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Decreto 40-1984

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 40-1984
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Electoral
Año
1984

Diario de Centro America

ANTES EL GUATEMALTECO

ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

Director Capitán de Navio DEM. y Licenciado Decano de la Prensa Centroamericana Juan Fernando Cifuentes Herrera Fundado el 2 de Agosto de 1880

Teléfono de Redacción: 24-4-17 TIPOGRAFIA NACIONAL, 18 Calle 6-72, sone 1 Teléfono de Administración: 24-4-18

GUATEMALA, MIERCOLES 9 DE MAYO DE 1984 NUMERO 72

TOMO CCXXIII Ches, Sociedad Anónima. Balance General al 30 festado su preocupación de que ello pueda dar SUMARIO de junio de 1981. origen a impugnaciones que demoren o perjudiquen el proceso electoral; Negocios "A", Sociedad Anónima. Balance GeneORGANISMO EJECUTIVO ral al 31 de diciembre de 1981. CONSIDERANDO: Armor de Guatemala, S. A. Balance General al Que para evitar los posibles problemas aludidos JEFATURA DE ESTADO 30 de junio de 1981. en el considerando anterior, es conveniente establecer en interpretación auténtica, la corrects apliCompañia Importadora Exportadora, S. A. (CIcación de la referida norma, para cuya finalidad DECRETO-LEY NUMERO 39-84 MEX, S. A.). Balance General al 31 de diciemse hace necesario dictar en ese sentido la dispobre de 1981. sición legal que así lo determine,

DECRETO-LEY NUMERO 40-84

Inversiones Mauritius, S. A. Balance General ConDECRETO-LEY NUMERO 41-84 POR TANTO,densado al 31 de diciembre de 1981. DECRETO-LEY NUMERO 42-84 Alimentos, S. A. Balance General al 31 de diciem-En el ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 4º, 59 y 26, inciso 14) del Estatutobre de 1981. Fundamental de Gobierno, modificado por los DeAdministradora Múltiplo, S. A. Balance General cretos-Leyes números 36-82 y 87-83, MINISTERIO DE RELACIONES al 30 de junio de 1978.

EXTERIORES DECRETA: Administradora Múltiplo, S. A. Balance General al 30 de junio de 1979. Artículo 19-La prohibición de "no desempeñar Ratificaciones, adhesiones y reservas producidas cargo público" a que se refiere el inciso d) del por otros Estados sobre Convenciones y TratadosAdministradora Múltiplo, S. A. Balance General artículo 34 del Decreto-Ley número 30-83, Ley Internacionales. al 30 de junio de 1980. Orgánica del Tribunal Supremo Electoral, no tendrá aplicación para quienes ejerzan funciones o Asociación Centroamericana de Construcción y empleos de naturaleza docente, de salud y asistencia Arquitectura, S. A. (ACACYA). Balance Genepública, de asesoría legal O técnica, sin ejercicio

MINISTERIO DE TRABAJO Y ral al 31 de diciembre de 1978. de jurisdicción y en general, para quienes no devenguen sueldo del Estado, aun cuando desempePREVISION SOCIAL Asociación Centroamericana de Construcción y nen cargo dentro del mismo. Arquitectura, S. A. (ACACYA). Balance General al 31 de diciembre de 1979. Artículo 29-E1 presente decreto-ley, entrará en Apruébanse los Estatutos del Sindicato de Trabavigor el día siguiente de su publicación en el Diajadores de la Cervecería Nacional, Sociedad Asociación Centroamericana de Construcción y rio Oficial. Anónima y Empresas Anexas y Conexas; y reArquitectura, S. A. (ACACYA). Balance Gene-conócese su personalidad jurídica. ral al 31 de diciembre de 1980. Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de Guatemala, a los tres dias del mes de mayo de mil novecientos ochenta y cuatro. MINISTERIO DE ECONOMIA Publiquese y cúmplase. FE DE ERRATANombrase Secretario del Consejo Nacional de PlaGeneral de División nificación Económica, al licenciado José AntoOSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, nio Palacios Garcia. Jefe de Estado. En el Diario de Centro América (Sección OfiOtórgase a la empresa "Consultora Técnica, Social), Tomo CCXXIII, número 69, de fecha 4 de Secretario General de la Jefatura ciedad Anónima", que puede abreviarse "Conmayo del año en curso, se publicó el Acuerdo de Estado,

MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ. sultora Técnica, S. A.", y de siglas CONSULnúmero 269-84, emitido por el Ministerio de GoTEC, S. A., extensión de beneficios en un 90%, bernación por el cual se eleva a categoría de aldea El Ministro de Gobernación, sobre la importación de materias primas, que el Caserio Cancela Chica del municipio de TeGUSTAVO ADOLFO LOPEZ SANDOVAL utilice en su proceso productivo, hasta el 31 de jutla, departamento de San Marcos. Por error diciembre de 1984. involuntario en el primer Considerando y Acuerda se lee: Ampliase en el sentido que se menciona el artícu- "...caserío Cancelá Chica, munici..." lo 49, del Acuerdo Ministerial número 319-83 DECRETO-LEY NUMERO 40-84 del 29 de julio de 1983, solicitado por la emSiendo lo correcto: presa "Confecciones Internacionales, S. A." (CO- "...caserio Cancela Chica, munici..." EL JEFE DE ESTADO, NINSA). CONSIDERANDO: Que el artículo 23 de la Ley del Registro de CiuMINISTERIO DE SALUD PUBLICA ORGANISMO EJECUTIVO dadanos, establece que a más tardar dos meses antes de la fecha señalada para cada elección, el Y ASISTENCIA SOCIAL Ministerio de la Defensa Nacional y el Ministerio de Gobernación, deberán enviar al Registro una nómina de todos los ciudadanos en servicio actiNómbrase a las personas que se indican para queJEFATURA DE ESTADO vo en el Ejército y en los Cuerpos Policíacos 0 de integren la Comisión que tendrá a su cargo la Seguridad del Estado, con el número de su corresrecepción, calificación y adjudicación de las DECRETO-LEY NUMERO 39-84 pondiente cédula de vecindad, para los efectos de ofertas que se presenten en la Licitación Pú- excluirlos del Padron Electoral;

blica LUCAM 1-84. EL JEFE DE ESTADO,

CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: ANUNCIOS VARIOS Que por razones obvias de seguridad, las nó- minas de las personas integrantes de las institu-Que aun cuando el Tribunal Supremo Electociones indicadas en el considerando anterior, no Matrimonios. Registros de Derecho de Autor. - ral, al efectuar algunos nombramientos, ha interdeben trascender al conocimiento público, sino soLíneas de transporte. Constituciones de sopretado la prohibición de "no desempeñar cargo lamente en casos concretos a requerimiento de los ciedad. Modificaciones de sociedad. Repúblico", contenida en el inciso d) del artículo 34 Tribunales de Justicia, por lo que se hace necesario gistros de marca. Patente de invención. Tiderogar la norma identificada, para cuya finalidaddel Decreto-Ley número 30-83, en los mismos tertulos supletorios. Edictos. Remates. es procedente dictar la disposición legal que así lo minos que se consignan en este decreto. ha manidetermine.2194 DIARIO DE CENTRO AMERICA.- Mayo 9 de 1984 NUMERO 72

POR TANTO, DECRETA: Artículo 39-El presente decreto-ley, entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el DiaEn el ejercicio de las facultades que le confieren Artículo 19-Se autoriza la venta al Banco de rio Oficial. los artículos 40 y 26, inciso 14) del Estatuto FunGuatemala, por el precio de veintidós mil quetzales Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad dedamental de Gobierno, modificado por los Decretosexactos (Q22,000.00), de las veintidós (22) acciones Leyes números 36-82 y 87-83, Guatemala, a los ocho días del mes de mayo deque inicialmente suscribió la República de Guamil novecientos ochenta y cuatro. temala, al capital constitutivo de la CorporaciónEn Consejo de Ministros, Financiera Internacional. Publíquese y cúmplase.

DECRETA: Artículo 29-E1 monto de la venta de las accioGeneral de División nes identificadas, deberá ingresar al Fondo CoArtículo 19-Se deroga el artículo 23 de la Ley mún del Gobierno Central, previo al otorgamiento OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, del Registro de Ciudadanos, contenida en el DeJefe de Estado.de la escritura pública traslativa de dominio a creto-Ley número 31-83. favor de la institución compradora. Secretario General de la Artículo 2°-E1 presente decreto-ley entrará en Artículo 39-Se autoriza al Procurador General Jefatura de Estado, vigor el día siguiente de su publicación en el Diade la Nación, para que ante los oficios del EscriMANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ

rio Oficial. bano de Gobierno, otorgue la escritura traslativa Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de de dominio correspondiente a la venta de las acMinistro de Finanzas, Guatemala, a los tres días del mes de mayo de mil ciones indicadas en el artículo 19. LEONARDO FIGUEROA VILLATE novecientos ochenta y cuatro. Artículo 49-Después de satisfechos los requisiPublíquese y cúmplase. tos relacionados en los artículos 19 al 39, la Dirección de Contabilidad del Estado deberá realiMINISTERIO DE RELACIONESGeneral de División zar las operaciones contables que corresponda. OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, EXTERIORESJefe de Estado. Artículo 59-ET presente decreto-ley, entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el El Secretario General de la Jefatura de Diario Oficial. Estado. MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de Ratificaciones, Adhesiones y Reservas Producidas Guatemala, a los ocho días del mes de mayo de por otros Estados sobre Convenciones y Tratados Internacionales Ministro de Gobernación, mil novecientos ochenta y cuatro. GUSTAVO ADOLFO LOPEZ SANDOVAL Publíquese y cúmplase. "El 22 y 26 de septiembre de 1983, los Gobiernos de Antigua y Barbuda y de Malta, respectivamen-Ministro de Comunicaciones, Transporte y Obras Públicas, General de División te, depositaron ante el Gobierno de los Estados

LUIS HUGO SOLARES AGUILAR OSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES, Unidos de América sus instrumentos de aceptaJefe de Estado. ción al Banco Internacional de Reconstrucción y Ministro de Economía, Desarrollo, abierto a la firma en Washington el LEONEL HERNANDEZ CARDONA. Secretario General de la 27 de diciembre de 1945." Jefatura de Estado, Viceministro de Agricultura y AlimenMANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ tación, Encargado del Despacho, "El 5 de agosto de 1983, el Gobierno de la ReRAFAEL ANTONIO IBANEZ SALAZAR Ministro de Finanzas, pública Socialista de Checoslovaquia depositó ante LEONARDO FIGUEROA VILLATE la Organización de las Naciones Unidas para la Viceministro de Salud Pública y Asistencia Agricultura y la Alimentación el instrumento de Social, Encargado del Despacho, Adhesión a la Convención Internacional de ProLUIS E. ANDERSON G. tección Fitosanitaria, celebrada en Roma el 6 de diciembre de 1951". Ministro de Trabajo y Previsión Social, DECRETO-LEY NUMERO 42-84 CARLOS PADILLA NATARENO. El mencionado instrumento de adhesión contiene EL JEFE DE ESTADO, la siguiente declaración: Ministro de Relaciones Exteriores, FERNANDO ANDRADE DIAZ-DURAN. CONSIDERANDO: "El Gobierno de la República Socialista de Checoslovaquia declara que la disposición del ArLa Ministro de Educación, Que el 13 de julio de 1979, el Gobierno de la Retículo XI de la Convención Internacional de ProEUGENIA TEJADA DE PUTZEYS. pública de Guatemala, suscribió con los Estados tección Fitosanitaria, firmada en Roma el 6 de Unidos de América, representados por la Agencia diciembre de 1951, es contraria al contenido y a Ministro de Finanzas, para el Desarrollo Internacional (AID) el Convelos objetivos de la Declaración de la Asamblea LEONARDO FIGUEROA VILLATE nio de Préstamo AID-520-T-032, con destino a fiGeneral de las Naciones Unidas sobre la conce-nanciar parcialmente el Proyecto de Desarrollo de sión de la independencia a los países y pueblosEmpresas Rurales, habiéndose aprobado dicho ConViceministro de Energía y Minas, venio por medio del Decreto número 30-80 del coloniales, del 14 de diciembre de 1960." Encargado del Despacho, Congreso de la República; MANUEL HIRAM MAZA CASTELLANOS. "EI 22 de septiembre de 1983, el Gobierno deCONSIDERANDO: la Unión de Repúblicas Socialistas Sovieticas depositó ante el Gobierno de los Estados UnidosQue el 24 de enero del presente año, ambos GoDECRETO-LEY NUMERO 41-84 biernos suscribieron ad referendum la Enmienda Mexicanos, su instrumento de ratificación del número Uno al Convenio de Préstamo original, inConvenio para la unificación de ciertas reglas recluyendo como Unidad Ejecutora del Proyecto al lativas al transporte aéreo internacional realizado EL JEFE DE ESTADO, Banco de Guatemala y al Banco Nacional de Despor quien no sea el transportista contractual, firarrollo Agrícola (BANDESA), lo que hace necemado en la ciudad de Guadalajara el 18 de sepCONSIDERANDO: sario modificar el artículo 49 del Decreto número tiembre de 1961." 30-80 del Congreso de la República, para cuya fiQue el Gobierno de la República suscribió vein-nalidad debe dictarse la disposición legal que así lo tidós (22) acciones como aporte inicial al capital "El 11 de octubre de 1983, el Gobierno de Andetermine, social de la Corporación Financiera Internacional, tigua y Barbuda depositó ante el Gobierno de siendo autorizado su desembolso por medio del México el instrumento de ratificación del Tratado Decreto número 23 de la Asamblea Nacional POR TANTO, para la Proscripción de las Armas Nucleares en Constituyente del 28 de febrero de 1956; la América Latina, abierto a firma en la ciudad En el ejercicio de las facultades que le confierede México, el 14 de febrero de 1937".el artículo 49 del Estatuto Fundamental de GoCONSIDERANDO: bierno, modificado por los Decretos-Leyes númeEl mencionado instrumento de ratificación conros 36-82 y 87-83, Que el Banco de Guatemala suscribió doscientas tiene la siguiente declaración: ochenta y cuatro (284) acciones más, de acuerdo DECRETA: a la Resolución número 100 de la Asamblea de "El Gobierno de Antigua y Barbuda formulé Gobernadores de la Corporación Financiera Interla Declaración de Renuncia a los requisitos esta-Artículo 19-Se aprueba la Enmienda númeronacional, aprobándose tal transacción, mediante uno al Convenio de Préstamo AID-520-T-032 susblecidos en el párrafo 1 del Artículo 28 del TraDecreto número 47-79 del Congreso de la Repú- crita entre el Gobierno de la República de Guatado para la Proscripción de las Armas Nucleares blica; temala y los Estados Unidos de América, repreen la América Latina, en virtud de lo cual dicho CONSIDERANDO: sentados por la Agencia para el Desarrollo InterTratado entró en vigor para dicho país en la nacional (AID). misma fecha de la ratificación, es decir, el 11 de Que con el fin de regular sus aportaciones a Ja octubre de 1983." Corporación Financiera Internacional, el Banco deArtículo 29-En consecuencia, se modifica el arGuatemala ha solicitado se le vendan las veintidós tículo 49 del Decreto número 30-80 del Congreso de la República, el cual queda así: "El 26 de septiembre de 1983, el Gobierno de(22) acciones suscritas inicialmente por el Gobierno de la República, equivalentes a veintidós mil Togo depositó ante el Secretario General de las "Artículo 49-Los fondos disponibles provenienNaciones Unidas, el instrumento de adhesión a ladólares de los Estados Unidos de América (US$ 22,000.00), y en vista de que no existe nin-tes del préstamo a que se refieren los artículos Convención sobre Relaciones Consulares, suscrita gún inconveniente en cuanto a que se acceda a anteriores los utilizará el Gobierno de la Repú- en Viena, el 24 de abril de 1963." dicha solicitud, es procedente dictar la disposiciónblica, para complementar el financiamiento del legal que autorice la referida negociación, Proyecto de Desarrollo de las Empresas Rurales,

cuya ejecución en sus respectivos campos de ac- "El 30 de agosto de 1983, el Gobierno de Finción estará a cargo de la Corporación Financiera landia depositó ante el Secretario General de las POR TANTO, Nacional (CORFINA), la Secretaría General del Naciones Unidas su aceptación formal y definiConsejo Nacional de Planificación Económica. el tiva del Convenio Internacional del Cafe, 1976, En el ejercicio de las facultades que le confie-Instituto Técnico de Capacitación y Productividad concluido en Londres el 3 de diciembre de 1975, ren los artículos 49 y 26, inciso 14) del EstatutoIndustrial (INTECAP), el Banco Nacional de Desextendido por el Consejo Internacional del Cafe Fundamental de Gobierno, modificado por los De-arrollo Agrícola (BANDESA) y el Banco de Guapor Resolución No 318 del 25 de septiembre de cretos-Leyes números 36-82 y 87-83, temala". 1981."

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