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Decreto 36-1981

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 36-1981
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Financiero
Año
1981

RECOPILACION DE LEYES nuales guatemaltecos 'allecidos en el accidente aereo ocurrido en el Departamento de El Petén, el DECRETO NUMERO 36-81 día 27 de octubre de 1951, EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA, POR TANTO, CONSIDERANDO: En uso de las to ides que le asigna el inciso 10.Que en asamblea general extraordinaria de accionistas, dei artículo 170 de Constitución de la República,celebrada con fecha 25 de septiembre de 1981, el Banco del Ejercito acordó aumentar en diez millones de quetzales ECRETA: (Q10 000.00) su capital autorizado, en base a la facultad que le confieren el inciso h) del artículo 30 del Decreto Articu 10.-Se declara el día 27 de octubre de número 40-71 y el inciso 10. del artículo 135 del Decreto cada año, como DIA DEL ARTISTA NACIONAL fe2-70, ambos del Congreso de la República; cha en la cual gozarán de asueto. 0 en su defecto, de pago extraordinario de su salario, por las laboCONSIDERANDO: re que en cumplimiento de su trabajo realicen los artistas en la mencionada fecha. Que el crecimiento económico y financiero acelerado del Banco del Ejercito y la experiencia en la aplicación de su Artículo 20.-Las entidades públicas y privadasLey Orgánica, justifican el aumento de su capital y la urcooperarán para que los artistas, técnicos y manua-gencia de cambios en la misma;

les del arte nacional puedan celebrar anualmente. en la fech citada en el artículo anterior, el dia de CONSIDERANDO: su profesion. Que es obligación del Estado implementar en forma adeArticulo 30.-EI presente Decreto entrará en vigorcuada al sistema bancario nacional, con instrumentos el día siguiente su publicación en el Diario Ofi-jurídicos eficaces y que cumplan con los objetivos para los cial. cuales fueron creados, Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación POR TANTO, y cumplimiento. En uso de las facultades que le confiere el inciso 10. del Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, enarticulo 170 de la Constitución de la República, Ciudad de Guatemala, a los trece dias del mes de ibre de mil novecientos ochenta y uno. DECRETA: Las siguientes JORGE BONILLA LOPEZ. REFORMAS A LA LEY ORGÁNICA Presidente. DEL BANCO DEL EJÉRCITO¹ REL LEMUS RODRIGUEZ. Articulo 10.-Se reforma el articulo 10., el cual queda Primer cretario asi: "Articulo 10.-Creación. Se crea una Institución BancaVID RTURO VEGA VILLELA, ria con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plegundo Secretario. na capacidad para adquirir derechos y contraer obligaciones, denominada Banco del Ejercito" lacio Nacional intema's, veintiuno de octuArtículo 20.-Se adiciona un articulo nuevo, como bre de mil novecient ochenta y uno. articulo 10. -BIS-, en la forma siguiente:

"Articulo 10.-BIS-. Jerarquia Normative. La entidadPubliquese y cumplase. creada en el articulo anterior, en el cumplimiento de sus funciones y sus objetivos, se regirá cn la siguiente forma: FEA ANDO ROMEO LUCAS GARCIA. a) Su Ley Orgánica, su Escritura Social y sus Reglamentos; El Ministro de Educación, b) La Ley de Bancos, Ley de Sociedades Financieras CLEMENTINO CASTII CORONAD Privadas y los Reglamentos que emita la Junta Monetaria; c) En lo que fuere aplicable la Ley Monetaria y la Ley El nistro de Trabajo y Orgánica del Banco de Guatemala; y visión Social, CAR OS ARCON MONSANTO. 1. En tomo 90, pâgina 326.24 RECOPILACION DE LEYES d) Presentar a la asamblea general de accionistas paraPase al Organismo Ejecutivo para su publicación y su aprobación el presupuesto anual del Banco y elcumplimiento. proyecto de distribución de utilidades; e) Aprobar la distribución analitica del presupuestoDado en el Palacio del Organismo Legislativo, en la anual del Banco; ciudad de Guatemala, a los quince dias del mes de octubre f) Resolver la concesión, novación, prórroga y esperade mil novecientos ochenta y uno. de los préstamos del Banco; g) Emitir y reformar los reglamentos que normen las JORGE BONILLA LOPEZ, operaciones activas y pasivas de la Institución, asi Presidente. como los de orden administrativo interno, de conformidad con la legislación bancaria; AVEREL LEMUS RODRIGUEZ,

h) Acordar los programas de inversiones del Banco; Primer Secretario. i) Acordar los programas que para la promoción de empresas realice el Banco en los diferentes campos de ARNOLDO CANO RECINOS, la actividad económica; Cuarto Secretario. j) Nombrar al Gerente y a los demás funcionarios del Banco y removerlos; Palacio Nacional: Guatemala, veintinueve de octubre de k) Acordar la apertura y clausura de agencias y sucursa-mil novecientos ochenta y uno. les en el pais y en el extranjero; 1) Aprobar las operaciones del Banco como fiduciario yPubliquese y cumplase. las condiciones de las otras operaciones de confianFERNANDO ROMEO LUCAS GARCIA.za; y m) Representar judicial y extrajudicialmente al Banco, otorgar mandatos generales y especiales, y revo-El Ministro de la Defensa Nacional,

carlos". LUIS RENE MENDOZA PALOMO.

Articulo 11.-Se reforma el articulo 35, el cual queda asi: El Viceministro de Economia, Encargado del Despacho, EMILIO DE LA TORRE SANTA CRUZ. "Artículo 15.-Atribuciones del Gerente General. Son atribuciones del Gerente General: a) Cumplir y velar porque se cumplan las leyes y reglamentos que rigen al Banco; b) Elaborar el presupuesto anual para someterlo a la DECRETO NUMERO 37-81consideración de la Junta Directiva; c) Asesorar a la Junta Directiva, debiendo asistir a lasEL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA,sesiones de esta con voz, pero sin voto;

d) Nombrar y remover el personal administrativo, cuya CONSIDERANDO: designación no corresponda a la Junta Directiva; e) Proponer a la Junta Directiva los reglamentos de la Que para coadyuvar a la pronta realización de los tra-Institucion; bajos del Proyecto Periférico Nacional. se hace necesa-0 Proponer a la Junta Directiva programas de inria al creación, con recursos del Estado, de un fondo rotaversiones, de investigación y promocion de empresastorio que bajo la supervisión y calificación de la Unidaddel Banco; Coordinadora de dicho proyecto, permita a la Empresa g) Proponer a la Junta Directiva el nombramiento 0 laDesarrollo de Autopistas y Carreteras de Guatemala, remoción de los funcionarios subalternos del Banco;Sociedad Anónima, como concesionaria del proyecto, h) Conceder créditos dentro de los limites 0 condicionescubrir provisionalmente obligaciones de pago. debiendoque fije la Junta Directiva; efectuar reintegros periódicos al Fondo en la forma.que i) Ordenar el cobro judicial de las acreedurías del Ban-lo determine el Reglamento: CO y lo concerniente a cualquier litigio que se presenLe, debiendo informar a la Junta Directiva; CONSIDERANDO: j) Representar judicial y extrajudicialmente al Banco; k) Suministrar a la Junta Directiva toda la informaciónQue para la finalidad a que se refiere el considerandonecesaria para el buen gobierno del Banco; anterior, es conveniente autorizar al Organismo Ejecuti1) Otorgar mandatos especiales y revocarlos, previaV0 para la emisión, negociación y colocación de Notas delautorización de la Junta Directiva; y Tesoro;

m) Ejercer las demás funciones y facultades que le correspondan de acuerdo con la ley y reglamentos". CONSIDERANDO: Artículo 12.-Vigencia. El presente Decreto entrará en vigor a los ocho días de su publicación en el Diario Oficial.Que de conformidad con el artículo 23 de la Ley Orgá- nica del Banco de Guatemala. Decreto 215 de este Organismo, la Junta Monetaria se pronunció favorablemente, Publicado el 4 de noviembre de 1981 según resolución respectiva,

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