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Decreto 42-1988-2

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 42-1988-2
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Servicios_Publicos
Año
1988

Diario de Centro América Organo oficial de la República de Guatemala omo CCXXXIV Decano de la Prensa CentroamericanaDirectora Carmen Escribano de De LeónGuatemala, jueves 25 de agosto de 1988Número 46 MUNICIPALIDAD DE LA LIBERTAD SUMARIO ORGANISMO LEGISLATIVOHUEHUETENANGO Modificase en la forma que se expresa, el Reglamento GANISMO LEGISLATIVO del Servicio de Agua Potable de la Municipalidad de CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALALa Libertad, departamento de Huehuetenango.

CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA MUNICIPALIDAD DE FRAIJANES, DEPARTAMENTO DECRETO NUMERO 42-88

DE GUATEMALA Congreso de la República de Guatemala,

DECRETO NUMERO 42-88

Modifícase en la forma que se indica el Reglamento de CONSIDERANDO: Agua Potable de la Municipalidad de Fraijanes, deparRGANISMO EJECUTIVO tamento de Guatemala. Que la Junta Monetaria como órgano encargado de la determinación de la política monetaria, cambiaria y INISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL crediticia del país, elaboró un programa para convertir, por nuevos valores, los bonos de estabilización emitidos en los años 1983 y 1984, por el Banco de Guaicase en la forma que se menciona el Artículo 19 ANUNCIOS VARIOS temala, programa aprobado por dicho órgano mediante Acuerdo Ministerial número 6-87, de fecha 12 de Resolución JM-118-88 de fecha 13 de julio del afio en

to de 1987. Matrimonios Líneas de transporte. Constituciones curso; de sociedad. Modificaciones de sociedad. - DisoCONSIDERANDO:- luciones de sociedad. Registro de marcas. TituNISTERIO DE GOBERNACION Que el programa de sustitución elaborado por lalos supletorios. Edictos. Licitación Remates. Junta Monetaria, se concretará mediante un mecanismo ócese la personalidad jurídica de la Iglesia Evande oferta de conversión con los tenedores de los citaca "Asamblea de Dios Pentecostés Luz del Cielo". dos bonos de estabilización, en los términos y condicioLa Manzana, S. A.-Balance General al 31 de diciemnes que en dicho programa se mencionan; ibase el funcionamiento de la "Fundación Supeon Triunfemos"; y reconócese su personalidad jubre de 1982.

CONSIDERANDO:ca.

Promociones y Ventas, S. A-Balance General al 31 Que corresponde al Congreso de la República autorizar de diciembre de 1982. a la Banca Central o cualquier otra entidad estatal, MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS previamente a que éstas puedan cumplir negociaciones Cementerio Las Flores, S. A.-Balance General al 31de empréstitos u otras formas de deudas, en el interior de diciembre de 1982. 0 en el exterior; rdase que los vehículos automotores que ingresen cualesquiera de las Aduanas, se les adherirá un disCONSIDERANDO: tivo, con el objeto que puedan transitar mientras seEmpresa "Intersuiza, S. A."-Balance General al 31 de

ctica la corroboración y ajustes por parte de la Di-diciembre de 1982. Que para dar validez constitucional y legal a la reseción General de Aduanas. lución emitida por la Junta Monetaria, es necesaria la Operaciones Eléctricas Industriales, Sociedad Anóni-previa aprobación del Congreso de la República para ma-Balance General al 31 de octubre de 1982. lo cual es procedente emitir la respectiva disposición legal, ISTERIO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIALTarjetas de Crédito de Guatemala, S. A.-Balance GePOR TANTO, neral al 31 de diciembre de 1982. ébanse las reformas que se mencionan a los estaEn ejercicio de las atribuciones que le confieren losDS del Sindicato de Trabajadores de Industria Rancho Alegre, S. A.-Balance General, practicado al artículos 171, incisos a), i), 1) de la Constitución Política atro Americana de Vidrio, S. A. 30 de junio de 1980. de la República de Guatemala, Compañía Agropecuaria del Cahabón, S. A-Balance DECRETA: MINISTERIO DE ECONOMIA General al 31 de diciembre de 1982. Artículo 1.-Autorizar al Banco de Guatemala para dese la patente de invención que se menciona, aCía. Panameña de Aviación, S. A. (Sucursal Guatemaque pueda concluir las operaciones de emisión de BoSociedad "PROCIDA". la).-Balance General al 31 de diciembre de 1982.nos de Estabilización necesarios para la oferta de intercambio para convertir, por nuevos valores, los bonos de édese a la Sociedad "Agricultural Genetics Comestabilización 1983 y 1984, bajo los siguientes términos ny Limited", la patente de invención que se detalla.Administración Técnica, Sociedad Anónima (ADTECy condiciones: SA).-Balance General al 31 de diciembre de 1982.A) Nuevos Bonos de Estabilización expresados en US PUBLICACIONES VARIAS Mont Blanc, S. A.-Balance General Condensado al 30 dólares: de junio de 1982. Monto de la emisión: Hasta US$ 400.0 millones. REGISTRO DE CIUDADANOS Precio de emisión: 100% a cambio de los Bonos deBanco Nacional de la Vivienda. Balance General conrizase e inscribase la Asociación para Fines Políticos Estabilización 1983; y 102% a cambio de los Bonosdensado al 31 de julio de 1988 lademia para la Libertad y la Justicia" y apruébase de Estabilización 1984. proyecto de Estatutos de dicha Asociación. Plazo: 10 años. Baños y Artefactos, S. A. - Balance General al 30 dePeríodo de gracia: 4 años. de junio de 1982. Calendario de amortizaciones: Pagos semestrales, MUNICIPALIDAD DE SANTO DOMINGO Comercial Tiempo, S. A. Balance General 31 de iguales, comenzando al final del noveno semestre SUCHITEPEQUEZ. DEPARTAMENTO DE diclembre de 1982. Tasa de interés: 10% anual, fija y pagadera semesSUCHITEPEQUEZ tralmente, en US dólares. Productos Alimenticies Sharp, S. A Balance General Opción de redención anticipada: Elegibles para el una Tasa por el Servicio de la Cancha de BásquetMunicipal para el secado de productos agricolas, al 30 de noviembre de 1982. Programa de Conversión de Deuda a Capital.

Conversión a bonos en quetzales: En los montos ymdado por la Municipalidad de Santo Domingo SuAlimentos y Bebidas Atlántida, S. A. Balance Genemediante el procedimiento que defina la Junta Mo-repéquez, departamento de Suchitepéquez. ral al 30 de noviembre de 1962. netaria y a su valor nominal Forma de creación de los bonos: Al portador o no-UNICIPALIDAD DE SAN JOSE ACATEMPA, JUTIAPA Fantasia, S. A. Balance General al 31 de diciembre minativos, a opción de los tenedores, salvo para lostenedores cuyas legislaciones nacionales sólo lesde 1981. bease en la forma que se indica el Reglamento del permiten adquirir los bonos en forma nominativa. vicio de Agua Potable de la Municipalidad de San Bodegas Hispanoamericanas, Valbolán, S. A. - BalanceLeyes que los regirán: Las del Estado de Nueva Acatempa, departamento de Jutiapa. General al 30 de junio de 1980. York, Estados Unidos de America1094 DIARIO DE CENTRO AMERICAAgosto 25 de 1988 NUMERO Jurisdicción: Nueva York y Londres. ORGANISMO EJECUTIVO ACUERDA: Dispensa de inmunidad: Las cláusulas usuales, incluArtículo 1º-Reconocer la Personalidad Jurídiyendo las de inmunidad soberana. Iglesia Evangélica "Asamblea de Dios Pentecosté

Casos de incumplimiento: Comprenderían, entre otros MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL Cielo", la cual se regirá conforme a sus Bases casos, los relativos a falta de pago de principal 0 tivas y Principios Doctrinarios aprobados en $ de intereses de los bonos. Asamblea General celebrada el día 27 de junio Modificase en la forma que se menciona el Artículo 19según consta en acta notarial autorizada por el B) Nuevos Bonos de Estabilización expresados en del Acuerde Ministerial número 6-87, de fecha 12 deJulian Blaymiro Gramajo de León, en la Villa quetzales. marze de 1987. cajá, departamento de Quetzaltenango.

Monto de la emisión: Hasta un máximo, en quetzaACUERDO MINISTERIAL No 26-88 Artículo 29-E1 presente acuerdo empieza a reg les, al tipo de cambio del Mercado Regulado, por tir del día siguiente de su publicación en el Diari el equivalente de US$ 400.00 millones. Palacio Nacional: Guatemala, 23 de agosto de 1988.

Precio de emisión: 100% a cambio de los Bonos de Comuniquese.

Estabilización 1983; y 102% a cambie de los Bonos Ministro de Finanzas Públicas, de Estabilización 1984. MARCO VINICIO CEREZO AR CONSIDERANDO: Tipo de cambio: El del Mercado Regulado o el del 3 Ministro de Gobernación, que en el futuro legalmente corresponda. Que este Ministerio mediante Acuerdo Número 6-87 JUAN JOSE RODIL PERALTA.

Plazo: 7 años. de fecha 12 de marzo de 1987, autorizó a la Dirección 1212844-25

General de Aduanas para permitir el desalmacenaje dePeríodo de gracia: 4 años. mercaderías consignadas a la Presidencia de la Repú- Calendario de amortizaciones: Pagos semestrales, blica, Ministerio de la Defensa Nacional y Ministerio iguales, comenzando al final del noveno semestre. de Gobernación, mediante el sistema de Acta de Compromiso; Apruébase el funcionamiento de la "Fundación Tasa de interés: 16% anual, fija y pagadera semesración Triunfemos"; y reconócese SEE personalitralmente. CONSIDERANDO: rídica. Opciones de redención anticipada: Elegibles para las opciones de redención anticipada que se enumeran Que el Ejército de Guatemala importa mercaderías ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 644 a continuación y las demás que la Junta Moneen las condiciones antes citadas a través del Comisataria establezca: todo en las condiciones que lariato del Instituto de Previsión Militar, por lo que esPalacio Nacional: Guatemala, 23 de agosto de propia Junta fije: procedente ampliar ese instrumento legal, para autorizar que el Comisariato del IPM, también pueda desalPresidente de la República, a) Aceptación de bonos para pago de importaciomacenar esos bienes, conforme se dispone en el Acuerdo nes futuras, preferentemente a través de líneas mencionado, CONSIDERANDO: de crédito; POR TANTO, Que la legislación civil guatemalteca prevé 1

b) Para estimular las inversiones en el país, los tucionalización como personas jurídicas de las fu bonos expresados en dólares de los Estados En el ejercicio de las atribuciones que le asigna elnes, cuando su constitución y estatutos fueren Unidos pueden en cualquier tiempo ser convertidos a bonos denominados en quetzales y Artículo 49 numeral 7) del Decreto Número 106-71 del mente aprobados por la autoridad respectiva; a su vez ambos podrán convertirse a moneda Congreso de la República, Ley del Ministerio de Finanseñor Flavio César Guzman Argueta en repres zas Públicas. de la "Fundación Superación Triunfemos", se I nacional destinada a pagar inversiones en el al Ministerio de Gobernación solicitando se apr país; ACUERDA: funcionamiento de la referida entidad y habiénd c) Conversión de bonos a moneda nacional para tisfecho los requisitos que señala la ley, es pro pago de obligaciones tributarias de toda espe-Artículo 1.-Se modifica el Artículo 19 del Acuerdo emitir la respectiva disposición legal, cie y bancarias; Ministerial Número 6-87 de fecha 12 de marzo de 1987, d) Liquidación de exportaciones de bienes no tra-al cual se le adiciona el párrafo siguiente: POR TANTO, dicionales con bonos de estabilización; y "Queda comprendido en la autorización a que se re-e) Financiamiento sustitutivo. En ejercicio de las funciones que le confiere elfiere el párrafo anterior, el Comisariato del Instituto de 183, inciso e) de la Constitución Política de la Re

Previsión Militar. a efecto de que mediante el acta de de Guatemala y con fundamento en los artículos 15Otras características: De conformidad con el artículocompromiso respectiva, realice el desalmacenaje de las 89 de la Ley de Bancos, los bonos podrán ser acep29, 20 y 31 del Código Civil, mercaderías consignadas a su favor". tados como garantía de créditos bancarios. ACUERDA: Conversión a bonos en US$: No permitido. Artículo 2.-El presente Acuerdo empezará a regir el Forma de bonos: Al portador. día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. Artículo 19-Aprobar el funcionamiento de la Leyes que los regirán: Las de la República de GuaComuniquese. dación Superación Triunfemos", la cual se regin temala. forme a las normas contenidas en escritura públi Casos de incumplimiento: Comprenderían, entre otros RODOLFO ERNESTO PAIZ ANDRADE mero 19 fecha 30 de mayo de 1988, autorizada ciudad por el notario Arturo Yaquian Otero.casos, los relativos a falta de pago de principal 0de intereses de los bonos. Viceministro de Finanzas Publicas, Artículo 29-Reconocer la personalidad jurídica JUAN FRANCISCO PINTO C. Fundación indicada en el artículo anterior. Artículo 2.-Se aprueba el contenido de la Resolución JM-118-88 emitida por la Junta Monetaria, en cuanto a Artículo 39-EI Ministerio Público debe vigilar

las demás condiciones de la emisión. los bienes de la Fundación se empleen conform destino. Artículo 3.-La suma total de las series de nuevos bonos de estabilización, que se emitan conforme los térMINISTERIO DE GOBERNACION Artículo 49-El presente acuerdo empezará a partir del día siguiente de su publicación en elminos y condiciones establecidos en el artículo 1, de esta Oficial. ley, no podrá ser mayor en conjunto que la cantidad de los bonos de estabilización que sean presentados a con-Reconócese la personalidad jurídica de la Iglesia EvanComuniquese.versión, la cual podrán obtener los tenedores de dichos bonos, y divididos entre las dos series de nuevos bonos gélica "Asamblea de Dios Pentecostés Luz del Cielo". MARCO VINICIO CEREZO ARE en la proporción que el tenedor solicite. ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 507-88 El Ministro de Gobernación, Artículo 4.-El presente decreto entrará en vigencia elPalacio Nacional: Guatemala, 15 de julio de 1988. ROPERTO ADOLFO VALLE VALDIZAN. día de su publicación en el Diario Oficial. 1213488-25Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación y Presidente de la República, cumplimiento. CONSIDERANDO: Dado en el Palacio del Organismo Legislativo: en la ciudad de Guatemala a los nueve días del mes de agostoQue la Iglesia Evangélica "Asamblea de Dios Pentede mil novecientos ochenta y ocho. costés Luz del Cielo", por medio de su presidente señor MINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS

Carlos Enrique Solis Rodas, se presentó al Ministerio de Gobernación solicitando el reconocimiento de la PersonaALFONSO ALONSO BARILLAS, lidad Jurídica, aprobación de las Bases Constitutivas y Presidente. Principios Doctrinarios de la referida Iglesia; y Acuérdase que los vehículos autometores que in por cualesquiera de las Aduanas, se les adherirá u CARLOS ENRIQUE CHAVARRIA PEREZ, CONSIDERANDO: tintive, con el objeto que puedan transitar mient practica la corroboración y ajustes per parte deSecretario. Que el ejercicio de todas las religiones en el país esrección General de Aduanas. GUILLERMO VILLAR ANLEU, libre, sin más límites que el orden público y el respeto debido a la dignidad de la jerarquía y a los fieles de ACUERDO MINISTERIAL NUMERO 15-88 Secretario. otros credos, como se establece en los artículos 36 y 37 de la Constitución Política de la República de GuatemaPalacio Nacional: Guatemala, 23 de agosto de 1

Palacio Nacional: Guatemala, veintitrés de agosto dela y que al respecto el interesado cumplió con los remil novecientos ochenta y ocho. quisitos de ley, por lo que es procedente emitir la COMinistro de Finanzas Públicas, rrespondiente disposición legal,

Publíquese y cúmplase. CONSIDERANDO: POR TANTO, CEREZO AREVALO. Que es necesario identificar plenamente para su trá En ejercicio de las funciones que le confiere el ara los vehículos que al ingresar al país por cualesquie

Secretario General de la Presidencia tículo 183 inciso e) de la Constitución Política de la las fronteras, liquidan provisionalmente los imptde la República, República de Guatemala y con base en los artículos 15, aduaneros en las Administraciones de Aduanas re LUIS FELIPE POLO LEMUS. inciso 19 y 17 del Código Civil, tivas, a efecto de que posteriormente la Dirección

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