Decreto 43-1988-2
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 43-1988-2
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 1988
Diario de
CONTRO NACE.MECHAL
Centro América INFORMATICA VUDICIAL Organo oficial de la República de Guatemala Tomo CCXXXJV Decano de la Preasa CentroamericanaDirectora Carmen Escribano de De LeónGuatemala, viernes 26 de agosto de 1988Número 47
SUMARIO CONSIDERANDO: ORGANISMO EJECUTIVO Que igualmente se hace necesario introducir modificaciones al Decreto 61-87, ambos del Congreso de la República, a efecto de clarificar su aplicación, ORGANISMO LEGISLATIVO POR TANTO, MINISTERIO DE GOBERNACION En ejercicio de las atribuciones que le asigna el arCONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Apruébanse los Estatutes de la Asociación "Santa Eli-tículo 171. de la Constitución Política de la República dezabeth Seten"; y reconócese su personalidad Jurídica.Guatemala,
DECRETO NUMERO 43-88 DECRETA: ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 512-88
Artículo 1.-Se suprime el inciso h) del artículo 5., del Decreto 59-87 del Congreso de la República. Palacio Nacional: Guatemala, 15 de julio de 1988. ORGANISMO EJECUTIVO Artículo 2.-Se suprime el primer párrafo del artículo 37., del Decreto 59-87 del Congreso de la República. Presidente de la República, MINISTERIO DE GOBERNACION Artículo 3.-Se modifica el artículo 50., del Decreto CONSIDERANDO:
59-87 del Congreso de la República, el cual queda así: Apruébanse los Estatutos de la Asociación "Santa Eli- "Artículo 50.-Sistema de contabilidad. Las personas Que el señor Leoncio Manuel Tolom, en su calidad de zabeth Seton": y reconócese su personalidad Jurídica. jurídicas, las personas individuales que posean emprePresidente de la Junta Directiva Provisional de la "Asosas, así como todo contribuyente que realice actividaciación Santa Elizabeth Seton". se presentó al Ministerio Apruébanse los estatutos de la Asociación "San Cayedes lucrativas, que estén obligados a llevar contabilidadde Gobernacion, solicitando aprobación de Estatutos y tano"; y reconócese su personalidad jurídica. completa, deben atribuir los resultados que obtengan reconocimiento de personalidad Jurídica; y en cada período de imposición, de acuerdo con el sistema contable de lo devengado. tanto para los ingresos, CONSIDERANDO: como para los egresos, excepto en casos especiales autorizados por la Dirección. Los otros contribuyenQue la legislación civil guatemalteca, prevé la instituMINISTERIO DE FINANZAS PUBLICAS tes pueden optar entre el sistema contable mencionado cionalización como personas jurídicas de las asociaciones O el de lo percibido. pero una vez escogido uno de sin fines lucrativos que se propongan promover y proteAutorizase la atnpliación del patrimonio fideicometido ellos, el mismo solamente puede ser cambiado con auger intereses comunes de sus integrantes, cuando su hasta por la cantidad que se menciona. constituido de torización expresa de la Dirección. constitución y estatutos fueren debidamente aprobados
conformidad con el Acuerdo Gubernativo No. 1025-87, Las personas jurídicas. cuya fiscalización esté a cargopor la autoridad respectiva y en el presente caso se han de fecha 18 de noviembre de 1987, relativo al desarrollo de la Superintendencia de Bancos, deben atribuir los satisfecho todos los requisitos que señala la ley: por lo del Sistema Multiplicador de Microempresas Urbanas. resultados que obtengan en cada período de imposición. que es procedente emitir la correspondiente disposición de acuerdo con el sistema contable de lo devengado legan, que haya sido efectivamente percibido". POR TANTO, Artículo 4.-Se modifica el artículo 112 del Decreto MINISTERIO DE ECONOMIA En ejercicio de las funciones que le confiere el ar-59-87 del Congreso de la República. el cual queda así:tículo 183, inciso e) de la Constitución Política de la "Artículo 112-Organo de aplicación. Corresponde a República de Guatemala y con fundamento en el artículo Otórgase calificación de Industria de Exportación Total a la Dirección General de Rentas Internas. dependencia 15, inciso 39 del Código Civil, a la entidad "Gestropical (Guatemala). Sociedad Anó- del Ministerio de Finanzas Públicas. la administración nima", que puede abreviarse "Geotropical, S. A.". del Impuesto sobre la Renta, que comprende la apliACUERDA: cación. recaudación, fiscalización y control de dicho impuesto. I) Aprobar los siguientes Por excepción, la fiscalización de la renta obtenida PUBLICACIONES VARIAS por los contribuyentes que sean instituciones bancaEstatutes de la Asociación "Santa Elizabeth Seton",
rias, financieras, bolsa de valores. almacenadoras, aseCORTE DE CONSTITUCIONALIDAD guradoras y afianzadoras. se efectuará por la SuperinCAPITULO I tendencia de Bancos. la que deberá formular los ajustes al impuesto; otorgará las audiencias a evacuar. Nombre y objetivos Opinion de la Corte de Constitucionalidad respecto a la por las instituciones sujetas a su fiscalización y em-consulta hecha por el Presidente del Congreso de la pleará los mismos procedimientos que se establecen en Artículo 19-Nombre y definición. Con el nombre de República sobre los alcances del artículo 164 de la el artículo 97 de esta Ley. Cumplidas estas actuacio- "Asociacion Santa Elizabeth Seton", se constituye esta Constitución Política de la República. nes, cursará el expediente a la Dirección, para que entidad civil, orientada hacia el bienestar infantil y el dicte la resolución correspondiente". desarrollo comunitario. no lucrativa, apolítica, cristiana, no sectaria y cuyos programas deberán basarse en laArtículo 5.-Se reforma el inciso 5) del artículo 2., del Comunidad. antes que en las instituciones. Se integra ANUNCIOS VARIOS Decreto 61-87 del Congreso de la República, adicionáncon personas naturales O jurídicas.dole un párrafo final que diga: "En este caso. el impuesto será pagado por el soliArtículo 29-Objetivos. Los objetivos principales de Matrimonios Lineas. de Transporte. Constituciocitante. el asegurado O afianzado". esta Asociación, son:
nes de Sociedad. Modificaciones de Sociedad Disolución de Sociedad Registro de Marcas. TiArtículo 6.-Fl presente Decreto entrará en vigencia, el día de su publicación en el Diario Oficial. a) Promover el bienestar infantil y el desarrollo cotulos Supletorios. Edictos. Licitaciones. Remunitario, haciendo realidad el mandamiento que mates Pase al Organismo Ejecutivo para su publicación y nos obliga a amar a nuestro prójimo como a sí cumplimiento. mismos; Dado en el Palacio del Organismo Legislativo: en la h) Foner sus servicios a disposicicón de todos los niños necesitados, sin tomar en cuenta el sexo, raza 0ciudad de Guatemala., los once días del mes de agosto ORGANISMO LEGISLATIVO de mil novecientos ochenta y ocho. credo a que pertenezcan: c) Dar testimonio del amor a Dios, a traves del amor ENRIQUE ARTURO CLAVERIE DELGADO, hacia los niños; Tercer Vicepresidente en funciones d) Establecer programas que aseguren en primer lugar. CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA de Presidente. la subsistencia de niños. especialmente du preescolares y/o con limitaciones físicas 0 mentales, luegoGUILLERMO RUIZ SUAREZ, su educación, la de su familia y la de la comunidad: DECRETO NUMERO 43-88 Secretario. e) Establecer una relación entre los donantes y los Congreso de la República de Guatemala, CARLOS ENRIQUE CHAVARRIA PEREZ, beneficiarios del proyecto:
Secretario. f) Maximizar el uso de los recursos locales y servir CONSIDERANDO: como medios para llevar otros recursos a la ComuPalacio Nacional: Guatemala, diecisiete de agosto de nidad, que mejoren las condiciones de las familias: Que es necesario introducir reformas a algunos armil novecientos ochenta y ocho. g) Promover el desarrollo integral de la comunidad,tículos de la Ley del Impuesto sobre la Renta, a efecto de que la Superintendencia de Bancos esté en capacidad Publíquese y cúmplase. h) Estimular la iniciativa local y el desarrollo orgade obtener la adecuada información financiera de las nizacional para asegurar la continuidad del proinstituciones que fiscaliza, así como desarrollar el proCEREZO AREVALO grama; cedimiento administrativo que rige las audiencias porEl Secretario General de la i) Promover el principio de autoayuda; y revisiones fiscales en materia del Impuesto sobre la Ren-Presidencia de la República, j) Cualquier otro que se relacione 0 coadyuve con los ta, al igual que facilitar la aplicación de la Ley;LUIS FELIPE POLO LEMUS anteriores / de ERRATA EN 0.,468,Tomo