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Decreto 40-2006

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 40-2006
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Constitucional
Año
2006

Diario de CentroAmérica

GENTEGOBIERNO

MARCHAEN

www.dca.gob.gt Director: Luis Eduardo Marroquín Godoy Decano de la Prensa Centroamericana Organo Oficial de la República de Guatemala Guatemala, MARTES 19 de diciembre de 2006 NÚMERO 80TOMO CCLXXX

SUMARIO

ORGANISMO LEGISLATIVO

ORGANISMO LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE

GUATEMALA

DECRETO NÚMERO 40-2006

DECRETO NUMERO 43-2006

CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA

ORGANISMO EJECUTIVO DECRETO NÚMERO 40-2006

MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL Acuérdase conferir con fecha 16 de diciembre del año EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA 2006, el grado de Subteniente, así como el Título de Oficial del Ejército de Guatemala y el Despacho CONSIDERANDO:Militar correspondiente en su respectiva arma 0 servicio, a las Damas y Caballeros Cadetes, que se mencionan. Que por medio del Decreto Número 47-95 de este Alto Organismo, se creó e instituyó la Orden Nacional denominada del "Soberano Congreso Nacional", que será conferida como símbolo de PUBLICACIONES VARIAS alto honor, reconocimiento y gratitud a personas individuales o jurídicas nacionales o extranjeras y otras entidades que se hagan acreedoras a la misma.

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA CONSIDERANDO:ACUERDO No. 32-2006

MUNICIPALIDAD DE VILLA CANALES Que dentro del marco de la referida Orden es necesario reconocer la actividad y entrega que ACTA NÚMERO 007-2006 diferentes instituciones educativas, culturales y de servicio a la comunidad, gubernamentales o particulares, realizan en beneficio de la población guatemalteca, que no han sido contempladasMUNICIPALIDAD DE RETALHULEU LEY TEMPORAL Y ESPECIAL DE REPOSICIÓN DEdentro de las opciones de la Orden del Soberano Congreso Nacional, pero que también habrán CÉDULAS DE VECINDAD DEL MUNICIPIO DE de ser estimuladas para que continúen cumpliendo con las finalidades para las cuales fueron RETALHULEU, DEPARTAMENTO DE RETALHUcreadas, a cuyo efecto debe quedar constancia del reconocimiento. LEU, SEGÚN EL DECRETO 30-2006 DE FECHA 21 DE SEPTIEMBRE DE 2006. POR TANTO: ANUNCIOS VARIOS En ejercicio de las atribuciones que le confieren las literales j) bis del artículo 165 y e) del Artículo 171, ambos de la Constitución Política de la República de Guatemala, Matrimonios Constituciones de sociedad Patentes de DECRETA:Modificaciones de sociedad invención Registro de marcas Títulos supletorios Edictos Remates. La siguiente: REFORMA AL DECRETO NÚMERO 47-95 DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA ATENCIÓN Artículo 1. Se agrega el Artículo 4 bis al Decreto Número 47-95 del Congreso de la República, ANUNCIANTES el cual queda así: IMPRESIÓN SE "Artículo 4 bis. Observando el procedimiento del artículo anterior, podrá otorgarse

HACE CONFORME a entidades de carácter educativo, cultural y de servicio a la comunidad, una placa ORIGINAL de "Honor al Mérito y Pergamino", en reconocimiento de aquellos actos y servicios que se constituyan como excepcionalmente meritorios, que contribuyan de manera relevante al desarrollo de los ámbitos en los cuales realizan su función en beneficio Toda impresión en la parte legal de la sociedad.guatemalteca. del Diario de Centro América, se Se otorgará: hace respetando el original. Por a) Placa de Plata y Pergamino cuando el reconocimiento sea por arribar alo anterior, esta Administración veinticinco años, siempre que se determine que dichas instituciones hayan realizado ruega al público tomar nota. algún hecho que por su naturaleza se considere sobresaliente; b) Placa de Oro y Pergamino a las instituciones que cumplan cincuenta o más años de existencia.2 Guatemala, MARTES 19 de diciembre de 2006 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMERO 80 El diseño, medida, leyenda y otras características de cada placa y pergamino será CONSIDERANDO: determinada por la honorable Junta Directiva del Congreso de la República de Guatemaia. En ambos casos, en el Pergamino deberá transcribirse acuerdo Que dichos ejercicios en años anteriores han demostrado ser de beneficio para el país por legislativo correspondiente. tratarse de proyectos de asistencia civica humanitaria consistentes en la construcción de escuelas, clínicas médicas, perforación de pozos de-agua potable. la realización de jornadas Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia ocho dias después de su publicación en elmédicas, proyectos que constituyen un complemento a la ayuda proporcionada a los habitantes

Diario Oficial. del departamento de San Marcos por los daños ocasionados por la Tormenta Tropical Stan.

POR TANTO: REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN. En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) y I) de la Constitución Política de la República de Guatemala.

DECRETA: EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, EL VEINTIOCHO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL SEIS. Artículo 1. Aprobar el acuerdo por canje de notas de fechas veinte de julio y veintinueve de agosto de dos mil seis entre el Gobierno de la República de Guatemala y el Gobierno de los Estados Unidos de América sobre ejercicios militares denominado: "Ejercicio Nuevos Horizontes 2007, asociados a los ejercicios de ayuda médica y otros ejercicios y operaciones de ayuda humanitaria en caso de desastre", a realizarse durante el período comprendido del 1 de enero hasta el 30 de agosto de 2007.

Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial

PRESIDENTE

REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Y

PUBLICACIÓN.

EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE

GUATEMALA, EL VEINTINUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL SEIS.

MAURICIONOM LEON GORADO JOB RAMIRO GARCIAY GARCÍA

SECRETARIO SECRETARIO

PRESIDENTE PALACIO NACIONAL: Guatem ala, catorce de diciembre del año dos mil seis.' PUBLIQUESE Y CUMPLASE MAURICIO MORE LEON CORADO JOB RAMIRO GARCÍA Y GARCÍA

SECRETARIO SECRETARIO

DE LA ASPURATES BERGER PERDOMO GUATEMALA. PALACIO NACIONAL: Guatemala, catorce de diciembre del año dos mil seis.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

GENERALDE MPR DE LA ARPUBLICHOWELL BERGER PERSOMO

OUATEMALA

Gerl Resenthal Keenigsberger THE

MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES& a Lic.

DE (E-1061-2006)-19-diciembre Francisc Beconder Amado CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA Gert Resea:hs! KeenigsburgerMinistry de la Defensa Nacional

MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES.

DECRETO NÚMERO 43-2006

EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATERAL CONSIDERANDO: Que en atención a las necesidades de Guatemala, en el marco de cooperación internacional GENERALD A establecido por: a) el Convenio relacionado con el Tránsito Libre de Aeronaves Militares de fecha 20 de diciembre de 1949; b) el Convenio General de Cooperación Técnica del 1 de PUBLICA septiembre de 1954; c) el Convenio de Cooperación Militar, también conocido como Convenio Victor Manuel Gutierrez Longe se Asistencia Militar, del 18 de junio de 1955; y, d) la Convención de Viena sobre RelacionesMinistro de Salud Publica y

Diplomáticas del 18 de abril de 1961, el Gobierno de los Estados Unidos de América y el Asistencia Social Gobierno de la República de Guatemala, mediante el procedimiento de Canje de Notas han convenido la realización del Ejercicio Nuevos Horizontes 2007, asociados a los ejercicios de QUATEMALayuda médica y otros ejercicios y operaciones de ayuda humanitaria en caso de desastre.REP. DE (E-1062-2006)-19-diciembre.

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