Decreto 35-1988-2
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 35-1988-2
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1988
Diario de Centro America Organo oficial de la República de Guatemala Tomo CCXXXIV Decano de la Prensa Centroamericana Directora Carmen Escribano de De LeónGuatemala, jueves 28 de julio de 1988Número 27 SUMARIO ORGANISMO LEGISLATIVO Palacio Nacional: Guatemala, veintiuno de julio de milnovecientos ochenta y ocho. Publiquese y cúmplase.
ORGANISMO LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA CEREZO AREVALO.
El Secretario General de la DECRETO NUMERO 35-88 Presidencia de la República, CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, LUIS FELIPE POLO LEMUS
CONSIDERANDO:
DECRETO NUMERO 35-88
Que de conformidad con los artículos 132 y 133 de la Constitución Política de la República, corresponde aORGANISMO EJECUTIVO la Junta Monetaria la Dirección de la Política Monetaria. Cambiaria y Crediticia del país y que, a tenor de ORGANISMO EJECUTIVO la Ley Orgánica del Banco de Guatemala, también comMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORESpete a la Junta Monetaria la Dirección de esta Institución y el establecimiento de los límites y condicionesNombrase al Licenciado Norman Mario Permuth Listwn MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES generales de los créditos que el Banco de Guatemala como Delegado Suplente (Ciudadane Notable), de la pueda otorgar a las Instituciones del Estado; Comisión Nacional de Reconciliación.
Nómbrase al Licenciado Norman Mario Permuth Listwa. CONSIDERANDO: ACUERDO GUBERNATIVO DE como Delegado Suplente (Ciudadano Notable), de la NOMBRAMIENTO NUMERO 251 Que la Constitución Política de la República estableceComisión Nacional de Reconciliación. como atribución del Congreso de la República la apro-Palacio Nacional: Guatemala, 1 de julio de 1988. bación previa de las negociaciones que las entidades estatales puedan concluir relacionadas con empréstitos Presidente de la República, u otras formas de deuda, en el interior o en el exterior:En uso de las facultades que le confieren los incisos MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL CONSIDERANDO: ñ), o) y v) del artículo 183 de la Constitución Política de la República de Guatemala, Que la Junta Monetaria en Resolución JM-182-86 del Autorizase al General de Brigada Manuel Antonio Ca-12 de septiembre de 1986, autorizó al Banco de GuaACUERDA: llejas y Callejas, para que acepte y use en el unifor-temala para que concediers un adelanto al Instituto Artículo 10-Nombrar al Licenciado Norman Mario me la Condecoración "La Legión del Mérito en el Nacional de Comercialización Agricola (INDECA), porPermuth Listwa, como Delegado Suplente (Cludadano Q 21.728,700.00 destinado a la compra de maiz, frijol,Notable), de la Comisión Nacional de Reconciliación,Grado de Comendador". arroz en granza y sorgo de la cosecha 1986-1987, e imen sustitución del Licenciado Mynor Pinto Acevedo,portación de dichos granos; quien renunció.
CONSIDERANDO: Artículo 20.-E1 presente acuerdo empezará a regir a partir de la correspondiente fecha de toma de posesión MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS Que el adelanto por Q.21.728,700.00 no se formalizó ende la persona nombrada. su oportunidad y, a solicitud del Instituto Nacional de Comuniquese.
Comercialización Agrícola (INDECA), la Junta MonetaFacúltase al Banco de Guatemala para que en su carác-ria emitió la Resolución JM-70-87 del 22 de abril de 1987, MARCO VINICIO CEREZO AREVALO. ter de fiduciario del fideicomiso "Fondo Extraordinaconfirmando la autorización al Banco de Guatemala paraEl Viceministro de Relaciones Exteriores, rio Específico de Reconstrucción". transfiera a favor que otorgue el citado adelanto para la compra de maiz, frijol, arroz en granza y oro y sorgo de las cosechas Encargado del Despacho, ARIEL RIVERA IRIAS. del Banco Nacional de la Vivienda, los inmuebles quenacionales 1987-1988 y 1988-1989 e importación de se mencionan. dichos granos. fijando una tasa de interés del nueve por ciento (9%) anual, sobre los saldos de capital, POR TANTO, MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONALEn el ejercicio de las atribuciones que le confieren PUBLICACIONES VARIAS los incisos a) e i) del artículo 171 de la Constitución Política de la República, Autorizase al General de Brigada Manuel Antonio CaTRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL DECRETA: llejas y Callejan, para que accpte y me en el uniferArtículo 1.-Se autoriza al Instituto Nacional de Come la Condeceración "La Legión del Mérito en elACUERDO NUMERO 202-88 Grado de Comendader". mercialización Agricola (INDECA), para concluir con el Banco de Guatemala. la negociación de un adelanto ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 538-88 hasta por un total de veintiún millones setecientos veintiocho mil setecientos quetzales exactos (Q.21.728,700.00),Palacio Nacional: Guatemala, 19 de julio de 1988. que se destinarán a la compre de maiz, frijol, arroz El Presidente de la Republica, CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD en granza y oro y sorgo de las cosechas nacionales 19871988. 1988-1989 e importación de dichos granos, con una CONSIDERANDO: tasa anual del nueve por ciento (9%) sobre los saldos Declárase sin lugar las acciones de Inconstitucionalidadde capital. operación que servirá para realizar las funQue con fecha 23 de junio de 1988, el Presidente de planteadas, a excepción de lo dispuesto en 61 punto IIciones estabilizadoras de la Institución. los Estados Unidos de América. confirio al General de de la sentencia que dice: Inconstitucional el segundoArtículo 2-E presente decreto entrará en vigencia Brigada Manuel Antonio Callejas y Callejas, la Condeal día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. coración "La Legión del Mérito en el Grado de Comenpárrafo del artículo 26 del Feglamento de la Ley del dador";
Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación y CONSIDERANDO: Impuesto sobre Circulación de Vehiculos, Acuerdo Gu-cumplimiento bernativo No 76-88. Que de conformidad con el reglamento de la materia, Dado en el Palacio del Organismo Legislativo: en lala aceptación y uso de condecoraciones extranjerasciudad de Guatemala, a los diecinueve días del mes de otorgadas a miembros del Ejercito de Guatemala, julio de mil novecientos ochenta y ocho. está condicionada a la anuencia del Presidente de la República, por lo que se hace necesaria la emisión de ANUNCIOS VARIOS EDUARDO TAGER MATUS, la presente disposición legal para dicho efecto, Segundo Vicepresidente en funciones de Presidente. POR TANTO, Matrimonios Líneas de transporte. Constituciones CARLOS ENRIQUE CHAVARRIA PEREZ, En el ejercicio de las funciones que le confiere el arde sociedad. Modificaciones de sociedad. DisoluSecretario. tículo 183 incisos c), e) y v) de la Constitución Política ciones de sociedad. Patente de invención. Registro de la República de Guatemala; y con fundamento en OTTO GUILLERMO BAECHLI RODRIGUEZ,de marcas. Titulos supletorios. Edictos Remates. el artículo 250 de la citada Ley Suprema y 55 del ReSecretario. glamento de Condecoraciones y Distintivos Militares,