Decreto 37-1992
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 37-1992
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Tributario
- Año
- 1992
Diario de Centro América ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA TOMO CCXLIV Guatemala, jueves 25 de junio de 1992 Director: Héctor Cifuentes Aguirre NUMERO 16 DECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA SUMARIO 6. Los recibos o comprobantes de pago por retiro de fondos de ATENCION ANUNCIANTES las empresas O negocios, para gastos personales de su ORGANISMO LEGISLATIVO IMPRESION SE HACE CONFORME propietarios o por viáticos no comprobables. ORIGINAL 7. Los documentos que acreditan comisiones que pague e Estado por recaudación de impuestos, compra de especie: CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Toda impresión en la parte legal del Diario defiscales y cualquier otra comisión que establezca la ley. DECRETO NUMERO 37-92 Centro América, se hace respetando el original. Por lo anterior, esta Administración ruega al CAPITULO III público tomar nota. ORGANISMO EJECUTIVO De los sujetos del impuesto MINISTERIO DE ECONOMIA ARTICULO3.-Del sujeto pasivo del impuesto y del hecho ORGANISMO LEGISLATIVO generador. Es sujeto pasivo del impuesto quien 0 quienes emitan, Derógase el Acuerdo Gubernativo número 233-91 de fecha 10 de suscriban u otorguen documentos que contengan actos O contratos abril de 1991. CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA objeto del impuesto y es hecho generador del impuesto tal emisión, suscripción u otorgamiento.
DECRETO NUMERO 37-92 CAPITULO IV MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL El Congreso de la República de Guatemala, De las tarifas Autorízase el establecimiento de un cementerio rural en el caserío de Panimajá, municipio de Nahuala, departamento de Solola. CONSIDERANDO: ARTICULO tarifa al valor. La tarifa del impuesto es del tres por ciento (3%). El impuesto se determina aplicando laQue el Código Tributario contiene normas de derecho públicotarifa al valor de los actos y contratos afectos. MINISTERIO DE EDUCACION que rigen las relaciones jurídicas derivadas de los tributosEl valor es el que consta en el documento, el cual no podrá serestablecidos por el Estado y que es conveniente adecuar las leyesinferior al conste en los registros públicos, matrículas, catastros Acéptase la donación de un área de terreno que a favor del Estadotributarias a las disposiciones de dicho Código, con el propósitoO en los listados oficiales. hace la Municipalidad de Salcaja, departamento de Quetzal-que las mismas resulten armónicas en cuanto a su contenido yARTICULO 5.-De las tarifas específicas. El impuesto aaplicación,tenango. que se refiere este artículo, resulta al aplicar las tarifas específicas la base establecida en cada caso, para los documentos siguientes:POR TANTO, MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS 1. Auténticas de firmas, efectuadas por En el ejercicio de las atribuciones que le confieren los incisosdependencias del Estados, cada una.
Ajústase el precio de mercado de petróleo crudo nacioQ. 10.00 a)y c) del Artículo 171 de la Constitución Política de la República2. nal determinado provisionalmente para el mes de Auténticas de firmas en el exterior, cada de Guatemala, marzo de 1992, en la forma que se indica. una, el valor equivalente en moneda nacional a diez dólares de los Estados Fijase provisionalmente el precio de mercado del DECRETA: Unidos de América (USA $ 10.00) al tipo petróleo crudo nacional, en la forma que se menciona. de cambio que estuviere vigente a la fechaLa siguiente en que éstas se efectúen.
3. Por cada razón puesta por los registros MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICASLEY DEL IMPUESTO DE TIMBRES FISCALES Y DE públicos al pie de los documentos que sePAPEL SELLADO ESPECIAL PARA PROTOCOLOS presentan a su registro. Q. 0.50
Declárase de necesidad y urgencia las gestiones que 4. Los libros de contabilidad, hojas moviblesrealiza la Dirección Ejecutiva de FONAPAZ. TITULO I de contabilidad, actas o registros, por cada Otórgase en usufructo a título gratuito, libre de gahoja. Q. 0.50 rantía, al Benemérito Cuerpo Voluntario de BombeDel impuesto, objeto, sujeto y sus tarifas5. Titulos, credenciales 0 documentos ros del Guatemala, la finca urbana, propiedad del acreditativos del nombramiento 0 cargos o Estado, en la forma que se menciona CAPITULO I comprobantes de representación de
personas jurídicas de cualquier naturaleza, Del impuesto MINISTERIO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIAL extendidos en acta notarial 0 en cualquier otra forma. ARTICULO1.-Del impuesto documentario. Se establece Q. 100.00 Se exceptuan del pago de este impuesto losCréase la Comisión del Menor Trabajador para su pro-un Impuesto de Timbres Fiscales de Papel Sellado Especial paranombramientos o documentos acreditativostección y desarrollo en el ámbito laboral Protocolos, sobre los documentos que contienen los actos yde representantes de cooperativas, los cuales contratos que se expresan en esta ley. se rigen por lo dispuesto en las leyes ANUNCIOS VARIOS especiales. CAPITULO II 6. Indices, testimonios especiales, copias Matrimonios. Líneas de transporte. Registro de derechos de simples 0 legalizadas y actas notariales, autor. Constituciones de sociedad. Modificaciones de Documentos, objeto del impuesto por cada hoja de papel. Q. 0.50 sociedad. Registro de marcas. Títulos supletorios. 7. Actas de legalización notarial de firmas o Edictos. Remates. ARTICULO 2.-De los documentos afectos. Están afectos documentos. Q. 5.00 los documentos que contengan los actos y contratos siguientes:8. Poderes: Promotora Internacional de Inmuebles, S. A.-Balance General a. Generales, la primera hoja del1. Los contratos civiles y mercantiles.al 30 de junio de 1987. testimonio: Q. 10.002. Los documentos otorgados en el extranjero que hayan deb. Especiales, la primera hoja del
Lloyds Bank Plc, Sucursal Guatemala. Balance General surtir efectos en el país, al tiempo de ser protocolizados, detestimonio. Q. 2.00 Condensado al 31 de mayo de 1992. presentarse ante cualquier autoridad 0 de ser citados en9. Cubiertas de testamentos cerrados. Q. 200.00cualquier actuación notarial. 10. Patentes: Crédito Hipotecario Nacional de Guatemala. Balance General3. Los documentos públicos O privados cuya finalidad sea laa. De invención, el título corresponCondensado al 31 de mayo de 1992. comprobación del pago con bienes 0 sumas de dinero. diente. Q. 50.00
4. Los comprobantes de pago emitidos por las aseguradoras ob. Extendidas por el Registro Mercan'il:Banco de Occidente. Balance General Condensado al 31 de afianzadoras, por concepto de primas pagadas O pagos de1. Para empresas individuales. Q. 50.00mayo de 1992. fianzas correspondientes a pólizas de toda clase de seguro o2. Para sociedades mercantiles. de fianza. Q. 200.00
C. Banco Agricola Mercantil. Balance Gener al Condensado al 31 De buques que se matriculen bajo5. Los comprobantes por pagos de premios de loterías, rifas ybandera guatemalteca, por cada ciende mayo de 1992. sorteos practicados por entidades privadas y públicas.toneladas 0 fracción. Q. 100.00474 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Junio 25 de 1992 NUMERO 16
11. Licencias para portación de armas de fuego, de cualquier clase, para demostrar la sobrevivencia de personal ea retiro o sus beneficiarios,
por año. Q 100.00 las aportaciones patronales y laborales para la creacion de foados de pensiones aseguradas o no aseguradas.
12. Titulos reconocidos legalmente para ejercer profesion:
3. Los recibos o comprobantes de pago de estipendios o subsidios por
a. Universitarios. Q 100.00 becas, bolsas de estudio y similares. b. Carreras tecnicas. Q 25.00 4. Los cheques y certificados de depósitos.
13. Titulos de concesiones de explotación de bosques nacionales, 5. Los titulos de crédito y cualesquiera otros créditos documentarios que minas, canteras y cualesquiera otras. Q 1 000.00 hayan sido expedidos en el extranjero para ser pagados en la Republica o expedidos en la República para ser pagados en el extranjero, así como
14. Inscripcion de aeronaves y extension de su certificado de cualesquiera otros documentos o contratos relacionados con los mismos, matrícula, de la forma siguiente: siempre que los bienes hubiesen sido importados o las divisas hubieren sido cambiadas ca el sistema bancario nacional.
a. Aeronaves de dos motores o turbinas o más. Q 000.00 b. Aeronaves monomotores, o monoturbinas. Q 5 000.00 6. Las aportaciones al capital de sociedades, la suscripción, la emision, is circulación, amortización, transferencia, pago y cancelacion de acciones c. Helicópteros. Q' 10 000.00 de todo tipo de sociedades y asociaciones accionadas, así como sus cupones.
15. Certificaciones de aeronavegabilidad de aeronaves, por us ado.Q 000.00
7. Los contratos o documentos que contengan préstamos provenientes del
16. Promess de compravents de intruebles. Q $0.00 exterior, siempre que los bienes hubiesen sido importados O las divisas hubieren sido cambiadas en el sistema bancario nacional.
17. Testimonios de las escrituras públicas de constitución, transformación, modification, liquidación o fusion de sociedades 8. La creacion, emision, circulacion, negociación y cancelacion de bonos, mercantiles, ea la primera hoja Q 250.00 bonos de prenda, debentures, las cédulas hipotecarias y títulos de crédito, en los que intervengan los bancos y entidades financieras sujetas ARTICULO 6. De la tarifa específica del Impueste de Papel Sellade a la fiscalizacion de la Superintendencia de Bancos.
Especial para Protocoles. Se establece un Impuesto de Papel Sellado Especial para Protocolos Notariales, con una tarifa específica de un quetzal (Q 1.00) por cada hoja y 9. La creacion, emision, circulacion, negociacion y cancelacion de títulos de sujeta a los controles de distribución y venta regulados por esta ley. crédito de toda clase, debeptures y las cédulas hipotecarias, sus cupones e intereses. ARTICULO 7. Del minimo exente. Cuando el valor consignado en 10. La emision y negociación de bonos, notas del tesoro y letras de tesorería documento gravado COR tarifas al valor sea de basta treinta y tres quetzales (Q 33.00), que emitan 0 garanticen el Estado y entidades descentralizadas o
no se genera impuesto. autonomas, las municipalidades y sus empresas, incluyendo los comprobantes de los intereses que devenguen.ARTICULO 8. De las fracciones de décluse de quetzal. Las fracciones de décimo de quetzal que resulten al establecer el impuesto, se aproximarán al décimo de 11. Las sumas pagadas por liquidaciones, totales 0 parciales de polizas de quetzal inmediato superior. seguro del ramo des vida, cualquiera que sea la forms 0 epoca en que se practique, incluyendo los pagos por sorteos, pólizas dotales vencidas, ARTICULO 9. De los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado. rentas o rescates. Los contribuyentes del Impuesto al Valor Agregado -IVA-, están afectos a pagar el Impuesto de Timbres Fiscales en los actos O contratos que celebren de conformidad con 12. Las actuaciones judiciales y administrativas. esta ley, cuando dichos actos y contratos no sean gravados con el Impuesto al Valor Agregado -IVA-. 13. Las facturas comerciales de proveedores del exterior y las polizas de importación y exportación.
TITULO II
14. Los documentos de pago, facturas 0 documentos equivalentes que , DE LAS EXENCIONES DEL IMPUESTO extiendan como consecuencia de actos o contratos de valor determinado en los que se hubiere satisfecho el impuesto correspondiente.
CAPITULO I 15. La exportacion de mercancias y productos; la compra-venta de mercancias y productos destinados a la exportacion; la compra-venta de
DE LAS EXENCIONES cafe sin beneficiar, cafe en pergamino, cafe CO oro, azúcar, banano y otros productos 0 frutos destinados a la exportación. ARTICULO 10. De las personas exentas. Están exentos del impuesto, los documentos que contengan actos O contratos gravados, realizados por: 16. Los créditos y préstamos otorgados por los bancos, financieras y demás entidades autorizadas por la Superintendencia de Bancos para cualquier
1. El Estado y sus entidades descentralizadas, autónomas, las destino y los documentos acreditativos de los mismos. municipalidades y sus empresas, cuando el pago del impuesto les corresponds. 17. Los créditos, préstamos y financiamientos otorgados entre particulares,
2. La Universidad de San Carlos de Guatemala y las otras universidades sean personas individuales 0 jurídicas y los documentos acreditativos de autorizadas para operar en el país. los mismos
3. Los establecimientos educativos privados que realicen planes y programas 18. Los contratos y operaciones de reaseguro y de reafianzamiento, así como oficiales de estudios, así como los autorizados como experimentales, los documentos que expidan las companias aseguradoras 0 afianzadoras cuando el pago del impuesto les corresponda. para comprobar el recibo de la proporcion que corresponda pagar a los reaseguradores 0 reafianzadores, por las participaciones asumidas por
4. Las asociaciones, fundaciones o instituciones de asistencia pública o de ellos en el pago de las reclamaciones legales de los beneficiarios de servicio social a la colectividad, culturales, gremiales, cientificas, pólizas de seguros y fianzas.
educativas, artisticas o deportivas; sindicatos de trabajadores, asociaciones solidaristas e instituciones religiosas, siempre que esten 19. La constitucion, transformación, modificacion y disolucion de sociedades autorizadas por la ley, que no tengan por objeto el lucro, que en ninguna mercantiles y los aurientos de capital social, COB excepción de to forms distribuyan utilidades O dividendos entre sus asociados 0 preceptuado en el Artículo 5 numeral 17 de esta ley. integrantes y que sus fondos no los destinen a fines distintos a los previstos en sus estatutos o documento constitutivo.
5. Todos los actos y contratos realizados por las cooperativas, federaciones ARTICULO 12. De las operaciones bancarias y bursátiles. Están exentas y confederacion de cooperativas entre sf y con sus asociados. Sin del impuesto las operaciones de los bancos, sociedades financieras, almacenes generales embargo los actos y contratos que realicen con terceros pagarán el de depósito, aseguradoras, reaseguradoras y afianzadoras y en bolsa de valores, que impuesto establecido en esta ley. seguidamente se expresan: Para los efectos de lo previsto en el numeral 4 y exceptuando a las personas 1. Los documentos usados en su administracion interior, los recibos de caja, exentas por mandato expreso de la ley, se debe solicitar previamente al Ministerio de constancias de depósito o cualesquiera otros documentos que bagan las Finanzas Públicas la declaracion correspondiente, acreditando los requisitos señalados en veces de tales, expedidos o suscritos por dichas instituciones. Se
el inciso anterior, antes de emitir da resolución respectiva. Ea cuanto a las personas que excluyen de esta exencion los libros de contabilidad y los documentos por mandato expreso de la ley esten exentas del impuesto, CS requisito indispensable resultantes de operaciones por cuenta ajena. para gozar de la exencion, que en el documento de que se trate se deje constancia de la disposición legal que las exime del pago. 2. Las operaciones de toda clase con el Baaco de Guatemala y las que se hagan a traves de bolsa de valores. Si concurren partes exentas y no exentas en los actos o contratos; la obligación tributaria se cumplirá Unicamente en proporción a la parte 0 partes que no gocen de 3. Los bonos y sus cupones, las libretas de ahorro, los certificados d. exencion. depósito a plazo, los contratos y títulos de capitalización, y en general, los titulos de crédito que emitan los bancos y sociedades financieras dc ARTICULO 11. De les actos y contratos exentos. Estan exentos out sistema, así como su enajenacion, transferencia, negociacion, cancelacion impuesto, los documentos que contengan actos o contratos, en los siguientes casos: y cualquier documento o recibo que ampare el pago de sus intereses.
1. Todos los contratos y documentos que contengan actos gravados con el 4. Los créditos que otorguen al Estado y sus entidades escentralizadas, Impuesto as Valor Agregado, independientemente de quien los realice y autonomas y a las municipalidades y sus empresas. los contratos de
tenga o no calidad de contribuyente de dicho impuesto. servicio bancario que concierten con dichas entidades su cancelacion.
2. Los recibos O comprobantes de pagos por sueldos, viáticos, gastos de 5. Los documentos de credito que los usuarios de los mismos otorguen O representación, aguinaldos, prestaciones laborales o cualquiera otra emitan a favor de instituciones bancarias, cuando se deriven de retribucion por servicios personales prestados en relacion de obligaciones que consten en contratos y el impuesto correspondiente se dependencia, que devenguen funcionarios, empleados y demás servidores hubiere satisfecho el documento principal. públicos y privados en servicio activo; los recibos por prestaciones que perciba el personal en situacion de retiro o sus beneficiarios; los 6. Los documentos expedidos u otorgados a particulares, de cancelacion de comprobantes de pensiones alimenticias fijadas por los tribunales obligaciones, en forms distints 0 complementaria a los recibos de caja correspondientes; las prestaciones y jubilaciones y las actas o documentos previstos, cuyo pago correspondiere a los obligados.NUMERO 16
DIARIO DE CENTRO AMERICA-Junio 25 de 1992 475
TITULO III TITULO IV
DE LA ADMINISTRACION Y FISCALIZACION
DETERMINACION, LIQUIDACION Y PAGO DEL IMPUESTO CAPITULO CAPITULO DE LA ADMINISTRACION Y FISCALIZACION DEL IMPUESTO DE LA DETERMINACION DEL IMPUESTO ARTICULO 20. De la obligacion revisers de funcionaries empleados
públicos. Todos los funcionarios y empleados públicos sin distincion de categoria 0 ARTICULO 13. De la determinación del Impueste en les actes y contrates.puesto que desempenen, deben cumplir y exigir que se cumplan las disposiciones de Cuando en us mismo documento se consignen varios actos o contratos afectos a estaesta ley y su reglamento y. al examinar los documentos que tramites, establecerán si se ley, se debe tomar como base para determinar el impuesto, la suma de cada uno deha liquidado y cubierto correctaments el impuesto. EI funcionario 0 empleado que ellos. No obstante, cuando se trate de contratos accesorios, se tributará Unicamentsadvierta la falta o deficiencia del pago de este impuesto, para no incurrir en la sanción sobre el contrato principal. correspondiente, está obligado a poser este hecho en conocimiento de la direccion, para que se liquide el impuesto, imponga is multa y aplique los intereses que correspondan, ARTICULO 14. De les actes y contrates en momeda extramjera. Cuando de conformidad con esta ley. en los documentos que contienen actos y contratos gravados, por cualquier circunstancia se consignen valores en moneda extramjera, para la determinación del impuesto,Los funcionarios y empleados públicos que infrinjan e encubran las efectuará la conversion a moneda nacional, COR base on el tipo de cambio que sedisposiciones de este artículo, serán sancionados de conformidad COB la Ley de Servicio corresponda a la transacción, conforme a las disposiciones cambiarias vigentes en lafecha en que se faccione el documento correspondiente. correspondan. Civil y la Ley de Responsabilidades, sin perjuicio de las sanciones civiles y penales que
ARTICULO 15. Liquidación del Impueste a solicitud de parte. La ARTICULO 21. Del requisite para que los documentos bagan fe en juicio. direccion debe liquidar el impuesto, sin demora, a solicitud verbal 0 escrita de la parteDe conformidad con el Articulo 680 del Código de Comercio los actos, contratos,interesada, para su pago en forms directs y en efectivo ea las cajas fiscales.registros, libros y documentos en los que no se hubiere cumplido con el pago delimpuesto, surtirán todos sus efectos, pero cualquier autoridad que conozca de ellos mandará enterar el impuesto omitido, la multa y los intereses correspondientes. CAPITULO II El juez, en todos los casos, deberá dark tramite a las demandas y a todos los escritos así como reconocer las personerías, pero procederá a hacer enterar el impuestoDEL PAGO DEL IMPUESTO omitido en la forms que queda indicada. ARTICULO 16. ea: Momento de page del impueste. El impuesto debe pagarse Ea los casos en que los jueces tuvieren duda sobre si se ha tributado correctamente el impuesto, o si determinado acto o contrato está sujeto al mismo, 1. certificarán lo conducente a la dirección, a efecto de que esta, dentro del plazo de los correspondiente. Las escrituras públicas afectas, cuando se compulse el testimonioquince (15) dias siguientes, evacue la consulta. Con base en dicha respuesta, el juezordenará, en su caso, que se satisfaga el impuesto, la multa e intereses que procedas en 2. las cajas fiscales de la direccion. Ea ningda caso esta consulta deberá suspender el Los documentos otorgados en el extranjero que hayan de surtir sustramite procesal correspondiente.
efectos en el país, en el propio documento y en el momento previo aprotocolización, de conformidad con las normas de la Ley del Organisme suARTICULO 22. De la fiscalización de entidades e Instituciones no Judicial; y en caso su protocolización no sea obligatoria, previamentelucrativas. Están sujetas a verificaciones de auditoria, en cuanto a la aplicación de lassu autenticación por el Ministerio de Relaciones Exteriores. exoneraciones aprobadas conforme esta ley, las asociaciones, fundaciones 0 instituciones 3. de asistencia pública 0 de servicio social a la colectividad, culturales, gremiales,Los informes originales que las aseguradoras y afianzadoras rindencientificas, educativas, artísticas o deportivas; sindicatos de trabajadores e instituciones mensualmente a la Superintendencia de Bancos, por concepto de primasreligiosas, siempre que esten autorizadas por la ley, que no tengan por objeto el lucro,pagadas de pólizas de seguros y pagos de fianzas. que en ninguna forms distribuyan utilidades entre sus asociados o integrantes, que sus 4. Los comprobantes de pago de premios de loterias, rifas y sorteos, en el )fondos no los destinen a fines distintos a los previstos en sus estatutos y solamente poraquellos actos o contratos necesarios para la consecución de sus fines. momento en que se paguen, conforme las modalidades que establece estaley y su reglamento. TITULO V 5. Los documentos que contengan actos gravados, cuyo impuesto debeDE LA FABRICACION, CONTROL, DISTRIBUCION Y VENTA DE TIMBRESpagarse anualments: FISCALES Y DE PAPEL SELLADO ESPECIAL PARA PROTOCOLOS
a. En la fecha en que se emits el documento, el cual cubre el resto de ese CAPITULO año calendario. DE LA FABRICACION b. Ea los primeros quince (15) dias calendario del mes de enero de cadaARTICULO 23. De la fabricación , control. EI Ministerio de Finanzasaño, por su renovacion anual. Públicas se encargará de la fabricación de timbres fiscales y papel sellado especial paraprotocolos pero cuando lo considere necesario, podrá celebrar contratos de suministro6. En los contratos administrativos el impuesto se pagará en efectivo, encon entidades nacionales o extranjeras. EI regiamento establece:4 todo lo relativo a los forma anticipada sobre la totalidad del contrato, directamente es laprocedimientos de fabricaçion, custodia, distribución, mantenimiento de existencia dirección, administraciones 0 receptorias fiscales, lo cual se hará constardestrucción de especies fiscales. Las características de los timbres fiscales y el papel en cláusula especial y al estar debidamente aprobado dicho contrato,sellado especial para protocolos podrás ser modificadas por el ministerio, a traves de adjuntandose al mismo comprobante que acredite el pago del impuesto.utilización. acuerdos ministeriales, para adaptarios a los nuevos métodos y tecnicas de producción y La dependencia pagadora queda obligada a comprobar, previamenteefectuar cualquier pago, que se ha cubierto el impuesto. CAPITULO II
7. En todos los documentos que contengan actos gravados y que se detailan DE LA DISTRIBUCION Y VENTA en la ley, en la fecha en que se expidan los mismos O se reciban lospagos. ARTICULO 24. De la distribución y venta. La distribución y venta de
timbres fiscales y papel sellado especial para protocolos estará a cargo de la Dirección General de Reatas Internas. El regismento establecerá lo relativo a estosprocedimientos. ARTICULO 17. De la forms de pago. En todos los documentos que contienen actos o contratos gravados de conformidad coa los Articulos 2 y 5 de esta CAPITULO III ley. el impuesto se cubrira; adhiriendo timbres fiscales, por medio de maquinas estampadoras, o en efective en las cajas fiscales o en cualquier banco del sistema DE LOS PATENTADOS Y NOTARIOS nacional conforme este cuerpo legal y su reglamento. ARTICULO 25. De la vents. La venta de especies fiscales al público ARTICULO 18. Pago del Impuesto. Cuando esta ley y su reglamento no hará preferentemente a traves de los patentados autorizados por la direccion. Queda especifiquen una modalidad especial para el pago del impuesto, este podrá cubrirse en prohibido extender patente a personas jurídicas. la siguiente forma: a. En efectivo. Cuando así convenga la direccion podrá hacer uso del sistema bancario para proveer a los patentados de la Republica, asi como tambies establecer estanquillos parab. Mediante cheque certificado, de caja o de gerencia. la venta directa al público. El regiamento normará lo relativo a los patentados. En ambos casos conservan su derecho a la comision por compra de ARTICULO 26. De las máquinas estampadoras. Quienes se dediquen a laespecies fiscales. importacion, distribución, venta y uso de maquinas estampadoras de timbres fiscales,
deben obtener autorización previa de la direccion. Cumplidos los requisitos, laSe exceptua a los notarios que en los documentos 0 contratos que se faccionen dirección extenderá la licencia respective; asimismo, debe llevar un registro y mantener con su intervencion, podran optar entre cubrir el impuesto en las cajas fiscales, en los control sobre las existencias de máquinas estampadoras. Para evitar que las máquinasbancos del sistema, estampando el valor del mismo 0 bien, satisfacerlo comprando las sean usadas fraudulentamente antes de autorizar su uso, debe marchamarias y depositarespecies fiscales y adhiriéndolas en la forma usual. las mismas en una bodega de la direccion. El reglamento establecerá todo io relativo a los procedimientos y requisitos accesarios para la fabricación, importacion, distribución,Cuando el impuesto a cubrir sea mayor de o 3 001.00 (tres mil un quetzales venta y uso de dichas máquinas. exactos), el importe deberá pagarse obligatoriamente en las cajas fiscales o bancos del sistema. En tal caso se conserva el derecho del patentado a la comision por pago ARTICULO 27. De les netaries. Los notarios por su condicion de tales,compra de especies fiscales. gozan de los privilegios de los patentados. La vents de timbres fiscales y papel sellado especial para protocolos a tales profesionales se rige por lo que para el efecto dispongaARTICULO 19. Page del Impuesto en testimonios de escrituras públicas. el reglamento. La direccion debe habilitar una ventanilla especial para la atencion En los testimonios de las escrituras públicas autorizadas por notario, el impuesto podrá personal de los notarios . integrar los sistemas y procedimientos para ese efecto.
pagarse en cualquiera de las formas previstas en esta ley; y si el testimonio se extendiere mediante reproducciones gráficas hechas por procedimientos mecánicos 0 El Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala proporcionará a la Direccion electronicos fieles del original del protocolo del notario, el impuesto se cubrira en la General de Rentas Internas, deatro del mes siguiente al vencimiento de cada trimestre razón del testimonio correspondiente. calendario, el listado de los colegiados inactivos o inhabilitados para el ejercicio de la profesion, asimismo le informará de los notarios incluidos en el listado que readquieran Ea el caso de que se tenga que cubrir impuesto adhiriendo timbres fiscales, el la calidad de activos o habilitados. No se efectuarán ventas de papel sellado especial notario está obligado a indicar el monto y citar el número de cada uno de los timbres para protocolos ai de timbres fiscales a los notarios inactivos 0 inhabilitados ni se que utilice. aceptará que dichos profesionales cubrau el impuesto mediante el uso de máquinasestampadoras de timbres fiscales o en efectivo.476 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Junio 25 de 1992 NUMERO 16 ARTICULO 28. De la comisión. A los patentados para el expendio de 14. importar, vender, arrendar 'o subarrendar máquinas estampadoras sin especies fiscales, se les reconocerá como comision un diez por ciento (10%) sobre el licencia de la direccion. monto de sus compras, la que se pagará con cualquier clase de dichas especies.
15. Suministrar repuestos, piezas sueltas, cambio de máquinas, efectuar.
A los aotarios, que sean colegiados activos, se les reconocerá como comision el reparaciones 0 modificaciones del mecanismo de control de las mismas diez por ciente (10%), en el acto en que $6 realices las operaciones siguientes: sin autorizacion previa de is direccion.