Decreto 426 de 2026
Presidente de la República
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Detalles
- Título
- Decreto 426 de 2026
- Autor
- Presidente de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2026
DECRETO 426 DE 2026
DECRETO 426 DE 2026
(abril 23) por el cual se delegan las funciones legales y unas funciones constitucionales. Los datos publicados en SUIN-Juriscol son exclusivamente informativos, con fines de divulgación del ordenamiento jurídico colombiano, cuya fuente es el Diario Oficial y la pertinente. La actualización es periódica. El seguimiento y verificación de la evolución normativa y l no implica una función de certificación, ni interpretación de la vigencia de las normas por parte del Ministerio.
Subtipo: DECRETO EJECUTIVO
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política y
Que el Presidente de la República se trasladará el día 24 de abril de 2026 a la ciudad de Caracas (República Bolivariana de Venezuela), con el fin de asistir a la Comisión Binacional con la señora Delcy Rodríguez, Presidenta encargada de la República Bolivariana de Venezuela.
Que el regreso a Colombia será el día 25 de abril de 2026.
Que de conformidad con el artículo 196 de la Constitución Política, “Cuando el Presidente de la República se traslade a territorio extranjero en ejercicio de su cargo, el ministro a quien corresponda, según el orden de precedencia legal, ejercerá bajo su propia responsabilidad las funciones constitucionales que el Presidente le delegue, tanto aquellas que le son propias como las que ejerce en su calidad de jefe de gobierno. El ministro delegatario pertenecerá al mismo partido o movimiento político del Presidente.”
Que mediante certificación de fecha 15 de enero de 2025, suscrita por la secretaría general del Movimiento Político Colombia Humana, se informó “que Germán Ávila
ministro delegatario pertenecerá al mismo partido o movimiento político del Presidente.”
Que mediante certificación de fecha 15 de enero de 2025, suscrita por la secretaría general del Movimiento Político Colombia Humana, se informó “que Germán Ávila Plazas, identificado con cédula de ciudadanía número 19437985 de Bogotá, funge como Militante de nuestro movimiento político”.
Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en la ley, el ministro de Hacienda y Crédito Público, doctor Germán Ávila Plazas, está habilitado para ejercer las funciones constitucionales y legales como ministro delegatario.
DECRETA: Artículo 1°. Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente decreto, deléganse en el ministro de Hacienda y Crédito Público, doctor Germán Ávila Plazas, las funciones legales y las siguientes atribuciones constitucionales:DECRETO 426 DE 2026
1. Artículo 129.
2. Artículo 138, inciso 5°.
3. Artículo 189, con excepción de lo previsto en el numeral 2, 5, 6 y 7.
4. Artículo 150 numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.
5. Artículos 163, 165, 166 y 167.
6. Artículos 200, 201 y 202.
7. Artículos 213, 214 y 215.
8. Artículos 303, 304, 314 y 323.
Artículo 2º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.