Decreto 35-1983
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 35-1983
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Transporte
- Año
- 1983
Diario de Centro America
ANTES EL GUATEMALTECO
ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Director Decano de la Prensa Centroamericana Licenciado Juan Fernando Cifuentes Herrera Fundado el 2 de Agosto de 1880
Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 calle 6-72, zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18
TOMO CCXX GUATEMALA, MIERCOLES 30 DE MARZO DE 1983 NUMERO 94
SUMARIO Inversiones Glezteja, S. A. Balance General al 31 tuar las operaciones necesarias para las transferencias de diciembre de 1979. presupuestarias correspondientes. ORGANISMO EJECUTIVO Servicios de Compras, S. A. Estado de Situación Artículo 50.-El presente Decreto entra en vigor el Financiera al 31 de diciembre de 1979. día de su publicación en el Diario Oficial, derogando cualquier disposicion legal que se le oponga. PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Compañía Mercantil Industrial, S. A. Balance General al 31 de diciembre de 1979. Dado en el Palacio Nacional, en la ciudad de GuaDECRETO LEY NUMERO 19-83 temala, a los tres días del mes de marzo de mil noveDistribuidora Farmacéutica, S. A. Balance Genecientos ochenta y tres.DECRETO LEY NUMERO 35-83 ral al 31 de diciembre de 1979. DECRETO LEY NUMERO 36-83 Publíquese y cúmplase.
JOSE EFRAIN RIOS MONTT.
MINISTERIO DE FINANZAS ORGANISMO EJECUTIVO MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ, PUBLICAS Secretario General de la Presidencia de la República. Acéptase la adjudicación que a título gratuito y PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA EDGAR LEONEL ORTEGA RIVAS. a favor de la Nación, hace la Municipalidad de Ministro de Comunicaciones, Chimaltenango, Departamento de Chimaltenango, de la fracción de terreno que se expresa, con DECRETO LEY NUMERO 19-83 Transporte y Obras Públicas. destino a la construcción de una Escuela PriJULIO P. MATHEU, maria en el Cantón El Calvario de dicha jurisPalacio Nacional: Guatemala, 22 de marzo de 1983. Ministro de Economía. dicción. El Presidente de la República,Acéptase la cesión que a título gratuite y a favor LEONARDO FIGUEROA VILLATE, de la Nación, efectúa la Municipalidad de ZaMinistro de Finanzas.
CONSIDERANDO: capa, del predio que se expresa. -0ANUNCIOS VARIOS Que con el propósito de reestructurar y obtener mayor eficacia en el funcionamiento de la Dirección Gene-DECRETO LEY NUMERO 35-83 ral de Transportes, creada como dependencia del Mi-Matrimonios. Registro de Derecho de Autor. nisterio de Economía, en virtud de Acuerdo Gubernati-Solicitud de Nacionalidad Solicitud de AutoVO de fecha 16 de febrero de 1965, es conveniente El Presidente de la República,
rización de Sociedad. Constituciones de Sotrasladarla al Ministerio que con su nueva denomina-ciedad. Modificaciones de Sociedad. Dición se indica en el siguiente considerando: CONSIDERANDO: soluciones de Sociedad. Líneas de Transporte. Títulos Supletorios. Edictos. Remates. Que en virtud del auge experimentado en la actividad CONSIDERANDO: portuaria que se desarrolla a traves de la Empresa PorDroguería Boehringer Ingelheim, Ltda. Estado de tuaria Nacional Santo Tomás de Castilla, se hace necePérdidas y Ganancias del 19 de enero al 31 de Que como consecuencia del traslado de la menciona-sario reestructurar el régimen de distribución de los rediciembre de 1979. da Dirección General, se hace necesario el cambio desultados anuales provenientes de las operaciones de Restaurante Puerto Chico. Sociedad Anónima nombre del Ministerio de Comunicaciones y Obrasdicha empresa, para euyo propósito es procedente moPuerto Chico, S. A. Balance General ConsolidaPúblicas por el de "Comunicaciones, Transporte ydificar su respectiva ley orgánica, do al 31 de diciembre de 1979. Obras Públicas". para cuya finalidad es procedente dietar la respectiva disposición legal, POR TANTO, Residencias Las Cascadas, S. A. Balance General al 30 de junio de 1980. En el ejercicio de las facultades que le confieren losPOR TANTO, Artículos 40. y 26 inciso 14) del Estatuto FundamentalServicios Mercantiles, S. A. (SEMERSA). Balance General al 31 de diciembre de 1979. de Gobierno, modificado por el Decreto Ley NúmeroEn el ejercicio de las facultades que le confieren los36-82, Aire, Mar y Tierra, S. A. Balance General al 31 Artículos 40. y 26 inciso 14) del Estatuto Fundamental de diciembre de 1979. de Gobierno, modificado por el Decreto Ley Número DECRETA: 36-82, Productora Guatemalteca de Televisión, S. A. BaLa siguiente reforma a la Ley Orgánica de la Emprelance General al 31 de diciembre de 1979. DECRETA: sa Portuaria Nacional Santo Tomás de Castilla, contenida en el Decreto Ley Número 63, modificada por el Agrícola Grotto, S. A. Balance General al 30 de Artículo 10.-El Ministerio de Comunicaciones yDecreto Número 15-69 del Congreso de la República:junio de 1979. Obras Públicas se denominará en lo sucesivo "Ministerio de Comunicaciones, Transporte y Obras Públicas"Artículo 10.-Se modifica el Artículo 25 del Decreto Droguería Boehringer Ingelheim, Ltda. Balance y su titular "Ministro de Comunicaciones, TransporteLey Número 63, el cual queda así:General al 31 de diciembre de 1979. y Obras Públicas". En cualquier disposición legal donde se use la expresión "Ministerio de Comunicaciones y"Artículo 25" Empresa aplicará sus respecti-Guate Pops. S. A. Balance General al 31 de diObras Públicas" y "Ministro de Comunicaciones yvas utilidades líquidas de cada ejercicio en la formaciembre de 1979. Obras Públicas", deberá entenderse como sustituidassiguiente:
por las que se determinan en el presente artículo. Esso Standard (Guatemala) Inc. Estado de Balana) Un 15% para las operaciones normales de lace General al 31 de diciembre de 1979. Artículo 20.-Se traslada al Ministerio de Comunicaempresa; ciones, Transporte y Obras Públicas, la Dirección GeUn 70% para el Estado;Inter Suiza, S. A. Balance General al 31 de dineral de Transportes, creada como dependencia del Mi-ciembre de 1979. c) Un 15% para repartirlo anualmente entre su nisterio de Economia, por Acuerdo Gubernativo del 16 personal, empleados y trabajadores en propor-de febrero de 1965. Prensa Libre, S. A. Balance General al 30 de junio ción al sueldo y tiempo de servicio. de 1979. Artículo 30.-Mientras se reorganiza la Dirección El régimen porcentual de distribución de utilidades Exportadora Del Prado, S. A. Balance General de General de Transportes, esta dependencia continuarácontenido en la presente ley es aplicable a los resultaCuentas Practicado al 30 de junio de 1977. funcionando de acuerdo con sus regulaciones vigentes,dos generados por la Empresa, a partir del ejerciciosustituyéndose en las mismas al Ministerio de que finalizo el 31 de diciembre de 1982. San Emilio, S. A. Balance General al 31 de diEconomia por el de Comunicaciones, Transporte y ciembre de 1979. Obras Públicas. El reglamento determinará las normas para el debido cumplimiento de lo dispuesto en el presente Santa Rita, S. A. Balance General al 31 de diclem-Artículo 40.-Todos los enseres, equipos y bienes deartículo, bre de 1979. la dependencia antes mencionada, pasan a formar parte del Ministerio de Comunicaciones, Transporte yTodas las cuentas por servicios prestados a las diBanus y Manzanera, Compañía Limitada Balance Obras Públicas con las formalidades de ley, quedandoferentes dependencias de la administración pública General al 30 de junio de 1979. el Ministerio de Finanzas Públicas encargado de efec-que no fueren oportunamente pagadas, serán carga-2206 DIARIO DE CENTRO AMERICA.- Marzo 30 de 1983 NUMERO 94 das en la cuenta del Gobierno de la República y dedu-MINISTERIO DE FINANZAS Artículo 50.-El presente Acuerdo entra en vigor el cidas del porcentaje de utilidades que corresponda al día de su publicación en el Diario Oficial. mismo, previo dictamen favorable del Ministerio dePUBLICAS Comuniquese. Finanzas Públicas. Articulo 20.-El presente Decreto-Ley entrará en viJOSE EFRAIN RIOS MONTT. gor el día de su publicación en el Diario Oficial.Aceptase la adjudicación que a titulo gratuito y a favorLEONARDO FIGUEROA VILLATE. de la Nacion, hace la Municipalidad de ChimaltenanMinistro de Finanzas. Dado en el Palacio Nacional, en la ciudad de Guate-go, departamento de Chimaltenango, de la fracción mala, a los veintinueve días del mes de marzo de mil no-de terreno que se expresa, con destino a la construc-ROLANDO MENDEZ MORA,
vecientos ochenta y tres. ción de una Escuela Primaria en el Canton El CalvaMinistro de Educación. rio, de dicha jurisdicción. Publiquese y cúmplase. -0ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 132-83
JOSE EFRAIN RIOS MONTT.
Palacio Nacional: Guatemala, 15 de marzo de 1983.Aceptase la cesion que a título gratuito y a favor de la MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ. Nación efectúa la Municipalidad de Zacapa, del preSecretario General de la Presidencia de la República.El Presidente de la República, dio que se expresa.
LEONARDO FIGUEROA VILLATE, Palacio Nacional: Guatemala, 15 de marzo de 1983. Ministro de Finanzas. CONSIDERANDO: El Presidente de la República, Que la Municipalidad de la cabecera departamenta. -0de Chimaltenango, en sesión celebrada con fecha diezCONSIDERANDO: de noviembre de mil novecientos ochenta y dos, acordó adjudicarle a título gratuito a la Nación, una fracciónDECRETO LEY NUMERO 36-83 de terreno de un mil un metros cuadrados con catorceQue la Municipalidad de la ciudad de Zacapa, acordó centésimos de metro cuadrado, a desmembrarse de laen sesión pública ordinaria celebrada el día veinticinco finca rústica inscrita a su favor en el Registro Generalde enero de mil novecientos ochenta, ceder a titulo gra-El Presidente de la República,
de la Propiedad Inmueble, bajo el número treinta y seistuito a favor de la Nacion los derechos posesorios de un mil trescientos ochents y custro (36,384). folio ochentspredio situado en la cabecera departamental de dicha y dos (82) del libro doscientos sesenta y tres (263) deciudad con área de 5,571.8411 metros cuadrados, cuyoCONSIDERANDO: Chimaltenango, con el objeto de destinarla para ladestino es la construcción del Centro de Observación construcción de una Escuela Primaria en el Canton ElRegional para Menores, a cargo de la Secretaria deQue por causas diversas no imputables a los consigBienestar Social de la Presidencia de la República, y natarios. muchos de ellos no han podido retirar lasCalvario, de esa jurisdicción; siendo conveniente a los intereses del Estado y a los ha-mercancias de las Aduanas de la República, por to que bitantes de esa comunidad la realización de dicha obra, es conveniente dar las facilidades para su desalmacenaje, lo que al mismo tiempo permitirá el descongestions-CONSIDERANDO: es procedente aceptar la cesión que se hace a favor de laNación, miento de las bodegas de las respectivas Aduanas, para cuyo proposito se hace necesario dictar en ese senti-Que la adjudicación relacionada en el considerandoPOR TANTO, do la correspondiente disposición legal, anterior, es beneficiosa para el desarrollo cultural de la respectiva comunidad, razón por la cual es procedenteEn el ejercicio de las facultades que le confiere elaceptarla y emitir en tal sentido la correspondiente dis-Artículo 40. del Estatuto Fundamental de Gebierno,
POR TANTO, posición legal, modificado por el Decreto Ley Número 36-82; con fundamento en los Artículos 20. de la Ley de Compras y En el ejercicio de las facultades que le confieren losPOR TANTO, Contrataciones y 10. literal D) de su Reglamento, así Artículos 40. y 26, inciso 14) del Estatuto Fundamental como en lo dispuesto por los Artículos 1443 y 1445 del de Gobierno, modificado por el Decreto Ley NúmeroEn el ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 40. del Estatuto Fundamental de Gobierno,Código Civil, 36-82. modificado por el Decreto Ley Número 36-82, y con ACUERDA: DECRETA: fundamento en lo que dispone el Artículo 10. literal d) del Reglamento de la Ley de Compras y Contrata-Artículo 10.-Aceptar la cesión libre de gravámenes, Articulo 10.-Se concede exoneración total del pagociones, limitaciones y anotaciones que a favor de la Nacion de la tasa de almacenaje sobre mercancias y toda clase titulo gratuito efectúa la Municipalidad de la ciudad de de bultos postales existentes en los Almacenes FiscalesACUERDA: Zacapa, de los derechos posesorios sobre un predio ubiy en las Administraciones de Correos de la República, cado en la cabecera departamental de dicha ciudad, el durante el plazo de treinta dias, contados desde el díaArtículo 10.-Aceptar la adjudicación que a titulocual tiene una extension de cinco mil quinientos setenen que entre en vigor la presente ley. gratuito y a favor de la Nación, hace la Municipalidadde Chimaltenango, del mismo departamento, de unata y uno punto ocho mil cuatrocientos once metroscuadrados (5,571.8411 metros cuadrados), de acuerdo Artículo 20.-La exoneración a que se refiere elfracción de terreno de un mil un metros cuadrados catorce centésimos de metro cuadrado (1001.14 M.2). ubi-con el plano levantado por el ingeniero Gustavo Cace artículo anterior, se aplicará a las mercancias y bultos postales cuyas pólizas de importación estén pendientescada en esa jurisdicción municipal, y que se des-res, colegiado doscientos, con las medidas y colindan membrará de la finca rústica inscrita en el Registro Ge-cias siguientes: norte, treinta y seis punto treinta y de cancelación, que sean pagadas dentro del periodo de cuatro metros (36.34 Mts.) con el campo de la feria: sur, vigencia de esta lev y a aquellas cuyas pólizas seanneral de la Propiedad Inmueble, bajo el número treinta y seis mil trescientos ochenta y cuatro (36,384). foliocuarenta punto cuarenta y tres metros (40.43 Mts.) COR autorizadas dentro del mismo periodo, siempre que el Cementerio General, calle de por medio; oriente, cien sean pagadas definitivamente dentro de los cinco diasochenta y dos (82) del libro doscientos sesenta y tresto veintinueve punto sesenta y seis metros (129.66
hábiles siguientes al de notificación de la respectiva li-(263) de Chimaltenango, que se destinará para construir la Escuela Primaria del Canton El Calvario de esaMts.) con inclinación hacia al sur de ocho punto cuaren quidación. La presente exoneración también compren-jurisdicción. La fracción de acuerdo con el plano elabo-ta y cinco metros (8.45 Mts.) con el Hospital General, de la tasa de almacenaje a que están afectas lasrado por el ingeniero Cesar Augusto Palencia Alvara-calle de por medio; y poniente, ciento treinta y cinco mercancias. objeto de tránsito internacional, siempredo, colegiado número 812, tiene las medidas y colindan-punto cuarenta y uno metros (135.41 Mts.) con el Esta que se desalmacenen de la custodia aduanera durantecias siguientes: norte, de la estación B al punto C. rum-dio Municipal, pared de por medio, y que se destinars la vigencia del presente Decreto. exclusivamente para la construcción del Centro de Obbo sur de 88 grados 3.2'; longitud este, mide 21 metros, Artículo 30.-las mercancias y bultos postales cu-colinda con el lote número 104; oriente, de la estación Cservación Regional para Menores, construcción a cargo de la Secretaria de Bienestar Social de la Presidencia yos derechos aduaneros ya hubieren sido pagados yal punto D. rumbo sur de 1 grado 53.6'; longitud oeste,mide 50 metros, colinda con el lote número 76; sur, de lade la República.
que se encontrare causando almacenaje al entrar en vigor la presente ley, gozarán de la exoneración,estación D al punto E, rumbo norte de 88 grados 23',Artículo 20.-Facultar al Procurador General de is siempre que sean retiradas de la custodia aduaneralongitud oeste, mide 14.02 metros, con calle de Las Rodentro de los tres días hábiles siguientes a la fecha desas; luego de la estación E al punto F, rumbo norte de 2Nacion para que en representación del Estado compa rezca ante el Escribano de Gobierno a otorgar la escriiniciación de la vigencia de este Decreto Ley.grados 46.8', longitud este, mide 7 metros, colinda con predio municipal; continúa de la estación F al punto A,tura pública traslativa de dominio del inmueble cedido rumbo norte de 88 grados 9.4'; longitud oeste, midee inicie las diligencias de titulación supletoria para ob Artículo 40.-No se aplicará la exoneración cuando tener la inscripción del mismo en el Registro de la Pro las mercancias y bultos postales hubieren sido, o sean,6.98 metros, colindando con predio municipal; poniente, de la estación A al punto B, rumbo norte de 2 gradospiedad a nombre de la Nacion. retiradas de la custodia aduanera, mediante la constitución de fianza 0 depósito. 27.8'; longitud este, mide 43 metros, colinda con el loteArtículo 30.-Se adscriba a la Secretaria de Bienesnúmero 74. tar Social de la Presidencia de la República el terrenos
Artículo 50.-El presente Decreto Ley entrara en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi-Artículo 20.-Se faculta al Procurador General de laque se hace referencia en el Artículo 10. de este Acuer cial. Nacion, para que comparezca ante el Escribano de Go-do, debiéndose formalizar tal asignación de conformi-dad con lo que para el efecto determina el Artículo labierno al otorgamiento de la correspondiente escritura pública traslativa de dominio, debiendo adscribir en elliteral D) del Reglamento de la Ley de Compras y Dado en el Palacio Nacional, a los veintinueve dias Contrataciones, debiendo el Departamento de Bienes del mes de marzo de mil novecientos ochenta y tres.mismo instrumento a favor del Ministerio de Educa-del Estado y Licitaciones hacer en sus registros lesción, el respectivo inmueble. anotaciones correspondientes. Publiquese y cúmplase. Artículo 30.-El Ministerio de Educación deberá ini-Artículo 40.-El presente Acuerdo entrará en vigaciar la construcción de la Escuela Pública del Cantón JOSE EFRAIN RIOS MONTT. El Calvario, Chimaltenango, dentro del plazo de seisel día siguiente de su publicación en el Diario Oficial meses contado a partir de la fecha en que se publiqueComuniquese. MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ, esta disposición. Secretario General de la Presidencia JOSE EFRAIN RIOS MONTT. de la República. Artículo 40.-El Departamento de Bienes del Estado Licitaciones tomará nota en los registros corresponLEONARDO FIGUEROA VILLATE, y dientes y procederá a formalizar la entrega del in-LEONARDO FIGUEROA VILLATE. Ministro de Finanzas. Ministro de Finanzas. mueble al Ministerio de Educación.