Decreto 41-1999
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 41-1999
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Constitucional
- Año
- 1999
Diario de Centro America Organo oficial de la República de Guatemala Decano de la Prensa Centroamericana Directora: Ana Lucrecia Coloma Valenzuela de Glaesel TOMO CCLXII Quatemala, jueves 2 de diciembre de 1999 NUMERO 94
SUMARIO ORGANISMO LEGISLATIVO ORGANISMO LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALADE GUATEMALA
DECRETO NUMERO 41-99 DECRETO NUMERO 41-99 DECRETA:DECRETO NUMERO 42-99
La siguiente:DECRETO NUMERO 44-99 EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE
GUATEMALA LEY DE LA CARRERA JUDICIAL
ORGANISMO EJECUTIVO MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS CONSIDERANDO: TITULO I Acuérdase vender a la señora FLORIDALMA CUTZAL DISPOSICIONES GENERALES ROQUEL, el lote de terreno con las especificacionesQue una de las grandes debilidades estructuy ubicación geográfica que se indica. rales del Estado guatemalteco reside en el sisteARTICULO 1.- Objeto y fines. El objeto y fima de administración de justicia, que es uno de nes de esta ley es establecer los principios normas PUBLICACIONES VARIAS los servicios públicos esenciales; que su reforma yy procedimientos, así como crear los órganos necemodernización deben dirigirse a impedir que éstesarios para la administración y operación de la MINISTERIO DE SALUD PUBLICA Y ASISTENCIA genere y encubra un sistema de impunidad y coCarrera Judicial.
SOCIAL rrupción y, al mismo tiempo, se revierta la inefi-La Carrera Judicial establece el sistema que RESOLUCION 00003807 cacia, se garantice el libre acceso a la justicia, laregula el ingreso, permanencia, promoción, ascenRESOLUCION 00003808 imparcialidad en su aplicación, la independenciaSO, capacitación, disciplina y otras actividades de judicial, la autoridad ética, la probidad del siste-los jueces y magistrados, cualquiera que sea su ANUNCIOS VARIOS ma en su conjunto y su modernización; categoría O grado, con el fin de garantizar su digMatrimonios Constituciones de sociedad Modifinidad, independencia y excelencia profesional en caciones de sociedad Patentes de invención ReCONSIDERANDO: el ejercicio de su función jurisdiccional. gistrode marcas Títulos supletorios Edictos Remates. Que la consolidación de un verdadero Estado ARTICULO 2. Principios de independencia Linea Europa, Sociedad Anónima-Balance General al de Derecho, el fortalecimiento democrático de lase imparcialidad. En el ejercicio de la función ju30 de septiembre de 1987. instituciones y las necesidades del desarrollo re-risdiccional, los jueces y magistrados son indepenAgromecánica Industrial, S. A.-Balance General al 30quieren de un sistema de justicia que proporcionedientes; resolverán los asuntos que conozcan con de junio de 1987. estabilidad, credibilidad y confianza en las insti-absoluta imparcialidad y están sujetos únicamente Hornos de Cal, S.A. (Horcalsa)-Balance General al 30 tuciones y en las leyes; a la Constitución Política de la República, a las
de septiembre de 1987. leyes y a los convenios internacionales ratificadosAgrobosques, Sociedad Anónima.-Balance General al CONSIDERANDO: por Guatemala.30 de septiembre de 1987. Concepción Las Lomas, Sociedad Anónima. Colosa.- Balance General al 30 de septiembre de 1987. Que la Constitución Política de la República y Los jueces y magistrados ejercen por igual, aunFincas y Construcciones, Sociedad Anónima. Fincacosa.-los tratados internacionales ratificados por Gua-que con competencia distinta, el poder jurisdiccioBalance General al 30 de septiembre de 1987. temala establecen los principios básicos que orien-nal que la Constitución Política de la República Transformadora de Alimentos, Sociedad Anonima. tan la administración de justicia, los cuales deasigna al Organismo Judicial, razón por la que, Transformasa.-Balance General al 30 de septiembre ben ser adecuadamente desarrollados mediante en su ejercicio no existe diferencia jerárquica ni de 1987. normas ordinarias que aseguren su cumplimien-dependencia entre ellos. Jacarandas de Cayala, Sociedad Anónima. Jacasa.- to, de acuerdo con las necesidades y posibilidades Balance General al 30 de septiembre de 1987. del Estado; ARTICULO 3. Periodo de servicio y garanRelojería Proveedora, S. A.-Balance General del 1 de tía de estabilidad. Los jueces y magistrados ejerenero al 30 de septiembre de 1987. CONSIDERANDO: cerán sus funciones de forma permanente e inaSterling Products International, S.A. Guatemala, C.A.- movible, hasta que cesen en las mismas con arre-Balance General al 31 de octubre de 1987. Que conforme el Artículo 2o. de la Constituciónglo a lo que dispone la Constitución Política de la Política de la República, uno de los deberes fun-República y esta ley. damentales del Estado es garantizar a los habiLos jueces de primera instancia y los magistraATENCION ANUNCIANTES tantes la justicia y la seguridad y que en su Artículodos, cualquiera que sea su categoría O grado, duIMPRESION SE HACE 209 establece expresamente la Carrera Judicial yrarán en sus funciones cinco años, pudiendo ser CONFORME ORIGINAL dispone que los ingresos, promociones y ascensosnuevamente nombrados 0 reelectos, según corresse harán mediante oposición, para lo cual deberáponda. Toda impresión en la parte Leemitirse una ley especifica que regule esta mate-Los jueces y magistrados, cualquiera que sea ria, su categoría 0 grado, sólo podrán ser removidos 0 gal del Diario de Centro América, suspendidos en el ejercicio de sus funciones en los se hace respetando el original. Por POR TANTO: casos y mediante el procedimiento que determina la presente ley. lo anterior, esta Administración En ejercicio de las atribuciones que le confiere elLos jueces y magistrados están obligados a proruega al público tomar nota. Artículo 171 literal a) y con fundamento en los Artículoscurar un rendimiento satisfactorio en el ejercicio 203, 205, 207, 208, 209, 210, 214, 215, 216, 217 y 222de sus funciones, de manera que contribuyan a
todos de la Constitución Política de la República,una pronta y eficaz administración de justicia.2 DIARIO DE CENTRO AMERICA-2 de diciembre de 1999 NUMERO 94 TITULO II CAPITULO V ORGANIZACION Y ADMINISTRACION UNIDAD DE CAPACITACION INSTITUCIONAL CAPITULO 1 ARTICULO 12. Naturaleza y funciones. La Unidad de Capacitación Institucional CS cl ORGANOS organo encargado de planificar, ejecutar y facilitar la capacitación y formación técnica y profesional de jueces, magistrados, funcionarios y empleados del Organismo Judicial y otrasARTICULO 4. Organos. Los órganos responsables de la Carrera Judicial son: el personas u organizaciones relacionadas o interesadas en el sistema de justicia, con el fin de Consejo de la Carrera Judicial, la Junta de Disciplina Judicial, las comisiones de postulación y laasegurar la excelencia y actualización profesional para el eficiente desempeño de sus cargos. Su Unidad de Capacitación Institucional organizacion y funcionamiento se regiran por la presente ley y cl reglamento respectivo.
CAPITULO II
CONSEJO DE LA CARRERA JUDICIAL TITULO III
DE LA CARRERA JUDICIAL
ARTICULO 5. Integrantes. La Carrera Judicial es administrada por un Consejo que se integra con cinco miembros, asi: CAPITULO I CLASIFICACION, INGRESO Y PERMANENCIA a) El Presidente del Organismo Judicial, quien podrá ser sustituido por un magistrado de la Corte Suprema de Justicia designado por esta, con carácter de suplente; ARTICULO 13. Clasificación. La Carrera Judicial comprende unicamente a quienes por
b) titular de la Unidad de Recursos Humanos del Organismo Judicial o quien lo sustituya mandato constitucional ejercen jurisdiccion y competencia en la administración de justicia y ki. con caracter de suplente: divide en cuatro categorias 0 clases, que no forman grado jerárquico. asi: c) titular de la Unidad de Capacitacion Institucional del Organismo Judicial, O quien lo a) Magistrados de la Corte Suprema de Justicia; sustituya con caracter de suplente; b) Magistrados de la Corte de Apelaciones y otros tribunales colegiados; d) Un representante y un suplente, electos por la Asamblea de Jueces; c) Jueces de primera instancia; c) Un representante y un suplente, electos por la Asamblea de Magistrados. d) Jueces de paz. El juez y magistrado electos para el Consejo durarán en sus cargos un año pudiendo ser reelectosARTICULO 14. Ingreso. EI ingreso a la Carrera Judicial se hará por alguna de las formaspor un periodo igual. siguientes: ARTICULO (). Funciones y atribuciones del Consejo. Son atribuciones del Consejo de a.la Carrera Judicial: Mediante nombramiento de la Corte Suprema de Justicia para el caso de los jueces, cualquiera que sea su categoria 0 grado; a. Dar aviso al Congreso de la Republica. con al menos seis meses de anticipación, del b. vencimiento del periodo constitucional de los magistrados de la Corte Suprema de Mediante elección por el Congreso de la República para el caso de los magistrados,
Justicia y de la Corte de Apelaciones y otros tribunales de igual categoria, a fin de que cualquiera que sea su categoria. convoque a las comisiones de postulacion respectivas; Todos los aspirantes a cargos de juez deberán reunir los requisitos y calidades estableeidas en la b. Dar ave.0 al Congreso de la Republica respecto a las vacantes definitivas que se Constitucion y las leyes y someterse al concurso por oposicion que en cada caso se establezen produzcan en la Corte Suprema de Justicia, cn la Corte de Apelaciones y demás por el organo competente. tribunales dc igual categoria 0 grado; ARTICULO 15. Requisitos y calidades. Los aspirantes at cargo de juez 0 magistrado.
C. Efectuar la convocatoria a que se refiere el articulo 16 de esta ley relacionada con los enalquiera que sea su categoria. deben ser guatemaltecos de origen, de reconocida honorabilidad,
concursos de oposicion para cl ingreso a la Carrera Judicial de jucces y magistrados, estar en el goce de sus derechos ciudadanos y ser abogados colegiados activos. cualquiera que sea su categoria; Para el caso de aspirantes a jueces de paz, rigen las exceptiones establecidas en el artículo 56 ded. Nombrar y remover al titular de la Unidad de Capacitacion Institucional, sin la presencia esta ley.del titular de dicha unidad 0 su suplente; Evaluar el desempeño de jueces y magistrados. de conformidad con un sistema idónco Para el caso de magistrados de la Corte de Apelaciones y tribunales de igual categoria, se que se establezca para el efecto; requiere, además, ser mayor de treinta y cinco años, haber sido juez de primera instancia o haber
ejercido por más de cinco años la profesión de abogado.1. Definir las politicas de la Unidad de Capacitación Institucional. de acuerdo con los fines y propósitos de esta ley y aprobar su programa de trabajo; Para el caso de magistrados de la Corte Suprema de Justicia se require, además, ser mayor de
H. Las demas que determine esta ley y su reglamento. cuarents años y haber desempeñado un periodo completo como magistrado de la Corte de Apelaciones 0 de los tribunales colegiados que tengan la misma categoria O. haber ejercido la profesión de abogado por más de diez años.
CAPITULO III ARTICULO 16. Convocatoria a concursos. Corresponde al Consejo de la Carrera JUNTAS DE DISCIPLINA JUDICIAL Judicial, convocar los concursos por oposición, para el ingreso a la Carrera Judicial de jueces y magistrados. ARTICULO 7. Integración. Las Juntas de Disciplina Judicial se integran por dos magistrados de to Corte de Apelaciones y sus respectivos suplentes y un juez de primera La convocatoria se publicará por tres veces en el diario oficial y en dos de los diarios de mayor instancia y su respectivo suptente. designados para UR periodo de un año por sortco practicado circulacion, con una antelacion no menor a veinte dias de la fecha prevista para el concurso. por el Consejo de la Carrera Judicial. Se integrarán tantas juntas como las necesidades y la Entre otras especificaciones de la convocatoria, se indicarán: los requisitos legales, culturales,
conveniencia del servicio lo hagan necesario, atendiendo a criterios de caracter geográfico, por educacionales y formales que deben llenar los aspirantes. plazo, lugar y horario de retiro de las materia u otros que resulten convenientes. bases del concurso y de recepción de solicitudes. Cuando alguno de los designados tuviere impedimento para conocer en un caso determinado por La solicitud debe contener, entre otros, los datos de identificacion personal, curriculum vitae y cualquier razón, 0 cuando las necesidades del servicio lo hicieran conveniente, el Consejo sus constancias, incluida la colegiatura profesional, constancia decarencia de antecedentes designará a los suplentes necesarios, siguiendo cl mismo procedimiento. penales y del Tribunal de Honor del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala y toda otra documentacion que se estime pertinente, cuya presentacion se requiera en la convocatoria. ARTICULO 8. Funciones y atribuciones. Corresponde a la Junta de Disciplina Judicial cl conocimiento y ejercicio de la funcion y acciones disciplinarias y correctivas previstas en estaARTICULO 17. Información y listados. fil Consejo de la Carrera Judicial elaborará la ley y sus reglamentos. Se exceptuan de esta disposicion los casos de destitucion, que quedan lista de inscritos y verificará, en cada caso, el cumplimiento de los requisitos exigidos por la reservados a la respectiva autoridad nominadora. Sin embargo, la formacion del expediente presente ley. Efectuada la verificacion, confeccionará la nomina de aspirantes aptos para respectivo y las recomendaciones que correspondan, son atribuciones de las Juntas. concursar y notificará a los interesados su decision. Dicho listado de aspirantes será publicado en
el diario oficial y como mínimo en dos de los diarios de mayor circulacion y remitido, en el caso de los jueces a la Corte Suprema de Justicia, y en cl caso de los magistrados a las respectivas comisiones de postulación. CAPITULO IV COMISIONES DE POSTULACION Dentro del plazo de cinco dias contudos desde el dia siguiente al de la última publicación. cualquier persona podrá remitir al Consejo de la Carrera Judicial 0 a las comisiones de ARTICULO 9. Integración. Las comisiones de postulacion a que se refieren los postulacion, segun corresponda, informacion documentada respecto a los aspirantes. Los articulos 215 y 217 de la Constitucion Política de la Republica, serán convocadas por clmecanismos y formalidades para la recepcion y valoracion de dicha informacion, deberan ser Congreso de la Republica por lo menos con cuatro meses de anticipacion a la fecha en quereguladas por el Consejo mediante reglamento especial. concluya cl periodo de la Corte Suprema de Justicia y de la Corte de Apelaciones y deberan quedar integradas a más tardar treinta dias despucs de dicha convocatoria. ARTICULO 18. Evaluación y elegibilidad. Corresponde a la Unidad de Capacitacion ARTICULO 10. Institucional la evaluacion de los aspirantes al cargo de juez, cualquiera que sea su categoria. laFunciones y atribuciones. Corresponde a las comisiones de postulacion cual se basara en las pruebas que se consideren convenientes y en entrevistas personales,cl examen de los expedientes formados por el Consejo de la Carrera Judicial y los demas que lepúblicas 0 privadas.
sean presentados para los efectos de la claboración de los listados de candidatos a magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Corte de Apelaciones y tribunales de igual categoria, conformeConcluida la evaluacion, se elaborará la lista de aprobados como elegibles, según el orden de las lo establecido en esta ley. calificaciones obtenidas por cada aspirante, a partir dc la mas alta. A fin de garantizar la debida transparencia del proceso de seleccion y la adecuada calificacion de Todos los aspirantes que hayan aprobado. seguirán el curso que corresponda en la Unidad de los méritos personales y profesionales de los aspirantes. las comisiones. como parte del Capacitacion Institucional del Organismo Judicial, el cual tendrá una duracion mínima de se15 procedimiento de seleccion. además de la revisión de las credenciales e informaciones que meses. aporte el Consejo, practicarán cuantas acciones y diligencias considere convenientes y necesarias, incluyendo la celebracion de entrevistas personaies públicas 0 privadas. ARTICULO 19. Nombramiento de jueces. Los candidatos que aprueben el curso de la Unidad de Capacitacion Institucional del Organismo Judicial, seran declarados elegibles y La lista de candidatos seleccionados por la Comision de Postulación será publicada en el diario nombrados por la Corte Suprema de Justicia, según proceda, jueces de paz, de primera instancia oficial y en al menos dos de los diarios de mayor circulacion y remitida al Congreso de la y destinados a las vacantes que existan, de las que tomaran posesion dentro del mes siguiente de República, con al menos quince dias de antelación a la fecha de vencimiento del periodo haber prestado la protesta respectiva; también podrán ser nombrados para ocupar el cargo deconstitucional de los magistrados en funciones. jueces suplentes. conforme lo establecido en el articulo 34 de esta ley.
ARTICULO 11. Reglamentación. Las comisiones de postulacion y la Unidad de ARTICULO 20. Renovación de nombramiento de jueces. Vencido el periodo de Capacitacion Institucional, desempeflarán sus funciones de conformidad con las disposiciones de funciones de los jueces de primera instancia, la Corte Suprema de Justicia renovará 0 no cl esta ley las que se establezean en un reglamento especifico que deberá emitir la Corte Suprema nombramiento de los jueces, para to cual deberá tener en cuenta la previa evaluacion de su de Justicia a propuesta del Consejo de Carrera Judicial trendimiento y comportamiento profesional elaborado por el Consejo de la Carrera IndicialNUMERO 94 DIARIO DE CENTRO AMERICA-2 de diciembre de 1999 3 ARTICULO 21. Eleccion de magistrados. La eleccion de magistrados de la Corte g. Mantener un alto nivel de actualizacion profesional: Suprema de Justicia y de los magistrados titulares de la Corte de Apelaciones y otros tribunales de igual categoria, corresponde con exclusividad al Congreso de la Republica y se hará entre lah. Denunciar cualquier hecho 0 acto que implique riesgo 0 amenaza para la independencia lista de candidatos elegibles que le presenten las respectivas comisiones de postulación con el del ejercicio de su cargo; c. voto favorable de las dos terceras partes de sus miembros. 1. Cumplir con los demás deberes que. esta y otras leyes y reglamentos senalen. En la misma forma y de la misma nomina, el Congreso de la Republica elegira a los magistrados ARTICULO 29. Prohibiciones. Además de lo establecido en otras leyes y reglamentos,
suplentes, conforme lo establece el articulo 35 de esta ley. queda prohibido a los jueces y magistrados: ARTICULO 22. Reelección de magistrados. Los magistrados de la Corte Suprema de a. Desempeñar, simultáneamente a la funcion jurisdiccional, empleos o cargos públicos Justicia y de la Corte de Apelaciones y otros tribunales de igual categoria podrán ser reelectos, remunerados y ejercer cualquier otro empleo, cargos directivos en sindicatos, u otras siempre que reúnan los requisitos y cumplan las formalidades legales correspondientes. entidades con fines políticos 0 ser ministro de cualquier religión 0 culto; Para estos efectos y por c) solo hecho de su desempeño satisfactorio, los magistrados de la Corteb. Ejercer las profesiones de Abogado y Notario o ser mandatarios judiciales, salvo en Suprema de Justicia y de la Corte de Apelaciones y otros tribunales de igual categoria, tienen el causa propia 0 de parientes dentro de los grados de ley; derecho de quedar incluidos en las listas que elabore el Consejo de la Carrera Judicial para su C. presentación a las respectivas comisiones de postulacion y a gozar, en la gradación que dicho Aceptar 0 desempenar cargos de albaceas, depositarios judiciales, tutores, protutores o Consejo determine, de una puntuación especial en lo relativo a la calificacion de su experiencia guardadores, salvo que se trate del cónyuge O conviviente, unido legalmente de hecho, 0
parientes dentro de los grados de ley;profesional. d. Celebrar contratos de cualquier clase con las personas que ante ellos litiguen: ARTICULO 23. Vacantes. Cuando se produzca una vacante definitiva en la Corte Suprema de Justicia, el Consejo de la Carrera Judicial dará aviso al Congreso de la República de e. Dar opinion sobre asuntos que conozcan 0 deben conocer; dicha vacancia, a fin de que proceda a elegir a la brevedad al nuevo magistrado de la misma lista f. Ser árbitros, liquidadores, expertos 0 partidores;de candidatos que haya enviado la respectiva comision de postulación. g. Ejercer actividades O propaganda de indole política partidista 0 religiosa, 0 propiciar que Cuando se produzea una vacante definitiva en la Corte de Apelaciones 0 en tribunales de igual otros lo hagan; categoria, el Consejo de la Carrera Judicial dará aviso inmediatamente al Congreso de la Republica de dicha vacancia, el que procederá a elegir al nuevo magistrado, dentro de los ARTICULO 30. Perdida de calidad. La calidad de juez o magistrado termina por siguientes quince dias contados a partir de la fecha de recibido el aviso. Dicha eleccion deberá cualquiera de las siguientes causas: realizarse entre los magistrados suplentes electos conforme al articulo 35 de esta ley. para completar el periodo. a. Por finalizacion del periodo para el cual fue electo O nombrado, O por renuncia al cargo 0
a la Carrera Judicial 0 incompatibilidad de responsabilidades. En todo caso, la pérdida de ARTICULO 24. Preferencia para las vacantes. Para la provision de las plazas vacantes calidad se entenderá producida para quien se niegue a hacer la protesta de administrar y de las que se crearen conforme a ley en las categorias de juez, tendran preferencia: pronta y cumplida justicia 0 no tome posesión del cargo para el que hay: sido designado en el plazo legalmente establecido; a. Los jueces de la misma categoria que soliciten el traslado y reunan los requisitos b. establecidos en esta ley para los traslados. Por sancion disciplinaria de destitución;
C. Por condena penal firme;b. Los jueces que hayan servido en la categoria inmediatamente inferior a la del cargo que deba llenarse y que reunan las condiciones establecidas en esta ley para el ascenso. d. Por jubilacion, que podrá ser voluntaria a los 50 años y obligatoria a los 75 años: y.
C. Los jueces suplentes nombrados conforme lo previsto en la presente ley. c. Por incapacidad física O mental para desempenar el cargo, declarada judicialmente.
Cuando haya dos O más jueces comprendidos en la preferencia a que se refiere este articulo. el ARTICULO 31. Situación de servicio. Los jueces y magistrados pueden encontrarse en Consejo de la Carrera Judicial sacará a concurso público la provision de la plaza. alguna de estas situaciones: ARTICULO 25. Ascensos. Se considera ascenso ci acto por el cual un juez O magistrado a. Servicio activo;
pasa a desempeñar un cargo judicial de competencia diferente por razón de categoria O grado b. Excedencia; según lo establecido en esta ley, con la aprobacion de la autoridad nominadora respectiva, previo cumplimiento de los requisitos y calidades que corresponden. El reglamento de esta ley regulará c. Licencia; o, expresamente esta materia. d. Suspension. ARTICULO 26. Traslados. Los jueces y magistrados podrán ser trasladados por las Se encuentran en situación de servicio activo quienes desempeñen un cargo correspondiente a la causas siguientes: Carrera Judicial. a. Por razones de servicio, calificadas mediante resolución motivada del Consejo de la La situacion de excedencia tiene lugar cuando un miembro de la Carrera Judicial, sin renunciar a Carrera Judicial, previa audiencia y compensación económica de los gastos de traslado: tal condicion, solicita dejar de prestar servicio activo en la misma, despues de haberlo prestado en forma satisfactoria por lo menos durante dos años. El tiempo de duracion de la excedencia nob. Por solicitarlo asi el interesado, y si a juicio del Consejo de la Carrera Judicial haya puede ser mayor de tres años, transcurridos los cuales se entenderá perdida la condición deacumulado méritos en cl ejercicio del cargo, tenga una causa justificada y el traslado no miembro de la carrera. El tiempo de duración de la excedencia no se acreditará al tiempo desea inconveniente para el servicio de la administración de justicia; servicio para efectos de determinar antiguedad. c. En los casos de preferencia a que se refiere el literal c) del artículo 24 de esta ley.
La licencia se produce cuando el miembro de la Carrera Judicial es electo o designado para formar parte de la Junta de Disciplina Judicial 0 cuando, por algún motivo justificado, solicitareCAPITULO II pasar a esta condicion. DERECHOS, DEBERES Y PROHIBICIONES La suspensión se produce como consecuencia de resoluciones adoptadas en procesos penales " ARTICULO 27. Derechos. Son derechos de los jueces y magistrados, además de los que en procedimientos disciplinarios. la Constitución Politica de la República y las leyes ordinarias les otorgan, los siguientes: Las resoluciones relativas a estas situaciones serán competencia del Presidente del Organismo a. A no ser removidos de sus cargos sino por las causas y en la forma establecida en la Judicial y son aplicables supletoriamente las disposiciones de la Ley de Servicio Civil del Constitucion Política de la República y las leyes; Organismo Judicial. b. Percibir una remuneracion equitativa y justa que. en ningun caso, será inferior para los magistrados de la Corte de Apelaciones y tribunales de la misma categoria. al equivalente del 70% del salario que devengan los magistrados de la Corte Suprema de CAPITULO III Justicia, el 50% para los jueces de primera instancia y el 30% para los jueces de paz. La DESEMPEÑO DE LOS JUECES Y MAGISTRADOS Corte Suprema de Justicia deberá tomar en cuenta las proporciones anteriores como indicativas para la formulación de una politica salarial; ARTICULO 32. Evaluacion del desempedo. El rendimiento de los jueces y magistrados Percibir y gozar de las prestaciones, asi como los demas beneficios y compensaciones de en el desempeño de sus cargos será evaluado por el Consejo de la Carrera Judicial anualmente. 0C.
caracter economico y social que les correspondan conforme a la ley: cuando lo considere conveniente. d. Ser protegidos en forma inmediata por las autoridades del Estado, cuando exista peligro Para ello, el Consejo tomará en consideracion, entre otros, los siguientes elementos: para su vida o integridad personal en razón del desempeño de las funciones de su cargo: a. El número de autos y sentencias dictadas mensualmente y su calidad; e. Asociarse para los fines y con las limitaciones que establezcan la Constitucion Politica de la República y las leyes; b. El número de autos y sentencias confirmadas, revocadas o casadas, con distinción de las definitivas; f. Optar a becas de estudios superiores, recibir cursos de capacitación y perfeccionamiento C. El número de audiencias 0 días de despacho en el tribunal en cada mes del año;en la funcion jurisdiccional; Los demás derechos que se establezcan legalmente, y los que les correspondan de d. El numero de casos resueltos mediante aplicacion de procedimientos y medidas deg. conformidad con la Ley de Servicio Civil del Organismo Judicial. desjudicialización; e. La observancia de los plazos O términos judiciales a que esté sujeto, conforme a ley:ARTICULO 28. Deberes. Son deberes de los jueces y magistrados: f. Las sanciones a las que haya sido sometido;
a. Administrar justicia en forma imparcial, razonada. pronta y cumplida, de conformidad g. El informe de rendimiento académico que elabore la Unidad de Capacitación con la Constitucion Politica y las leyes de la República: Institucional. b. Resolver los asuritos de su competencia con independencia y cumplir rigurosamente las La escala de rendimiento satisfactorio de los jueces y magistrados la fijará el Consejo de lagarantias del debido proceso: Carrera Judicial, será pública y la renovación de los nombramientos y los ascensos se efectuará
C. Atender el juzgado 0 tribunal a su cargo con la diligencia debida; con estricta sujecion a ella.
d. Atender en forma personal las diligencias y audiencias que se lleven a cabo en su TITULO IV
despacho; DE LOS JUECES Y MAGISTRADOS SUPLENTES
c. Guardar absoluta reserva sobre los asuntos que por su naturaleza asi lo requieran; ARTICULO 33. Objeto. Con el objeto de garantizar la continuidad de los servicios de f. Respetar y atender conforme a la ley a los funcionarios judiciales, personal subalterno,justicia, se establece la calidad de jueces y magistrados suplentes en disponibilidad, quienes compañeros de trabajo, litigantes, personas interesadas en los juicios y diligencias que seserán nombrados y electos de conformidad con las normas de esta ley y reuniran los mismos ventilen en el tribunal, lo mismo que al público en general; requisitos que correspondan a los titulares.4 DIARIO DE CENTRO AMERICA-2 de diciembre de 1999NUMERO 94 ARTICULO 34. Jueces Suplentes. La Corte Suprema de Justicia nombrará el número de
jueces supientes que el Consejo de la Carrera Judicial recomiende como necesario para atenderARTICULO 43. Amonestación. La amonestación consiste en la Hamada de atencion, las necesidades del despacho judicial de paz y de primera instancia en toda la República. los queverbal O escrita, que se hace al juez o magistrado. En cualquiera de los dos casos, debe dejarsepermanecerán en disponibilidad en las condiciones, forma y lugar que la Corte determine.constancia en el registro personal respectivo. ARTICULO Magistrados suplentes. El Congreso de la República elegirá, en laARTICULO 44. Suspensiones. La suspensión sin goce de salario consiste en la misma forma que a los titulares y de la misma nómina que presente la respectiva Comision deseparacion temporal del juez 0 magistrado del ejercicio del cargo. Podrá acordarse hasta por un Postulación, el número de magistrad