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Decreto 401-1965-3

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 401-1965-3
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Penal
Año
1965

El

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA.-CENTRO AMERICA

FUNDADO EL 10. DE ENERO DE 1886. SEGUNDA EPOCA

Astencia: Teléfono 28037

Registrado como correspondencia de segunda class en la Administración Impreso en Diario de Centre Administración: Teléfono 24418 Central de Correos de Guatemala, el 6 de marro de 1950, bajo el No. 749 América, 9a. Av. 11-34, Zona 1

DIRECTOR: BENJAMIN PANIAGUA SANTIZO TOMO CLXXV GUATEMALA VIERNES 26 DE NOVIEMBRE DE 1965 NUMERO 24

SUMARIO mismo propésito, será penada con dies años de E Ministro de Comunicacionesprisión correccional" y Obras Públicas,ARTICULO 20.-Los résponsables de Ing delitos JOAQUIN OLIVARES M. a que se refiere el artículo anterior, serán juzga ORGANISMO EJECUTIVO dos por los tribunales militares, de conformidad E Ministro de Economia con lo dispuesto en los artículos 40., del DecretoCARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ Ley No 999. Ley No. 10 y 30, del Decreto Ley No. 194. Ministro de Educación Decreto.Ley NY 400. ROLANDO CHINCHILLA AGUILARARTICULO 30-El presente Decreto-Lev en.401. trará en vigor el día de su publicación en el DiaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público,

rio Oficial GABRIEL ORELLANA ESTRADA.

MINISTERIO DE ECONOMIA DADO EN EL PALACIO NACIONAL: en la El Ministro de Salud Pública y Aceptase is renuncia total presentada por he Companias Asistencia Social,ciudad de Guatemala, a los veinticineo días del mes "Signal Exploración de Guatemala", "The Oil Company ALFONSO PONCE ARCHILA.de noviembre de mil novecientos sesenta y cinco.of Guatemala", "Amerada Petroleum Corporation of El Ministro de Trabajo y Previsión Social,Guatemals" , "Continental Oil Company of Gustomala" PUBLIQUESE Y CUMPLASE JORGE JOSE SALAZAR VALDES del derecho petroloro de exploración número 34. Aceptase is renuncia total presentada por las Compañías ENRIQUE PERALTA AZURDIA,"Signal Exploracion de Guatemala" , "Union on Com. Jefe del Gobierno de la República,pany of California", del derecho petrolero de exploraciónMinistro de la Defensa Nacional. DECRETO-LEY NUMERO 401número Aceptase in renuncia total presentada por las Companias El Viceministro de Gobernación, "Signal Exploracion de Guatemala", "Pauley Pan AmeEncargado del Despacho, ENRIQUE PERALTA AZURDIA,rican Petroleum Company", "The Ohio Oil Company of HUGO EMILIO MARROQUIN ESCOBAR Guatemala", "Continental Oil Company of Guatemala", y "Amerada Petroleum Corporation", del derecho petrolero El Viceministro de Relaciones Exteriores, Jefe del Gobierno de la República, de exploración número 4. Encargado del Despacho, CONSIDERANDO: Otorgase a la Empresa "Industria Quimico-Farmacóutica" MAX KESTLER FARNES

(QUIFARMA) propiedad del señor Francisco Javier CasQue es necesario establecer una forma adecuadaEl Ministro de Agricultura tellanos de Leon, la clasificación de Industria Nueva por de pago de los derechos establecidos en el artículoCARLOS HUMBERTO DE LEON. Equiparación 19 del Decreto Gubernativo número 2039 (Ley de Autorizase el traspaso a favor del señor Alfonso Borja MoEl Ministro de Comunicaciones Pasaportes) que permita el debido control fiscal rán. de todos los derechos y franquicias que le fueron y Obras Públicas, y proporcione facilidades a los particulares; otorgados a la Fabrica Centroamericana de Aluminio JOAQUIN OLIVARES M.

(FACODA).

Hacese la exoneración que se express, a favor de in Em El Ministro de Economia, POR TANTO, CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZpress "Aceites Vegetales, S. A." (AVESA). En LISO de las facultades que le confiere el arOtorgase a la empresa "Fábrica Centroamericana de alumiMinistro de Educación, tículo 30 de la Carta Fundamental de Gobierno, nio" (FACODA), la exoneración que se indica. ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR. Otorgase a is empresa "Fábrica de Cosméticos Max Factor EN CONSEJO DE MINISTROS, de Centroamérica, S. A.", la exoneración que se mencions.EI Ministro de Hacienda y Crédito Público,

GABRIEL ORELLANA ESTRADA. DECRETA:

MINISTERIO DE GOBERNACION E1 Ministro de Salud Pública y ARTICULO 10.-FI párrafo final del artículo Confirmase el nombramiento hecho a favor del licenciado Asistencia Social, 19 de la Ley de Pasaportes (Decreto Gubernativo Eduardo Sanchez Permandez, en acuerdo gubernativo del ALFONSO PONCE ARCHILA. número 2039), queda asi: 29 de septicmbre del año en curso, con ta modificación 04 Ministro de Trabajo y Previsión Social, "Los derechos a que se refiere -ste artículode que-el cargo que desempeña CS el de director del Re. JORGE JOSE SALAZAR VALDES gistro Electoral. y el anterior, se pagarán en efectivo, y el pago se hará constar en los propios docuANUNCIOS VARIOS DECRETO-LEY NUMERO 400 mentos por medio de máquinas estampadoras de timbres fiscales. Unicamente cuando no so pueda hacer uso de máquinas, se extenderánLineas de transporte.-Matrimonios.-Constitucion de socie ENRIQUE PERALTA AZURDIA. recibos en talonarios autorizados por la Con_dades.-Modificación de socledades.-Patentes de inven traloria de Cuentas, debiendo en este caso,ción.-Registros de marcas.-Titulos supletorlos.-Edicanotarse en los documentos, el número quetos.-Licitacion-Remates. Jefe del Gobierno de la República,Crédito Hipotecario Nacional, Departamento de Capitalizeorresponde al recibo respectivo, SU fecha y ción.-Balance General at 29 de octubre de 1965. el valor pagado".

CONSIDERANDO: "Compania Comercial . Industrial de Cafes de Guatemala, ARTICULO 20.-Se deroga ·1 Decreto-Ley nú-S. A"-Balance General 31 de marzo de 1965 Que existen preceptos legales que obligan a los mero 286 interesador R prestar prevismente fianzas moretituir depósitos u otras garantias para el ejercicio ARTICULO 30.-El presente Decreto entrarh on ORGANISMO EJECUTIVO de determinadas acciones nem el Fstado nor 51 vigor a los ocho (8) dias de su publicación en el naturaleza jurídica especial, no debe estar obli. Diario Oficial. gado a complir condición alguna como las en'nDADO EN EL PALACIO NACIONAL: en la DECRETO-LEY NUMERO 399 ciadas para poder intervenir en los asuntos que ciudad de Guatemala, a los veinticineo días del le competen. puesto que esas medidas obstaculizan mes de noviembre de mil novecientes sesenta yel cumplimiento de sus fines; cinco.

ENRIQUE PERALTA AZURDIA, POR TANTO, PUBLIQUESE Y CUMPLASE Jefe del Gobierno de la República,En uso de las facultades que le confiere el ar. tículo 30. de la Carta Fundamental de Gobierno, ENRIQUE PERALTA AZURDIA, Jefe del Gobierno de la República,CONSIDERANDO: EN CONSEJO DE MINISTROS, Ministro de la Defensa Nacional Que el secuestro de personas es un hecho ilicito DECRETA: cuya gravedad exige la imposición de penas maEl Viceministro de Gobernación,ARTICULO 10-E1 Estado no está obligado a

yores que las que contempla actualmente la ley; Encargado del Despacho,prestar garantía alguna en los asuntos judiciales HUGO EMILIO MARROQUIN ESCOBARy que la amenaza de secuestro, para obtener resen que por cualquier concepto intervenga cate en dinero O en cualquiera otra forma. cons. El Viceministro de Relaciones Exteriores. tituye. asimismo, una conducts antisocial de ARTICULO 20.-El presente Decreto-Ley en. Encargado del Despacho, gran peligrosidad que origina alarma e intranqui_ trará en vigor el día de su publicación en el Dia. MAX KESTLER FARNES. lidad en la población, por lo que debe sancionarse rio Oficial. EJ Ministro de Agricultura.adecuadamente. DADO EN EL PALACIO NACIONAL en la POR TANTO, CARLOS HUMBERTO DE LEON.ciudad de Guatemala, a los veinticineo dias del mes de notiembre de mil novecientos sesenta y El Ministro de Comunicaciones En uso de las facultades que le concede el arcinco. y Obras Publicas,tículo 30. de la Carta Fundamental de Gobierno, JOAQUIN OLIVARES M.

EN CONSEJO DE MINISTROS, PUBLIQUESE Y CUMPLASE

El Ministro de Economia,

DECRETA: ENRIQUE PERALTA AZURDIA. CARLOS ENRIQUE PERALTA MENDEZ.

Jefe del Gobierno de la República, ARTICULO 10.-Se modifica el artículo 369 del Ministro de la Defensa Nacional. El Ministro de Educación,

Código Penal, el cual queda así: ROLANDO CHINCHILLA AGUILAR. El Viceministro de Gobernación, "Artículo 369.-EI plagio 0 secuestro de una Encargado del Despacho, E1 Ministro de Hacienda y Crédito Público, persona de cualquier edad, con el objeto de lograr HUGO EMILIO MARROQUIN ESCOBAR GABRIEL ORELLANA ESTRADA rescate en dinero 0 en cualquier otra forma, se El Viceministro de Relaciones Exteriores, El Ministro de Salud Pública ycastigará con la pena de muerte. Quienes propor. Encargado del Despacho, Asistencia Social, cionen lugar para mantener el secuestro, incurriMAX KESTLER FARNES ALFONSO PONCE ARCHILA. rán en la pena de veinte años de prisión correc. cional. El Ministro de Agricultura, Ministro de Trabajo y Previsión Social, La amenaza de secuestrar a una persona con el CARLOS HUMBERTO DE LEON. JORGE JOSE

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