Decreto 363-1965
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 363-1965
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Servicios_Publicos
- Año
- 1965
Guatemaltero DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA FUNDADO EL la DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Registrado como correspondencia de segunda clase en is Administración Impreso en Diario de Centro Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749America, 9a. Av. 11-34, Zona 1
DIRECTOR: BENJAMIN PANIAGUA SANTIZO TOMO CLXXIV GUATEMALA, MIERCOLES 28 DE JULIO DE 1965 NUMERO 24
SUMARIO ORGANISMO EJECUTIVO trales por frecuencia Cada estacion fija para servicio interior con horario de veinticuatro (24) horas diarias, Q80.00 trimestrales por frecuencia. Cada estación fija para. servicio local CELL ciudades o en zonas rurales que no tengan hoORGANISMO EJECUTIVO DECRETO-LEY NUMERO 363 rario de ervicio determinado, Q60.00 trimestrales por frecuencia. ENBIQUE PEBALTA AZURDIA, III) ESTACIONES FIJAS INSTALADAS EN ,LUGARES EN DONDE NO EXISTENNumero 363 SERVICIOS DEL ESTADO Jefe del Gobierno de la República, Cada estación fija para servicio interior con borario de tres (3) horas diarias, Q15.00 trimes-Número 365.
CONSIDERANDO: trales por frecuencia. Cada estación fija. para
servicio interior con horario de veinticuatro (24) Que es necesario adoptar las medidas indisboras diarias, Q60.00 trimestrales por frecuencia. MINISTERIO DE GOBERNACION pensables para descongestionar las bandas de Cada estación fija para servicio local en ciudafrecuencia entre 3 y 30 megaciclos, de confordes o en zonas rurales que no tengan horario midad con las recomendaciones de la Unión Inde servicio determinado, Q40.00 trimestrales por ternacional de Telecomunicaciones, para lo cual (recuencia, Haconse tree nombramientos para is Corporación Municipales urgente reglamentar las horas de servicio dede Cantel, Queraltenango. las estaciones de comunicación privada que funIV) ESTACIONES MOVILES TERRESTRES cionen en el país, a fin de lograr la mejor uti_ lización de los canales radioeléctricos durante los Cada estación móvil terrestre con veinticuaHacose para la Corporación Municipal de San Andres (tyapa,ceríodos de propagación; y además, como eontro (24) horas diarias, Q50.00 trimestrales por secuencia del incremento de los servicios priva+ recuencia. Chimaltenango, varios. nombramientos. dos de comunicacion radioeléctrica deben emitirse disposiciones adecuadas para mejorar el orV) ESTACIONES DE SERVICIO denamiento de las frecuencias y su uso por par AERONAUTICO -1 ticulares Nombrase oficial del Juzgado de Paz de El Progreso. POR TANTO. Aerofaros, cuando sus servicios de localización
me exploten por todos los sistemas en general, 11En uso de las facultades que le confiere el bres de pago. Aerofaros, con veinticuatro (24) Pormútanse on sus cargos los secretarios de los Juzgados Articulo 30. de la Carta Fundamental de Go boras diarias, cuando sus servicios de localiza. de pax de Amatitian y Escuintia bierno, ción se exploten por empresas particulares Q15.00 trimestrales por frecuencia. Cada estaEn Consejo de Ministros, ción aeronáutica fija con veinticuatro (24) boras diarias, para servicio exterior, Q50.00 trimestraHedeness varios aombramientos para el Organismo Judiciale DECRETA: les por frecuencia. Artículo 10.-Los usuarios de los servicios raVI) ESTACIONES COSTERAS dioeléctricos de correspondencia privada están Brondrase de licitación la compra que se menciona, a favor obligados a utilizar emisiones de banda lateral Por cada estación de esta clase con veintidel Instituto Nacional do Transformación Agraria. única de portadora suprimida, cuando operen cuatro (24) horas diarias Q15.00 trimestrales en frecuencias inferiores a 30 megaciclos y sólo por frecuencia. podrán ocupar la banda lateral asignada. Hacense varios nombramientos para los Registros Auxiliares Artículo usuarios de las estaciones de VII) ESTACIONES MOVILES MARITIMAS servicio fijo para correspondencia privada que Y DE RADIONAVEGACIONde Ciudadanos de los municipios que se mencionan.
utilicen las bandas entre 3 y 30 megaciclos, MARITIMA tendrán derecho a un máximo de operacion de seis (6) horas diarias, repartidas en dos perio. Por cada estación móvil maritima con veintiNombrase delegado de la Secretaria de Información del dos de tres horas cada uno, de los establecidos cuatro (24) horas diarias Q15.00 trimestrales Gobierno en eL Ministerio de Trabajo y Previsión Socialen el artículo 70. Los periodos que se asignen por frecuencia. Por cada tación de radionavea un usuario no podrán ser sucesivos. gación maritima con veinticuatro (24) horas diarias, Q10.00 trimestrales por frecuencia. Artículo 30.-De acuerdo con el articulo anHacese un nombramiento en la Comisión Liquidadora del terior, no se permitirá que las estaciones que integren el mismo circuito operen con horarios VIII) ESTACIONES DE SERVICIO ESPECIALCA Departamento de Fincas Nacionales diferentes a la estación principal, salvo euando ésta haya sido autorizada por veinticuatro horas Por cada estación de esta clase, cuya potencia Hacense varios nombramientos para of Instituto Nacional (24) sea menor de 100 vatios, Q30.00 trimestrales por frecuencia Por cada estación de esta clase, cuyade Transformación Agraria. Artículo 4o.-Unicamente se autorizarán veinpotencia sea de 101 a 250 Patios, Q45.00 trimes. ticuatro (24) horas de operación en una fretrales por frecuencia. Por cada estación de es cuencia, en cada uno de los siguientes casos: ta clase, cuya potencia sea de 251 a 500 vatios,
Q60.00 trimestrales por frequencia. Por cada es MINISTERIO DE AGRICULTURA a) Que el interesado posea más de seis estatacion de esta clase, cuya potencia sea mayor de ciones en un solo circuito; 501 vatios, Q100.00 trimestrales por frecuencia. b) Que en el sistema haya sido instalada una Sistemas que operen en banda ciudadana (hasta Apruebanse los "Estatutos de in Cooperativa Agricola de repetidora; y, 5 vatios de potencia), Q15.00 trimestrales por Servicios Varios "San Pedro", Responsabilidad Limitada c) Que compruebe a satisfacción de la Direcfrecuencia. y reconócese su personalidad jurídica. ción de Radiodifusion que el tráfico que necesite cursarse amerite una máxima utiliza Artículo 70.-Para los efectos del artículo an ción del canal asignado. terior, los borarios de operación se dividirán PUBLICACIONES VARIAS en los siguientes periodo: de 07 a 10 horas. De Artículo 50.-Cuando una frecuencia sea ocu. 10 a 13 horas. De 13 a 16 horas. De 16 a 19 pada por dos o más usuarios cuyos horarios horas. De 19 a 22 horas De 22 a 01 horas. De abarquen en conjunto todes los periodos diur01 a 04 horas. De 04 a 07 horas. DIRECCION GENERAL DEL nos-de operacion, podrán de mutuo acuerdo y previa autorización de la Dirección General de Articulo 80.-Los usuarios que por necesidades IMPUESTO SOBRE LA RENTA Radiodifusion, utilizar las horas que mejor les de servicio, debidamente comprobadas. operen
convenga con frecuencias adicionales, de acuerdo con la clase de estación, deberan pagar por cada frePlazos dentro do los cuales las sociedades accionadas y lasArtículo 60.-Por utilización de frecuencias cuencia un importe igual al que determine el sucursales y agencias de sociedades y companias organi-radioeléctricas, las estaciones asignadas a la co-Artículo 6a. radas on el extranjero, deben presentar all balance generalrrespondencia privada que a continuacion se dea la Dirección General del Impuesto Sobre la Renta, terminan quedan afectas al pago del impuesto Artículo 90.-Los impuestos a que se refiere que para cada una se establece, en la forma el articulo 60. deberán hacerse efectivos en la para su autorización, previo a la publicación en el Diariosiguiente: Tesoreria Nacional 0 en sus agencias, quedandoOficial la Direccion General de Radiodifusión encargada 1) ESTACIONES FLJAS de llevar el control correspondiente y de expedir las ordenes de pago. ANUNCIOS VARIOS Cada estación fija hasta eun "tres frecuencias para servicio internacional que no tenga boras Artículo 10-E1 pago de los impuestos deberá de servicio determinadas, Q200.00 por trimestre. hacerse a más tardar dentro de los quince días siguientes al vencimiento del trimestre, y su re- (I). ESTACIONES FIJAS INSTALADAS EN traso dará lugar, por cada vez, a 18 Imposición
Autorización Farmaceutica, -- Matrimonio. Linea de LUGARES EN LOS CUALES EXISTEN de una multa equivalente a la cuota trimestral transporte. - Constitucion de sociedades. Modificacion SERVICIOS DEL ESTADO correspondiente. de sociedades. Patentes del invención Registro de marcas. Títulos supletorios. - Edicton - Licitacio. Cada estación fija para servicio interior con Artículo 11-Los usuarios podrán efectuar sus 263, Remates. borario de tres (3) heras diarias, Q20.00 trimes.pagos en forms anticipada. Cuando un usuario226 FL GUATEMALTECO.-DIARIO OFICIAL NUMERO 24 haya pagado Impuestos anticipadamente su, Ministro de Comunicaciones Permissance Bus cargos a les Secretarios de les solicitud cancele la licencia correspondiente, y Obras Públicas Jurgades de Pas de Amatition y Escuinia. el Estado no estará obligado a efectuar devoluJOAQUIN OLIVARES M.: ción alguna. Palacio Nacional: Guatemala, 7 de Abril de Ministro de Economia 1964 Artículo 12 Cuando un usuario abandone el CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ El Jefe del Gobierno de la República, uso de una frecuencia sin dar a la Dirección General de Radiodifusión el aviso a que esta obligaEl Ministro de Educación Pública, Con base en el inciso 60. del Articulo 27 de do, las operaciones se considerarán como efectiROLANDO CHINCHILLA AGUILAR la Carta Fundamental de Gobierno, vas durante el término-de la licencia, y en tal virtud, deberá pagar el importe total de los triMinistro de Hacienda Crédito Público, ACUERDA:
mestres correspondientes, más el monto de la JORGE LUCAS CABALLEROS M.multa, en su caso. Permutar en sus respectivos cargos, A los se hores Luis Antonio Cermeño Corado, actual Se. Ministro de Salud Pública Artículo 13-Las operaciones en banda ciuda cretario del Juzgado de Paz de Amatitlan, del y Asistencia Social, dana se efectuarán entre 26.1 y 27.5 megaciclos departamento de Guatemala Partida No. 3-1ALFONSO PONCE ARCHILAy serán autorizadas siempre que no tengan fines 1-44-017-2 Sueldo mensual Q90.00; con el comerciales y que la potencia no exceda de 5 señor Medardo Cuyún, actual Secretario del JuzEl Ministro de Trabajo Previsión Socialvatios. gado de Pax de la ciudad de Escuintia, del de JORGE JOSE SALAZAR VALDES partamento del mismo nombre. Partida No. 3Artículo 14-Para las renovaciones de las li1-8-3-017-2 Sueldo mensual Q100.00. cencias a que se refiere la Ley de Radiodifusión. deberá acreditarse estar al día en el pago de Este Acuerdo surte sus efectos. desde la fecha los impuestos. MINISTERIO DE GOBERNACION de toma de posesión de dichas personas en sus nuevos cargos. Artículo 15.-Se derogan el Acuerdo Gubernativo de fecha 8 de enero de 1960 y las disposiComuniquese
Hacense tres nombramientos para la Corporaciónciones que se opongan al presente Decreto. ENRIQUE PERALTA AZURDIA. Municipal de Cantel, Queraltenange. Artículo 16-EI presente Decreto entrará en El Ministro de Gobernación.
Palacio Nacional: Guatemala, 6 de abril devigor tres meses después de su publicación en el LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA.1964
Diario Oficial. El Jefe del Gobierno de la República, Hacense varies nombramientos para e! Organismo Dado en el Palacio Nacional: en la Ciudad de Con base en el inciso 60 del Artículo 27 del Judicial. Guatemala, a los trece dias del mes de julio deDecreto-Ley número 8, Carta Fundamental demil, novecientos sesenta y cinco. Gobierno. Palacio Nacional: Guatemala, 7 de Abril de
ACUERDA: 1964.
Publiquese y cúmplase. El Jefe del Gobierno de la Republica Hacer para la Corporación Municipal de CanCon base en el inciso 60. del Art rute 27 deENRIQUE PERALTA AZURDIA. tel. departamento de Quezaltenango, los nombra-la Carta Fundamental de Gobierno. Jefe del Gobierno de la República mientos siguientes: Ministro de la Defensa Nacional. Al señor Pedro Ernesto Chuc. Sindico, en susACUERDA: titución de Enrique Sacalxot Hernandez 121 Ministro de Gobernación, Hacer para el Organismo Judicial 100 nom Al señor Regino Morales. Concejal Tercero.LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA bramientos siguientes:en sustitución de Marto Coti.
Al señor Ramón Sacaixot Castro. Concejal Al señor Juan José Escobar de Oficial El Ministro de Relaciones Exteriores,Cuarto, en sustitución de José Natanael Garcia 40. del Juzgado de 1a. Instancia de Santh Rosa. ALBERTO HERRARTE GONZALEZ. Alvarado. en sustitución del señor Héctor Félix Garcia ZaEste Acuerdo surte sus efectos desde la fecha mora, quien pasa a otro puesto. Partida No. 3El Ministro de Agricultura. de toma de posesión. 1-22-1-017-6 Sueldo mensual Q110.00 CARLOS HUMBERTO DE LEON. Al señor Héctor Félix Garcia Zamora, Oficial Comuniquese. 30. del Juzgado de la Instancia de Izabal. en El Ministro de Comunicaciones y ENRIQUE PERALTA AZURDIA. sustitución del señor Rodolfo Santisteban Lima. Obras Públicas, tú, quien pasa a otro puesto. Partida No. 3-1JOAQUIN OLIVARES M. El Ministro de Gobernación 10-1-017-5 Sueldo mensual Q.123.00. El Ministro de Economia. LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA. Al señor Rodolfo Santisteban Limatú, Oficial CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ. 30. del Juzgado 2o. de Ia Instancia de EscuinHacese para la Corporación Municipal de San tia, en sustitución del señor Marco Antonio RoEl Ministro de Educación Pública, Andrés Itzapa, Chimaltenange, varios nombradriguez de León, quien pasa a otro nuesto Par.
ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR. mientos. tida No. 3-1-8-2-017-5 Sueldo men ual El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Q110.00.
Palacio Nacional: Guatemala, 6 de abril deJORGE LUCAS CABALLEROS M. Al señor Marco Antonio Rodrigue de León,1964. Oficial 2o. del Juzgado 20. de la Instancia de EI Ministro de Salud Pública y El Jefe del Gobierno de la República, San Marcos, en sustitución del sen Juan Jose
Asistencia Social, Escobar de León. Partida No 3-1-21-2ALFONSO PONCE ARCHILA Con base en el inciso 60. del Artículo 27 del 017-4 Sueldo mensual Q110.00. Decreto-Ley número 8, Carta Fundamental de El Ministro de Trabajo y Previsión Social,Gobierno, JORGE JOSE SALAZAR VALDES. Este Acuerdo surte sus efectos de la fechaACUERDAen que las personas nombradas DO naion de sus puestos. Hacer para la Corporación Municipal de San DECRETO LEY NUMERO 365 Andrés Itzapa, departamento de Chimalterango, Comuniquese los nombramientos siguientes: ENRIQUE PERALTA AZURDIA AI señor J. Roberto Arcnales. Alcaide. en sustitución de Alfonso Martinez Parada. El Ministro de GobernaciENRIQUE PERALTA AZURDIA, AI señor Agripino Barrera. Sindico, en sustitu-LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA ción de Genaro Barrera Azurdia.
Jefe del Gobierno de la República,AI señor Isauro Azurdia Castellanos Concejal Exonérase de licitación 1, compra 400 se menPrimero, en sustitucion de Cayetano Mendoza ciona, a favor del Institute Nacional Je TransA! señor Saúl Azurdia Barrera. Concejal Seformación Agraria.
CONSIDERANDO: gundo, en sustitución de Luis Gómez.
AI señor Cavetano Mendoza Azurdia, Concejal Palacio Nacional: Guatemala. de Que habiendo variado las circunstancias queTero en sustitución de Isauro Arenales Socon 1964 motivaron la emisión del Decreto Ley número A! señor Miguel Gomez Zamora Concejal 333, es procedente levantar las restricciones queCuarto, en sustitución de Juan Callejas RamiEl Jefe del Gobierno de la implica el Estado de Sitio, a efecto de que la Con base en el dietamen numerorer ciudadania goce de las garantias que establece A) señor Eusebio Suy, Concejal Quinto, en sus-por la Contral ria de Cuentas el la Carta Fundamental de Gobierno, titución de Félix Juarez Siguinajay. de marzo del año en curso, en seguidas al efecto, POR TANTO, Este Acuerdo surte sus efectos desde la fecha de toma de posesión. ACUERDA: En uso de las facultades que le confiere el 10-Exorerar de los requisitos artículo 30. de la Carta Fundamental de GoComuniquese. publica y privada la compra de
bierno, ENRIQUE PERALTA AZURDIA. completas de 43 zapalas de 30". en Consejo de Ministros, 1116 Dara los traitores marca CAR El Ministro de Gobernación D-9, Serie 19-A 324 Registro T9 Serie DECRETA: LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA. 19A.758. Registro T9 5. at precio TRES MIL VEINTITRES QUETZALE Artículo 10.-Se deroga el Decre(s Ley nú- Nombrase Oficial del Juzgado de Pax de El ProTA Y SIFTE CENTAVOS (03,023 67)greso. mero 333, y, en consecuencia. cesa el Estado de total de DOCE MIL NOVENTA Sitio y se restablecen las garantias en todo el Palacio Nacional: Guatemala, 7 de Abril de OUFTZALES SESENTA Y OCHO ENTAVOS territorio de la República (Q12.094 68)1964 20-Autorizer al Instituto Nac Artículo 20.-El presente Decreto entrará en EI Jefe del Gobierno de la Republica, formacion Agraria. para que pueda vigor el día de su publicación en el Diario Ofila Compañia Guatemaltera de Magn cial. (COGUMA). rel comercio de esta distoCon base en el inciso 60. del Artículo 27 de la Carta Fundamental de Gobierno, buidores en la República de Guate Dado en el Palacio Nacional: En la ciudad de mals. los repuestos a que se refiere el panto Guatemala, a los veintisiete días del mes de julio que anterede F.I nago deberá imputers a la norACUERDA:
de mil novecientos sesenta y cinco. tida numero (54) Provecto Frav Bartolomé de las Casas Sebol) del Nombrar al señor Domingo Laparra. Oficial Publiquese'y cumplase. del Juzgado de Paz de El Progreso, cabecera ejercicio fiscal vigente. del departamento del mismo nombre. en sustituEl presente acuerdo surte efect meddiataENRIQUE PERALTA AZURDIA, ción del senor Inés Argueta Cruz. quien no to mente. Jefe del Gobierno de la República, mo posesión. Partida No. 3-1-15-2-017-3 Ministro de la Defensa Nacional Sueldo mensual Q85.00. Comuniquese. El Ministro de Gobernación, Este Acuerdo surte sus efectos desde la fechaLUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA. / ENRIQUE PERALTA AZURDIA en que la persona nombrada tome posesión. "El Ministro de Relaciones Exteriores, El Ministro de Gobernación Comuniquese.
ALBERTO HERRARTE GONZALEZ LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA.
ENRIQUE PERALTA AZURDIA.El Viceministro de Agricultura, Primer Viceministro de Hacienda y Encargado del Despacho, Crédito Público, encargado delEl Ministro de GobernaciónRAFAEL AYCINENA SALAZAR Despacho,LUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA FERNANDO JUAREZ RODAS.