Decreto 3577 de 2011
Presidente de la República
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Detalles
- Título
- Decreto 3577 de 2011
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2011
DECRETO 3577 DE 2011
DECRETO 3577 DE 2011
(septiembre 27) por el cual se establece la Planta de Personal de Parques Nacionales Naturales de Colombia y se dictan otras disposiciones. E S T A D O D E V I G E N C I A : Vigente Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y l no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.
Subtipo: DECRETO ORDINARIO El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14 del artículo 189 de la Constitución Política, y en concordancia con el literal n) del artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y
CONSIDERANDO:
Que Parques Nacionales Naturales de Colombia - con el fin de establecer la planta de
personal presentó el estudio técnico de que trata el artículo 46 de la Ley 909 de 2004 y los artículos 95 a 97 del Decreto 1227 del 2005, el cual obtuvo concepto favorable del Departamento Administrativo de la Función Pública;
Que para los fines de este decreto, la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público otorgó viabilidad presupuestal.
DECRETA:
Artículo 1°. Las funciones propias de Parques Nacionales Naturales de Colombia serán cumplidas por la planta de personal que se establece a continuación:
Número de cargos Dependencia y denominación del cargo Código Grado DESPACHO DEL DIRECTOR 1 (Uno) Director General de Unidad Administrativa Especial 0015 23DECRETO 3577 DE 2011 2 (Dos) Asesor 1020 11 1 (Uno) Profesional Universitario 2044 09 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 23 1 (Uno) Conductor Mecánico 4103 13 PLANTA GLOBAL Número de cargos Dependencia y denominación del cargo Código Grado 2 (Dos) Subdirector Técnico 0150 17 1 (Uno) Subdirector Administrativo y Financiero 0150 17
PLANTA GLOBAL Número de cargos Dependencia y denominación del cargo Código Grado 2 (Dos) Subdirector Técnico 0150 17 1 (Uno) Subdirector Administrativo y Financiero 0150 17 6 (Seis) Director Territorial 0042 17 1 (Uno) Jefe de Oficina 0137 15 5 (Cinco) Asesor 1020 13 2 (Dos) Asesor 1020 11 1 (Uno) Jefe de Oficina Asesora de Planeación 1045 15 1 (Uno) Jefe de Oficina Asesora Jurídica 1045 15 5 (Cinco) Profesional Especializado 2028 22 22 (Veintidós) Jefe de Área Protegida 2025 21 35 (Treinta cinco) Jefe de Área Protegida 2025 19 1 (Uno) Profesional Especializado 2028 20 11 (Once) Profesional Especializado 2028 18 15 (Quince) Profesional Especializado 2028 16 2 (Dos) Profesional Especializado 2028 14 24 (Veinticuatro) Profesional Especializado 2028 13 13 (Trece) Profesional Universitario 2044 11 41 (Cuarenta y uno) Profesional Universitario 2044 09 55 (Cincuenta cinco) Profesional Universitario 2044 08
13 (Trece) Profesional Universitario 2044 11 41 (Cuarenta y uno) Profesional Universitario 2044 09 55 (Cincuenta cinco) Profesional Universitario 2044 08 6 (Seis) Profesional Universitario 2044 06 87 (Ochenta siete) Técnico Administrativo 3124 13 36 (Treinta seis) Técnico Administrativo 3124 11 1 (Uno) Secretario Ejecutivo 4210 23 3 (Tres) Secretario Ejecutivo 4210 20 13 (Trece) Secretario Ejecutivo 4210 18 6 (Seis) Secretario Ejecutivo 4210 16 2 (Dos) Conductor Mecánico 4103 13 3 (Tres) Conductor Mecánico 4103 11 19 (Diecinueve) Auxiliar Administrativo 4044 22 3 (Tres) Auxiliar Administrativo 4044 20 5 (Cinco) Auxiliar Administrativo 4044 13 4 (Cuatro) Auxiliar Administrativo 4044 11 70 (Setenta) Operario Calificado 4169 13 77 (Setenta y Siete) Operario Calificado 4169 11DECRETO 3577 DE 2011
Artículo 2°. El Director de Parques Nacionales Naturales de Colombia, mediante Resolución, incorporará los empleados públicos que del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial continuarán prestando sus servicios en Parques Nacionales Naturales de Colombia y distribuirá los cargos de la planta global teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades de la institución.
Artículo 3°. La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el artículo 1° del presente decreto, se efectuará dentro de los treinta (30) días siguientes a la fecha de su publicación.
Artículo 4°. La incorporación y el nombramiento en los empleos de la planta de personal, se realizará de conformidad con lo dispuesto en la Ley 909 de 2004 y demás disposiciones sobre la materia.
Artículo 5°.La provisión de los empleos creados en el presente decreto se efectuará en forma
gradual, de conformidad con las disponibilidades presupuestales y hasta la concurrencia de las respectivas apropiaciones.
Artículo 6°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 27 de septiembre de 2011.