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Decreto 35-1973

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 35-1973
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Civil
Año
1973

Diario Imerica

CONTROL ANTES EL GUATEMALTECO CONTROL

NSA LIB

NSA

ORGAN OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATE MALA, A.

Decandide la Centroamericana

REVISTAS REVISTAS

Director: Periodista Augusto Acuña G. Fundado Austs de 1880

Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 Calle 6-72, Zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18

TOMO CXCVI GUATEMALA, MIERCOLES 25 DE JULIO DE 1973 NUMERO 76 la posesión, uso y aprovechamiento de las zonas SUMARIO Artículo 50 El arrendamiento podrá ser conceseñaladas con tal carácter, es necesario ordenar,dido hasta por un período de 35 años, para todasbajo régimen unificado y en un solo euerpo, las las zonas de reserva; con excepción de las áreas normas aplicables a las distintas situaciones queque circunden las fuentes y manantiales donde ORGANISMO LEGISLATIVO puedan presentarse; nazcan las aguas que surtan a las ciudades o poblaciones, que no podrán ser objeto de ningúnCONSIDERANDO: contrato. Cuando el destino del predio arrenda-Decreto Número 35-73 do sea la construcción y funcionamiento de hote-Que dada la importancia que para el desarrolloles de categoría adecuada, según la zona, a juicioDECRETO NUMERO 48-73 integral del pais representa la protección a la in-del Ejecutivo, dicho período podrá ser hasta dedustria turística, es conveniente asimismo, con-50 años. El arrendamiento a que se refiere esteDECRETO NUMERO 49-73 signar disposiciones que tiendan a crear y fomen-artículo es prorrogable.

tar incentivos para el incremento de dicha actiArtículo 69 Para obtener la autorización del vidad, mediante el ensanche, mejoramiento y cm-contrato de arrendamiento, los interesados debeORGANISMO EJECUTIVO bellecimiento de sitios que, como las playas ma-rán acreditar: idoneidad del solicitante, con in-rítimas y lacustres, pueden llenar tal objetivo.dicación precisa del destino que dará al inmueble, arrendado; su nacionalidad; y su capacidad ccoMINISTERIO DE AGRICULTURA POR TANTO, nómica, cuando el destino del inmueble implique En uso de las facultades que le confiere el ar-la realización de obras y trabajo para su aproApruébase en la cantidad que se menciona, el Pre-tículo 170, inciso 19 de la Constitución de la Re-vechamiento; además, de los requisitos anteriosupuesto de Ingresos y Egresos del Instituto do arrendamiento. refiere a las Reservaspública, Ciencia y Tecnologia Agricolas ICTA, por el peonales de los lagos, de Amatitian, Atitian, ríodo comprendido del 10. de enero al 31 de diDECRETA: (Petén), e Izabal, deberán acompañarse: ciembre de 1973. los planos 0 detalles de las obras a construirse y La siguiente: tiempo para llevarlas a cabo, estimación de-su costo y cualquier otro dato que se juzgue oportuMINISTERIO DE ECONOMIA no requerir para acreditar la finalidad turistica LEY REGULADORA DE LAS RESERVAS de embellecimiento 0 deporte que se persiga.

Artículo 79 La renta por concepto de arrenda-Otórgase al señor Humberto Diaz Paiz, para la empresa de su propiedad denominada «Talleres DE LA NACION miento de los predios a que se contrae esta ley Se Gráficos Diaz Paiz>. clasificación de Industria Pagawa anualmente 0 mensualmente, según se haexistente dentro del Grupo «C»; y equipárase ya acordado en el contrato correspondiente, enArtículo 1º De acuerdo con el artículo 130 de con la similar guatemalteca «Byron Zadick, S. la Constitución, son Reservas de dominio de la la Tesorería Municipal de la jurisdicción respectiva. Su monto se fijará tomando como base etA.>. Nacion: una faja terrestre de tres kilómetros a valor estimativo del inmueble determinado de con-lo largo de los océanos; contando a partir de la linea superior de la marea, de 200 metros alrede-formidad con el expertaje de las oficinas fiscales, ANUNCIOS VARIOS en la siguiente proporción:dor de las orillas de los lagos; de 100 metros a cada lado de las riberas de los ríos navegables; ya) Para los situados a orillas de los lagos y Autorizaciones farmacéuticas. Matrimonio. - So50 metros alrededor de las fuentes y manantiales ríos navegables, de uno a tres mil metros licitud de nacionalidad. Constitución de sociedonde nazcan las aguas que surtan a las ciudades cuadrados 6%. Cuando el destino del indades. Modificación de sociedades. Patentes y poblaciones; mueble sea industrial, comercial o de cualde invención. Registro de marcas. Titulos quier otro carácter que signifique interés supletorios. Edictos. Licitaciones. Se exceptúan de las expresadas reservas: de lucro la renta será del 10% Remates. b) Para las zonas situadas a la orilla de los10 Los inmuebles situados en zonas urbanas. mares, se aplicará la escala siguiente: De29 Los bienes sobre los que existan derechos Banco Agrícola Mercantil. Balance General conuno a 10,000 metros cuadrados 3%; deinscritos on el Registro de la Propiedad,densado consolidado al 30 de junio de 1973. 10,001 a 20,000 metros cuadrados 2% 20,001antes del nueve de febrero de mil ochocienmetros cuadrados en adelante 1%. Siempretos noventa y cuatro. Productos de Maiz y Alimentos, S. A., Guatema39 Los bienes sobre los que existan derechos que el inmueble se destine a la industria, la, C. A., Balance General al 30 de septiembre agricultura, comercio O cualquier otro fininscritos en el mismo Registro, con ante-de 1972. lucrativo, el porcentaje será el doble de losrioridad al primero de marzo de mil noconsignados. Pinturas Fuller de Centroamérica, S. A.: Balance vecientos cincuenta y seis, siempre que el

General 30 de septiembre de 1972. Estado no tenga la posesión de los mismos. En todos los casos, del monto percibido por eI arrendamiento, corresponderá el 50% a las mu-Los extranjeros necesitarán autorización del Empresa Distribuidora Centroamericana de Penicipalidades en cuya jurisdicción se encuentreEjecutivo para adquirir en propiedad inmueblesliculas, S. A., Balance General al. 31 de diciemel inmueble objeto del contrato, el cual servirácomprendidos en las excepciones de los incisos se-bre de 1970. para satisfacer las necesidades más urgentes degundo y tercero, teniendo el Estado derecho de la localidad; y el otro 50% al Ministerio de AgriRichardson Merrell Interamericas, Inc., Balance preferencia en todo caso. cultura, para los gastos de funcionamiento de la General al 30 de junio de 1972. oficina que se encargará de la tramitación y re-Artículo 20 Unicamente el Estado, las municigistro de los expedientes de arrendamiento. El palidades, las instituciones del Estado y los gua-pago se hará en las oficinas fiscales correspon-temaltecos comprendidos en el artículo 59 de la dientes. Constitución, 0 las sociedades cuyas calidades se ORGANISMO LEGISLATIVO determinarán en el Reglamento respectivo, poArtículo 80 Los arrendatarios no podrán, bajo drán adquirir derechos reales en los inmuebles pena de nulidad subarrendar los inmuebles objeque total 0 parcialmente se encuentren dentro de to del contrato. Los arrendatarios podrán melas zonas que constituyen Reservas de la Nación. diante escritura pública ante Notario, enajenar En las áreas urbanizadas que quedan dentro de 0 gravar las construcciones, instalaciones y CIV DECRETO No. 35-73 dicha zona, podrán adquirir derechos de propiegeneral las mejoras de su pertenencia que en didad los extranjeros, sin perjuicio del derecho de chos inmuebles exista, quedando obligado el Nopreferencia que en todo caso corresponde al Estario a dar el aviso correspondiente, con el obEL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, tado. jeto de que se inscriba a donde corresponda el nuevo arrendatario, quien desde ese momentoArtículo 39 Podrá darse en arrendamiento a ejercerá los derechos correspondientes. En todoCONSIDERANDO: particulares en general, propiedades rústicas 0 caso, el Notario cuidará de lo relativo a las ca-urbanas situadas dentro de las zonas de reservas lidades del nuevo arrendatario. Que el artículo 130 de la Constitución establece mencionadas, mediante contrato que deberá auArtículo 99 Los contratos de arrendamiento quelas reservas de dominio de la Nación sobre las torizar el Ministerio de Agricultura. El contrato se suseriban conforme a la presente ley, deberánareas terrestres a lo largo de los océanos y a la constara por escrito, y será celebrado con el Miser aprobados por medio de Acuerdo Gubernativo,orilla de los lagos, ríos navegables y de las fuennistro 0 con la persona que éste designe, si se A partir de la fecha de tal Acuerdo Gubernativo,tes y manantiales donde nazcan las aguas que trata de arrendatarios domiciliados en la capitallos arrendatarios tendrán un plazo de un año

surtan a las poblaciones, con las excepciones conde la República, 0 con el Gobernador del Depar-dentro del cual deberán tener debidamente cer-siguientes; no obstante lo cual se carece de retamento en cuya jurisdicción se encuentre el incados, cultivados de árboles ornamentales 0 frugulaciones legales adecuadas y congruentes que mueble, si se trata de arrendatarios locales, detales, las propiedades arrendadas; 0 en su defeefijen los alcances de tal precepto, puesto que a biendo en el mismo transcribirse la autorización to, deberán tener construcción en las mismas?la fecha rigen en esta materia disposiciones parotorgada por aquel Despacho. Corresponderá a las municipalidades de la juris-<iales, dispersas y anacrónicas que no cubren los Artículo 4° Los inmuebles arrendados no podicción respectiva la supervisión del cumplimiendiferentes aspectos que comprende; drán exceder de una extensión de 90.2514 hectá- to de las obligaciones anteriores. En caso de inreas (equivalente a dos caballerias) en la Zona cumplimiento de las mismas en el plazo especifi-CONSIDERANDO: de Reserva marítima y de tres mil metros cuacado, la municipalidad deberá notificar al arrendrados, si se trata de lagos y rios navegables; datario, otorgándole un plazo perentorio de tres Que a efecto de determinar el sentido legal salvo, para el segundo caso, cuando el destino sea meses, finalizado el cual deberá hacerlo saber al

exacto que corresponde a las reservas de dominio la construccion de hoteles, centros eativos, SOMinisterio de Agricultura, quien en caso de inmencionadas, asi como coordinar el procedimienciales 0 deportivos, en que, a juicio del ejecutivocumplimiento, de parte del arrendatario dará por to que debe emplearse para definir y delimitar y previa autorización del Instituto Guatemalteco rescindido el contrato y el inmueble volverá a po-los derechos del Estado y de los particulares ende Turismo, podrá otorgarse mayor area, der del Estado,

DEL10 DIARIO DE AMERICA Julio .117 comisión de un cuarto del uno por ciento anualtuar pagos anuales para amortizar el principal detización del principal, pago de intereses y 0(1/4 del 1%), que se calculará sobre el monto dela deuda y pagos nor semestres vencidos para cu-gastos, hasta la total cancelación de la deudlos Bonos en circulación a cada último del mes,brir los intereses correspondientes. conformidad con el Plan de Amortizacionescuyo pago se hará con cargo al Fondo de Amorelabore según lo dispuesto en el artículo 7.tización correspondiente. Artículo 80.-INVERSION DE RECURSOS DEL esta ley.SERVICIO DE LA DEUDA. Sin detrimento de ha-Artículo 50.-COLOCACION, PLAZO Y TASAS"cer los pagos que cubran oportunamente los com-Artículo 13.-REGLAMENTO. El OrganismoDE INTERESES. Los bonos se colocarán a su va-promisos derivados del servicio de la deuda, elcutivo, por conducto del Ministerio de Fin:for nominal y se emitirán a 15 años plazo y alAgente Financiero podrá y procurará mantener in-Públicas emitirá el Reglamento correspondierportador. Dicho plazo se computará a partir devertidos los recursos respectivos en valores quela presente ley, inmediatamente que ésta entilas fechas de emisión conforme se determine enposean un grado confiable de liquidez y rendimien-vigor.el reglamento de este Decreto. Los bonos deven-to, con objeto de evitar la acumulación de, fondosgarán intereses según tasas anuales, asi:ociosos.

Artículo 14.-VIGENCIA. El. presente Defue aprobado con el voto favorable de más dia) Hasta el diez por ciento (10%) cuando seanArticulo 90.-NEGOCIACIONES. Los Bonos po-dos terceras partes del total de Diputados qunegociados cn el sector privado no financie-drán ser negociados, descontados y redescontadostegran el Congreso de la República y entrarro del país; a personas naturales 0 jurídicas nacionales 0 ex-b) Hasta el seis por ciento (6%) cuando sean vigor ocho días después de su publicaciontranjeras, por medio del Agente Financiern Asi-Diario Oficial.negociados con los, bancos y compañías demismo, el Banco de Guatemala podrá descontar-seguros del país; y los, redescontarlos y admitirlos en garantía dePase al Organismo Ejecutivo para su pul"C)

El dos y medio por ciento (21/2) cuando losadelantos, O adquirirlos por cuenta propiade ción. y. cumplimiento.adquiera el Banco de Guatemala y mientrasacuerdo con su Ley Orgánica.permanezcan en su poder. Dado en el Palacio del Organismo LegislaArtículo 10. .-EXENCIONES. Los Bonos queen la ciudad de Guatemala, a los cinco díasArtículo -TITULOS REPRESENTATIVOS ElMinisterio de Finanzas Públicas, de acuerdo conse refiere cl presente Decreto, su enajenación,mes de julio de mil novecientos setenta y trtransferencia 0 negociación y los intereses que de-el Banco de Guatemala podrá efectuar emisionesvenguen quodan Exentos del Impuesto del PapelMARIO SANDOVAL ALARCON,sucesivas de títulos representativos de los Bonos aSellado y Timbres; del Impuesto Sobre Herencias, Presidente.que se refiere este Decreto, a plazos menores has-Legados y Donaciones: del Impuesto are Rentata cubrir el plazo maximo de quince (15) años,y demás impuestos y tasas que se establezcan.MARIATERESA F. DE GROTEWOLD.en las condiciones que se establezcan en el ReglaSecretaria.mento de la presente ley. Artículo 11.-SITUACION DE FONDOS. El proArtículo 70,-RECURSOS PARA AMORTIZA-ducto de la emision, negociación y colocación deMANFREDO HEMMERLING MORAI CION DE LA DEUDA. Con objeto de cubrir opor-los Bonos autorizados por esta ley, deberá ser siSecretario. tunamente el pago del principal de la deuda, lostuado por el Agente Financiero a la orden. de laTesorería Nacional, en la forma que disponga elPalacio Nacional: Guatemala, veinte de juli-intereses y comisiones de otros gastos imputablesMinisterio de Finanzas Públicas. mil novecientos setenta y tres.al servicio de la misma, el agente financiero quedaautorizado para separar, sin trámite previo ni pos-1 Artículo 12.--ASIGNACIONES PRESUPUESTA-Publiquese y cúmplase.terior, los recursos necesarios de la cuenta "Go-LES. El Ministerio de Finanzas Públicas deberábierno de la República-Fondo Común". De acuerCARLOS ARANA OSOIdo con el plan de amortización y demás pagosincluir, en el Presupuesto de Ingresos y Egresosdel Estado, de los respectivos años fiscales, lasrespectivos, el agente financiero procederá a efec El Ministro de Finanzas,asignaciones presupuestales destinadas a la amor-JORGE LAMPORT RODIL. ORGANISMO EJECUTIVO Articulo 20 El presupuesto de Egresos del Instituto de Ciencias Telogia Agricolas para, el mismo, periodo, se fijaren. cantidad deMILLON CIENTE OCHENTA Y NUEVE DOSCIENTOS DOCE QUETLES EXACTOS1621189,212.00). distribuides así:MINISTERIO DE AGRICULTURA

RESUMEN DE LA CLASIFICACION POR OBJETO-ESPECIFICO DEL GA:Apruébase en la cantidad que se menciona, el Presupuesto de Ingresos y Egre-SOS del Instituto de Ciencia y Tecnologia Agrícolas ICTA, por el período0 SERVICIOS PERSONALES Q 423comprendido del 10. de enero at 31 de diciembre de 1973.011 Personal con Partida Específica Q301,5950-11 Planillas de Jornales 102,783Palacio Nacional: Guatemala, 11 de julio de 1973.051 Dietas Junta Directiva y Asesores Fijos17,600 061 Representación en el Interior 1,400El Presidente de la República, 1 SERVICIOS NO PERSONALES 147CONSIDERANDO: 2 MATERIALES YSUMINISTROS 93 3 MAQUINARIA Y EQUIPO Y SUS REPARACACIONES EXTRA-Que el Instituto de Ciencia y Tecnologia Agricolas, ICTA. ha presentado aORDINARIAS POR CONTRATO 248 la consideración del Organismo Ejecutivo su proyecto de Presupuesto de In-4 ADQUISICIONES DE INMUEBLES Y EQUIPOS EXISTENTES 40 gresos y Egresos para el período comprendido del 1o. de junio al 31 de diciem-5 CONSTRUGCIONES ADICIONES Y MEJORAS 55bre de 1973, solicitando la aprobación correspondiente,6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 70 8 DESEMBOLSOS FINANCIEROS 50CONSIDERANDO: 9 ASIGNACIONES GLOBALES 61 911 Gastos Diversos Q 59,500Que después del análisis respectivo que se hizo al documento presentado,913 Gastos por Atenciones y Festejos 2,000

se encontró ajustado a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes,según dictamen de la Dirección Técnica del Presupuesto aprobado por el Mi-TOTAL Q1.189.nisterio de Finanzas Públicas. POR TANTO, PROGRAMA: 1,01 Dirección y Administración SuperioEn uso de las facuitades que le confiere el inciso 40. del Artículo 189 de laUnidad Ejecutora: Junta Directiva y Gerencia GeneralConstitución de la República y lo prescrito en el Artículo 10. del Decreto 1722ICTAdel Congreso de la República, Asignacion Total: Q272,860.00Código: 73-411.01-2.17-1.01-00CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTOEN CONSEJO DE MINISTROS

0 SERVICIOS PERSONALES Q 34.ACUERDA: 1 SERVICIOS NO PERSONALES 23.

2 MATERIALES Y SUMINISTROS 6.

Artículo 10.-Aprobar el Presupuesto de Ingresos del Instituto de Ciencia3 MAQUINARIA Y EQUIPO Y SUS REPARACIONES EXTRAOR Tecnologia Agricolas, ICTA, para. el periodo comprendido del primero deDINARIAS POR CONTRATO 26,3 junio al treinta y uno de d'ciembre de mil novecientos setenta y tres, el cual6 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 70, asciende a la cantidad de UN MILLON CIENTO OCHENTA Y NUEVE MIL8 DESEMBOLSOS FINANCIEROS 50, DOSCIENTOS DOCE QUETZALES EXACTOS (Q1.189,242.00), distribuida en la9 ASIGNACIONES GLOBALES 61,5siguiente forma:

(En Quetzales) TOTAL Q 272.1

I. Ingresos Corrientes 1.089,2123. Transferencias Corrientes Recibidas 1.086,212

DETALLE DEL PROGRAMA POR ACTIVIDADESa) Aporte del Gobierno Central Financiado con Q129,i24.00 de Ingresos CoCódigo y Concepto Unidad Ejecutora Asignacirrientes, Q33,004.00 de Ingresos EspeQ.cificos y Q212,084.00 de Utilización 01 Dirección Superior Junta Directiva 17,600Préstamo AID-520-L-018 (Dto. 75.50 del 02 Administración Superior Gerencia General 255,260Congreso) 374,212 e) Aporte de la Gremial Nac. de TrigueTOTAL: $1,872,860ros conforme Dto. 1490 del Congreso yenmienda 4-24 12,000 C) Otras Transferencias Recibidas UtiliPROGRAMA: 1.02 Programación y Servicios Administr:zación Adicional del Préstamo AID-520tivosL-018 (Deto. 75-70 del Congreso) 700,000 Unidad Ejecutora: Unidad de Programación y Serv. Ad-ministrativos Asignación Total Q102,360,00 -4. Otros Ingresos Corrientes Código: 73-411.01-2.17-1.02-00-Venta de Productos y Servicios 3,000 CLASIFICACION POR' OBJETO DEL GASTOII. Ingresos de Capital 100,0001. Préstamos Directos Obtenidos 100,000 0 SERVICIOS PERSONALES Q 46,79 1 SERVICIOS NO.IRERSONALES 22,34Banco de Guatemala, Decreto 88-72, prés2 MATERIALES SUMINISTROStamo para organización de ICTA, ResoC3 MAQUINARED BUS REPARACIONESlución Junta Monetaria No. 7399 100,000 DINARIAS PORTGONTRATO

TOTAL 1.189,212 TOTAL -102,36

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