Decreto 36-2002-4
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 36-2002-4
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2002
NUMERO 36 DIARIO DE CENTRO AMERICA-5 de noviembre de 2002 3 ARTICULO 2. El presente Acuerdo empezará a regir al día siguiente de su publicación en ACUERDA: el Diario Oficial. ARTICULO 1.- Adscribir a favor del Ministerio de Gobernación con un valor
COMUNIQUESE, estimado de UN MILLON CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL
DOSCIENTOS CUARENTA Y UN QUETZALES CON VEINTE CENTAVOS
(Q.1,473,241.20), una fracción de terreno ubicada en la Laguna "El Pino", Aldea El Cerinal, del municipio de Barberena, del departamento de Santa Rosa, con unDE área de doce mil doscientos setenta y siete punto cero un metros cuadrados A (12,277.01 mts2) de la finca estatal, inscrita en el Registro General de la REPUBLICA Propiedad con el número 45, folio 45 del libro 194 de Santa Rosa, con la finalidad exclusiva que en la misma lleve a cabo sus actividades la Escuela Centroamericana de Entrenamiento Canino. Dicha fracción de terreno de LEGNSO PORTILLO conformidad con el plano autorizado por el Ingeniero Civil William René Sandoval Castañeda, colegiado número 3648, tiene las siguientes medidas y colindancias: partiendo de la estación dos (2) al punto observado catorce (14), con rumbo sesenta y cinco grados (65°), quince minutos (15') veintinueve segundos (29") Noreste, con una distancia de ciento veintisiete punto cuarenta y cuatro metros (127.44), colinda con finca matriz; de la estación catorce (14), al punto observado
quince (15), con rumbo veintidós grados (22°), cuarenta y dos minutos (42'), diez segundos (10") Sureste, con una distancia de treinta y uno punto noventa y nueve metros (31.99), colinda con Parque Nacional Laguna del Pino, finca matriz; de la Jonama estación quince (15) al punto observado dieciséis (16), con rumbo cuarenta y cinco LINS Mijangos C. grados (45°), cincuenta minutos (50'), diecinueve segundos (19") Suroeste, yENGARCADO -SORTEMALA. TARIO GENERAL DE LAREPUBLICA distancia cincuenta punto diecinueve metros (50.19), colinda con parque nacional Laguna del Pino, finca matriz; de la estación dieciséis (16) al punto observado (219584-3) noviembre diecisiete (17), con rumbo diecinueve grados (19°), treinta minutos (30'), cero un segundos (01") Sureste, con una distancia de ochenta y dos punto cincuenta y tres metros (82.53), colinda con parque nacional Laguna del Pino, finca matriz; de la estación diecisiete (17), al punto observado dieciocho (18), con rumbo cincuenta y cinco grados (55°), cincuenta y ocho minutos (58'), cincuenta y ocho segundos (58") Suroeste, y distancia setenta y uno punto veintiséis metros (71.26) colinda con la entrada de la Laguna del Pino; y para cerrar el polígono, de la estación dieciocho (18), al punto observado dos (2), con rumbo veinticinco grados (25°),
cero siete minutos (07'), treinta y un segundos (31") Noroeste, y distancia clento cuarenta y cuatro punto treinta y cinco metros (144.35), colinda con la carretera al municipio de Fraijanes, departamento de Guatemala. MINISTERIO DE ARTICULO 2.- El Ministerio de Gobernación deberá dar `al inmueble el mantenimiento respectivo, quedando el mismo sujeto a revisión por parte de la Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Públicas, de FINANZAS PUBLICAS conformidad con la calendarización de visitas programadas para la región. Acuérdase adscribir a favor del Ministerio de Gobernación, una ARTICULO 3.- La adscripción a que se refiere el presente acuerdo, se otorga bajofracción de terreno ubicada en la Laguna "El Pino", Aldea El la condición resolutoria que con el cambio de destino para el cual se adscribe el Cerinal, del Municipio de Barberena, del Departamento de inmueble y el incumplimiento en el mantenimiento, se dará por terminada la Santa Rosa. misma, volviendo el inmueble a disposición del Estado, quedando las mejoras que se le hayan introducido a favor del mismo.
ACUERDO GUBERNATIVO No. 395-2002
ARTICULO 4.- La Dirección de Bienes del Estado del Ministerio de Finanzas Guatemala, 08 de octubre de 2002 Públicas, faccionará el acta de entrega y hará las anotaciones correspondientesen sus registros haciendo constar la adscripción al Ministerio de Gobernación. El Presidente de la República, ARTICULO 5. El presente acuerdo empezará a regir a partir del día siguiente desu publicación en el Diario Oficial.
CONSIDERANDO: Que dentro de las principales funciones del Ministerio de Gobernación está la de velar, elaborar y aplicar planes de seguridad pública de beneficio para todos los habitantes de la República de Guatemala;
CONSIDERANDO: COMUNÍQUESE Que para elaborar y aplicar las politicas de inteligencia civil, recabar y analizar DE LA información con el propósito de combatir el crimen organizado y la delincuencia común dentro del marco de la ley, dicho Ministerio necesita contar con las instalaciones apropiadas para desarrollar sus funciones; AREPUBLICA c.
CONSIDERANDO: ALPONSO PORTILLO CABRERA Que el Estado es propietario del inmueble inscrito en el Registro General de la Propiedad con el número 45, folio 45, del libro 194 de Santa Rosa, ubicado en el kilómetro 47.5 carretera a El Salvador, jurisdicción del municipio de Barberena del departamento de Santa Rosa;
CONSIDERANDO: DE Que la Escuela Centroamericana de Entrenamiento Canino del Departamento de FINANZAS PUBLICAS Encargado del Despache Operaciones Antinarcóticas, ha venido utilizando una fracción del inmueble identificado anteriormente desde el año 1997, realizando funciones y proyectos DE Gc què son de suma importancia para que el Ministerio de Gobernación cumpla con las funciones que tiene asignadas,
MINIE POR TANTO: En ejercicio de las facultades que le confiere el articulo 183 literales e) y q) de la EL MINISTRO DE GOBERNACION Constitución Politica de la República de Guatemala; y con fundamento en los DR. REYES CALDERON
MINISTRO DE GOBERNACION artículos 27 literal j) y 35 literal m), del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; artículos 39 y 40 numeral 10 del Acuerdo Gubernativo número 382-2001, Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Finanzas Públicas; artículo 2 del Decreto número 57-92 del Congreso de la Luis Mijangos C. República Contrataciones del Estado: artículo literal b) del Acuerdo GENERAL