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Decreto 39-2007

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 39-2007
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Fiscal
Año
2007

Diario de CentroAmérica

GENTE GOBIERNO

MARCHAEN

www.dca.gob.gt Director: Luis Eduardo Marroquin GodoyDecano de la Prensa Centroamericana Organo Oficial de la República de Guatemala TOMO CCLXXXII Guatemala, VIERNES 19 de octubre de 2007 NÚMERO 91

SUMARIO

ORGANISMO LEGISLATIVOORGANISMO LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NÚMERO 39-2007

DECRETO NÚMERO 40-2007

DECRETO NÚMERO 43-2007

CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALAORGANISMO EJECUTIVO

MINISTERIO DE FINANZAS PÚBLICAS DECRETO NÚMERO 39-2007

Acuérdase aprobar la Ampliación del Presupuesto de Ingresos del Instituto Nacional de Electrificación -INDEEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALAcorrespondiente al Ejercicio Fiscal 2007. MINISTERIO DE ECONOMÍA CONSIDERANDO: Acuérdase publicar la Resolución número 206-2007 (COMIECO-EX) del Consejo de Ministros de IntegraciónQue el Gobierno de la República suscribió la Enmienda al Artículo I de la Convención sobreEconómica. la que aparece como Anexo del presente Acuerdo. Prohibiciones o Restricciones del Empleo de Ciertas Armas Convencionales que puedan Considerarse Excesivamente Nocivas o de Efectos Indiscriminados. PUBLICACIONES VARIAS CONSIDERANDO: PROCURADOR DE LOS DERECHOS HUMANOS Que la Enmienda amplia el ámbito de aplicación de la Convención y de sus Protocolos al

ACUERDO NÚMERO SG-023-2007 permitir la asistencia humanitaria en caso de conflictos armados internos.

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA POR TANTO:

ACUERDO No. 35-2007

ACUERDO No. 37-2007 En ejercicio de las atribuciones que le confieren las literales a) y I) del artículo 171 de la Constitución Política de la República de Guatemala,

MUNICIPALIDAD DE MIXCO, DEPARTAMENTO DE

GUATEMALA

DECRETA: ACTA NÚMERO 54-2007 PUNTO DECIMO QUINTO ACTA NÚMERO 54-2007 PUNTO DECIMO SEXTO Artículo 1. Aprobar la "Enmienda al Artículo I de la Convención sobre Prohibiciones o Restricciones del Empleo de Ciertas Armas Convencionales que puedan ConsiderarseMUNICIPALIDAD DE RETALHULEU LEY TEMPORALY ESPECIAL DE REPOSICIÓN DE Excesivamente Nocivas o de Efectos Indiscriminados" celebrada en Ginebra del 11 al 21 de

CÉDULAS DE VECINDAD DEL MUNICIPIO DE diciembre de 2001.

RETALHULEU, DEPARTAMENTO DE RETALHULEU, SEGÚN EL DECRETO 30-2006 DE FECHA Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia ocho dias después de su publicación.21 DE SEPTIEMBRE DE 2006.

REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN YPUBLICACIÓN.

ANUNCIOS VARIOS Matrimonios Constituciones de sociedad EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE

Modificaciones de sociedad Patentes de invención GUATEMALA, EL VEINTISÉIS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL SIETE. Registro de marcas Títulos supletorios Edictos Remates. DE LA

ATENCIÓN ANUNCIANTES:

IMPRESIÓN SE HACE

CONFORME ORIGINAL OLIVERIO GARCÍA RODAS PRESIDENTE EN FUNCIONES CONGRESOREPUBLICA Toda impresión en la parte legal del Diario de Centro América, se hace respetando el original. Por lo anterior, esta Administración GUATEMALAruega al público tomar nota. JORGE MARIO VÁSQUEZ VEL ÁSQUEZ JOB RAMIRO GARCÍA Y GARCÍA SECRETARIO SECRETARIO28 Guatemala, VIERNES 19 de octubre de 2007 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMERO 91

PALACIO NACIONAL: Guatemala, quince de octubre del año dos mil siete. PALACIO NACIONAL: Guatemala, quince de octubre del año dos mil siete.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

DE LA

REPUBLICA

DE LA AEPUBLICA Do so

GUATEMALA. BERGER PERDOMO GUATEMALA.

& DERELACIONES

A.P.PAnameric GUATEMALA.C. Lic large Rail Arrouve Reyes VICEMINISTRA DE EXTERIORES Anamaria SECRI TARO CENERAL ENCARGADA DEL DESPACHO Lic/Torge SECRETARIO CENERAL VICEMINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES DE PRESIDENCIAL LAREPUCLO

LAPRESIDENCIADE TACEPOBLICA ENCARGADA DEL DESPACHO

(F--847-2007)-19-octubre

(E-848-2007)-19-octubre CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NÚMERO 40-2007 DECRETO NÚMERO 43-2007

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que el Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotación de la Prostitución Ajena, abierto a firma en Lake Success, Nueva York, el 21 de marzo de 1950 y suQue los Acuerdos de Paz representan una oportunidad histórica para que el país supere Protocolo tiene como finalidad desarrollar acciones tendientes a prevenir y castigar laobstáculos sociales, económicos e institucionales que dificultan mejorar el nivel de vida de la población, para lo cual el Gobierno de la República formuló una estrategia de desarrollo, explotación sexual de personas por parte de terceros. y establece el compromiso de losbasada en lecciones aprendidas, con el propósito de combatir la pobreza y disminuir la Estados que lo adopten a castigar a aquellas personas que concertaren la prostitución ajena'yexclusión. quienes explotaren la prostitución de otra persona. aún cuando mediare su consentimiento.

CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la República de Guatemala, en el marco de la Agenda Estratégica para el Desarrollo Integral, solicitó apoyo financiero reembolsable al Banco Interamericano de

Que el Convenio de mérito no contraviene el espiritu de las normas internas de nuestro país,Desarrollo (BID) y al Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), para la sino que además las complementa y desarrolla, en la medida en que introduce nuevasejecución y puesta en marcha del "Proyecto de Apoyo al Programa de Desarrollo Económico disposiciones legales con el fin de prohibir y castigar la trata de personas y la explotación de ladesde lo Rural", cuyo énfasis reside en contribuir a incrementar los ingresos de la población prostitución ajena. rural, principalmente indígena en los territorios identificados, fortaleciendo y estableciendo encadenamientos productivos con inversiones orientadas a remover los cuellos de botella existentes, para mejorar la competitividad de las empresas rurales y sus territorios.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que le confieren las literales a) y I) del artículo 171 de la CONSIDERANDO: Constitución Política de la República de Guatemala, Que los directores ejecutivos de los citados Bancos, aprobaron el 29 de marzo y el 3 de mayo, ambos de 2006, otorgar cada uno a la República de Guatemala, un financiamiento reembolsable con el objeto de apoyar la ejecución del citado proyecto; y que se han obtenido DECRETA: opiniones favorables del Organismo Ejecutivo y de la Junta Monetaria, a que se refiere el artículo 171 literal i) de la Constitución Política de la República, es procedente emitir la Artículo 1. Aprobar el "Convenio para la Represión de la Trata de Personas y de la Explotacióndisposición legal que los apruebe.

de la Prostitución Ajena, abierto a firma en Lake Success, Nueva York, el 21 de marzo de 1950 y su Protocolo".

POR TANTO: Articulo 2 El presente Decreto entrará en vigencia a los ocho días de su publicación en el

Diario Oficial. En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) e i) de la Constitución Política de la República de Guatemala, REMITASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN. DECRETA: Artículo 1. Aprobación. Se aprueban las negociaciones del Contrato de Préstamo 1733/OCEMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GU y del Convenio de Préstamo 7374-GU, a ser celebrados entre la República de Guatemala y GUATEMALA, EL VEINTISÉIS DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL SIETE. el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), respectivamente, ambos para la ejecución y puesta en marcha del "Proyecto de Apoyo al Programa de Desarrollo Económico desde lo Rural", en cuya ejecución participará la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia (SEGEPLAN), a la cual se Olimo Sawar LA A& REDUBLICA faculta expresamente para el efecto. Artículo 2. Autorización. Se autoriza al Organismo Ejecutivo para que, por intermedio delOLIVERIO GARCÍA-RODAS Ministerio de Finanzas Públicas, suscriba el contrato y convenio de préstamo indicados, bajoPRESIDENTE EN FUNCIONES las condiciones financieras que en este artículo se detailan.

GUATEMALA.COM BANCO INTERAMERICANO DE DESARRROLLO (BID) JORGE MARIO VÁSQUEZ VELASQUEZ JOB RAMIRO GARCÍA Y GARCIA MONTO: Hasta por una suma de treinta millones de dólares de los

SECRETARIO SECRETARIO

Estados Unidos de América (US$30,000,000.00).

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