Decreto 41-1982
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 41-1982
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 1982
Diario de Centro America
ANTES EL GUATEMALTECO
ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Director Periodista Decano de la Prensa Centroamericana Guillermo Contreras Cisneros Fundado el 2 de Agosto de 1880
Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 calle 6-72, zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18
TOMO CCXIX GUATEMALA, VIERNES 2 DE JULIO DE 1982 NUMERO 8
SUMARIO reses del pais, es procedente aprobar el referido conCONSIDERANDO: trato, Que básicamente los objetivos y metas del Programa ORGANISMO EJECUTIVO POR TANTO, de Acueductos y Alcantarillados en Ciudades Secundarias, se orientan a mejorar las condiciones sanitarias, PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Con base en los Artículos 40. y 26 numeral 14 del Ea-ambientales y de bienestar de las poblaciones a benefitatuto Fundamental de Gobierno, modificado por el ciarse, reduciendo así las tasas de mortalidad y morbiliDECRETO LEY NUMERO 41-82 Decreto-Ley Número 36-82, dad, producidas por enfermedades de origen hidrico; DECRETO LEY NUMERO 42-82 DECRETA: CONSIDERANDO: Decláranse tres dias de duelo nacional por la Artículo 10.-Aprobar el Contrato de Prestamo No. Que para financiar parcialmente la ejecución del Promuerte del Ministro de Agricultura, sefior Otto667/SF-GU, suscrito entre la República de Guatemala yecto de Acueductos y Alcantarillados en Ciudades Se
Martinez Recinos. y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) bajo lascundarias, con fecha 27 de abril de 1982, fue suscrito. siguientes condiciones básicas: Monto: veinte millonesad referéndum, entre la República de Guatemala y el MINISTERIO DE GOBERNACION de dolares de los Estados Unidos de América Banco Interamericano de Desarrollo (BID) el Contrato (US$20 000 000); Plazo: cuarenta (40) afios, incluyendode Préstamo número 671/SF-GU, por la suma deNómbrase Viceministro de Gobernación al Licendiez (10) años de periodo de gracia; Tasa de interes:US$22 cuyos recursos provienen del Fondociado Haroldo Cabrera Enriquez. Uno por ciento (1%) anual durante los diez (10) prime-de Operaciones Especiales del citado Banco; ANUNCIOS VARIOS ros años y dos por ciento (2%) anual para los restantes treinta (30) años, sobre saldos deudores; Amortización: Lineas de Transporte. - Matrimonios. ConstituSesenta (60) cuotas semestrales, consecutivas y en lo CONSIDERANDO: ciones de Sociedad. Modificaciones de Sociedad. posible iguales; Comisión de Crédito: Cero punto cinco Disoluciones de Sociedad. Registros de Marpor ciento (0.5%) anual sobre saldos no desembolsados;Que paralelamente al Contrato de Préstamo número ca. Patentes de Invención. Titulos SupletoComisión de Inspección y Vigilancia: Uno por ciento671/SF-GU se suscribió el Convenio de Cooperación
rios. Edictos. Remates. (1%) sobre el monto total del préstamo, por una solaTecnica no Reembolsable número ATN/SF-2043-GU, vez. por la cantidad de US$206 000.00, cuyos recursos se utilizarán para cubrir los gastos que demande la realiORGANISMO EJECUTIVO Artículo 20.-Los fondos provenientes de este prés-zación de un Programa de Asesoria y Adiestramiento a tamo los utilizará el Ministerio de Agricultura, llevarse a cabo por el INFOM; Ganadería y Alimentación, a través de la Unidad Ejecutora que designe, exclusivamente para financiar parPRESIDENCIA DE LA REPUBLICA cialmente la ejecución del Proyecto de Sanidad Animal. CONSIDERANDO: DECRETO-LEY NUMERO 41-82 Artículo 30.-Las amortizaciones de capital, intere-Que la Secretaria General del Consejo Nacional deses, comisiones y demás gastos derivadosdel préstamoEl Presidente de la República, Planificación Económica y la Junta Monetaria, consulde referencia, se pagarán por medio de asignacionestados oportunamente de conformidad con la Ley, exCONSIDERANDO: presupuestarias que el Organismo Ejecutivo, por con-presaron opinion favorable para la contratación delducto del Ministerio de Finanzas Públicas, fijará en ca-emprestito identificado en los considerandos que anteQue 68 necesario e impostergable implementar en elda ejercicio fiscal en el Presupuesto de Ingresos yceden, y en vista de que las condiciones financieras deEgresos del Estado, hasta la completa cancelación desector pecuario, la infraestructura técnicodicha negociación, son altamente favorables a los inte-la deuda.
administrativa necesaria para controlar y eventualreses del pais, 06 procedente aprobar el referido contramente erradicar las enfermedades que atacan el hato to y también el Convenio de cooperación Técnica núme-Artículo 40.-El presente Decreto entrará en vigor albovino nacional; ro ATN/SF-2043-GU, día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.
CONSIDERANDO: POR TANTO.
Dado en el Palacio Nacional, en la ciudad de GuaQue para lograr los objetivos señalados en el conside-temals, a los veintiocho dias del mes de junio de mil no-En el ejercicio de las facultades que le confieren losvecientos ochents y dos.rando anterior y alcanzar las metas previstas, deben Artículos 40. y 26 inciso 8 del Estatuto Fundamental realizarse campañas sanitarias contra la brucelosis, tude Gobierno, modificado por el Decreto-Ley Número General de Brigadaberculosis y rabia bovina, asi como realizar estudios 36-82, JOSE EFRAIN RIOS MONTT, que permitan el control de los ectoparásitos a nivel naPresidente de la República.cional, en base a una zonificación sanitaria que corresDECRETA: ponda a la regionalización administrative del MinisteCoronel y Licenciadorio de Agricultura, Ganaderia y Alimentacion; Artículo 10.-Aprobar el Contrato de PrestamoMANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ, 671/SF-GU suscrito entre la República de Guatemala ySecretario General de laCONSIDERANDO: el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), bajo las
Presidencia de la República. siguientes condiciones básicas: Monto: Veintidos millo Que la consecución de los objetivos indicados antenes quinientos mil dólares de los Estados Unidos deCoronal y Doctorriormente, podrá garantizar el abastecimiento de proAmérica (US$22 000); Plazo: Cuarenta (40) añosLEONARDO FIGUEROA VILLATE,ductos sanos a la población guatemalteca, cuyo benefiincluyendo diez (10) años de período de gracia; Tasa deMinistro de Finanzas. cio social estará representado en la disminución del interes: Uno por ciento (1%) anual, los primeros die: riesgo de contagio de tipo zoonótico; (10) afios, y dos por ciento (2%) anual para los treints DECRETO LEY NUMERO 42-82 (30) afios restantes, sobre saldos deudores; Comisión de CONSIDERANDO: Inspección y Vigilancia: Uno por ciento (1%) sobre e monto total del préstamo, por una sola vez; ComisiónEl Presidente de la República, Que para financiar parcialmente la ejecución del Pro-- de Crédito: Medio por ciento (1/2%) sobre saldos no yecto-de Sanidad Animal, con fecha 27 de abril de 1982, desembolsados; Amortización: Sesenta (60) cuotas seCONSIDERANDO: fue suscrito, ad referéndum, entre la República de mestrales, consecutivas y en lo posible iguales. Guatemala y el Banco Interamericano de DesarrolloQue es deber del Estado impulsar los programas ela-(BID) el Contrato de Préstamo No. 667/SF-GU, por la Artículo 20.-Los fondos provenientes de este prés
borados en relación con el area de la salud humana, consuma de US$20 000 000.00, cuyos recursos provienen tamo los utilizará el Instituto de Fomento Municipal el propósito de reducir las tasas de mortalidad y morbi-del Fondo para Operaciones Especiales del citado Banen su carácter de Unidad Ejecutora, única y exclusive lidad generadas por enfermedades transmisibles y pre-co; ments para financiar parcialmente el "Programa dvenibles; CONSIDERANDO: Acueductos y Alcantarillados on Ciudades Secunds rias".
CONSIDERANDO: Que la Secretaria General del Consejo Nacional de Artículo 30.-Las amortizaciones de capital, interesPlanificación Económica y la Junta Monetaria, consul-Que el "Programa de Acueductos y Alcantarilladoscomisiones y demás gastos derivados del préstamo dtados oportunamente de conformidad con la ley, expre-en Ciudades Secundarias", preparado por el INFOM, saron opinion favorable a la contratación del empréstireferencia, Be pagarán por medio de asignaciones predotará de Acueductos a catorce (14) ciudades y de Alto que se mencions en el considerando que antecede, y supuestarias que el Organismo Ejecutivo, por conductcantarillados a tres (8) de las mismas, con lo cual se be-to del Ministerio de Finanzas Públicas, fijará en caden vista de que las condiciones de la referida nego-neficiarán 162 500 y 118 habitantes, respectiva; ciacion financiera, son altamente favorables a los intoejercicio fiscal en el Presupuesto de Ingresos y Egresomente; del Estado, hasta la completa cancelación de la deuds