Decreto 42-2003-3
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 42-2003-3
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Internacional_Publico
- Año
- 2003
DECRETO NUMERO 42-2003
CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que Guatemala norma sus relaciones con otros Estados de conformidad con los principios, reglas y prácticas internacionales, con el propósito de contribuir al mantenimiento de la paz y libertad, al respeto y defensa de los derechos humanos, al fortalecimiento de los procesos democráticos e instituciones internacionales que garanticen beneficio mutuo y equitativo entre los Estados.
CONSIDERANDO: Que el Estado mantendrá relaciones de am istad, solidaridad y cooperación con aquellos Estados, cuyo desarrollo económico, social y cultural, sea análogo al de Guatemala, con el propósito de encontrar soluciones apropiadas a sus problemas comunes y de formular conjuntamente, políticas tendientes al progreso de las naciones respectivas.
CONSIDERANDO: Que es obligación fundamental del Estado promover el desarrollo ordenado y eficiente del comercio interior y exterior del país, fomentando mercados para los productos nacionales; así como crear las condiciones adecuadas para promover la inversión de capitales nacionales y extranjeros.
CONSIDERANDO: Que el Acuerd o suscrito entr e la República de Guatemala y el Reino de España para la Promoción y la Protección recíproca de Inversiones, constituye un instrumento bilateral cuyo objetivo es intensificar la cooperación económica en beneficio de ambos países y que propone crear condiciones favorables para las inversiones realizadas por inversionistas d e cada una de las Partes Contratantes en el territorio de la otra.
POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) y l) de la Constitución Política de la República de Guatemala.
DECRETA:
en el territorio de la otra.
POR TANTO: En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) y l) de la Constitución Política de la República de Guatemala.
DECRETA: ARTICULO 1. Aprobar e l A cuerdo entre la República de Guatemala y el Reino de España para la promoción y protección recíproca de las inversiones, suscrito en la ciudad de Guatemala, el día nueve de diciembre del año dos mil dos.
ARTICULO 2. El presente Decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el diario oficial.DECRETO NUMERO 42-2003 DEL CONGRESO