Decreto 40-1980
Congreso de la República de Guatemala
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- Decreto 40-1980
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 1980
Diario de Centro América
ANTES EL GUATEMALTECO
ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Director Periodista Decano de la Prensa Centroamericana Federico Zelaya Bockler Fundado el 2 de Agosto de 1880:
Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 calle 6-72, zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18
TOMO CCXV GUATEMALA, MARTES 6 DE ENERO DE 1981 NUMERO 32
SUMARIO ORGANISMO LEGISLATIVO
ORGANISMO EJECUTIVO ORGANISMO LEGISLATIVO DECRETO No. 40-80 MINISTERIO DE ECONOMIA EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.DECRETO NUMERO 40-80 Fijance los siguientes precios máximos de venta para el azúcar blanca
CONSIDERANDO:
ORGANISMO EJECUTIVO ACUERDO No. 648-80
Que con fecha 28 de septlembre de 1979. se suscrib ó ad referéndum, ei Convenio Comercial entre Palacio Nacional: Guatemala, 31 de diciembre MINISTERIO DE ECONOMIA el Gobierno de la Repúbl Socialista de Rumania de 1980. y el Gobierno de la Republica de Guatemala, en El Ministro de Economia, el cual se establece el tratamiento de la Nación Fijanse los siguientes precios máximos de venta más favorecida, mecanismo adecuado para el forCONSIDERANDO: para el azúcar blanca. talecimiento de sus propias economias y consecución de su progreso; Que la Comisión Nacional, del Azúcar y sus
Derivados, conocio la solicitud de elevación de Otórgase a la empresa "Distribución y Ventas, SoCONSIDERANDO: precios, presentada por la industria azucarera,ciedad Anónima", de nombre comercial DIVEla cual fue aprobada en su oportunidad; SA. SOCIEDAD ANONIMA. exoneración del 40% Que a ambos países les anima un deseo común del Impuesto de Estabilización Económica, sobre de promover y desarrollar sus relaciones comerCONSIDERANDO: los rubros que se expresan. ciales en base al respeto de los principios de independencia y soberania nacionales, de no ingeQue la Comisión Nacional del Azúcar y sus rencia en los asuntos internos, de igualdad de deDerivados, es el ente asesor en todos los aspec-Apruébase la escritura social de constitución de la rechos y de mutuo beneficio; tos de la economía azucarera y que ha propuestoentidad "Afianzadora Central, Sociedad Anónial Ministerio de Economia, los precios del azú.ma". CONSIDERANDO: car y sus derivados, a establecer en el mercado interno, Que el crecimiento y la diversificación de los inMINISTERIO DE FINANZAS tercambios comerciales entre los países en vias de POR TANTO. desarrollo, conduce a la reducción y la eventual PUBLICAS eliminación de las diferencias que los separan de En uso de las facultades que le confiere el los economicamente besarrohabos, conticion esenarticulo 197 inciso 69 de la Constitución de la
Ratificase el Acuerdo Gubernativo del 7 de agostocial del nuevo orden económico internacional, República, artículo 16, incisos 69 y 89 del Dede 1979, por el cual se declara de Emergencia creto No. 93 del Congreso de la República, Nacional la situación existente en la Municipali POR TANTO, Ley del Organismo Ejecutivo V lo preceptuado dad de Tecpán Guatemala. En base a lo que determinan los incisos 10. y en el Decreto-Ley No. 49 y su Reglamento, 14 del articulo 170 de la Constitución de la Repú- ACUERDA: blica, MINISTERIO DE TRABAJO Y DECRETA: Artículo 19-Se fijan los siguientes precios PREVISION SOCIAL Artículo 10.-Se aprueba el Convenio Comercial máximos de venta para el azúcar blanca: suscrito en Bucarest, el 28 de septiembre de 1979. entre el Gobjerno de Ia República Socialista de Ru-Quintal puesto en bodega de ingenio en Apruébanse los Estatutos del Sindicato de Trabajamania y el Gobierno de la República de Guatemacualquier envase 018.00 dores Agricolas Independientes de la aldea "Conla. Libra al consumidor 0.20 cepción El Chato, municipio y departamento deGuatemala". Art'culo 20.-El presente Decreto fue aprobado Los precios de arroba. en bodega de ingenio, por la mayoria absoluta del total de Diputados queserán en forma proporcional al precio indicado
MINISTERIO DE GOBERNACION integran el Congreso y entrará en vigor a los ochopor quintal. días de su publicación en el Diario Oficial. Artículo 29-Se fijan los precios máximos de venta para las melazas en la siguiente forma: Apruébanse los Estatutos de la "Asociación GuaPase al Organismo Ejecutivo para lo que proA productores de leche a] ampa-temalteca de Jubilados del Estado" y reconóceseceda. ro de la Ley de Fomento Le-su personalidad jurídica. chero 00.08 el galón Dado en el Palacio del Organismo Legislativo, en Otras actividades pecuarias 0.20 el galón Declárase necesaria y urgente la compra de dosla Ciudad de Guatemala, a los veintitrés d.as del Industria de levaduras 0.20 el galón (2) vehículos, para uso exclusivo de la Gerenciames de julio de mil novecientos ochenta. A la industria en general 0.40 el galón del Instituto de Fomento Municipal. TOMAS ESTEBAN ZEPEDA GUZMAN, Artículo 39-En los precios señalados, estánPresidente. SECRETARIA DE MINERIA. HIDROCARBUROS incluidos los impuestos fiscales que afectan la producción y ventu.HECTOR NAPOLEON ALFARO GARCIA, Y ENERGIA NUCLEAR Primer Secretario. Artículo 49-Los Ingenios Azucareros. por intermedio de la Asociación de Azucareros de GuaJOSE EMILIO PAR GONZALEZ, temala 0 a través de la Distribuidora Azucarera Establécense los nuevos precios para los productos Segundo Secretario. Guatemalteca, Ltda., quedan obligados a instalar derivados del petróleo, de acuerdo con la medida y mantener permanentemente centros de distri.de galón americano (3.785 cm3.). Palacio Nacional: Guatemala. treinta de julio debución en los siguientes departamentos y munimil novecientos ochenta. cipios: Flores Petén, Poptún, Puerto Barrios. Coban, Huehuetenango, San Marcos, QuezalteANUNCIOS VARIOS Ratificase, publiquese y cúmplase. nango, Santa Cruz del Quiché, Salama. Zacapa, Chiquimula, Jalapa, Jutiapa. Cuilapa. AntiguaFERNANDO ROMEO LUCAS GARCIA. Guatemala. So'ola. Contepeque. Mazatenango. Matrimonios. Constituciones de sociedad. Mo-- Santa Lucia Cotzumalguapa y Escuintla. dificaciones de sociedad. - Disoluciones de so-El Viceministro de Relaciones Exteriores, ciedad. Registros de marca. Titulos supleEncargado del Despacho, Artículo 50-Para una distribución y venta torios. Edictos. Licitaciones. Remates. ALFONSO ALONSO LIMA. adecuada de las melazas, se debe crear una Ofi.