Decreto 40-2016
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 40-2016
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Tributario
- Año
- 2016
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óRGANO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, C. A.
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ORGANISMO LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NÚMERO 40-2016
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución Polftica de la República, Guatemala normará sus relaciones con otros Estados, de conformidad con los principios, reglas y prácticas internacionales con el propósito de contribuir al mantenimiento de la paz y la libertad, al respeto y defensa de los derechos humanos, al fortalecimiento de los procesos democráticos e instituciones internacionales que garanticen él beneficio mutuo y equitatívo entre los Estados.
CONSIDERANDO: Que de, Gonformidad con la Constitución Politica de la República, el Estado mantendrá relaciones de amistad, solidaridad y cooperación con aquellos Estados, cuyo desarrollo · económico, social y cultural, sea análogo al de Guatemala, con el propósito de · encontrar soluciones apropiadas a sus problemas comunes y de formular. conjuntamente, políticas tendientes al progreso de las naciones respectivas. · POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confiere el articulo 171 literal!) de la Constitución Política de la República de Guatemala, DECRETA: Artículo 1. Se aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Guatemala y el
POR TANTO: En ejercicio de las funciones que le confiere el articulo 171 literal!) de la Constitución Política de la República de Guatemala, DECRETA: Artículo 1. Se aprueba el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Guatemala y el Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (OIRSA), sobre Privilegios e Inmunidades. · Artículo 2. Se exonera del pago de impuestos al Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria, y a los funcionarios representantes del Organismo en Guatemala; conforme al Acuerdo aprobado.
Artículo 3. El presente Decreto entrará en vigencia el dfa siguiente de su publicación en el Diaño Oficial.
REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN, PROMULGACIÓN Y PUBLICACIÓN.
EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE
GUATEMALA, EL CUATRO DE AGOSTO DE DDS-MIL DIECISÉIS.
LUIS ALBER
MARIO TARACENA DÍAZ-SOL
PRESIDENTE
RAS COLfNDRES
~RIO ···' Congreso de la República Información Legislativa2 Guatemala, JUEVES 8 de septiembre 2016 DIARIO'de CENTRO AMÉRICA NÚMER043
PALACIO NACIONAL: Guatemala, cinco de a_a.osto del afio dos mil dieciséis.
(E-662-2016)-8-<iepfiembre ORGANISMO EJECUTIVO w MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL Acuérdase conferir con fecha uno de septiembre de dos mil dieciséis, el ascenso al grado de General de División, al Oficial General que a continuación se indico.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 174-2016
Acuérdase conferir con fecha uno de septiembre de dos mil dieciséis, el ascenso al grado de General de División, al Oficial General que a continuación se indico.
ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 174-2016
Guatemala, 31 de agosto de 2016 111.. fi>RII8JOIIt.ITl! ee; LA RI!!PÚSLICA CONSIDERANDO: Ou~ de conformidad c:;on la l<~ty y .¡¡.1 reglamento de la m~tt&ria, es función del Pr~aidente de la República y Comandante GeneMI del Ejérelto de Guatemala. conferir los ascensos en la ••cala jerárquica militar a los Oficiale$ que :sethafagan los requisitos nece-Sarios para tal efecto. liiiEi'N&If'Uli!RAN&O ¡ Que el Mini¡¡¡terle do la Dlli!fensa Nacicn'lel, ha lnfol'tTUildo que el ()fleta! t.lilona!"al y .Oficiales SuPDI'hnes que se Indican en la pal'te dia;poeltlve del pveaente Aeuerdo Gubernativo, por sus ejeeutorhlllii< militares, dotJiNi peNiiOI'tales, capacidad profeaional y ademáa, •1 hatlef' aatisf•eho 10111 requi!llltos legales y ,.glamentarloe, se han hecho liU!Ireedoree al aecenao al Ql'lildo inmediato superior, razón por la cual ee procedente conferirles el mhlmo, a través de la presente Diepoetción Legal.
OONiiUJ: )IEJ'lANt)f!>; Que eonfoYme lo establece el Reglamento de Aseensos en el Ejército de
mhlmo, a través de la presente Diepoetción Legal.
OONiiUJ: )IEJ'lANt)f!>; Que eonfoYme lo establece el Reglamento de Aseensos en el Ejército de Guatemala, en su articulo 6, literal e, numeral 8, el Oficial General que ae menciona en el pre111ente Aquerdo Gubernativo, además de cumplir con los requisitos descritos en el considerando anterior, al formar parte del Alto Mando del Ejército de Guatemala, mediante au nombramiento en Orden General del Ejército para Oficiales, d-empena el cargo de .Jet'e del Estado Mayor de la Defensa Nacional. · POR, TANTO; En el E~>Jerciclo de las funciones que le c::onfie19n los Artfeulos 183 literliiliE~os e) y a) y 248 literal b) de la Constitución Polftic• de la R'l!ilpóbllea de Guatemala; y con fundamento en el Artfeulo 250 de la citada Ley suprema; 14, párrafo tei'Cero, numeral 2); y 106 del Decreto número 72-90 del Congreso de le República, Ley Constitutiva del Ejército de Gu-.temala; 1, 3, 4 literal A), 5, 6 literal C), numeral S; y 7 literal G) del Acuerdo Gubernativo Número 316~2009, Reglamento de At¡¡~ensos en ell:!jérelto de Guatemala.
ACUERDA: Articulo 1. Conferir con fecha uno de septiembre de dos mil dieciséis, el ascenso al grado de General de División, al Oficial General que a
continuación se indica: General de Brigada
.JUAN MANUEL PÉREZ RAMÍREZ
Articulo 1. Conferir con fecha uno de septiembre de dos mil dieciséis, el ascenso al grado de General de División, al Oficial General que a continuación se indica: General de Brigada .JUAN MANUEL PÉREZ RAMÍREZ Articulo 2. Conferir con fecha uno de septiembre de dos mil dieciséis, el -censo al grado de General de Brigada, a los Oficiales Superiores que a contlnueclón se indican: Coronel de lnfanterfa DEM. RONALD HERMAN VELASQUEZ SOSA Coronal de lnfanteria DEM.
GUILLERMO ME.JfA RIVERA
Coronel de Infantería DEM. HUGO RODOLFO SOTO ARIAS Coronel de lnfanteria DEM. NELSON LEOPOLDO MILlAN ROSALES Coronel de lnfanteña DEM.
.JULIO CÉSAR PAZ BONE
Coronel de Infantería DEM.
ERICK SERVANDO CANO z;AMORA
Coronel de Caballerfa OEM.
ERICK LEONEL ALONZO ARANA
Coronel de Aviación P.A. DEMA. .JORGE ROBERTO RUIZ SEROVIC Articulo 3. Conferir con fecha uno de septiembre de dos mil dieciséis, el ascenso al grado de Vicealmirante, al Oficial Superior que a continuación se Indica: Capit6n de Navfo DEMN. BORIS EDWIN CASTILLO CERMEÑO Articulo 4. Se ordena que se reconozca y de a conocer en el Ejército de Guatemala, a los Oficiales Generales ascendidos, según la jerarquía que por íSIU nuevo grado lee corr&íSlponde. Articulo 5. El Ministerio de la Defensa Nacional emitirá las órdenes que
Guatemala, a los Oficiales Generales ascendidos, según la jerarquía que por íSIU nuevo grado lee corr&íSlponde. Articulo 5. El Ministerio de la Defensa Nacional emitirá las órdenes que estime convenientes para la extensión de los documentos respectivos y al Estado Mayor de la Defensa Nacional, hará las anotaciones en los registros correspondientes para los efectos d,antlgüedad y escalafón. Articulo 6. El presente Acuerdo Gube 1 de septiembre de 2016, debiendo América y darse a conocer en la Orden ativo, surte sus afectos a partir del ublicarse en el Diario de Centro eneral del Ejército para Oficiales. /-, GENERAL. DE DIVISIÓN \ X ~- ' MINISTRO DE LA DEFENSA NACIONAL . /? L A ,;~ ~/~/ ---<• - ·. L/carlbs "fManfnu; q; ~-=: ~-Á-Z ~=- {E-661-2016)-8-septíembre
PUBLICACIONES VARIAS
MINISTERIO DE TRABAJO
Y PREVISIÓN SOCIAL
Acuérdase reconocer la Personalidad Jurídica del SINDICATO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DEL COMERCIO Y SIMILARES DE SAN JUANCHAMELCO,DEPARTAMENTODEALTAVERAPAZ"SITRACOSIJUCHAV", entidad de naturaleza urbana y gremiaÍ. EXP. 053-2016 DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO. Guatemala, doce de julio del ano dos mil dieciséis. Resolución DGT-PJ 058-2016 JLRUclap Se tiene a la vista para resolver la solicitud de Reconocimiento de Personalidad Jurídica, Aprobación de Estatutos e Inscripción del · SINI;>ICATO DE
dos mil dieciséis. Resolución DGT-PJ 058-2016 JLRUclap Se tiene a la vista para resolver la solicitud de Reconocimiento de Personalidad Jurídica, Aprobación de Estatutos e Inscripción del · SINI;>ICATO DE TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DEL COMERCIO Y SIMILARES DE SAN JUAN CHAMELCO, DEPARTAMENTO DE ALTA VERAPAZ "SITRACOSIJUCHAV", fundado el diez de mayo del año dos mil dieciséis, · cumpliendo las formalidades establecidas en la ley_ CONSIDERANDO Que la Constítución Política de la República de Guatemala garantiza a todos los trabajadores el derecho a la libre sindicalización, indicando que este derecho lo podrán ejercer sin discriminación alguna y sin estar sujetos a autorización previa, debiendo únicamente cumplir con llenar los requisitos que establezca la ley, regulación que se complementa con el Convenio 87, Sobre la libertad Sindical y la Protección al Derecho de Sindicalización de la Organización Internacional del Trabajo -QIT -, ratificado por Guatemala, el cual regula que los trabajadores y empleadores, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen derecho a constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliárse a éstas organizaciones con la sola condición de observar los estatutos de las mismas. Congreso de la República Información Legislativa