Decreto 383-1965
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 383-1965
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 1965
Guatemalteco DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA-CENTRO AMERICA FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA Agencia: Teléfono 28027 Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Impreso en Diario de Centro Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749 America, 9a. Av. 11-34, Zona 1
DIRECTOR: BENJAMIN PANIAGUA SANTIZO TOMO CLXXIV GUATEMALA, SABADO 2 DE OCTUBRE DE 1965 NUMERO 79
SUMARIO fomente el ahorro y permita encontrar una solu Artículo 80.-Sólo se reconocerán como accio-ción a sus problemas financieros y crediticios, nistas a las personas que aparezcan inscritas en el libro de registro correspondiente. La respon-POR TANTO, sabilidad de cada accionista se limita al valor ORGANISMO EJECUTIVO de sus acciones. Ser titular de acciones implicaCon base en el artículo 30. de la Carta Fun la aceptación de la constitución del Banco y eldamental de Gobierno, sometimiento a las disposiciones de esta ley yDecreto-Ley Número 383. sus reglamentos. En Consejo de Ministros,
CAPITULO III
MINISTERIO DE GOBERNACION DECRETA: Operaciones Nombruse at periodista Rafael Escobag Arguello, ConcejalLa siguiente primero de la Municipalidad de la capital. Artículo 90.-E1 Banco podrá realizar las siguientes operaciones: Nombrase al Licenciado Eduardo Sanchez Fernandez, direcLEY ORGANICA DEL BANCOtor general del Registro de Ciudadanos. a) Conceder préstamos a organizaciones econó-
DE LOS TRABAJADORES micas de trabajadores, especialmente a Nombrase at periodista Baltasar Morales de la Cruz, secrecooperativas, para sus operaciones normatario de Información del Gobierno. les. Las organizaciones sindicales podrán obtener préstamos para fines culturales, muApruebase el aumento de capital social de la "Empresa CAPITULO I tualistas y económicos, exceptuándose présMercantil Equipos de Gasolineras, Sociedad Anónima". tamos para financiar conflictos colectivos de Creación y objeto carácter económico-social. Los plazos de esApruébanse los Estatutos de la "Empresa de Maquinaria tas operaciones deberán ser congruentes con Mayatrac, Sociedad Anonima"; y reconócese su persoArtículo 10.-Se crea un Banco para los Trala naturaleza financiera de las mismas y en nalidad jurídica. bajadores como una entidad mixta con personaningún caso podrán exceder de cinco años;lidad jurídica. Se denominará «Banco de los Trab) Conceder, a plazos hasta de doce meses,bajadores>> pequeños préstamos a trabajadores, para cuMINISTERIO DE COMUNICACIONES brir necesidades de emergencia, tales como Artículo 20.-Dicho Banco tendrá su domienfermedades, operaciones quirúrgicas, sepe-cilio en la Ciudad de Guatemala y podrá estalios, compra de útiles escolares, y otros Y OBRAS PUBLICAS blecer sucursales y agencias en el país y fuera préstamos similares;
de él, con opinión favorable de la Junta Monec) Conceder préstamos a plazo hasta de tres Valorizase y ponese on circulación 500,000 estampillas pos-taria, la cual deberá tener en cuenta la naturaaños, a personas individuales para el estatales para correo ordinario, que reproducen como grabaleza específica de esta institución. blecimiento y mejora de pequeños talleres c do central una vista del Edificio de la Facultad de Inindustrias, comercios familiares, adquisición geniorfa, on color azul claro. Artículo 30.-La duración del Banco será inde equipos e instrumentos de trabajo, adiesdefinida, debiendo iniciar sus operaciones el pritramiento y capacitación del trabajador, y Integrase el Consejo Directivo del Instituto Nacional de lamero de enero de mil novecientos sesenta y seis. otros préstamos similares; Vivienda (INVI). en la forma que se menciona. d) Conceder préstamos para reparaciones miArtículo 40.-El Banco funcionará como Banco nimas indispensables de viviendas, a plazoComercial e Hipotecario. Su actividad crediticia hasta de tres años; estará orientada hacia la protección de los intee) Custodiar y administrar los fondos que en MINISTERIO DE HACIENDA reses de los trabajadores. fideicomiso 0 administración le entreguen los trabajadores, las organizaciones sindicaY CREDITO PUBLICO El Banco tendrá los siguientes objetivos: les O cooperativas, otras instituciones depositarias de fondos para los trabajadores ya) Fomentar la formación de ahorros de los las empresas que asignen fondos de retiroNombrase segundo viceministro de Hacienda y Crédito Putrabajadores, empleando los incentivos nece u otros fondos de beneficio para los tra-blico, al contador Adolfo Perdomo Escobar. sarios; bajadores.
b) Facilitar los medios para contribuir a satis-Amplianse los efectos del acuerdo gubernativo de fecha 9 facer las necesidades crediticias de los traArticulo 10.-El Banco podrá aceptar, dede febrero del año on curso, hasta el 31 de enero de bajadores; y, acuerdo con sus reglamentos los siguientes ti-1966, relativo a la exoneración de las multas que por c) Fomentar por medio de operaciones de cré- pos de garantia:anomalias en los documentos de embarque establece el dito la creación y el fortalecimiento de Código Aduanero Uniforme Cntroamericano (CAUCA) y cooperativas y otras organizaciones de caa) Fiduciaria de deudor principal y de un co-su respectivo Reglamento. rácter económico de los trabajadores. deudor que preferentemente trabaje en lamisma empresa; b) Fiduciaria de cooperativas 0 de organizacioCAPITULO II nes economicas de trabajadores y, en su ANUNCIOS VARIOS caso, con la fianza 0 aval de una empresaCapital y recursos 0 institución de reconocida solvencia; c) Prendaria de acciones, bonos y valores simiArtículo 50.-El capital autorizado del BancoLineas de transporte.-Matrimonios.-Constitución de socielares; así como de máquinas, equipos y otrosserá inicialmente de DOS MILLONES DE QUET-dades.--Modificación de sociedades.-Prórroga de sociebienes de trabajo, cuando el préstamo sea ZALES (Q2.000,000.00). El Estado suscribirá acpara la adquisición de los mismos;dad.-Disolución de sociedades.-Registro de marcas-Ticiones por valor de Quinientos Mil Quetzales, de d)tulos supletorios-Edictos-Licitación-Remates. Hipotecaria, cuando la cuantía y natura-los cuales pagará la cantidad de DOSCIENTOS leza de la operación la requiera.
CINCUENTA MIL QUETZALES (Q250,000.00) antes del 10. de enero de 1966, con la que iniciará Artículo 11-La Junta Directiva podrá desig-sus operaciones el Banco. Los otros DOSCIENnar como Agentes del Banco, de acuerdo con el TOS CINCUENTA MIL QUETZALES serán pa ORGANISMO EJECUTIVO reglamento, a las cooperativas, cajas de crédito gados antes del 10. de enero de 1967. u otras organizaciones económicas de trabaja-dores. El resto del capital autorizado será aportado por los trabajadores, los sindicatos, las cooperatiCAPITULO IV vas y otras organizaciones similares, así como DECRETO-LEY NUMERO 383 por personas particulares. Organización Artículo 60.-El capital estará representado Artículo 12-1.os órganos superiores del BanENRIQUE PERALTA AZURDIA, por acciones de DIEZ QUETZALES (Q10.00) CO serán: cada una. Las acciones son nominativas; y no Jefe del Gobierno de la Repúblicahabrá acciones liberadas, de gracia 0 de indusa) La Asamblea General de Accionistas;
tria, que no representen capital integramente b) La Junta Directiva; pagado en efectivo. c) La Gerencia; y, d) La Auditoria CONSIDERANDO: Para las personas particulares a que se refiere el párrafo segundo del artículo anterior, el Artículo 13.-La Asamblea General de Accio-Que es deber del Estado velar por el bienBanco emitirá acciones preferentes de dividendo nistas es la autoridad suprema del Banco. Seestar de los ciudadanos, fundamentalmente los garantizado, sin derecho a voto. reunirá ordinariamente dos veces al año, en losde menores recursos económicos, mejorando sus meses de febrero y agosto; y extraordinaria-condiciones generales de vida mediante el inArtículo 70.-El Banco podrá, con autorizamente, cuando así lo decida la Junta Directiva cremento de la riqueza, fomentando el ahorro ción de la Junta Monetaria, recibir donaciones,0 cuando lo solicite un número de accionistas sistemas de cooperación que permitan facilisubsidios y cualquier otra clase de recursos, pú-que represente por lo menos el diez por cientotar los medios para satisfacer sus necesidades, blicos 0 privados, nacionales 0 internacionales,del capital pagado. Las reuniones ordinarias ylos cuales serán manejados de acuerdo con los extraordinarias deberán ser convocadas con
reglamentos. Las cantidades donadas por persoquince días de anticipación, publicandose anCONSIDERANDO: nas individuales 0 jurídicas para el logro deuno de los diarios de mayor circulación y enlos objetivos y finalidades del Banco, serán con-el Diario Oficial.Que ha sido anhelo constante de los trabajasideradas, respecto del donante, como gastosla creación de una institución crediticia esdeducibles en la declaración correspondiente del Las reuniones ordinarias se Devarán a caboprializada que, cumpliendo una función social, Impuesto sobre la Renta. con el número de accionistas que concurran,780 EL GUATEMALTECO.-DIARIO OFICIAL NUMERO 79 cualquiera que fuere. En las Mas ded) Nombrar y remover al personal adminiscooperativas, sindicatos U otras organizaciones ntadas la más de trativo cuya designación no corresponda a la economicas similares y a trabajacores, las acciones com bes del capital pagade; y si Junta Directiva; tidades no mayores de QUINIENTOS QUETZA no la Junta Directiva hará una e) Resolver sobre la concesión, novacion, pró- LES, estarán exentos del impuesto del timbre y pudiendo en este caso consrrogas y, esperas de prestamos, hasta los papel sellado. tituirse la Asamolea con los accionistas que limites que establexca la Junta Directiva; concurran. f) Proponer a la Junta Directiva el nombraArtículo 31.-En caso de muerte del deposi-miento o la remeción de los funcionarios tante, el cónyuge 0 conviviente, de hecho supérsArtículo 14.-EI Estado estará representade subalternos del Banco; tite, 0 en su defecto el pariente más cercano, en la Asamblea General de Accionistas por las g) Conceder créditos dentro de los límites y podrá retirar de la cuenta del causante en el personas que designen conjuntamente los Micondiciones que fije la Junta Directiva; Banco, mediante una declaración jurada y sin nistros de Economia y de Trabajo y Previsión h) Preparar el presupuesto anual para somenecesidad de declaratoria legal de herederos, Social. terlo a la consideración de la Junta Direchasta la cantidad que fijen los reglamentos y tiva; siempre que sea para sufragar los gastos de Artículo 15.-Cada acción común integrameni) Ordenar el cobro judicial de las acreedurías funerales. te pagada da derecho a un voto. El Estado COdel Banco y lo concerniente a cualquier litimo accionista sólo podrá ejercer el derecho de gio que se presente, debiendo dar cuenta 3 Artículo 32-Las tramitaciones y procedimienvoto hasta por un 30% del total de votos. Las la Junta Directiva; tos del Banco deberán ser sencillos, rápidos y acciones que posean las cooperativas, las orga-j) Otorgar mandatos especiales para represenexpeditos. Para evitar gastos en las operaciones, misaciones sindicales y otras organizaciones ecotar judicial y extrajudicialmente al Banco, no será necesaria la autenticación de firmas de nómicas de los trabajadores, les darán derecho previa autorización de la Junta Directiva; deudores 0 codeudores en préstamos individuaa ejercer en conjubto elv voto hasta en un 20% k) Velar por el estricto cumplimiento de los les hasta por la cantidad que determine el regladel total de los mismos. derechos y. obligaciones del Banco; mento. Bastará que el documento se suscriba en 1) Suministrar a la Junta Directiva la inforpresencia del funcionario 0 funcionarios responLos accionistas podrán hacerse representar en mación regular precisa y completa que sea sables que el Banco designe para el efecto, y las reuniones de la Asamblea General. Ninguna conveniente para asegurar el buen gobierno constituirá título ejecutivo. persona podrá ejercer más de tres representa de la institución; ciones. m) Ejercer las demás funciones y facultades que Artículo 33.-Durante los dos primeros años le correspondan de acuerdo con la ley y los de funcionamiento del Banco, los miembros de reglamentos. la Junta Directiva y el Gerente serán nombrados Artículo 16.-Son atribuciones de la Asampor el Ejecutivo, por conducte de los Ministeblea General de Accionistas: Artículo 21.-La auditoría externa podrá ser rios de Economia y de Trabajo y Previsión Soconfiada a personas individuales 0 jurídicas. cial. a) Elegir a los miembros de la Junta Directiva, excepto al Presidente; Artículo 22.-El ejercicio financiero del BanArtículo 34.-El Ejecutivo, por conducto del b) Nombrar y remover al Auditor Interno del CO coincidirá con el año calendario. Ministerio de Economia, autorizará el presupuesBanco; y disponer cuando lo estime necesato de operación del Banco hasta que se reuna por rio, la contratación de auditores externos; CAPITULO V primera vez la Asamblea General de Accionistas. c) Conocer de la memoria anual que sobre las actividades del Banco le presente la Junta Capitalización y descuentos obligatorios Artículo 35.-La Junta Directiva del Banco Directiva, y aprobar el presupuesto de la tiene facultades para excluir de la obligación de Institución; Artículo 23.-Todos los trabajadores 0 empleasuscribir y pagar acciones de descuento obligad) Aprobar 0 improbar las cuentas e informes dos del Estado, de las Municipalidades, entidatorio, a trabajadores del sector agropecuario, que le presente la Junta Directiva; des estatales descentralizadas, autónomas O secuando éstos lo pidan y siempre que las razones e) Aprobar 0 modificar el proyecto de distrimiautónomas, de las empresas privadas indivi-invocadas sean atendibles. bución de utilidades; duales 0 colectivas y de cualquier otro patrono f) Disponer el aumento del capital social y laprivado, que devenguen sueldos O salarios igualesArtículo 36.-El Ministerio de Hacienda y Cré- emisión y venta de nuevas acciones; 0 superiores a SESENTA QUETZALES mensuadito Público hará los arreglos pertinentes para g) Acordar la disolución y liquidación del Ban-les, quedan obligados a suscribir y pagar el nú-que la aportación inicial del Estado, de DOSco, así como su fusión con otra u otras mero de acciones comunes que se indica a conCIENTOS CINCUENTA MIL QUETZALES, sea instituciones de crédito. Sin embargo, para tinuación: depositada en el Banco de Guatemala y a la surtir efectos, los acuerdos respectivos reorden del Banco de los Trabajadores, antes del queriran la aprobación previa del Ejecutivo, Trabajadores con Acciones Descuento 10. de enero de 1966; y en el siguiente ejercicio otorgada por el Jefe de ese Organismo en sueldos 0 salarios de Q10.00 Valor obligatorio incluirá la partida de DOSCIENTOS CINCUENConsejo de Ministros; mensuales de: a suscritotal mensual TA MIL QUETZALES adicionales, para ser enh) Conocer y resolver asuntos 0 problemas que bir tregados antes del 10. de enero de 1967 al Banco no puedan ser resueltos por los demás órde los Trabajadores de acuerdo con el articulo ganos del Banco. De Q60.00 a Q80.00 1 10.00 Q 0.50 50. de la presente ley. De Q81.00 a Q120.00 2 20.00 1.00 De Q121.00 a Q180.00 4 40.00 2.00 Artículo 37.-Este Decreto entrará en vigor Artículo 17.-La Junta Directiva del Banco esDe Q181.00 a Q300.00 6 60.00 3.00 el día de su publicación en el Diario Oficial. tará integrada por un Presidente y su respectivoDe Q301.00 a 500.00 8 80.00 4.00
suplente, nombrados por el Jefe del Ejecutivo,De más de Q500.00 10 "100.00 5.00 Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de y por cuatro directores propietarios y cuatro suGuatemala, el primero de octubre de mil noveplentes, elegidos por la Asamblea General de Artículo 24.-Las acciones a que se refiere el cientos sesenta y cinco. Accionistas para períodos de dos años, debiéndo-artículo anterior se pagarán en veinte mensualise renovar el primer año dos directores. Los dades iguales, excepto cuando los interesados elimiembros de la Junta Directiva del Banco debejan pagar dichas acciones en un período más Publíquese y cúmplase. rán ser personas solventes, de reconocida hono-corto, O al contado. ENRIQUE PERALTA AZURDIA, rabilidad, y llenar los requisitos que fijan los artículos 13 y 14 de la Ley de Bancos. Como mfTodos los patronos quedan obligados, a partir Jefe del Gobierno de la República, nimo, dos de los directores propietarios deberándel 10. de enero de 1966, a efectuar los desMinistro de la Defensa Nacional. ser trabajadores. cuentos pertinentes en sus planillas de sueldos y salarios semanales, bisemanales, quincenales El Ministro de Gobernación, O mensuales, debiendo entregar estos fondos alLUIS MAXIMILIANO SERRANO CORDOVA. Artículo 18.-Son atribuciones de la Junta DiBanco de los Trabajadores dentro de los primeros quince días del mes siguiente al del desEl Viceministro de Relaciones Exteriores,rectiva: Encargado del Despacho,cuento. MAX KESTLER FARNES. a) Dirigir la política y el funcionamiento del Artículo 25.-Los trabajadores que devenguen Banco; salarios menores de Q60.00 podrán obligarse voEl Ministro de Agricultura, b) Cumplir las disposiciones de la Asamblea luntariamente a suscribir una acción común. En CARLOS HUMBERTO DE LEON. General de Accionistas; este caso será obligatorio para los patronos ha-c) Nombrar al Gerente y a los demás funciocer el descuento por el plazo y monto que conEl Ministro de Comunicaciones y narios del Banco. Estos seran designados a Obras Pública, vengan los trabajadores con el Banco.propuesta del Gerente; JOAQUIN OLIVARES M. d) Presentar a la Asamblea General de AccioArtículo 26.-Todos los trabajadores, cualquienistas, en sus sesiones ordinarias, para sura que sea su salario, podrán obligarse volunta-El Ministro de Economia, aprobación el presupuesto del Banco, e in-riamente a suscribir acciones preferentes sin CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ. formar sobre su ejecución; así como prepaderecho a voto, en cuyo caso, los patronos que-rar la memoria e informes correspondientes darán obligados como se indica en el artículo El Viceministro de Educación, y el proyecto de distribución de utilidades; Encargado del Despacho,anterior. e) Emitir y reformar los reglamentos interBENJAMIN GAROZ VILLATORO
nos que sean necesarios de conformidad con Artículo 27.-Los dividendos que correspondan la legislación bancaria; al Estado quedarán en propiedad del Banco con El Ministro de Hacienda y Crédito Público, 1) Resolver sobre la concesion, novación, pró-destino a la formación de reservas. GABRIEL ORELLANA ESTRADA. rrogas y esperas de los préstamos de mayor cuantía que determinen los reglamentos resArtículo 28.-El Estado, las Municipalidades. pectivos; entidades estatales descentralizadas, autónomas El Ministro de Salud Pública y g) Programar las inversiones del Banco; 0 semiautónomas, empresas privadas y demás Asistencia, h) Acordar la apertura y clausura de agencias patronos, tendrán obligación de descontar de los ALFONSO PONCE ARCHILA. y sucursales; sucidos 0 salarios de sus empleados y trabajai) Fijar las dietas para los miembros de 10 dores, las cantidades autorizadas debidamenteJunta Directiva. por el trabajador deudor 0 codeudor para cubrirEI Ministro de Trabajo y Prevision Social, las obligaciones con el Banco por concepto deJORGE JOSE SALAZAR VALDES. Artículo 19.-La Gerencia tendrá a su cargo préstamos, formacion de ahorros, compra VO-la dirección y administración interna del Banco. luntaria de acciones y otros descuentos que autorice el trabajador; y el Banco enviará perió- El Gerente deberá tener condiciones de honodicamente a las instituciones, empresas y patroMINISTERIO DE GOBERNACION
rabilidad reconocida y amplia experiencia en nos, una lista para que se efectuen los des-asuntos bancarios y financieros; y será responcuentos correspondientes. sable, ante el Presidente, la Junta Directiva y la Asamblea General de Accionistas, del correcto Nómbrase al periodista Rafael Escobar Argüefuncionamiento del Banco. CAPITULO VI llo, Concejal Primero de la Municipalidad de la capital. El Gerente será el jefe superior de todas las Disposiciones especiales dependencias del Banco y de su personal. Palacio Nacional: Guatemala, 20 de septiembre de 1965. Artículo 20.-Son funciones del Gerente: Artículo 29.-El Banco se regirá por la presente ley y por la legislación general bancaria. El Jefe del Gobierno de la República a) Representar judicial y extrajudicialmente al Banco; Artículo 30.-El Banco estará exento de toda ACUERDA: b) Asesorar a la Junta Directiva, debiendo asis-clase de impuestos fiscales y arbitrios municitir a las sesiones de esta, con VOZ pero sin pales, presentes y futuros, siempre que se trateNombrar al periodista Rafael Escobar Argüevoto; de contribuciones cuyo pago corresponda al Banllo, Concejal Primero de la Municipalidad de la c) Preparar las agendas de la Junta DirectivaCO y no a particulares que contraten 0 negocien capital, para llenar la vacante que dejara y de la Asamblea General de accionistas; con él. Los préstamos que el Banco otorgue a señor Guillermo Girión Zirión, quien fallecló.