrogado de la haga establecimientos fijos, quedará sujeto gente. misma, que se le otorgue la concesión de explo al régimeu de concesiones de explotación. :ación a que tiene derecho. mediante solicitud 20-A que se le otorgue la concesión de exploeserita presentada ante el Ministerio de Econo-tación, si prueba ante la Direccion GeneArtículo 22-Cuando en una explotación de mía en la forma establecida en el Capitulo XII.ral de Mineria e Hidrocarburos la existenlibreaprovechamiento se descubriere el uso de cia de un yacimiento explotable Jentro del procedimientos distintos a los previstos en el CAPITULO VII perímetro de la concesión de exploración:primer párrafo lel-artículo anterior, O. que se de conformidad con el artículo 89. explotan minerales que no sean de aluvion en De las concesiones de explotación Invaderos 0 placeres, la Dirección General de 30.-A disponer de las sustancias minerales exMineria e Hidrocarburos ordenará la inmediata traidas durante los trabajos de exploración Articulo 44-Salvo derechos adquiridos la

suspensión de los trabajos e impondrá al infraccon autorización de la Direccion General concesión de explotación confiere a su titular, tor las sanciones estipuladas en el Capitulo XV de Minería e Hidrocarburos. dentro de los limites de su perimetro, el derede este Código. chq exclusivo de explotar las sustancias minera-Artículo 34-La concesión de exploración se les para las cuales la corcesión ha sido otorgada. Artículo 23-E1 libre aprovechamicnto es a considera un derecho real, indivisible, no susArtículo 45-La concesión de explotación da título precario y. por lo tanto, cesará cuando ceptible de arrendamiento ni de hipoteca: puederecho al titular a la extracción de las sustanel interés público así lo exija. de ser enajenada con autorización de la Direccias minerales que se encuentren en el yacición General de Minería e Hidrocarburos, solamiento meacladas con los minerales para los Artículo 24-La Dirección General de Miremente en su totalidad. cuales la concesión de explotación ha sido otorria e Hidrocarburos podrá declarar en ciertos gada. debiendo solicitar ampliación de la conlugares zonas de libre aprovechamiento>. Cada Articulo 35-La concesión de exploración es cesión a dichas sustancias, para su venta. zona estará comprendida en el interior de un otorgada según el poder disorecional del Esta cuadrado que abarque los yacimientos, cuyos lado. teniendo en cuenta fundamentalree las La ampliacion de la concesion a otras sustan

dos no serán mayores de cinco kilómetios y escapacidades técnicas y financieras del solicitancias no conexas puede en todo momento ser tarán orientados Norte-sur y Este-oeste. Los trate. 3 sin que en ningún caso la decision del Essolicitada por el titular. quien tiene derecho bajos subterráneos en dichas zonas no podrán tado pueda dar lugar a indemnización alguna. preferente. Para obtener esta ampliacion, debetener más de cinco metros de profundidad. En igualdad de condiciones, deberá darse prerán llenarse los mismos requisitos que para laferencia a guatemaltecos o sociedades cuyo caconcesión original. Artículo 25.-Toda persona que desee trabapital sea guatemalteco en más del cincuenta y jar en las zonas de libre aprovechamiento. deuno (51%) por ciento, Artículo 46.-La concesión de xnlotación herá obtener de la Dirección General de Mineconstituye un derecho real, de plazo limitado. ría e Hidrocarburos previa identificación una Artículo 36.-Las concesiones de exploracion susceptible de hipoteca: pero en caso de ejecu tarjeta especial de minero válida por 5 años, lase otorgarán por el Ministerio de Economia, por ción no podrán ser adjudicatarias las personas que podrá ser renovada. un término no menor de un año ni mayor de que tengan prohibición para adquirir derechostres, segun la extensión, ubicación y otras camineros. Esta tarjeta, que es intransferible, no podráracteristicas del área 0 áreas que comprendan

considerarse licencia de reconocimiento. de los problemas técnicos del caso, y podrán Previa autorización del Ministerio de Econo ser prorrogadas una 0 más veces siempre que mia. la concesion de explotacion puede ser ceCAPITULO V su duración total. inclusive las prorrogas, no dida, traspasada, arrendada. dividida, n unifi exceda de cinco (5) años. cada con otras de la misma clase. El Ejecutivo De la unidad de medida, forma y CE tales (asos podrá modificar el plazo original, superficie de las concesiones Al otorgarse la concesión se especificarán el tomando en consideración la extension y la ri-área 0 áreas. la substarria o substancias mine queza de los yacimientos. Artículo 26-Para los efectos de esta ley, larales comprendidas en ella y la duración de la unidad de medida superficial es el kilometro misma. Articulo 47-Todo arrendamiento, cesión O cuadrado. traspaso. incluye los accesorios del yacimientoLa superficie se determinará en cada caso, objeto de la concesion, salvo pacto en contrario. Artículo 27.-La concesión de exploracion tomando en consideración la magnitul de los constituirá un poligono irregular con una super-trabajos indispensables para una exploración El Ministerio de Economia autorizará el arren ficre comprendida entre diez (10) kilómetros cfectiva. damiento O e' traspaso, siempre que los adqui cuadrados como mínimo y cinco mil (5,000) kirentes se societan expresamente a 133 misinas lómetros cuadrados como máximo; pero cuando Artículo obligación del concesionario obligaciones del titular original y comoruchen

se trate de las sustancias comprendidas en el de exploración invertir, en la ejecución directa su capacidad para cumplirlas. segundo párrafo del Artículo 40., se podrán otor-de los trabajos y operaciones de exploración. gar extensiones mayores. una suma micima anual que será determinada en cada caso en el acto del otorgamiento. teLos casos de sucesión y donación por causa Será limitada por lineas rectas que unan pun-niendo en cuenta la superficie de la concesion, de muerte. se regularán por las disposiciones tos de coordenadas geográficas definidas, 0 porel tiempo de validez, su ubicación y las dificul-legales respectivas. lineas topográficas O geográficas reales de ca tades particulares de exploración. acter permanente, fácilmente reconocibles V que permitan distinguir sin ninguna ambiguedad lasArtículo 38-Para los efectos del ininimo esArtículo 48-E1 concesionario de exolotación zonas comprendidas en la concesión. La descrip-tipulado en el artículo anterior, el monto total podrá ejecutar dentro de los limites de su conción de la concesión indicará sus ángulos. queinvertido será la suma de todos los gastos recesion, toda clase de operaciones y trabaios sub lacionados con los trabajos y operaciones de exterráneos, superficiales y aéreos que directa 0serán los puntos de intersección de ias líneas ploración, inclusive los pagos efectuados 0 que indirectamente se relacionen con la explotaciontopográficas o greográficas. deban efectuarse a terceras personas por el uso de las sustancias minerales abarcadas por la

Artículo 28-La concesión de explotación tende su propieded 0 en relación con esta, y la concesion Podrá realizar fuera de los limites drá la forma de rectángulo orientado norte-suramortización razonable de las inversicaes efecde la concesión. sujetándose a las prescripcio y este-oeste. cuya superficie máxima será de (uadas en bienes de capital, que se empleen nes de este Codigo y en su defecto a las conte nidas en las leyes aplicables. todas las operacioveinte (20) kilómetros cuadrados. La concesión exclusivamente en tales trabajos y operaciones. nes y trabajos necesarios 0 converientes parade explotación debe estar siempre comprendida en el interior del perímetro de la concesión de Artículo 39-E1 concesionario deberá comel deramollo de la empresa. como concentracion. exploración de la cual se deriva. probar la cantidad invertida según el artículobeneficio, transformación. transporte, disposionterior, con documentación fehaciente. que re: ción y venta de las mismas sustancias ininerales. Artículo 29.-Ninguna persona individual 0 na las formalidades legales necesarias juridica podrá obtener más de quinientos (500) Articulo 49.-El titular de una concesion 0 kilómetros cuadrados en concesiones de exploArtículo 40-E1 concesionario de exploración :.plotacion puede renunciar a ella en calque tación. deherá rendir un informe anua' a la Irireación incrento, parcialmente o en su totalidad. con

General de Mineria e Hidrocarburos, lentro de autorización del Ministerio de Economia, 511 Artículo 30.-No obstante lo dispuesto en el los meses de enero a abril inclusive sofire sus pre que la misma no estuviere gravada y n e artículo 28, en el caso de un yacimiento a exrabajos y operaciones del and anter'or one haya satisfecho todas sus obligaciones con plotarse situado en el lindero de una conce contenga amplia información técnica, finan lación al Estado y a terceros 0 que hayn tomaco sión de exploración de forma cualquiera, el área ra y de operación. todas las medidas pertinentes para cumplirlas de la concesión de explotación podrá tener una forma irregular en to que respecta"a ese linAll término de una concesión (ie exploración. Fn caso de remuncia parcial, deberá hacouse deros; pero lossotros limites deben ser orienta3 en caso de renuncia, el titular que's oblige la demarcacion del nuevo perimetro de la tados norte-sur y este-oeste. do ? remitir R la Dirección General de Mineria cesión. C Hidrocarburos todos los documentos que le CAPITULO VI sean pedidos. relativos los trabajos Ac exploArtículo 50-La concesión de explotación se ración. La información"s que se refiere este otorgará por el Ejecutivo por un termino no articulo no podrá divulgarse sin el sentimienmayor de 40 años, prorrogables hasta por 20De las concesiones de exploración to escrite del concesionario, sino hasta transañus más. La protroga podrá solicitarse después

curridos 3 años desdersu recepción. de transecurrida la mitad del period-> original.Artículo 31-Salvo derechos adquiridos last Tanto la concesión como la prorroga, se otorgaconcesión de exploracion confiere subtitular, Artículo 41-La Dirección General de Minerán por acuerdo gubernativo en Consejo.de Mi-dentros de los limites de su perfmetro indefix rie e Hidrocarbures actorDar los cont nistros. nidamente on derechor exclusives cesionarios de export de exploración de las sustancies minerales tacionary is cantidades Para is fijación del tomarse para otorgada rai que sean en consideración la calidad condiciones pro-NUMERO 53 ELGUATEMALTECO--DIARIO-OFCIAL 459 pias: del yacimiento, Ia inversión de capital que0 artificiales, fuera del area de la concesión, podrá, tomarlas en zonas próximas. siempre la explotacion fequiera asi como todas las depara el empleo que estime conveniente de con Cque no perfudique los derechos de los vemás circunstancias pertinentes. formidad con la legislación civil sobre tal clase cinos. de servidumbres. Artículo 51.-Tres años antes de vencerse el El concesionario queda obligado 3 pagar intérmino de la concesion de explotación 0 de Articulo 59.-Gozaran, asimismo, de ,iguales demnisacion a) dueno de la superficie por los la prórroga en su caso, el Estado resolverá si aderechos respecto a servidumbres establecidatios y perjuiçãos que le ocasione el uso y aprose hará cargo de la explotación por su cuenta beneficio ade minerales relación yechamiento de las aguas a que se refiere este al vencimiento, La Dirección General de Minejos predios vacinos at ubicasión. articulo: SI no hubiere acuerdo entre ellos acerria e Hidrocarburos notificara dicha resolución ca del monto de la indemnización que pudiere al concesionario, quien estara obligado coopeArticulo 60.-Las servidumbres y demás decorresponder los interesados podrán acudir ante rar COH el Estado durante el tiempo restante rechos consignados en el presente capitulo, se tribunal compente. del término de la concesión para evitar la inconstituirán previa indemnizacion por el perjui terrupción de las labores. En caso que el orgadirecta o indirectamente: se causare a Artículo 66--Si para la realización de los tranismo Ejecutivo resolviere otorgar una nueva L.los propietarios de terrenos o a eualquier bajos y operaciones necesarios de una conce concesión, el concesionario gozara de derecho otra persona que tenga derecho. sion fuere preciso emplear el agua utilizada por preferente. otro concesionario, el titular de la mieva conArtículo 61 -Las servidumbres a que se re cesion tendrá derecho a tomarla, siempre que Artículo 52-E1 concesionario de explotación fiere este capitulo. son esencialmente tempora liene los requisitos siguientes: deberá rendir anualmente a la Dirección Geneles: no: podrán aproyecharse para fines distinral de Mineria e Hidrocarburos, dentro de los tos de aquellos para los cuales se establecen a) Que provea previamente, a su costa y en

meses:de enero a abril, un informe. escrito so cesarán una vez terminado su aprovechamiento cantidad suficiente, otra agua para los tra bre sus trabajos y operaciones del año anterior, bajos y operaciones relativas a la conceque contenga amplia información financiera y Artículo 62-Las servidumbres constituidas sión anterior: y técrfica de sus operaciones mineras. Las autori sobre un predio por razón de explotaciones mir) Que indemnice al concesionario minero afecdades competentes tienen facultad para que se neras, deberán inscribirse tanto en el Registro tado, por cualquier daño que le ocasione les revele o proporcione aeceso a la informade Minas, como en el de la propieded. la variación del cauce. ción técnica, financiera de operaciones mineras, así como la información relativa a las inArtículo 63-E1 organismo Ejecutivo podrá Artículo 67 el caso de que se transfie terpretaciones y conclusiones de carácter geolodar en arrendamiento a los concesionarios de 120 los derechos de concesiones minoras, habrá gico O geofisico. Esta última no podrá divulgarexplotacion, los bicnes del Estado que necesi igualmente transferencia de los relativos a las se sin el consentimiento escrito del concesioten y que se encuentren fuera de los limites aguas nario durante el periodo de vigencia de la conde la concesion, sujetándose a las disposiciones cesión. legales pertinentes. Articulo 68-Cualquier interesado podrá de nuncar ante la Dirección General de Mineria CAPITULO VIII CAPITULO IX · Hidrocarburos el mal uso de las aguas 0 su

desperdicio. Dicha dependencia. prev comproDel uso y aprovechamiento del suelo Del uso y aprovechamiento de las aguas bacion de la denuncia, impondrá a' concesiopor les concesionaries mineros hario culpable las sanciones del caso. Artículo 53.-Los concesionarios mineros tie CAPITULO X nen derecho al uso y aprovechamiento del sueArticulo 64--Todo concesionario minero tie to dentro de los limites de su concesion, parane derecho al uso y aprovechamiento de las De las relaciones entre concesionaries mineros la ejecucion a todos los trabajos y operaciones aguas de uso común y de dominio nacional, asi que sean necesarios para realizar los fines de como de aquellas que broten 0 aparezcan en sus la misma. labores mineras, para emplearias en los traba Articulo 69.-Sohre las áreas de ias conceirs y operaciones de su concesión y en todo siones minera< pueden constituirse servidumPodrán, además. adquirir el uso de los terre-cuanto con éstos se relacione. en las cantidades bres en favor de las de otras concesiones nos de la nación y de particulares, situados fue-que necesite, de conformidad con la lezislación ra del área que ampara su concesión onservancivil y dentro de las limitaciones siguientes. en Articulo 70-EI concesionario que utilice una do las leyes respectivas. lo que sean aplicables: servidumt re ya establecida en otra corcesion esta obligado a indemnizar: Artículo 54.-Los concesionarios mineros, lle. a) Que no se perjudique a los habitantes de

nando los requisitos legales correspondientes. a) Los daños ocasionados en las áreas del otro las ciudades, poblados o caserios que se sur-tienen derecho: concesionario: y tan de las respectivas aguas; b) Los daños que la constitución de servidumh) Que las cantidades no sean mayores que bres subterráneas ocasione al otro concea) A1 uso de las vias públicas y demás melas necesarias para los fines a que se des sionario. dios de comunicación: tinen, y que se respeten los derechos pre b) Al tránsito de personas animales, vehicuferentes que existan para la utilización de Articulo 71 --Para el salvamento de trabaja los, máquinas, minerales y materiales, a tralas respectivas aguas: Jores mineros. en caso de peligro 0 accidente, vés de las fincas y terrenos que separen lasC) Que cuando las aguas se deriven de rios se podrán emprender en concesion ajena 0 preminas y demás instalaciones de la concenavegables 0 flotables, no se perjudique di S vecinos, los trabajos necesarios. En tal casión, de las estaciones ferroviatias, termila navegación 0 flotación, sea por la dis so. se avisarà inmediatamente a los interesados nales, aeródromos, puertos, vias públicas u minución de aguas o por el arrastre de tiey = la Dirección General de Mineria e Hidrocar otros medios de acceso: rras 0 arenas; huros.

cl A la construcción y uso de acueductos y d) Que las aguas no inutilicen ni contaminen desagües a través de las fincas que se in las corrientes o los lagos 0 lagunas en que Articulo 72-Cuando dos 0 más concesiona terpongan entre los lugares de captación 0 se descarguen: y rios mineros sufren la amenaza O las consecuen descarga, y las minas. plantas de beneficio e) Que las aguas que contengan sedimentos. (ias de una inundación que imposibilite la ex. y otras instalaciones de la concesión. Esta substancias coloidales 0 arenas en suspentraccion de los minerales. la Direccion General servidumbre comprende la de paso para sión, se dejen decantar en un espacio 0 70 00 Mineria e Hidrocarburos podrá obligarlos a mantener en buen estado tales obras; y na cerrada antes de dejarlas correr. cjecutar co

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