Decreto 36-1994
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 36-1994
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 1994
II DIARIO DE CENTRO AMERICA-Mayo 13 de 1994 NUMERO 90
Decreto numero 36-94 Decreto numero 37-94 El Congreso de la República de Guatemala, El Congreso de la República de Guatemala, CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que auestro orden constitucional nos garantiza el derecho a la cultura, a la identidadQue de conformidad con los articulos 132 133 de la Constitución Politica de la patrimonio cultural, la proteccion al mismo, asi como la proteccion a la investigación deRepública de Guatemala. corresponde a la Junts Monetaria la dirección de la politicala cultura. monetaria. cambiaria crediticia del pais que. tenor de la Ley Organica del Bancode Guatemala. también compete a la Junta Monettria la dirección de esta Institucion CONSIDERANDO. at establecimiento de los limites condiciones generales de los créditos que el Banco de Guatemala obtiene para llevar a cabo las funciones de estabilización monetaria interna Que como parte de questros derechos sociales, tambies debemos mantener nuestra externa que dicha ley le confiere. identidad cultural de acuerdo a nuestros valores, lenguas y costumbres. debiendose de emitir las leyes y disposiciones que tiendan a su enriquecimiento, restauración.preservación y recuperación. CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que la Constitucion Politica establece. como atribucion del Congreso de la Republica la Que no obstante se considera patrimonio cultural, entre otros. los bienes históricos aprobacion previa de las negociaciones querla Banca Central concluya con el proposito artisticos del pais, los cuales están bajo la proteccion del Estado, estando prohibida sude obtener empréstitos · otras formas de credito, interno y externo, por to que. en
enajepación. exportacion y alteracion, como parte de la escalada de la violencia que estavirtud de la naturaleza especial de los objectivos del Banco de Guatemala y para yue la sufriendo el país, se dado una serie de hurtos y robos de objetos especialmente de obtencion de recursos por tal Institucion sea dinámica. oportuna y en concordancia conlas peculiares caracteristicas de los mercados financieros internacionales,caracter histórico, religioso O no. y que de una mahera u otra afectan nuestros indispensable que el Congreso le autorice la contratación de un cupo de crédito externo. essentimientos nacionales y tradicionales, razón por la cual, se hace necesario dictar lasdisposiciones penales del caso. de utilizacion facultativa. lo que le facilitará cumplir adecuadamente con las funciones senaladas en la ley mencionada en el considerando anterior, por to que es preciso dictarla disposicion legal pertinente.
POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171, inciso a) y 176, ambosde la Constitucion Política de la Republica. ONSIDERANDO.
DECRETA: Que para cumplir con los fines de la Política Monetaria, Cambiaria V Crediticia vigente. el Banco de Guatemala requerirá de la contratación de recursos externos paraLa siguiente contar con una disponibilidad de divisas que le permita coadyuvar la consolidación LEY PENAL DE PROTECCION AL PATRIMONIO HISTORICO Y ARTISTICO DEL cambiaria. del proceso de estabilizacion. dentro del cual tiene especial prioridad la estabilidad
PAIS
POR TANTO.
ARTICULO 1. Se agrega un nuevo articulo al Código Penal que dice:
En ejercicio de las atribuciones que e confierenArticulo 171 incisos a) e i) del de to ARTICULO 255 bis. DE LOS HECHOS SACRILEGOS. Cuando Constitucion Política de la Republica los bechos a que se refieren los artículos anteriores relativos al Hurto Robo, el objeto materia del delito see destinado al culto, sea cosa sagrada y DECRETA: o no, tales como Santisimo Sacramento, Santos Oleos, Santas Imagenes. en bulto 0 en pintura, vasos sagrados, calices, copones, patenas, custodias. ARTICULO 1. Se autoriza al Banco de Guatemala para concluir corporales, purificadores, ornamentos, vestiduras sagradas, pilas negociaciones de créditos externos hasta por un total de Doscientos Sesenta Millones de bautismales. confesionarios, púlpitos, coronas, resplandores, anillos, Dolares de los Estados Unidos de America (US$ 260.000,000.00). por el periodo de uncadenas, pulseras, crucifijos, floreros, candeleros, Cruz Alta, ciriales, ano partir de la vigencia de este Decreto, con las instituciones financieras incensarios, alcancias, biblias o cualquier otro objeto similar de alto principales caracteristicas que se indican a continuación: contenido religioso, profano o histórico, independientemente de que se cometan o no en el lugar destinado al culto, la pena a imponer será. para el caso de hurto la de doce años (12) de prision correccional inconmutables, y para el de robo la de veinte años (20) de prision a) FONDO MONETARIA INTERNACIONAL FMIcorreccional inconmutables. En ambos casos se impondrá una multa de 40 menos del doble del valor de dichos objetos. MONTO: Hasta el equivalente a US$ 80.0 millonesA las personas que sabiendas adquieran, enajenen, exporten. trafiquen 0 alteren en cualquier forms dichos objetos. o similares. la pena DESTINO: a imponer sera de diez años (10) de prision correccional inconmutables y Apoyo de la balanza de pagos multa del doble del valor de los objetos materia del delito. Se exception PLAZO: sus legitimos propietarios y tenedores. V las personas legalmente Hasta cinco (5) años, incluyendo hasta autorizadas. tres (3) anos de gracia TASA DE INTERES se fija en la fecha de cada desembolso Sera obligacion del Estado velar por el inmediato aseguramiento de tales objeros. asi como la pronta entrega a sus propietarios, y/o legitimos COMISIONES: 0.59 sobre cada desembolso tenedores. ARTICULO 2. El presente decreto entrara en vigencia ocho dias despues b) FONDO DE INVERSIONES DE VENEZUELA FIV de su publicacion en el diario oficial.
PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU PUBLICACION Y MONTO: Hasta USS 60.0 millones
CUMPLIMIENTO.
DESTINO: Financiamiento de importaciones de DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO. EN LA CIUDAD bienes. incluido petroleo anDE GUATEMALA A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE ABRIL DE MIL derivados de origen estadounidense
NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO PLAZO: Hasta un ano con caracter revolvente TASA DE INTERES LIBOR hasta seis (6) meses may un margen Esten inanciamientos se contratarian con bancos privados de los Estados nidesOSCAR VINIDIO VILLAR ANLEU de America PRESIDENTE FDNA Edizuano ALICIA CRELDANA VDA. DF. RUAN du PROGRAMA GSM-102 CON LA GARANTIA DE THE COMMODITYCREDIT CORPORATION -CCCMONTO: USS 40.0 MILLONES JOSE LUIS AGUIRRE QUINTEROS SECRETARIO SECRETARIO DESTINO: Confirmacion financiamiento de cartas de OF credito que imparen importaciones de bienes. CONGRESOPUBLICA agropecuarios de origen estadounidense como arroz. acente vegetal semillas para steinhra aves de corral, sebo. semillas oleaginosas hurinas proteinicas, granos basicos? trigo. otros PLAZO: Hasta tres (3) anos PALACIO NACIONAL: Guatemala, once de mayo de mil novecientos noventa y TASA DE INTERES LIBOR de hasta ser (6) meses mas un cuatro. diferencial
PUBLIQUESE Y CUMPLASE DE 44
Estos financiamientos NV contratarian con bancos privados de less Estados I nades REPUBLICA de America
BANC PRIVADA INTERNACIONAL:
DE DEON CARPIO COSTEMA'R. 1. Banco Latinnamenieato de DL Exportaciones (BLADEX " 15.0 millones First nion National Bank (Miami) USS N.H millones - Iberoamerica Bank Miami USS 10.0 millones DANILO PACRINELLO B. Banco Nacional de Mexico