Decreto 40-1999
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 40-1999
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 1999
Diario de Centro America Organo oficial de la República de Guatemala Decano de la Prensa Centroamericana Directora: Ana Lucrecia Coloma Valenzuela de Glaesel TOMO CCLXII Guatemala, miércoles 24 de noviembre de 1999 NUMERO 88 SUMARIO ORGANISMO LEGISLATIVO ORGANISMO LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA CONGRESO DE LA REPUBLICA DECRETO NUMERO 40-99DE GUATEMALA También podrán llevar la contabilidad por procedimientos mecanizados, en hojas sueltas, fichasDECRETO NUMERO 40-99 EL CONGRESO DE LA REPUBLICA .0 por cualquier otro sistema, siempre que permita ORGANISMO EJECUTIVO DE GUATEMALA su análisis y fiscalización. MINISTERIO DE GOBERNACION CONSIDERANDO: Los comerciantes que tengan un activo total queAcuérdase autorizar el funcionamiento de la entidad no exceda de veinticinco mil quetzales (Q.25.000.00),privada de prestación de servicios de seguridad denominada LA SEGURIDAD GLOBAL, SOCIEDAD Que han cambiado las condiciones comerciales pueden omitir en su contabilidad los libros O regisANONIMA y económicas de la República, las cuales afectantros enumerados anteriormente, a excepción de aquelas actuaciones entre particulares, reflejándose enllos que obliguen las leyes especiales." PUBLICACIONES VARIAS las condiciones que regulan a los comerciantes, MUNICIPALIDAD DE LA VILLA DE SANTO mismas que han quedado desactualizadas ante los ARTICULO 2.- Publicación de texto ordeTOMAS CHICHICASTENANGO, EL QUICHE cambios en el valor de la moneda y los costos que nado de la ley. Dentro de los sesenta días siguienReglamento de Administración y Mantenimiento delasumen en este momento; tes a la vigencia de este decreto, el Ministerio de Centro Comercial Municipal "Santo Tomas" de la Villa Economía deberá publicar en el Diario Oficial el de Santo Tomas Chichicastenango. del Departamento CONSIDERANDO: texto vigente del Código de Comercio, incorporado de Quiché. todas sus reformas. ANUNCIOS VARIOS Que se causan problemas de interpretación al considerarse a los comerciantes de igual calidad ARTICULO 3.- Vigencia. El presente DecretoMatrimonios Constituciones de sociedad Modifino importando su tamaño, por lo que los pequeentrará en vigencia a los ocho días siguientes decaciones de sociedad Patentes de invencion Re- ños comerciantes llevan a cabo actividades relagistro de marcas Títulos supletorios . Edictos su publicación en el Diario Oficial. Remates. cionadas con su proceso productivo que aumentan Medra, Sociedad Anónima-Balance General los costos de las operaciones que realizan; PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU Condensado al 30 de junio de 1999. SANCION, PROMULGACION Y PUBLICACION. Sistemas Incorporados, S.A.-Balance General CONSIDERANDO: Condensado al 30 de junio de 1999. DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO Proyecciones Mercantiles, S.A.-Balance GeneralQue para facilitar a los contribuyentes el cum-LEGISLATIVO. EN LA CIUDAD DE GUA-Condensado al 30 de junio de 1999.
Agropecuaria El Congo, Ltda.-Balance Generalplimiento de sus obligaciones tributarias deriva-TEMALA, A LOS VEINTISIETE DIAS DEL MES Condensado al 30 de junio de 1999. das del manejo de los documentos que amparan DE OCTUBRE DE MIL NOVECIENTOS NOProveedora Técnica Industrial, S. A.-Balance Ge-la actividad comercial, es necesario readecuar lasVENTA Y NUEVE. neral al 30 de septiembre de 1987. normas que establecen los parámetros mínimos Proveedora Técnica Industrial, S. A.-Balance Ge-para no tener que incurrir en costos que sólo perLEONEL LOPEZ RODAS, neral al 30 de septiembre de 1987. judican a los consumidores finales, Presidente.
POR TANTO, JORGE PASSARELLI URRUTIA,
ACLARACION Secretario. En ejercicio de las atribuciones que le confiere En la Sección Oficial del Diario de Centro América, el Artículo 171 literales a) y c), de la Constitución ENRIQUE GONZALEZ VILLATORO, tomo CCLXII. número 87, de fecha 23 de noviembre de Política de la República de Guatemala. Secretario. 1999, por un error involuntario no aparece la página 6y en su lugar se encuentra repetida la página 8; por lo que DECRETA: PALACIO NACIONAL: GUATEMALA, ONCE en este día aparece la página 6 del día 23-11-99. DE NOVIEMBRE DE MIL NOVECIENTOS NO ARTICULO 1.- Se reforma el Artículo 368 del VENTA Y NUEVE.
Código de Comercio, Decreto Número 2-70 del Congreso de la República, el cual queda así: PUBLIQUESE Y CUMPLASE, ATENCION ANUNCIANTES "Artículo 368. Contabilidad y registros inIMPRESION SE HACE ARZU IRIGOYEN. dispensables. Los comerciantes están obligados CONFORME ORIGINAL a llevar su contabilidad en forma organizada, de acuerdo con el sistema de partida doble y usando Toda impresión en la parte Leprincipios de contabilidad generalmente aceptaJ. GUILLERMO CASTILLO V., dos. Ministro en Funciones, gal del Diario de Centro América, Para ese efecto deberán llevar, los siguientes Ministerio de Economía. se hace respetando el original. Por libros 0 registros: 1.- Inventarios; 2.- De primera lo anterior, esta Administración entrada 0 diario; 3.- Mayor 0 centralizador; 4.- De Estados Financieros. Licda. ROSAMARIA CABRERA ORTIZ, ruega al público tomar nota. Además podrán utilizar los otros que estimen Subsecretaria General, necesarios por exigencias contables 0 administraPresidencia de la República, tivas 0 en virtud de otras leyes especiales, Encargada del Despacho.