Decreto 4-2011
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 4-2011
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Electoral
- Año
- 2011
-------------~--------_.... _________ _ ----------'-~------~--~ jfunbabo tn 1880
-óRGA'NOOFICIAL DE LA-REPúBLICA DÉ GUATÉMALÁ, C. A.
Jl.JE\IES 28 de abril de 2011 No 80 Tomo GOXOI Directora General: Ana María Rodas W:W:W .. CJGa.gcJlJ.gf Sumario
ORGANISMO LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPÚBUCA DE GUATEMALA
DECRETO.NúMSI0'4-2011
ORGANISMO EJECUTIVO MINISTERIO DE GOBERNACIÓN Acuérdose recOflOCer)P '~~flolidod jurídico y aprobar los bases constiMiv~,.d~-Jo iglesia Evangélico denominado
IGLESIA MISIÓN. CR1STIANA EVANGÉLICA PENTECOSTÉS
JESÚS VIENE.
Acuérdose outorita'r . a lo Entidad Extronjero. de corócter .no lucrativo, denominado NETHERLANDS INSTITUTE FOR MUlTIPARTY DEMOCRACY, (NIMD), constituida de • conformidad c_on los le~es, ~~)a.c:i!Jd,<ld.:de lo .Hoyo, del Reipo .;;~'Jós'F'ofses Bajos; pcim qve"püeci:J~Stob1~cer sucursal en ef ",pafs;. ·~:; · , . , .~ ' ANUNCIOS VARIOS Matrimonios • líneas de Transporte. • Constituciones de Sociedad •Modificaciones de Sociedad • Disolución de Sociedad • Potentes de Invención • Registro de Morcas • Títulos Supletorios • Edictos • Remates •
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IMPRESIÓN SE HACE CONFORME ORIGINAL
Sociedad •Modificaciones de Sociedad • Disolución de Sociedad • Potentes de Invención • Registro de Morcas • Títulos Supletorios • Edictos • Remates •
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5. No se aceptan _fotocopias~
6. Que 'ta firmo de la .persona responsable y 'selto correspondiente se enc~ntre.ñ fuera del texto del documento.
7. Documento con el nombre completo del Abogado, Sello • y Número qe Colegiado. • :; ?> ~ -e' • X ;;~·-, • #o.• ':'!:!f ·~ •
8. Nombre y Número di¡) t~!~fqno !¡le lp person~_respJ¡;>~sap_l!i> . de la publicación, para cualquier j;:O!):svlta posterior.
Direc;:ción :•. 1 ...
8. Nombre y Número di¡) t~!~fqno !¡le lp person~_respJ¡;>~sap_l!i> . de la publicación, para cualquier j;:O!):svlta posterior.
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ORGANISMO LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA.REPÚBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NÚMERO 4-201.1
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que la· .Constitución Polftica de la República establece en los artrculos 140 y 141_ que Guatem~la es un ~clo li.W&. ln#epenctienttt y. soberano. organizac'.ta, pal'a gan:H')tizar a sus habitantes-el goce de $.1$ détechos y~ sus libertades. SU·sistema.de gobierno es .~republic:ano, d~tico y tepre$811tativo. La soberanfa. radica en el. pueblo quien la ~ <f~féga para. s¡u ejercicio en los Organismos Legislativo. Ejecutivo y Judicial.
CONSIDERANDO: Que es un componente ~-de la democracia representativa, la rendición de cuentas de todos los funcionarios· públicos, .especialmente ·de los que han sido electos por la. voluntad soberana det ~pue.bfo y que la gobemabilidad democrática. demanda fa profundización de los procesos de modernización del Estado, incorpotando 18s nuevas tecnologias, con ~ fm de elevar los _niveles de eficiencia,. probidad y transparenCia en la gestión pública.
CONSIDERAN.DO: . Que de acuerdo ... a lo que esta~ el artfculo 30 de la Constitución PoUtica .de la
tecnologias, con ~ fm de elevar los _niveles de eficiencia,. probidad y transparenCia en la gestión pública.
CONSIDERAN.DO: . Que de acuerdo ... a lo que esta~ el artfculo 30 de la Constitución PoUtica .de la · República .de Guatemála. t<kloé._los actos de 1a administración· son pclblicos_ .y ·que es un derecho inalienable de los ciudadanos conócer la información relacionada a la forma en que los cftputados y diputadas cumplen con la responsabilidad de representarlos a.1ravés de Jos votos que emiten. .,.. ,...,. .,. . · · · · En ejercicio, de las atribuéiÓnes~que té otorga et articulo 171 literal a) de la Constitución Política de la República deGüatemata, · . · ·. · .
DECRETA:
Las siguientes: REFORMAS AL DECRETO N(iMERO 63-94 DEL CONGRESO DE LA REPlJsUCA, LEY ORGÁNIQAOEL ORGANISM01.EGISLAnYO · · Articulo 1. Se 'reforma el articulo 94 del Decreto Número 63-94 del Congreso de la República, Ley Orgánica def Organismo Legislativo, el cual queda asr: "Articulo 94. Votacl6n nominal por medio· d8 sistema electrónico. Los diputados y diputadas. em;tirán su voto haci.endo uso del sistema electrónico. El sistema registrará et ~voto: 'de . cada. urao de los diputadof y 'diputadas y ios resultados de cada ~c::ión~n los que prQvengan dé dicho ..... e sistema emitirá tres listados~ Uno con los nomtns de ·los diputados que votaron a favor;
resultados de cada ~c::ión~n los que prQvengan dé dicho ..... e sistema emitirá tres listados~ Uno con los nomtns de ·los diputados que votaron a favor; otro. con los nombres de los· diputados qlie votaron ·en contra y otro con los nombres de los diputados ausentes. Al finalizar Ja votación se prpcecleré a leer los tres listados~ Estos listado$ serán _publicados en la página web. dél COngreso_ de la _Repíibtita, además de estar disponibles en cualquier )raomento para cualquier persona que los solicite, de.acuerdo a lo que estableéela Ley de Acceso a la Información Pública." · · . ~e.,:··¡. ,• v .,- 1' •' ~·. ·>- -~ ., 1 ,.. ' ~ •,·:~ '!' ••• ~r,-:• ..• ~11<:.'0 ~,¡ , Congreso de la República. Dirección Legislativa. Unidad de Información Legislativa. Congreso de la RepúblicaCongreso de la República. Dirección Legislativa. Unidad de Información Legislativa. Congreso de la República