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Decreto 40-2002-3

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 40-2002-3
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Internacional_Publico
Año
2002

NUMERO 40 DIARIO DE CENTRO AMERICA-11 de noviembre de 2002 3 ARTICULO 2. Vigencia. EI presente Decreto entrara en vigencia ocho dias POR TANTO: después de su publicacion en el diario Oficial. En ejercicio de las atribuciones que le conflere el artículo 171 literal a) de la Constitución Politica REMITASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, de la Republica de Guatemala.

PROMULGACION Y PUBLICACION. DECRETA:

EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA.

CIUDAD DE GUATEMALA, A LOS VEINTIDOS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL ARTICULO 1. Ampliación del Presupuesto General de Ingresos del Estado para el AÑO DOS MIL DOS. Ejercicio Fiscal 2002. Se amplia el Presupuesto General de Ingresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2002, en la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS MIL QUETZALES EXACTOS (Q.151,500,000.00), en la forma siguiente:

PRESUPUESTO DE INGRESOS

(En Quetzales) DESCRIPCION MONTO EN JOSE QUETZALES 10 INGRESOS TRIBUTARIOS 151,500,000.00 2 IMPUESTOS INDIRECTOS 151.500.000.00 10 Impuestos a as importaciones 151,500,000.00 HAROLDO ERIC QUEJ CHEN MARVIN HAROLDO GARCIA BUENAFE 11 Arancel sobre las Importaciones 151,500,000.00 SECRETARIO SECRETARIO COMPLETED DE LA REPUBLICAARTICULO 2. Ampliación del Presupuesto General de Egresos del Estado para el

Ejercicio Fiscal 2002. Se amplia el Presupuesto General de Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2002. en la cantidad de CIENTO CINCUENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS MIL QUETZALES EXACTOS (Q.151,500,000.00), en la forma siguiente:

GUATERMA. PRESUPUESTO DE EGRESOS

(En Quetzales) SANCION AL DECRETO DEL CONGRESO NUMERO 66-2002 INSTITUCION TOTAL GASTOS EN FUNCIONAMIENTO RECURSO HUMANO PALACIO NACIONAL: Guatemala, cuatro de noviembre del año dos mil dos. TOTAL 151.500.000.00 151.500.000.00 PUBLÍQUESE Y CUMPLASE Ministerio de Educación 151.500.000,00 151.500.000,00 Programa de Educación Primaria 148,000,000.00 148,000,000.00 Programa de Educación Básica y Diversificado 3,500,000.00 3,500,000.00 DE LA Institutos por Cooperativas PRESIDENCIAREPUBLICA ARTICULO 3. Distribución en detaile. El Acuerdo Gubernativo que apruebe. la PORTILLO CABRERA distribución en detaile correspondiente a la ampliación presupuestaria que por este Decreto se autoriza, será refrendado por los ministros de Finanzas Públicas y de Educación. ARTICULO 4. Vigencia. El presente Decreto entrará en vigencia el dia siguiente de supublicación en el diario oficial. DE

REMITASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, PROMULGACION YPUBLICACION.

EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, A_LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL ANO DOS MIL DOS.

Lic. Eduardo Weymann DR. JOSE ADOLFO REYES CALDERONMINISTRO DE GORERNACIONMinistro de Finanzas Públicas

JOSE EFRAIN RIOS MONTT PRESIDENTE this Mijangos C. HAROLDO ERIC QUEJ CHEN MARVIN HAROLDO GARCIA BUENAFE

SECRETARIO GENERAL SECRETARIO SECRETARIO

PRESIDENCIADE LAREPUBLICA

E-781

SANCION AL DECRETO DEL CONGRESO NUMERO 68-2002

PALACIO NACIONAL: Guatemala, cuatro de noviembre del ano dos mildos.

CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

DECRETO NUMERO 68-2002

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: DE LA Que el Congreso de la República, a través del Decreto Número 66-2001, aprobó 1a Ley delPresupuesto General de Ingresos Y Egresos del Estado para el Ejercicio Fiscal 2002, que PORTILLO CABRERA contempla los Ingresos que $0 estiman percibir Y el destino de los gastos a efectuar, dentro de REPUBLICAlos cuales el cumplimiento de los compromisos contenidos en los Acuerdos de Paz y el Pacto Fiscal, al ser definido como compromiso de Estado, constituyen prioridades del actual Gobierno por SU contribución a la disminución de los actuales indices de pobreza que se manifiestan GUATEMELK.principalmente en materia de educación y salud. DE

CONSIDERANDO: Que el Organismo Ejecutivo, a traves del Acuerdo Gubernativo Numero 2-2002, modificó el COMERNACIONSistema Arancelario Centroamericano SAC con el propósito de hacer homogénea la aplicación de los derechos arancelarios a la importación de gasolina que se aplica en otros paises deCentroamérica, recursos que son adicionales a los aprobados en el Decreto Número 66-2001 del DR JOSE ADOLFO REYES CALDERONLic. Eduardo Weymann

Congreso de la República. MINISTRO DE GOBERNACIONMinistro de manzas Publicas CONSIDERANDO: Que el artículo 19 de la Ley Organica del Presupuesto, establece que el presupuesto de ingresos deberá contener todo Ingreso de cualquier naturaleza que se estime percibir en el ejercicio fiscal respectivo, motivo por el cyal, los recursos por derechos arancelarios a la Importación de gasolina deben Incorporarse al Presupuesto General de Ingresos Y Egresos del Estado para elpresente ejerciclo fiscal.

CONSIDERANDO: Lic. Mijangos C.

SECRE TARIO GENERAL Que en el presupuesto del Ministerio de Educación se encuentra desfinanciada la noming do PRESIDENCIA DE AREPUBLICA sueldos Y salarios, siendo necesario ampliar et Presupuesto General de Ingresos y Egresos delEstado para . presente ejercicio fiscal. E-782

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