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Decreto 43-2002-4

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 43-2002-4
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Internacional_Publico
Año
2002

Diario de Centro El vocero de la Paz America Órgano Oficial de la República de Guatemala Decano de la Prensa Centroamericana Director: Alejandro José Pérez Martínez TOMO CCLXIX DO Guatemala, jueves 8 de agosto de 2002 8 NUMERO75

SUMARIO ORGANISMO LEGISLATIVO

ORGANISMO LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

DECRETO NUMERO 43-2002

DECRETO NÚMERO 46-2002

ORGANISMO EJECUTIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

MINISTERIO DE ECONOMIA Acuérdase publicar la Resolución Número 85-2002 del Consejo Arancelario Aduanero Centroamericano. DECRETO NUMERO 43-2002 Acuérdase aprobar la ampliación del Presupuesto de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2002 del Instituto EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUÁTEMALA Nacional de Cooperativas -INACOPCONSIDERANDO: MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA T ALIMENTACION Acuérdase modificar el Artículo 9o., del Acuerdo Que la República de Guatemala por mandato constitucional normará sus relaciones con Ministerial Número 389-98 de fecha 17 de agosto de otros Estados, de conformidad con los principios, reglas y prácticas internacionales, 1998. con el propósito de contribuir al mantenimiento de la paz y la libertad, al respeto y defensa de los derechos humanos, al fortalecimiento de los procesos democráticos e

instituciones internacionales que garanticen el beneficio mutuo y equitativo entre los Estados.

PUBLICACIONES VARIAS

CONSIDERANDO: MINISTERIO DE TRABAJO PREVISION SOCIAL Que la Constitución Política de la República de Guatemala establece que el Estado Acuérdase ordenar la inscripción del SINDICATO DE mantendrá relaciones de amistad, solidaridad y cooperación con aquellos Estados cuyo TRABAJADORES AGRICOLAS INDEPENDIENTES desarrollo económico, social y cultural sea análogo al de Guatemala, con el propósito DE LA COMUNIDAD CANIHA DEL MUNICIPIO DE de encontrar soluciones apropiadas a sus problemas comunes y de formular COBAN DEL DEPARTAMENTO DE ALTA conjuntamente, politicas tendientes al progreso de las naciones respectivas.VERAPAZ CONSIDERANDO: ANUNCIOS VARIOS Que es obligación del Estado promover el desarrollo económico de la Nación, estimulando la iniciativa en actividades agrícolas, pecuarias, industriales, turisticas yMatrimonios Constituciones de sociedad Modifide otra naturaleza. caciones de sociedad Patentes de invención Registro de marcas Titulos supletorios Edictos CONSIDERANDO: Remates Que la aprobación y posterior ratificación del Memorandum de Entendimiento y del Acuerdo Cooperativo entre la República de Guatemala y los Estados Unidos de ATENCION ANUNCIANTES Norteamérica con relación al combate y la erradicación de la Mosca del Mediterráneo contribuirá a unificar esfuerzos cooperativos para proteger a las siembras contra dañosIMPRESION SE HACE causados por plagas y enfermedades de las plantas en la República de Guatemala.

CONFORME ORIGINAL POR TANTO: Toda impresión en la parte Legal del Diario de Centro América, En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literales a) y I) de la Constitución Política de la República de Guatemala. se hace respetando el original. Por lo anterior, esta Administración DECRETA: ruega al público tomar nota. ARTICULO 1. Aprobar el Memorandum de Entendimiento entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Alimentación de Guatemala y United States Department of Agriculture Animal and Plant Health Inspection Service Plant Protection and2 DIARIO DE CENTRO AMERICA-8 de agosto de 2002 NUMERO 75

Quarantine, suscrito el veintiuno de febrero de mil novecientos setenta y siete, y el Acuerdo Cooperativo entre el Ministerio de Agricultura, Ganaderia y Alimentación de Guatemala, Dirección General de Servicios Agricolas, Dirección Técnica de Sanidad Vegetal y United States Department of Agriculture Animal and Plant Health Inspection Service Plant Protection and Quarantine, suscrito el veintidos de octubre de milnovecientos ochenta y uno. ARTICULO 2. CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALAEI presente Decreto entrara en vigencia ocho dias después de su publicación en el diario oficial.

DECRETO NUMERO 46-2002

PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, PROMULGACION EL CONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA

Y PUBLICACION.

CONSIDERANDO: DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE JULIO DEL ANO DOS MIL Que la Constitución Política de la República establece que es obligación del Estado

DOS. promover el desarrollo económico de la Nación, estimulando la ihiciativa en actividades agricolas, pecuarias, industriales, turísticas y de otra naturaleza.

CONSIDERANDO: Que a la presente fecha, Guatemala es signataria de los convenios de cooperacion internacional, suscrito con el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos, de fecha quince de noviembre de mil novecientos setenta y cinco, aprobado mediante el Decreto Número 21-76 del Congreso de la República, · el Convenio Número 12-16-52481 de fecha veintidós de octubre de mil novecientos ochenta y uno, suscrito con eJOSE EFRAIN RIOS MONTH Gobierno de los Estados Unidos de América, por medio de los cuales se crea elPRESIDENTE Programa Oficial de Control y Erradicación de la Plaga de la Mosca del Mediterráneo

MOSCAMEDcoordinado por el Ministerio de Agricultura, Ganaderia Y Alimentación

CONSIDERANDO: MARVIN HAROLDO GARCIA BUENAFE LEONEL RODRIGUEZ LARA SECRETARIO Que la Mosca del Mediterráneo es una de las plagas exóticas con más alto poderSECRETARIO destructivo en la horticultura, lo que ocasiona que se impongan severas restricciones a CONGRESO DE la comercialización de frutos hospederos limitando con ello el desarrollo de las actividades agricolas razón por la cual el Gobierno de la República debe procurar su control y erradicación mediante acciones apropiadas que garanticen la efectividad del combate a la referida plaga.

A. POR TANTO: GUATEMALA,C. En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171 literal a) Y. confundamento en el artículo 239 literal b), ambos de la Constitución Politica de la

Republica de Guatemala.

DECRETA: ARTICULO 1. Se exonera de los derechos arancelarios, Impuesto al Valor.SANCION AL DECRETO DEL CONGRESO NUMERO 43-2002 Agregado, lanchaje, muellaje, almacenaje, tasas, recargos, otros impuestos y demás contribuciones fiscales, relaciohados con las importaciones de bienes, maquinaria, PALACIO NACIONAL: Guatemala, treinta y uno de julio del año dos mil equipo, vehiculos, materiales, suministros, material biológico y cualesquiera otros dos. productos e insumos, cuyo destino sea el Programa de Control y Erradicación de la Plaga de la. Mosca del Mediterráneo -MOSCAMED-, coordinado en Guatemala per 0%

Ministerio de Agricultura, Ganaderia y Alimentación. PUBLÍQUESE Y CUMPLASE ARTICULO 2. La presente exoneración es por un plazo de diez (10) años, debiendo el Ministerio de Agricultura, Ganaderia y Alimentación, en su calidad de coordinador del Programa, llevar el control de las importaciones amparadas por el presente Decreto, para que se realicen dentro de los parámetros de los cortvenios suscritos con los gobiernos de los paises miembros. ARTICULO 3. Las autoridades de la Superintendencia de Administración

Tributaria, sus dependencias y delegaciones, asi como las oficinas Y dependencias del PORTILLO CABRERA Estado, deberán facilitar el trámite de las importaciones cuyo destino directo sea cualquier Programa Oficial de Control y Erradicación de la Plaga de la Mosca del Mediterráneo, coordinado en Guatemala por el Ministerio de Agricultura, Ganadería yAlimentación, extendiendo para et efecto las franquicias y exencionescorrespondientes. ARTICULO 4. El presente Decreto entrará en vigencia el día siguiente de supublicación en el diario oficial. DE LA

DETICIA PRES REI CALICANA UBLICA

PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCION, PROMULGACIONY PUBLICACION.

GUATEMALE, DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA DE GUATEMALA, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE JULIO DEL AÑO DOS MIL CIUDAD DOS.

DE A CORRERNACIONREYES CALDERON Le. Mijangos C.MINISTRO DE GOBERNACION SECRETARIO GENERAL

PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA JOSE/EFRAIN

MARVIN HAROLDE Maringania GARCIA BUENAFELEONEL RODRIGUEZ LARASECRETARIO

DE SECRETARIO

COMPLETED DE LA SECURITYfor

Edin Barrientos Ministre de Agricultura Ganadería y Alimentación (E-505)-8-agosto GUATEMALA,

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