Decreto 42-1989
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 42-1989
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Comercial
- Año
- 1989
Diario de Centro América Organo oficial de la República de Guatemala Tomo CCXXXVI Decano de la Prensa CentroamericanaDirectora Carmen Escribano de De LeónGuatemala, lunes 21 de agosto de 1989Número 95 Banco Industrial, S. A. Balance General Condensado Palacio Nacional: Guatemala, catorce de agosto de mil SUMARIO al 31 de julio de 1989. novecientos ochenta y nueve. Publiquese y Cúmplase.Banco Inmobiliario, Sociedad Anónima. Balance GeORGANISMO LEGISLATIVO neral Condensado Consolidado al 31 de julio de 1989. CEREZO AREVALO. Comercial Aseguradora Suizo Americana, S. A. BaEl Secretario General de la CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA lance General Condensado al 31 de diciembre de 1988.Presidencia de la República,
LUIS FELIPE POLO LEMUS
DECRETO NUMERO 42-89
ORGANISMO LEGISLATIVO ORGANISMO EJECUTIVOORGANISMO EJECUTIVO
PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA Reformase en la forma que se indica el artículo 20 del Acuerdo Gubernativo número 252-89, de fecha 11 de DECRETO NUMERO 42-89 Refórmase en la forma que se indica el artículo 2º del Acuerdo Gubernative número 252-89, de fecha 11 doabril de 1989. Congreso de la República de Guatemala, abril de 1989.
ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 537-89.
MINISTERIO DE GOBERNACION CONSIDERANDO: Que al emitirse el Decreto 25-89 del Congreso de laPalacio Nacional: Guatemala, 8 de agosto de 1989. Apruébanse los Estatutos de la Asociación Campesina República, se estableció una tabla de arbitrios a todosPresidente de in República, Pro Adquisición de Tierras y Mejoramiento Comunilos establecimientos comerciales, omitiendo regular estario, Aldea El Arenal, del Municipio de la Democrapecificamente lo relativo a los establecimientos de ex-CONSIDERANDO: cia, departamento de Escuintla; y reconócese su per-pendio de combustible duplicando en algunos casos elQue con fecha cinco de mayo de mil novecientos sonalided jurídica. impuesto sobre ventas que ya aparece regulado en laochenta y nueve, se publico en el Diario Oficial de Ley del Impuesto del Valor Agregado -IVA-; Centro America, el Acuerdo Gubernativo número 252-89, por medio del cual en su artículo 19 inciso 1.1 precepMINISTERIO DE ECONOMIA CONSIDERANDO: tua que quedan prohibidas en el territorio nacional, "La importación de los gases clorofluorocarbonos (CFC), Otórgase Calificación de Empresa Industrial de ExporQue se hace necesario corregir las omisiones y errorespara ser usados como propelentes para aerosoles en
tación Total a "Exportaciones Guatemaltecas, Sociedad a que se refiere el Considerando anterior con el pro-alimentos, cosméticos, productos para limpieza y uso pósito de guardar los principios de equidad y de jus-personal 0 doméstico, medicamentos humanos y veterina-Anónima", que podrá abreviarse "Exportaciones Guaticia tributaria a que se refiere la Constitución Po-rios, insecticidas, fungicidas y demas productos similarestemaltecas, S. A.". lítica de la República de Guatemala, emitiendo en talO en cualquier otra forma de uso. Tambien queda prohiOtórgase Calificación de Empresa Industrial de Exporsentido la respectiva disposición legal, bida la importación de los productos terminados que contengan dichos gases;tación Total a "Maquilas de Guatemala, Sociedad Anónima", que podrá abreviarse "Maquilas de GuaPOR TANTO, CONSIDERANDO: temala, S. A.". En ejercicio de las atribuciones que le confiere losQue en el artículo 29 del antes citado Acuerdo GuOtórgase calificación de Empresa Industrial de Expor-artículos 170, literal a) y 239 de la Constitución Po-bernativo, se fija en un año el plazo para el agotamiento de los inventarios y el retiro del mercado de los clorotacion Parcial a "Fábrica de Tejidos Mont Blanc, Solítica de la República de Guatemala, fluorocarbonos (CFC); pero siendo que no se consider6 ciedad Anónima". que las industrias podian haber requerido importar de DECRETA: dichos gases, para agotar los envases, válvulas, tapas, Otórgase calificación de Empresa Industrial de Exportaetiquetas, cajas, embalajes y materias primas que les
ción Total a "Ultra Latex, Sociedad Anónima", que ARTICULO 1.-Se reforma el Artículo 1. del Decrehubiesen quedado en existencia para la terminación de puede abreviarse "Ultra Latex, S. A.". to Número 25-89 del Congreso de la República, adi-sus productos, se hace procedente reformar el artículo cionando al final del mismo un párrafo final que diga:citado del Acuerdo Gubernativo número 252-89, de fecha once de abril del presente ano, MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA y "EMPRESAS DE SERVICIO: POR TANTO, ALIMENTACION Por cada bomba instalada en las gasolineras En ejercicio de la función que le confiere el artículode la jurisdicción que prestan servicio al 183 inciso e) de la Constitución Política de la República Apruébase ell Convenio número 17-89, suscrito entre público, al mes Q.15.00 de Guatemala, Por cada bomba instalada en las gasolineras ACUERDA:el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentade servicio particular ubicada en la jurisción y el Director de la Cooperativa Americana de dieción, al mes Q.20.00" Artículo 19-Se reforma el Artículo 29 del Acuerdo Remesas al Exterior (CARE). Gubernativo número 252-89, de fecha once de abril del Se suprime de dicho artículo 1. el párrafo represente año, el cual queda asi: lativo a Cervezas de Producción Nacional O "Se fija el plazo de un año para el agotamiento de
PUBLICACIONES VARIAS Centroamericana. que dice: los inventarios y el retiro del mercado de los gases clorofluorocarbonos (CFC); y dentro de ese plazo se "CERVEZAS DE PRODUCCION NACIONAL conceden seis meses, contados a partir de la fecha JUNTA MONETARIA o CENTROAMERICANA: en que empiece a regir esta reforma, para que las empresas puedan importar al territorio nacional dichos RESOLUCION JM-137-89 Por cada envase de 500 gramos O menos, que gases, a efecto de agotar las materias primas que ten-se expenda en la jurisdicción municipal Q. 0.04 gan en existencia". Por cada envase de 501 gramos 0 más, que se ANUNCIOS VARIOS expenda en la jurisdicción municipal Q 0.05"Artículo 29-E1 presente Acuerdo empezará a regir el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.ARTICULO 2.-El presente Decreto entrará en vigenMatrimonios. Solicitud de nacionalidad. - Lineas cia el día de su publicación en el Diario Oficial. Comuniquese. de Transporte. Constituciones de Sociedad Mo. Pase el Organismo Ejecutivo para su Publicación y MARCO VINICIO CEREZO AREVALO. dificaciones de Sociedad. Registro de Marcas. Cumplimiento Dado en el Palacio del Organismo Legislativo: en la Ministro de Salud Pública y Asistencia Titules Supletorios. Edictos. - Licitacion ReSocial. mates. Ciudad de Guatemala, a los diez dias del mes de agosto CARLOS GEHLERT MATA.
de mil novecientos ochenta y nueve. El Ministro de Finanzas Públicas.Agropecuaria Puerta del Cielo, S. A. - Balance de JOSE FERNANDO LOBO DUBON, RODOLFO ERNESTO PAIZ ANDRADE Situación al 30 de junio de 1981. Presidente El Ministro de Energia y Minas, Banco Internacional, S. A Balance Genera' ConRAMIRO GARCIA DE PAZ, ROLAND CASTILLO CONTOUX densado a' 31 de julio de 1989. Secretario E1 Secretario General de la Afianzadora Central, Sociedad Anónima Balance WALDEMAR HIDALGO PONCE, Presidencia de la República, General Condensado al 31 de diciembre de 1988 Secretario LUIS FELIPE POLO LEMUS