Decreto 43-1984
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 43-1984
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 1984
Diario de Centro America
ANTES EL GUATEMALTECO
ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA
Director Capitán de Navío DEM. y Licenciado Decano de la Prensa Centroamericana Juan Fernando Cifuentes Herrera Fundado el 2 de Agosto de 1880
Teléfono de Redacción: 24-4-17 TIPOGRAFIA NACIONAL, 18 Calle 6-72, zons 1 Teléfono de Administración: 24-4-18
TOMO CCXXIII GUATEMALA, VIERNES 11 DE MAYO DE 1984 NUMERO 74
SUMARIO DECRETA: "El 19 de septiembre de 1983, el Gobierno de Artículo 1°-Se concede en usufructo a la MuSan Vicente y las Granadinas depositó ante el Secretario General de las Naciones Unidas el insORGANISMO EJECUTIVO nicipalidad de Amatitian, departamento de Guatemala, el área denominada "Las Ninfas", situada trumento de aceptación de la Constitución de la en jurisdicción del mencionado municipio, y que Organización Mundial de la Salud, suscrita en JEFATURA DE ESTADO forma parte del parque "Naciones Unidas", cuya Nueva York el 22 de julio 1946." finca está inscrita a nombre de la Nación en el ReDECRETO-LEY NUMERO 43-84 gistro de la Propiedad de la Zona Central, bajo el "El 2 de septiembre de 1983, el Gobierno de número 53,854, folio 250 del libro 989 de Guatemala. Yugoeslavia depositó ante el Secretario General
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Artículo 29-EI usufructo a que se refiere el arde las Naciones Unidas el instrumento de aceptículo anterior se otorga a título gratuito, por el tación de las enmiendas a los artículos 24 y 25 Ratificaciones, adhesiones y reservas producidasplazo de cincuenta años, computado a partir de la de la Constitución de la Organización Mundial por otros Estados sobre Convenciones y Tratados fecha del otorgamiento de la respectiva escritura de la Salud, suscrita en Nueva York el 22 de Internacionales. pública, y el inmueble deberá destinarlo de majulio de 1946, las cuales fueron adoptadas en la nera exclusiva la Municipalidad de Amatitlán, paVigésima Novena Asamblea Mundial de la Salud ANUNCIOS VARIOS ra fines de recreación y ornato, quedándole procelebrada el 17 de mayo de 1976." hibido darle uso diferente, así como deforestar la superficie que se delimite, pero sí queda facultadaAutorizaciones farmacéuticas. - Solicitudes de "El 11 de octubre de 1983, el Gobierno de An-para percibir ingresos del público, por el disfrute nacionalidad. Constituciones de sociedad. - de las instalaciones que se establezcan en la restigua y Barbuda depositó ante el Secretario GeModificación de sociedad. Títulos supleto-pectiva fracción. neral del Organismo para la Proscripción de las rios. Edictos. Remates. Armas Nucleares en la América Latina -OPAArtículo 39-E1 área correspondiente deberá loNALel instrumento de ratificación del Tratado
calizarse y delimitarse conforme el plano que será para la Proscripción de las Armas Nucleares enelaborado por el Instituto Nacional Forestal (INAla América Latina, abierto a la firma en la cludad ORGANISMO EJECUTIVO FOR), y desmembrarse a favor de la Nación, debiende México el 14 de febrero de 1967." do emitirse un acuerdo gubernativo al estar elaborado el plano en referencia, en el cual se faculta al Procurador General de la Nación, para compare- "El 17 de octubre de 1983, los Gobiernos de JEFATURA DE ESTADO cer ante el Escribano de Gobierno al otorgamiento la República Socialista Sovietica de Bielorrusia de la respectiva escritura pública. y de la República Socialista Soviética de Ucrania, depositaron ante el Gobierno de los Estados DECRETO-LEY NUMERO 43-84 Artículo 4°-Queda asimismo obligada la MuUnidos Mexicanos, sus instrumentos de ratifica-nicipalidad de Amatitlán a mantener el inmueble ción del Convenio complementario del ConvenioEL JEFE DE ESTADO. objeto del usufructo, en las mejores condiciones a efecto de que el público que lo visite, encuentre de Varsovia, para la unificación de ciertas reglas CONSIDERANDO: solaz y esparcimiento, sin que desmerezca en ninrelativas al transporte aéreo internacional realigún momento la higiene, el cuidado y la belleza zado por quien no sea el transportista contracQue en virtud del Decreto Presidencial número del lugar. tual, firmado en la ciudad de Guadalajara, el 18
326, de fecha 22 de junio de 1955, se ordenó el parde septiembre de 1961." celamiento de la finca nacional "Bárcena", insEl incumplimiento de la obligación indicada en crita en el Registro de la Propiedad de la Zona el párrafo anterior, así como cualquier cambio El instrumento de ratificación del Gobierno de Central bajo el número 12,079, folio 151 del libro de destino del inmueble, dará lugar a que se deje Bielorrusia contiene la siguiente declaración: 474 de Guatemala, ubicada en el municipio de Villasin efecto el usufructo relacionado en esta dispoNueva, departamento de Guatemala, disponiéndo-sición. "Las estipulaciones del artículo XI y del punto se en el artículo 12 de dicho decreto reservar Artículo 59-E1 presente decreto-ley, entrará en I del artículo XIV del Convenio que determinan determinada extensión para destinarla al Parquevigor el día siguiente de su publicación en el Dia-la limitación del círculo de sus participantes, conNacional "Naciones Unidas", cuya superficie fue rio Oficial. tradicen el principio de la igualdad soberana de desmembrada con ese propósito e inscrita a nomDado en el Palacio Nacional: en la ciudad de los estados". bre de la Nación, como finca número 53,854, folio 250 del libro 989 de Guatemala, la cual se adscri-Guatemala, a los ocho días del mes de mayo de "Las estipulaciones del artículo XVI del Conbió al Ministerio de Agricultura; mil novecientos ochenta y cuatro. venio que prevén la extensión de la validez del
Convenio sobre los territorios de cuyas relaciones Publíquese y cúmplase.CONSIDERANDO: exteriores son responsables los Estados Contratantes, son caducas y contradicen la DeclaraciónGeneral de División Que el Parque Nacional "Naciones Unidas", es de la Asamblea General de la Organización deOSCAR HUMBERTO MEJIA VICTORES,decir, la finca inscrita en el nombrado registro Naciones Unidas sobre la concesión de la inde-Jefe de Estado. bajo el número 53,854, folio 250 del libro 989 de pendencia a los países y pueblos coloniales (reGuatemala, está bajo la administración del InstiEl Secretario General de la solución 1514/XV/ del 14 de diciembre de 1960)". tuto Nacional Forestal (INAFOR), conforme el artículo 14, literal 11) de la Ley Orgánica de dicho Jefatura de Estado, "Las estipulaciones del artículo XI y del punto Instituto, contenida en el Decreto número 51-74 MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ I del artículo XIV del Convenio que determinan del Congreso de la República, en coordinación con la limitación del círculo de sus participantes, conel Instituto Guatemalteco de Turismo y el InstiEl Viceministro de Ganadería y tradicen el principio de la iguldad soberana de tuto de Antropología e Historia; Alimentación, los estados". encargado del Despacho, CONSIDERANDO: RAUL RICARDO DYSLI QUEVEDO. "Las estipulaciones del artículo XVI del Convenio que prevén la extensión de la validez del Que dentro del área de la finca identificada en El Ministro de Gobernación, Convenio sobre los territorios de cuyas relaciolos considerandos anteriores, se encuentra la exGUSTAVO ADOLFO LOPEZ SANDOVAL nes exteriores son responsables los Estados Contensión denominada "Las Ninfas", cuya superficie tratantes, son caducas y contradicen la Declaraha sido solicitada en usufructo por la Municipación de la Asamblea General de la Organización lidad de Amatitlán para destinarla a recreación, de Naciones Unidas sobre la concesión de la ina efecto de proveerse de ingresos, y en vista de MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORESque los indicados fines no son contrarios al destidependencia a los países y pueblos coloniales no original del referido inmueble es procedente (resolución 1514/XV/ del 14 de Diciembre de acceder a dicha gestión, para cuya finalidad se hace 1960)". necesario dictar la disposición legal que asi loRatificaciones, adhesiones y reservas producidas 1) Decreto Ley número 110-83, emitido con establezca, por otros Estados sobre Convenciones y Tratados fecha 16 de septiembre de 1983, aprueba la ConInternacionales. vención sobre la Esclavitud, suscrita en GinebraPOR TANTO, el 25 de septiembre de 1926 y el Protocolo para En el ejercicio de las facultades que le confie- "El 26 de septiembre de 1983, el Gobierno de modificar la Convención sobre la Esclavitud hecho
ren los artículos 40 y 26, inciso 14) del Estatuto Togo depositó ante el Secretario General de las en Nueva York el 7 de diciembre de 1953; Fundamental de Gobierno, modificado por los De-Naciones Unidas, el instrumento de adhesion a la 2) Instrumento de adhesión del Gobierno decretos-Leyes números 36-82 y 87-83, y con fundaConvención sobre la Eliminación de todas las mento en lo establecido por los artículos 706 del Formas de Discriminación contra la Mujer, adopGuatemala, de fecha 16 de septiembre de 1983 a Código Civil, 29 de la Ley de Compras y Contrata-tada por la Asamblea General de la ONU el 18 los citados instrumentos; y eiones V 1º. literal d) de su Reglamento. de diciembre de 1979." 3) Texto de los mencionados instrumentos.