Decreto 35-1985
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 35-1985
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Tributario
- Año
- 1985
Diario de Centro América
ANTES EL GUATEMALTECO
ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Director Decano de la Prensa Centroamericana Luis Mendizábal R. Fundado el 2 de Agosto de 1880
Teléfono de Redacción: 24-4-17 TIPOGRAFIA NACIONAL. 18 Calle 6-72, zone 1 Teléfono de Administración: 24-4-18
TOMO CCXXVI GUATEMALA, MIERCOLES 17 DE ABRIL DE 1985 NUMERO 10
SUMARIO hubiesen incurrido las personas naturales y juri30-85, todos del 8 de abril en curso, y de los dicas por aplicación de los decretos-leyes identifi-Acuerdos Gubernativos números 285-85 y 286-85, cados en el considerando anterior, emitiéndose para ambos del 9 de este mismo mes, por las razones el efecto la disposición legal correspondiente, que se expresan en la parte considerativa del deORGANISMO EJECUTIVO creto-ley indicado al principio; JEFATURA DE ESTADO POR TANTO, CONSIDERANDO: DECRETO-LEY NUMERO 35-85 En el ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 49 y 26, numeral 6) del Estatuto FunQue con el propósito de brindar tranquilidad yDECRETO-LEY NUMERO 36-85 damental de Gobierno, modificado por los Decreconfianza a los sectores involucrados y a los habitos-Leyes números 36-82 y 87-83, tantes del país, es necesario derogar los decretosleyes y acuerdos gubernativos identificados en elMINISTERIO DE LA DEFENSA considerando anterior, emitiéndose para el efectoEn Consejo de Ministros, la correspondiente disposición legal, NACIONAL DECRETA: Confiérese el ascenso al grado inmediato superior POR TANTO, en su respectiva Arma O Servicio, a los Oficiales Artículo 19-Se exonera del pago de los impuesSuperiores y Subalternos que se mencionan. tos en que hubiesen incurrido las personas natuEn el ejercicio de las facultades que le confierenrales y jurídicas, por aplicación de los Decretoslos artículos 49 y 26, numeral 6) del Estatuto Adquiérese en propiedad a favor del Estado, con Leyes números 27-85 y 30-85, de fecha 8 de abril Fundamental de Gobierno, modificado por los Dede 1985. cargo al Presupuesto del Ramo de la Defensa cretos-Leyes números 36-82 y 87-83, Nacional, por el precio que se detalla, la finca Artículo 29-El presente decreto-ley entra en vipropiedad del señor Maximiliano Orozco Vegor inmediatamente y será publicado en el Diario lásquez. Oficial. En Consejo de Ministros, Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de DECRETA: MINISTERIO DE EDUCACION Guatemala, a los dieciséis días del mes de abril de mil novecientos ochenta y cinco. Artículo 19-Se derogan los Decretos-Leyes nú- Modifícase en la forma que se indica el artículo meros 27-85, 28-85, 29-85 y 30-85, emitidos con
14 del Reglamento de la Ley de Educación Publíquese y cúmplase. fecha 8 de abril de 1985, y los Acuerdos GubernaNacional, contenido en el Acuerdo Gubernativo General de División tivos números 285-85 y 286-85, ambos del día 9 de No M. de E. 13-77. OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, abril de este mismo año. Jefe de Estado y Ministro de la Defensa Nacional. Artículo 29-el presente decreto-ley, entra en PUBLICACIONES VARIAS vigor inmediatamente y será publicado en el DiaSecretario General de la rio Oficial. MINISTERIO DE EDUCACION Jefatura de Estado, MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ Dado en el Palacio Nacional: en la cludad de Guatemala, a los dieciséis días del mes de abrilJUNTA CALIFICADORA DE PERSONAL El Ministro de Finanzas, de mil novecientos ochenta y cinco.
NOMINA No 13-85 ARMANDO GONZALEZ CAMPO.
Publiquese y cúmplase.Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación, General de División ANUNCIOS VARIOS JUAN HUMBERTO MANCUR DONIS. OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, Ministro de Economía, Jefe de Estado y Autorizaciones farmacéuticas. Matrimonios LEONEL HERNANDEZ CARDONA. Ministro de la Defensa Nacional. Constituciones de sociedad. Modificaciones de sociedad. Patentes de invención. Registro Ministro de Comunicaciones, Secretario General de la Jefatura
de marcas. Títulos supletorios. Edictos. Transporte y Obras Públicas, de Estado, Remates. LUIS HUGO SOLARES AGUILAR. MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ López Oliva y Cía. Ltda. Balance General al 30 de La Ministro de Educación, Ef Midistro de Finanzas,
junio de 1981. EUGENIA TEJADA DE PUTZEYS. ARMANDO GONZALEZ CAMPO.
López Oliva y Cía. Ltda. Balance General al 30 de El Ministro de Relaciones Exteriores, Ministro de Agricultura, junio de 1982. FERNANDO ANDRADE DIAZ-DURAN. Ganaderia y Alimentación,
JUAN HUMBERTO MANCUR DONIS.
Ministro de Trabajo y Previsión Social, Ministro de Economía,
ORGANISMO EJECUTIVO CARLOS PADILLA NATARENO. LEONEL HERNANDEZ CARDONA.
El Ministro de Gobernación, Ministro de Comunicaciones, GUSTAVO ADOLFO LOPEZ SANDOVAL Transporte y Obras Públicas,
JEFATURA DE ESTADO LUIS HUGO SOLARES AGUILAR.
El Ministro de Salud Pública y Asistencia Social, La Ministro de Educación, DECRETO-LEY NUMERO 35-85 JOSE RAMIRO RIVERA ALVAREZ. EUGENIA TEJADA DE PUTZEYS EL JEFE DE ESTADO, El Ministro de Energía y Minas, Ministro de Relaciones Exteriores,
ALEJANDRO CONTRERAS BONILLA. FERNANDO ANDRADE DIAZ-DURAN.
CONSIDERANDO:
Ministro de Trabajo y Que por Decreto-Ley número 32-85 del 12 de Previsión Social, abril de 1985, publicado en el Diario Oficial de esa CARLOS PADILLA NATARENO. misma fecha, se suspendió la vigencia de los Decretos-Leyes números 27-85 y 30-85, ambos del 8 DECRETO-LEY NUMERO 36-85 Ministro de Gobernación, de abril en curso, por las razones que se expresan EL JEFE DE ESTADO, GUSTAVO ADOLFO LOPEZ SANDOVALen la parte considerativa del decreto-ley indicado al principio; Ministro de Salud Pública yCONSIDERANDO: Asistencia Social.
CONSIDERANDO: Que por Decreto-Ley número 32-85 del 12 de JOSE RAMIRO RIVERA ALVAREZ Que congruente con los fines que justificaron laabril de 1985, publicado en el Diario Oficial de emisión del Decreto-Ley número 32-85, es impeesa misma fecha, se suspendió la vigencia de los Ministro de Energía y Minas, rativo exonerar del pago de los impuestos en queDecretos-Leyes números 27-85, 28-85, 29-85 y ALEJANDRO CONTRERAS BONILLA