Decreto 40-1970
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 40-1970
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 1970
de de El Guatemall
DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA
FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886, SEGUNDA EPOCA Administración: Teléfono 24418 Impreso en Diario de Centro Registrado como correspondencia de segunda clase en la Administración Agencia: Teléfono 28027 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marzo de 1950, bajo el No. 749América: 9a. Av. 11-34, Zona 1
DIRECTOR: LEOPOLDO CASTILLO SAENZ TOMO CLXXXVIII GUATEMALA, VIERNES 26 DE JUNIO DE 1970 NUMERO 86
Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, en «ARIMCO», clasificación de Industria Existente SUMARIO ciudad de Guatemala, a los quince días del mes deGrupo «B», de conformidad con los artículos 5 7. junio de mil novecientos setenta. 8 y 14 del Convenio Centroamericano de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial, para que ORGANISMO LEGISLATIVO ENRIQUE A. CLAVERIE DELGADO, pueda dedicarse a la fabricación de bolígrafos or Presidente. dinarios, boligrafos finos, boligrafos rayadores, be glas y estuches para cintas de maquinas, de ma Decreto número 40-70. HUGO RAFAEL CARIAS RECINOS, terial plástico; y en virtud de lo dispuesto en Secretario. artículo Transitorio Cuarto del propio Convenio, se le equipara con la industria similar salvadore ORGANISMO EJECUTIVO JOSE RODOLFO OGALDEZ G., ña Fábrica de Boligrafos Arturo Italo Luiggi Gio
Secretario. litti Morán». MINISTERIO DE ECONOMIA Palacio Nacional: Guatemala, veintitrés de junio Artículo 20.-De conformidad con el artículo Otórgase ala Empresa "Arimany y Compañia de mil novecientos setenta. anterior, la sociedad <<Arimany y Compañía LiLimitada, de nombre comercial "ARIMCO". mitada. de nombre comercial «ARIMCO», gozaclasificación de industria existente grupo «B».Publiquese. rá por equiparación de los beneficios de exonera ción de derechos sobre la importación de maquiOtórgase a la Empresa "Richardson-Merrell InJULIO CESAR MENDEZ MONTENEGRO naria y equipo, materias primas. prod ctos sem:- termericas Inc. clasificación de industria exiselaborados. combustibles y lubricantes (excepto tente grupo "A". El Ministro de Gobernación, gasolina), siempre que no pueda disponerse de ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR. sustitutos centroamericanos adecuados, en los montos V plazos señalados a la empresa salvadorena MINISTERIO DE HACIENDA «Fábrica de Boligrafos Arturo Italo Luiggi GioY CREDITO PUBLICO ORGANISMO EJECUTIVO litti Moran>. cuyovencimiento de beneficios CO rresponde al 11 de diciembre de 1974, a fin de situarla dentro del mismo plano de competitiviAutorizase a la Secretaría de Asuntos Sociales de dad. la Presidencia de la República, para que perMINISTERIO DE ECONOMIAmute la fracción de terreno que se menciona a Artículo 30.-La sociedad <Arimany y Compafavor del Estado, propiedad de la señora LilyOtórgase a LA EMPRESA «ARIMANY Y COMPA- ñía Limitada deberá cumplir con las siguientes Soto de Abril, por la fracción de terreno que se NIA LIMITADA-, de nombre comercial «ARIMobligaciones: indica, propiedad del Estado, a favor de la se-CO», clasificación de Industria Existente Gru nora Lily Soto de Abril. po «B». a) Iniciar sus instalaciones seis (6) meses después de obtenida la clasificación y su producACUERDO NUMERO 69-70 ción en escala industrial dentro de los, seis MINISTERIO DE TRABAJO (6) meses subsiguientes; Palacio Nacional: Guatemala, 22 de junio de b) Invertir en la industria un capital no menor Y PREVISION SOCIAL 1970. de descientos dos mil novecientos sesenta quetzales como se indica en Fijaso el salario mínimo en Q1.36 por día, para Ministro de Economia, estudio económico; los trabajadores de la industria de la madera c) Producir sus artículos en Ligual 0 mejor callen general y para toda la Republica. CONSIDERANDO: dad que los de manufactura extranjera y ofrecerlos a la venta a igual 0 menor precio que Fijase el salario mínimo en Q1.44 por día, paraQue con fecha 14 de febrero de 1970. el señor éstos: los trabajadores de servicios méd cos y sanitariosJaime Arimany Ribe, en concepto de representand) Realizar todas las gestiones necesar as para en general y para toda 4a República. te legal de la sociedad «Arimany y Compañia Lilograr la exportación de sus productos fuera
mitada>>, de nombre comercial «ARIMCO», solic¹- del área centroamericana; tó de este Ministerio clasificación por equiparae) Propercienar ocupación a un número no meANUNCIOS VARIOS ción con la empresa salvadoreña «Fábrica de Bonor de trein'iséis (36) trabajadores guate lígrafos Arturo Itato Luiggi Giolitti Morán, de con-maltecos V respetar en cuanto a salarios y de. Matrimonios. - Lineas de transporte. Consformidad con las normas transitorias del Convomás prestaciones laborales, las leyes que rititución de sociedad. Modificación de sonio Centroamericano de Incentivos Fiscales al Desgen esa materia: ciedades. Prórroga de sociedad. Registro arrollo Industrial; f) Prestar asesoría técnica gratuita para adiesde marcas. Patente de invención. - Titulos trar al personal guatemalteco: CONSIDERANDO: supletorios. Edictos. Remates. g) Trasladar parte de los benefic'os derivados de las exoneraciones que se le o'orguen. al Que la sociedad «Arimany y Compañía Limimejoramiento de las condiciones de trabajo tada.. está constituida con un capital que asciende su personal; de a la suma de veintiún mil novecientos sesenta h) Mantener durante el primer año de operacio. ORGANISMO LEGISLATIVO quetzales (Q21,960.00), invertirá en la industrianes la producción de 25,000 gruesas de bolila suma de doscientos dos mil novecientos seson grafos ordinarios: 2.778 gruesas de boligrata quetzales (Q202,960.00), representa una lineafos finos: 1,389 gruesas de boligrafos ravadode producción conveniente y además proporciona res: 347 gruesas de reglas 1.400 milares DECRETO No. 40-70 rá ocupación a un número de treintiséis (36) per-de estuches para cintas de máquinas: sonas, entre empleados adminis'rativos y laboran-i) Utilizar al máximo las materias primas V tes: artículos que se produzcan en el país 0 en el El Congreso de la República de Guatemala, area centroamericana y propiciar la paulatiCONSIDERANDO: na sustitución de los productos importados CONSIDERANDO: utilizados en el proceso Industrial por produ. Que en la tramitación respectiva se han llena-tos nacionales; do todos los extremos legales, y que con la do j) Aiustar sus importaciones de materia prima, Que ES el momento de clausurar el período decumentación acompañada y el dic'amen favora sesiones ordinarias del Congreso de la República productos semielaborados. envases V otros bie. ble emitido por la Dirección de Política Industrial nes utilizados on el proceso productivo de la que se iniciara el 15 de junio de 1969, prorrogadoel 3 de junio de 1970 bajo el número 100/(174)industria. a las necesidades de capacidad pa posteriormente por medio de Decretos emitidosha quedado plenamente establecido que de confor TH un año de trabajo como máximo, de acuerpara el efecto, en virtud de la disposición consti-midad con el artículo Transitorio Cuarto del Condo con la estimación prevista en el estudio
tucional contenida en el artículo 158 de la Cartavenio antes mencionado procede otorgar a la emeconémico respectivo; Magna, presa la clasificación que por equiparación SOk) Rendir información al Ministerio de Econolicita; y, mía. de los costos de producción de los arPOR TANTO, tículos y el precio de venta al público de los CONSIDERANDO: mismos. V permitir cualquier revisión que el Con fundamento en el artículo 158 de la Constipropio Ministerio ordene sobre este aspecto: tución de la República, Que es preciso señalar las condiciones bajo las1) Cumplir con todos los requisitos que establecuales el Estado otorga beneficios a las industrias,ce el Convenio Centroamericano de IncentiDECRETA: para garantizar los objetivos de la política de fo-vos Fiscales al Deserrollo Industrial as como mento industrial, lo previsto en el artículo 40. del Decreto-Ley Artículo 10.-Se declaran clausuradas las sesiones número 170; y, ordinarias del Congreso de la República iniciadas POR TANTO, m) Efectuar la publicación del presente Acuerdo el 15 de junio de 1969, y prorrogadas en períodos en el Diario Oficial. dentro de los treinta (30) sucesivos de conformidad con la Constitución de laCon fundamento en los artículos 2, 4, 5. 6, 7,días siguientes al de su notificación.8. 14. 18, 19, 22, 33, 34, 35. 37, 38, 39, 40, 46 yRepública. Transitorio Cuarto del Convenio Centroamericano
Artículo 20.-El presente Decreto entrará en vi-de Incentivos Fiscales al Desarrollo Industrial,Artículo 40.-Para los efectos de las exonera. ciones a que se refieren la clasif cación y equigor inmediatamente y será publicado en el Diario ACUERDA: paración antes citadas. se da a continuación laOficial. lista de los articulos que podrán importaree l'br's Pase al Organismo Ejecutivo para su publica-Artículo 10.-Otorgar a la empresa Arimanyde impuestos, siempre que no. nueda disponerse y Compania Limitada>, de nombre comercialde sustitutos centroamericanos adecuados. cion.