Decreto 38-2001
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 38-2001
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2001
Diario de Centro América DECANO DE LA PRENSA CENTROAMERICANA TOMO CCLXVII DO Guatemala, jueves 20 de sebre de 2001 NUMERO 51
ORGANISMO LEGISLATIVO
SUMARIO ORGANISMO LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALACONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NUMERO 38-2001
DECRETO NUMERO 38-2001
ORGANISMO EJECUTIVO EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
MINISTERIO DE
FINANZAS PUBLICAS CONSIDERANDO: REGLAMENTO ORGANICO INTERNO DEL MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS. Que de conformidad con la Constitución Política de la República, el Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia, y es deber suyo garantizarle a sus habitantes la vida, la libertad, la justicia y la seguridad.
PUBLICACIONES VARIAS
CONSIDERANDO: MINISTERIO DE EDUCACION JUNTA CALIFICADORA DE PERSONAL Que ciudadanos guatemaltecos provenientes de los Estados Unidos de América arribaron a lasRESOLUCION 05-2001 distintas fronteras del país trayendo vehículo usados, para uso personal o para comerciar con ellos, sin haberse percatado de los gravámenes impuestos a la importación de los mismos de conformidad con el Decreto Número 33-2001 de este Organismo, vigente a partir del tres de agosto del año dos ANUNCIOS VARIOS mil uno.
Matrimonios Constituciones de sociedad ModifiCONSIDERANDO
caciones de sociedad Patentes de invención Registro de marcas Títulos supletorios Edictos Que las diferentes aduanas del país se han congestionado con un gran número de vehículos cuyosRemates. propietarios no han podido liquidar el arancel de importación correspondiente, con lo cual se Afianzadora Solidaria. S. A.-Balance General ocasionan graves perjulsios para el país, para los propietarios de los mismos, para sus familias y Condensado al 30 de junio de 2001. para la comunidad cral, por lo que es conveniente facilitar el descongestionamiento y para Sykda. S. A.-Estado de Situación Financiera al 30 de ello dictar las dispos nes excepcionales correspondientes. junio de 1986. Banco de los Trabajadores.-Balance General POR TANTO: Condensado al 31 de agosto de 2001. Inversiones para Viviendas. S.A. --Balance General del En ejercicio de las Itades que le confieren los artículos 171 literales a) y c), 239 y 243 de la de octubre de 1987 al 30 de junio de 1988. Constitución Política de la República. Inmobiliaria M.T.W.. Sociedad Anónima.-Balance General al 30 de junio de 1988. Negocios Diversificados. S. A.-Balance General al 30 DECRETA: de junio de 1988. Sagastume, Dubois, Servicios de Contaduría Pública y Auditoría. S. A.-Balance General al 30 de junio de La siguiente: 1988. Inversiones Santa Josefina, Sociedad Anónima.- LEY EXCEPCIONAL TEMPORAL DE EXONERACION PARCIAL DEL PAGO DE
Balance General al 30 de junio de 1988. ARANCEL DE IMPORTACION SOBRE VEHICULOS AUTOMOTORES USADOS Transformadora Textil, S. A. Trantexsa.-Balance General al 30 de junio de 1988. ARTICULO 1. Se exonera parcialmente del pagò del arancel de importación a losConstrucciones y Proyectos. S.A.-Balance General al 31 de diciembre de 1986. vehículos automotores usados comprendidos en las partidas arancelarias 87.02, 87.03 y 87.09, en el Exploraciones y Explotaciones Mineras Izabal. S. A. porcentaje a que se refiere el presente artículo, el cual deberá calcularse sobre la base imponible de (Exmibal).-Balance General al 31 de diciembre de los mismos, y aplicarse adicionalmente a las rebajas a que se refiere el artículo 3 del Decreto1986. Número 52-92 reformado por el artículo 5 del Decreto Número 33-2001, ambos del Congreso de la Destiladora de Alcoholes y Rones, S. A. -Balance República, así:General al 31 de diciembre de 1986. Central Añejadora Guatemalteca, S: A.-Balance a) Vehículos del modelo de cinco a nueve años atrás 10% General al 31 de diciembre de 1986. b) Vehículos de diez años 0 más atrás 60%2 DIARIO DE CENTRO AMERICA-20 de septiembre de 2001 NUMERO 51 En tal virtud la tasa impositiva que deberá aplicarse en forma única para el cobro del arancel deORGANISMO EJECUTIVO
importación, a estos vehiculos será la siguiente: a) Vehículos del modelo de cinco a nueve años atrás40% Vehiculos de diez años o más atrás 40% b) ARTICULO 2. La exoneración parcial del pago del arancel de importación a que se refiere el articulo anterior estará en vigor únicamente durante el período de un mes calendario, contado 2 partir del dia de vigencia del presente Decreto. MINISTERIO DE ARTICULO 3. El presente Decreto fue declarado de urgencia nacional por más de las dos terceras partes del número total de diputados que integran el Congreso de la República, discutido yFINANZAS PUBLICAS aprobado en un solo debate, y entrará en vigencia el día siguiente de su publicacion en el diarioREGLAMENTO ORGANICO INTERNO DEL MINISTERIO DE FINANZASoficial,
PUBLICAS.
PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, PROMULGACION Y
PUBLICACION. ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 382-2001
DADO'EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, EL DIA ONCE DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO.Guatemala. 14 de septiembre de 2001 El Presidente de la República,
CONSIDERANDO: UIS ALFONSO ROSALES MARROQUIN PRESIDENTE EN FUNCIONES Que la Ley del Organismo Ejecutivo prescribe que para el eficiente y eficaz cumplimiento de sus funciones, los Ministerios de Estado reglamentarán su estructura interna y Edgar organización en un Reglamento Orgánico Interno que deberá establecér su estructura
interna, funciones, mecanismos de coordinación y otras disposiciones, el que debe emitirse JORGE ALEONSO RIOS CASTILLO EDGAR HERMAN MORALES mediante Acuerdo Gubernativo;
SECRETARIO SECRETARIO
CONCRESO DF LA REPUBLICA CONSIDERANDO Que mediante Acuerdo Gubernativo número 476-2,000 de fecha 10 de octubre del año 2,000 se emitió el Reglamento Orgánico Interno del Ministerio de Finanzas Públicas, el que no refleja de manera adecuada la estructura interna y organización del Ministerio y por Guatemata. Centro America consiguiente tampoco proyecta convenientemente su estructura interna, funciones ymecanismos de coordinación, por lo que debe dictarse un nuevo Reglamento Orgánico en correspondencia con lo establecido en la Ley del Organismo Ejecutivo.
POR TANTO: SANCION Al DECRETO DEL CON RESO NUMERO 38-2001 En ejercicio de las funciones que le confiere el articulo 183, inciso e) de la Constitución PALACIO NA TONAL: Cuatemal dieciocho de septiembre del año dosPolítica de la República de Guatemala; y con fundamento en los artículos 19, 23, 24, 27 incisos a), y I) 28, 35 y 49 del Decreto número 114-97 del Congreso de la República, Leymil uno. del Organismo Ejecutivo,
PUBLÍQU ESE Y CUMPLASE ACUERDA: Emitir el siguiente,
REGLAMENTO ORGANICO INTERNO
DEL MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS
PORT LO CABRERA TITULOI
CAPITULO UNICO DISPOSICIONES GENERALES DE LA ARTÍCULO 1. UNIDAD MINISTERIAL. El Ministerio de Finanzas Públicas es el PRESIDENCIAREPUBLICA ente del Organismo Ejecutivo al que le corresponde cumplir y hacer cumplir todo lo relativo al régimen jurídico hacendario del Estado, incluyendo la formulación de la politica fiscal, la administración de los ingresos fiscales, la gestión de financiamiento interno y externo, la ejecución presupuestaria y el registro, control y administración de los bienes que CUATEMALL. constituyen el patrimonio del Estado ARTÍCULO 2. AMBITO DEL REGLAMENTO. Este Reglamento regula la estructura general interna, organización y funciones administrativas del Ministerio de DE Finanzas Públicas, en aplicación de los principios de desconcentración y descentralización INFORMATION de sus procesos técnico-administrativos. GUATEMA ARTÍCULO 3. FUNCIONES EJECUTIVAS DEL MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS. Además de las que asigna la Constitución Política de la República de EDUARDO BELTO WEYMANN Byron Humberti Darrientos Diaz Guatemala y otras leyes, el Ministerio de Finanzas Públicas tiene asignadas las funciones
MINISTRO 10 FINANZAS PUBLICAS MINISTRO DL GOBERNACION
ejecutivas siguientes:
1. Formular la politica fiscal y financiera de corto, mediano y largo plazo, en función de la política económica y social del Gobierno;
2. Proponer al Organismo Ejecutivo la política presupuestaria y las normas para su
ejecución, dirigiendo, coordinando y consolidando la formulación del proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado; Hugo Raciel Mendez Foreiguez 3. Proponer a la Superintendencia de Administración Tributaria, las normas para laUB SECRETARIO GENERAL SIDENCIA DE LA REPUBLIC desconcentración en la percepción de los ingresos,